Libertad sindical, negociación colectiva y estructura negocial Lima, 02.09.09 ÍNDICE 1. La libertad sindical y la negociación colectiva 1.1.
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Libertad sindical, negociación colectiva y estructura negocial Lima, 02.09.09 ÍNDICE 1. La libertad sindical y la negociación colectiva 1.1. Contenido y funciones 1.2. Cuatro temas de interés a) La libertad sindical ¿para todos? b) La libertad de constituir sindicatos c) La protección de la libertad sindical d) El modelo de “huelga” en los países andinos 2. La estructura de la negociación colectiva en los países andinos 2.1. La negociación colectiva 2.2. ¿Qué es la estructura de la negociación colectiva? 2.3. Condicionantes de la estructura de la negociación 2.4. ¿Por qué es necesaria una negociación a niveles superiores a la empresa? 2.5. Retos de la negociación colectiva 1. La libertad sindical y la negociación colectiva 2.1. Contenido y funciones Es un derecho humano de “libertad” (autonomía), que define una actitud estatal de garantía. Permite a los trabajadores ser agentes activos de los procesos productivos y de los procesos políticos. Su ejercicio tiene apoyo en los convenios OIT (sobre todo, los convenios 87, 98, 135, 151 y 154 ) Tasa de afiliación (PEA ocupada): Bolivia: No hay datos oficiales Colombia: 4,5% (2008) Ecuador: 2,71% (2005) Perú: 4,1 %: (2008) Venezuela: 14% (2002) 4 INSTRUMENTO RATIFICACIONES Convenio num. 87, sobre la libertad sindical y la protección del derecho de sindicación, 1948 Argentina Colombia Costa Rica Guatemala Nicaragua Bolivia Ecuador Paraguay Perú Uruguay Venezuela. Convenio 98, sobre el derecho de sindicación y de negociación colectiva, 1949 Argentina Brasil Bolivia Colombia Costa Rica Guatemala Ecuador Nicaragua Paraguay Perú Uruguay Venezuela Convenio 135, sobre los representantes de los trabajadores, 1971 Argentina Brasil Costa Rica Nicaragua Convenio 151, sobre las relaciones de trabajo en la administración pública, 1978 Argentina Colombia Perú Convenio 154, sobre la negociación colectiva, 1981 Argentina Brasil Colombia Guatemala Uruguay a) Titularidad de la libertad sindical El trabajador “típico” como modelo de “trabajador afiliado” (factores normativos y sindicales) ¿El Sector público? Otras categorías: trabajadores autoempleados, personas en formación. agrícolas, Bolivia: Denegación del derecho de sindicación a los funcionarios públicos (artículo 104 de la Ley General del Trabajo). Colombia: uso de figuras contractuales como las cooperativas de trabajo asociado, los contratos de prestación de servicios y los contratos civiles o mercantiles, en virtud de los cuales no se permite a los trabajadores constituir sindicatos 6 b) La libertad de constituir sindicatos Los sindicatos que los trabajadores estimen conveniente (¿nuevas fórmulas organizativas?). Número para constituir organizaciones sindicales (¿ajustado a estructuras productivas?) Registro de organizaciones sindicales Ecuador: La Comisión recuerda que desde hace numerosos años sus observaciones se refieren a las siguientes cuestiones: la necesidad de reducir el número mínimo necesario de trabajadores (30) para constituir asociaciones, comités de empresa o asambleas para organizar comités de empresa (artículos 450, 466 y 459 del Código del Trabajo) Colombia: Facultades discrecionales de los registradores 7 c) Protección libertad sindical sindical Protección dedelalalibertad Mecanismos de prevención CHILE : Autorización judicial previa para despido de dirigente con fuero laboral PERÚ: En el marco de un cese colectivo por causas objetivas graves, el empleador debe adjuntar la nómina de trabajadores y “La justificación específica, en caso de incluirse en el cese a trabajadores protegidos por el fuero sindical”. Mecanismo de reparación VENEZUELA: Fuero sindical Otros mecanismos de protección PERU o COLOMBIA: Los actos antisindicales son delitos PERU y CHILE Los actos antisindicales son infracciones administrativas muy graves CHILE: Publicación en diarios condenatorias por actos antisindicales de sentencias c) Protección de la libertad sindical La protección debe ser amplia: cubrir todos los actos antisindicales y a todos los trabajadores La protección debe ser efectiva: sanciones disuasivas, procesos judiciales expeditivos Perú: La Comisión recuerda que desde hace varios años se viene refiriendo a: 1) la falta de sanciones contra los actos de injerencia de los empleadores respecto de las organizaciones sindicales, y 2) la lentitud de los recursos judiciales ante denuncias por actos de discriminación antisindical o de injerencia 9 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 13 14 15 16 17 18 19 20 21 22 23 24 25 26 27 Países Número Quejas % Argentina Perú Colombia Canadá Guatemala Venezuela (República Bolivariana de) El Salvador Chile México Costa Rica Nicaragua Brasil Ecuador Uruguay Paraguay Panamá Estados Unidos Honduras Haití República Dominicana Bolivia Cuba Bahamas Guyana Barbados Bermudas (Reino Unido) Belice TOTAL 92 13.73 72 10.75 69 10.30 62 09.25 47 07.01 40 05.97 33 04.93 32 04.78 32 04.78 29 04.33 26 03.88 21 03.13 19 02.84 18 02.69 16 02.39 13 01.94 11 01.64 8 01.19 8 01.19 6 00.90 4 00.60 4 00.60 2 00.30 2 00.30 2 00.30 1 00.15 1 00.15 670 100.00 CATEGORÍA / TIPO DE AGRAVIO 1 2 3 4 5 6 Discriminación antisindical Seguridad e integridad de las personas Negociación colectiva Injerencia Huelga Organización y afiliación sindical Restricciones a la libertad sindical por actos 7 legislativos 8 Otros (despido de trabajadores, intención de pedir la disolución de un sindicato, discriminación en la negociación colectiva con respecto a los trabajadores afiliados y los no sindicalizados Incumplimiento del laudo arbitral, etc. 9 Administración y patrimonio sindical 10 Libertad de expresión y reunión 11 Domicilio sindical Violaciones a organizaciones de 12 empleadores 13 Otras violaciones laborales TOTAL INCIDENCIAS 1 2 3 INCIDENCIA % 807 323 277 193 151 122 34.97 13.99 12.00 08.36 06.54 05.29 122 05.29 98 04.25 61 52 51 02.64 02.25 02.21 40 01.73 11 2308 00.48 100.00 TIPO INFRACTOR NO. QUEJAS % Gobierno Central o Federal Empresa Privada Empresa Pública TOTAL 371 167 79 617 60.13 27.07 12.80 100.00 d) Modelo de ejercicio del derecho de huelga El modelo tradicional admite solo huelgas contra el empresario y por motivos económicos. Por lo general, la huelga es limitada a la paralización de labores. Se acuña concepción extensa de servicios esenciales o los servicios mínimos los determina la Autoridad de Trabajo 12 2. La estructura de la negociación colectiva en América Latina 2.1. La negociación colectiva Convenio 154: “Artículo 2. A los efectos del presente Convenio, la expresión negociación colectiva comprende todas las negociaciones que tienen lugar entre un empleador, un grupo de empleadores o una organización o varias organizaciones de empleadores, por una parte, y una organización o varias organizaciones de trabajadores, por otra, con el fin de: a) fijar las condiciones de trabajo y empleo, o b) regular las relaciones entre empleadores y trabajadores, o c) regular las relaciones entre empleadores o sus organizaciones y una organización o varias organizaciones de trabajadores, o lograr todos estos fines a la vez Derecho constitucional y humano Democratiza el ejercicio de poder político y empresarial Herramienta óptima de distribución 14 2.2. ¿Qué es la estructura de la negociación colectiva? Los niveles de negociación tradicionales son la empresa, el sector de actividad o el oficio La negociación a cualquier nivel supone organizaciones sindicales representativas en ese nivel. Pueden darse negociaciones a niveles diversos en cuyo caso suelen “articular” El nivel sindical predominante determina lo que denominamos la ESTRUCTURA DE LA NEGOCIACIÓN COLECTIVA 15 2.3. Condicionantes de la estructura de la negociación colectiva (a) 1. FACTORES ECONÓMICOS FACTORES EXPLICACIÓN 1.1. Características del sistema productivo Alto desarrollo industrial y una estructura productiva homogénea generan estructuras negociales centralizadas. 1.2. Estructura del mercado de trabajo La homogeneidad de las fuerza de trabajo evita tensiones internas y favorece la conformación de estructuras negociales centralizadas y de amplia cobertura. 1.3. Ciclo de desarrollo económico Periodos de expansión económica favorecerían estructura descentralizada. Los periodos de crisis demandan soluciones de amplio alcance, alcanzadas en mesas de concertación social de nivel centralizado. 16 2.3. Condicionantes de la estructura de la negociación colectiva (b) 2. FACTORES POLÍTICOS Y JURÍDICOS FACTORES EXPLICACIÓN 2.1.Intervencionismo y reglamentarismo estatal Limita el poder normativo de las organizaciones de trabajadores y empleadores, y los excluye del tratamiento de temas de amplio alcance. 2.2. Cultura de los actores sociales El arraigo de una cultura autoritaria limita las posibilidades que organizaciones empresariales y sindicales definan los aspectos relevantes de sus relaciones. 2.3. Inducción de la legislación La legislación también puede inducir la negociación a determinado nivel o restringir las negociaciones de amplio alcance 17 2.3. Condicionantes de la estructura de la negociación colectiva (c) 3. FACTORES SINDICALES FACTORES EXPLICACIÓN 3.1. Opciones organizativas de los actores Decisiones organizativas de los trabajadores que obedecen a la “inercia estructural” 3.2. Preferencias de contenidos negociales Ciertos contenidos (lineamientos de políticas salariales o reglas de procedimiento de las negociaciones colectivas) sugieren el nivel sectorial 3.3. Tipo de liderazgo sindical Consolidación de liderazgos locales, con arraigo y concentración de considerables cuotas de poder en el ámbito de la empresa. 18 2.4. ¿Para qué sindicatos de rama de actividad? Pueden limitar la libre competencia empresarial al interior de un sector de actividad Pueden resultar menos idóneos en la regulación de condiciones de trabajo, por su lejanía con la empresa. Pueden homogenizar en extremo condiciones de trabajo sin considerar expectativas diversas de los trabajadores. Se aprecia un AUGE DEL SINDICALISMO A NIVEL DE EMPRESA favorecido por las políticas de flexibilidad. 19 2.4. ¿Para qué sindicatos de rama de actividad? ventajas Elevan la cobertura a la negociación colectiva (tercerización, MYPES, autoempleo) Impulsan la actuación de las organizaciones sindicales en el escenario sociopolítico, dotando de respaldo a su acción Proporcionan estabilidad macroeconómica en los diversos sectores de actividad Tiene poder de homogenización de las condiciones de trabajo, facilitando el tratamiento de ciertos temas. REFUERZA EL PAPEL DE ACTOR SOCIOPOLÍTICO que debe cumplir la organización sindical en la democracias modernas 20 2.4. Retos de la negociación colectiva 1. Aspirar a niveles de amplio alcance 2. Extender la negociación colectiva a “todos” los trabajadores (sector público) 3. Legitimar la negociación diversificando sus contenidos 4. Impulsar la aplicación judicial de medidas estatales de “fomento” de una negociación colectiva “efectiva” RECUPERAR PODER SINDICAL mediante la negociación colectiva 21