Libertad sindical, negociación colectiva y estructura negocial Lima, 02.09.09 ÍNDICE 1. La libertad sindical y la negociación colectiva 1.1.
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Transcript Libertad sindical, negociación colectiva y estructura negocial Lima, 02.09.09 ÍNDICE 1. La libertad sindical y la negociación colectiva 1.1.
Libertad sindical, negociación
colectiva y
estructura negocial
Lima, 02.09.09
ÍNDICE
1. La libertad sindical y la negociación colectiva
1.1. Contenido y funciones
1.2. Cuatro temas de interés
a) La libertad sindical ¿para todos?
b) La libertad de constituir sindicatos
c) La protección de la libertad sindical
d) El modelo de “huelga” en los países andinos
2. La estructura de la negociación colectiva en los países andinos
2.1. La negociación colectiva
2.2. ¿Qué es la estructura de la negociación colectiva?
2.3. Condicionantes de la estructura de la negociación
2.4. ¿Por qué es necesaria una negociación a niveles superiores a la
empresa?
2.5. Retos de la negociación colectiva
1. La libertad sindical y la negociación
colectiva
2.1. Contenido y funciones
Es un derecho humano de “libertad” (autonomía), que
define una actitud estatal de garantía.
Permite a los trabajadores ser agentes activos de los
procesos productivos y de los procesos políticos.
Su ejercicio tiene apoyo en los convenios OIT (sobre todo,
los convenios 87, 98, 135, 151 y 154 )
Tasa de afiliación (PEA ocupada):
Bolivia:
No hay datos oficiales
Colombia:
4,5% (2008)
Ecuador:
2,71% (2005)
Perú:
4,1 %: (2008)
Venezuela:
14% (2002)
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INSTRUMENTO
RATIFICACIONES
Convenio num. 87, sobre la libertad
sindical y la protección del derecho de
sindicación, 1948
Argentina
Colombia
Costa Rica
Guatemala
Nicaragua
Bolivia
Ecuador
Paraguay
Perú
Uruguay
Venezuela.
Convenio 98, sobre el derecho de
sindicación y de negociación
colectiva, 1949
Argentina
Brasil
Bolivia
Colombia
Costa Rica
Guatemala
Ecuador
Nicaragua
Paraguay
Perú
Uruguay
Venezuela
Convenio 135, sobre los representantes
de los trabajadores, 1971
Argentina
Brasil
Costa Rica
Nicaragua
Convenio 151, sobre las relaciones de
trabajo en la administración pública,
1978
Argentina
Colombia
Perú
Convenio 154, sobre la negociación
colectiva, 1981
Argentina
Brasil
Colombia
Guatemala
Uruguay
a) Titularidad de la libertad sindical
El trabajador “típico” como modelo de “trabajador
afiliado” (factores normativos y sindicales)
¿El Sector público?
Otras
categorías:
trabajadores
autoempleados, personas en formación.
agrícolas,
Bolivia: Denegación del derecho de sindicación a los funcionarios públicos (artículo 104 de la
Ley General del Trabajo).
Colombia: uso de figuras contractuales como las cooperativas de trabajo asociado, los
contratos de prestación de servicios y los contratos civiles o mercantiles, en virtud de los cuales
no se permite a los trabajadores constituir sindicatos
6
b) La libertad de constituir sindicatos
Los sindicatos que los trabajadores estimen conveniente
(¿nuevas fórmulas organizativas?).
Número para constituir organizaciones sindicales (¿ajustado
a estructuras productivas?)
Registro de organizaciones sindicales
Ecuador: La Comisión recuerda que desde hace numerosos años sus observaciones se refieren
a las siguientes cuestiones: la necesidad de reducir el número mínimo necesario de
trabajadores (30) para constituir asociaciones, comités de empresa o asambleas para
organizar comités de empresa (artículos 450, 466 y 459 del Código del Trabajo)
Colombia: Facultades discrecionales de los registradores
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c)
Protección
libertad sindical
sindical
Protección
dedelalalibertad
Mecanismos de
prevención
CHILE : Autorización judicial previa para despido de
dirigente con fuero laboral
PERÚ: En el marco de un cese colectivo por causas
objetivas graves, el empleador debe adjuntar la nómina
de trabajadores y “La justificación específica, en caso de
incluirse en el cese a trabajadores protegidos por el fuero
sindical”.
Mecanismo de
reparación
VENEZUELA: Fuero sindical
Otros mecanismos
de protección
PERU o COLOMBIA: Los actos antisindicales son delitos
PERU y CHILE Los actos antisindicales son infracciones
administrativas muy graves
CHILE: Publicación
en diarios
condenatorias por actos antisindicales
de
sentencias
c) Protección de la libertad sindical
La
protección debe ser amplia: cubrir todos los
actos antisindicales y a todos los trabajadores
La protección debe ser efectiva: sanciones
disuasivas, procesos judiciales expeditivos
Perú: La Comisión recuerda que desde hace varios años se viene refiriendo a: 1) la falta de
sanciones contra los actos de injerencia de los empleadores respecto de las organizaciones
sindicales, y 2) la lentitud de los recursos judiciales ante denuncias por actos de discriminación
antisindical o de injerencia
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26
27
Países
Número Quejas
%
Argentina
Perú
Colombia
Canadá
Guatemala
Venezuela (República
Bolivariana de)
El Salvador
Chile
México
Costa Rica
Nicaragua
Brasil
Ecuador
Uruguay
Paraguay
Panamá
Estados Unidos
Honduras
Haití
República Dominicana
Bolivia
Cuba
Bahamas
Guyana
Barbados
Bermudas (Reino Unido)
Belice
TOTAL
92
13.73
72
10.75
69
10.30
62
09.25
47
07.01
40
05.97
33
04.93
32
04.78
32
04.78
29
04.33
26
03.88
21
03.13
19
02.84
18
02.69
16
02.39
13
01.94
11
01.64
8
01.19
8
01.19
6
00.90
4
00.60
4
00.60
2
00.30
2
00.30
2
00.30
1
00.15
1
00.15
670
100.00
CATEGORÍA / TIPO DE AGRAVIO
1
2
3
4
5
6
Discriminación antisindical
Seguridad e integridad de las personas
Negociación colectiva
Injerencia
Huelga
Organización y afiliación sindical
Restricciones a la libertad sindical por actos
7
legislativos
8 Otros (despido de trabajadores, intención
de pedir la disolución de un sindicato,
discriminación en la negociación colectiva
con respecto a los trabajadores afiliados y
los no sindicalizados Incumplimiento del
laudo arbitral, etc.
9 Administración y patrimonio sindical
10 Libertad de expresión y reunión
11 Domicilio sindical
Violaciones a organizaciones de
12
empleadores
13 Otras violaciones laborales
TOTAL INCIDENCIAS
1
2
3
INCIDENCIA
%
807
323
277
193
151
122
34.97
13.99
12.00
08.36
06.54
05.29
122
05.29
98
04.25
61
52
51
02.64
02.25
02.21
40
01.73
11
2308
00.48
100.00
TIPO INFRACTOR
NO. QUEJAS
%
Gobierno Central o Federal
Empresa Privada
Empresa Pública
TOTAL
371
167
79
617
60.13
27.07
12.80
100.00
d) Modelo de ejercicio del derecho de
huelga
El modelo tradicional admite solo huelgas contra el
empresario y por motivos económicos.
Por lo general, la huelga es limitada a la paralización de
labores.
Se acuña concepción extensa de servicios esenciales o los
servicios mínimos los determina la Autoridad de Trabajo
12
2. La estructura de la negociación
colectiva en América Latina
2.1. La negociación colectiva
Convenio 154: “Artículo 2. A los efectos del presente Convenio, la expresión
negociación colectiva comprende todas las negociaciones que tienen lugar
entre un empleador, un grupo de empleadores o una organización o varias
organizaciones de empleadores, por una parte, y una organización o varias
organizaciones de trabajadores, por otra, con el fin de:
a) fijar las condiciones de trabajo y empleo, o
b) regular las relaciones entre empleadores y trabajadores, o
c) regular las relaciones entre empleadores o sus organizaciones y una
organización o varias organizaciones de trabajadores, o lograr todos estos fines
a la vez
Derecho constitucional y humano
Democratiza el ejercicio de poder político y empresarial
Herramienta óptima de distribución
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2.2. ¿Qué es la estructura de la negociación
colectiva?
Los niveles de negociación tradicionales son la empresa, el
sector de actividad o el oficio
La negociación a cualquier nivel supone organizaciones
sindicales representativas en ese nivel.
Pueden darse negociaciones a niveles diversos en cuyo caso
suelen “articular”
El nivel sindical predominante determina lo que denominamos la
ESTRUCTURA DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA
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2.3. Condicionantes de la estructura de la
negociación colectiva (a)
1. FACTORES ECONÓMICOS
FACTORES
EXPLICACIÓN
1.1. Características del sistema
productivo
Alto desarrollo industrial y una estructura
productiva homogénea generan estructuras
negociales centralizadas.
1.2. Estructura del mercado de
trabajo
La homogeneidad de las fuerza de trabajo
evita tensiones internas y favorece la
conformación de estructuras negociales
centralizadas y de amplia cobertura.
1.3. Ciclo de desarrollo
económico
Periodos
de
expansión
económica
favorecerían estructura descentralizada. Los
periodos de crisis demandan soluciones de
amplio alcance, alcanzadas en mesas de
concertación social de nivel centralizado.
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2.3. Condicionantes de la estructura de la
negociación colectiva (b)
2. FACTORES POLÍTICOS Y JURÍDICOS
FACTORES
EXPLICACIÓN
2.1.Intervencionismo y
reglamentarismo estatal
Limita el poder normativo de las
organizaciones
de
trabajadores
y
empleadores, y los excluye del tratamiento
de temas de amplio alcance.
2.2. Cultura de los actores
sociales
El arraigo de una cultura autoritaria limita las
posibilidades
que
organizaciones
empresariales y sindicales definan los
aspectos relevantes de sus relaciones.
2.3. Inducción de la
legislación
La legislación también puede inducir la
negociación a determinado nivel o restringir
las negociaciones de amplio alcance
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2.3. Condicionantes de la estructura de la
negociación colectiva (c)
3. FACTORES SINDICALES
FACTORES
EXPLICACIÓN
3.1. Opciones organizativas
de los actores
Decisiones
organizativas
de
los
trabajadores que obedecen a la
“inercia estructural”
3.2. Preferencias de
contenidos negociales
Ciertos contenidos (lineamientos de
políticas salariales
o reglas de
procedimiento de las negociaciones
colectivas) sugieren el nivel sectorial
3.3. Tipo de liderazgo
sindical
Consolidación de liderazgos locales,
con arraigo y concentración de
considerables cuotas de poder en el
ámbito de la empresa.
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2.4. ¿Para qué sindicatos de rama de
actividad?
Pueden limitar la libre competencia empresarial al interior
de un sector de actividad
Pueden resultar menos idóneos en la regulación de
condiciones de trabajo, por su lejanía con la empresa.
Pueden homogenizar en extremo condiciones de trabajo sin
considerar expectativas diversas de los trabajadores.
Se aprecia un AUGE DEL SINDICALISMO A NIVEL DE EMPRESA
favorecido por las políticas de flexibilidad.
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2.4. ¿Para qué sindicatos de rama de actividad?
ventajas
Elevan la cobertura a la negociación colectiva (tercerización, MYPES,
autoempleo)
Impulsan la actuación de las organizaciones sindicales en el escenario
sociopolítico, dotando de respaldo a su acción
Proporcionan estabilidad macroeconómica en los diversos sectores de
actividad
Tiene poder de homogenización de las condiciones de trabajo, facilitando
el tratamiento de ciertos temas.
REFUERZA EL PAPEL DE ACTOR SOCIOPOLÍTICO que debe
cumplir la organización sindical en la democracias modernas
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2.4. Retos de la negociación colectiva
1. Aspirar a niveles de amplio alcance
2.
Extender la negociación colectiva a “todos” los
trabajadores (sector público)
3.
Legitimar la negociación diversificando sus contenidos
4.
Impulsar la aplicación judicial de medidas estatales de
“fomento” de una negociación colectiva “efectiva”
RECUPERAR PODER SINDICAL mediante la negociación
colectiva
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