blindaje de la empresa ante eventos penales

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Transcript blindaje de la empresa ante eventos penales

BLINDAJE DE LA
EMPRESA ANTE EVENTOS
PENALES ADVERSOS
Kléber Monlezun Cunliffe
Marco Antonio Lillo de la Cruz
Abogados
www.lmoabogados.cl
Miraflores 113 oficina 81
¿
Cómo se investigan los hechos en
su sentido macro y particularmente
en el ámbito penal ?
¿
Cómo se estructura, se
circunscribe y se limita la
responsabilidad penal personal
dentro del organigrama empresarial.
DOS CUESTIONES BÁSICAS CON
MOTIVO DE UN INCIDENTE PENAL
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
Caso Tur Bus Tinguiririca Accidente del Tránsito.
Caso Cárcel de San Miguel Muerte de Presos.
Caso Tur Bus Autopista Del Sol Accidente del
Tránsito.
Caso Minera El Pimentón accidente minero fatal.
Caso Petrox Contaminación de aguas.
Caso Ventanas Contaminación aguas.
Caso Supermercado Tottus Obtención de
Permisos.
Caso Kodama Obras del Transantiago.
Caso La Polar varias aristas.
Caso Ventanas La Greda Contaminación.
Caso Canteros de Colina Prevaricación.
Otros.
CASOS VERÍDICOS EN CHILE
 Cuasidelitos:
Accidentes Laborales
Eventos medioambientales
 Delitos:
Medioambientales
Personas jurídicas
EVENTOS PENALES

Accidentes laborales con resultados
de lesiones graves o muerte, es
decir, de Competencia del
Ministerio Público.

Eventos medio ambientales, como
cuasidelito penal, según teoría del
caso del Ministerio Público.
CUASIDELITOS PENALES
 Adversarial.
 Acusatorio.
 Presunción
de inocencia.
 Derecho a la defensa.
 Investigación Fiscal.
 Evidencia probatoria
 Intervinientes.
 Otros.
MODELO DE JUSTICIA PENAL DE
TIPO ACUSATORIO.
EN EL ÁMBITO PENAL, UN GANADOR…
UNO ATACA…
OTRO RESPONDE,
Se defiende…
AMBOS TRATARÁN DE GANAR SU PARTIDO!!!
Y SÓLO HABRÁ UN GANADOR
¿Quiénes podrían responder penalmente
dentro del organigrama de la empresa?:
Los que hubiesen incurrido al interior de la
empresa en infracción del deber de
dirección, supervisión y vigilancia del giro
económico del riesgo respecto de la operación.
Aquellos que incurrieron en infracción de
sus deberes de cuidado, que aún cuando
desconocieran las condiciones de desempeño,
no adoptaron medidas de vigilancia y control
exigibles y efectivas asociadas con el riesgo y
desempeño de la operación.
Todos los que sabían de la operación.
Todos los que debían saber de la
operación.
Todos aquellos que no obstante haber
delegado sus funciones, no aplicaron las
medidas de vigilancia y control exigibles
sobre el delegado para la operación en
particular.
Todos aquellos que procedieron con
falta de cuidado grosero en esta
operación.
Estos supuestos dentro de la cadena de
mando al interior del organigrama
empresarial, es lo que el fiscal del
Ministerio Público va a tratar de
establecer en su investigación.
¿Cómo poder establecer lo anterior por
parte del fiscal ?
- Organigrama de la empresa.
- Estudiar y analizar a las Empresas
involucradas en el accidente.
- Estadística en sanciones, accidentes
menores, multas, medidas correctivas,
etc.
- Contratos de Prestación de Servicios de
las empresas involucradas en relación
con la operación en concreto.
- La información consignada en mails
al interior de las empresas
involucradas.
- Antecedentes documentales de las
empresas involucradas.
- Existencia de manuales y/o
protocolos de actuación para este
tipo de operaciones y examinar los
mismos para ver si existían y/o se
aplicaron para este caso.
- Órdenes de trabajo existentes y/o que
debieron existir.
- Nóminas de las personas involucradas en
la operación, distinguiendo entre quienes
participaron en el caso concreto y quienes
debieron haber actuado en realidad.
Asimismo, roles de cada uno de ellos,
definición de cargos, funciones y
facultades.
- Informe interno de auditoría de las
empresas involucradas.
- Informes de las entidades
fiscalizadoras llamadas a actuar con
motivo de este evento.
- Informes médicos de las empresas
de salud y seguridad asociadas a la
faena u operación del accidente.
- Fijación del sitio del suceso.
- Declaraciones de testigos y peritos.
- Reconstitución de escena.
- Información pericial.
- Información en derecho.
- Recabar antecedentes de este tipo
de operaciones en personas que
hayan trabajado en las empresas
involucradas y ya no estén allí.
Directrices de la investigación para
poder involucrar a los responsables de
menos a más:
- Configurar evidencia probatoria para
probar participación personal de
manera directa e inmediata en la
operación accidentada.
- Establecer evidencia probatoria de cargo
acerca de la posición de garante en lo
riesgoso de la actividad lícita y en
particular referida a la operación que dio
origen al accidente.
- Establecer
que
en
este
organigrama
de
ejecutivos,
había gente que sabía y
conocía y/o a lo menos debió
haber sabido o conocido
acerca
de
este
tipo
de
operaciones y lo riesgoso de la
misma.
- Establecer que la inobservancia
de las medidas de control que
fallaron,
era
previsibles
y/o
defectuosas y/o ineficaces y/o
derechamente que las mismas no
se chequeaban periódicamente.
- Establecer que siempre se hacían
las cosas así por razones de
economía funcional integral.
- Establecer quién y cómo se
definió el trabajo a realizar al
interior de la empresa.
- Establecer quién y cómo se
destinaron los recursos para
realizar la faena.
- Establecer quién debía
supervisar la faena, a quién
reporta esta persona.
EN CONSECUENCIA:
El fiscal del Ministerio Público en su
calidad de Persecutor Penal, deberá
evaluar fortalezas y debilidades
de su teoría del caso para saber,
donde ir, por quién ir, hasta donde
llegar y a quién apretar para
satisfacer su objetivo propuesto.
PROPUESTAS A MODO EJEMPLAR.
- Procesos investigativos internos de
investigación no penales.
- Procesos investigativos externos de
fiscalización no penales.
- Contemplar protocolos de reacción
penal referido a derechos,
obligaciones, peritajes informes,
evidencia probatoria de descargo y
otros.
- Análisis del organigrama de la empresa
creando los debidos “fusibles” para
limitar y excluir responsabilidades o
“efectos colaterales”.
- Capacitar a la gente.
- Utilizar instrumentos de Análisis de
Riesgo.
- Importancia de que las medidas
sancionatorias de tipo personal por
eventual responsabilidad al interior de
la empresa, nunca se adoptan durante
el desarrollo de las investigaciones.
- Blindaje de los Abogados
Corporativos.
- Fijar zonas de riesgo con lenguaje
legal.
- Establecer Políticas de
Comunicaciones y/o Relaciones
Públicas.
- Exigir estándares profesionales a los
contratistas.
- Establecer documentos referidos a “
Novedades en Materia de Seguridad
e Higiene.
V. Responsabilidad Penal de
las
Personas Jurídicas
Ley 20.393, del 2 de Diciembre de
2009.
Proyecto de ley que modifica ley
20.393 que amplía catálogo de
delitos del 13 de Octubre de 2010.
Lavado de activos: Artículo 27 de la Ley
19.913
Financiamiento del Terrorismo: Artículo
8° de la Ley 18.314
Cohecho a funcionario público nacional:
Artículo 250 del Código Penal
Cohecho a funcionario público extranjero:
Artículo 250 bis A del Código Penal
Delitos Penales de las Personas
Jurídicas
El alcance de esta Ley es
para todas las personas
jurídicas de derecho privado,
con y sin fines de lucro, y a
las empresas públicas del
Estado.
Alcance de la Ley
Atribución de responsabilidad
penal
Delito cometido por una persona perteneciente a
la persona jurídica (dueños, controladores,
responsables,
ejecutivos
principales,
representantes o quienes realicen actividades de
administración y supervisión, o quienes estén
bajo la dirección o supervisión directa de alguno
de ellos)
- Cometido directa e inmediatamente en su
interés o para su provecho
- Incumplimiento por parte de la persona jurídica
de los deberes de supervisión y dirección
(MODELO DE PREVENCION)
-
Importancia:
La propia Ley señala que se ha cumplido
con los deberes de dirección y supervisión
cuando con anterioridad a la comisión del
delito, la persona jurídica hubiere
adoptado e implementado modelos de
organización, administración y supervisión
para prevenir delitos como el cometido,
según lo dispone el artículo 4º de la
misma Ley.
Deberes de dirección y
supervisión: modelo de
prevención
Elementos:
Designación encargado de prevención
 Definir medios y facultades del
encargado
 Establecimiento de un sistema de
prevención de delitos
 Supervisión y certificación del sistema
de prevención de delitos.

Modelo de prevención
Sanciones

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


Disolución de la persona jurídica
Cancelación de la personalidad jurídica
Prohibición temporal o perpetua de
celebrar actos y contratos con los
organismos del Estado
Pérdida parcial o total de beneficios
fiscales o
Prohibición absoluta de recepción de los
mismos en un periodo determinado
Multa de 200 a 20.000 UTM.
La transmisión de la responsabilidad penal
de la persona jurídica, en caso de fusión,
transformación,
división,
disolución,
absorción etc
 En relación a los delitos cometidos con
anterioridad,
la
responsabilidad
se
transmite a la persona jurídica resultante.
 Es
una suerte de herencia de la
responsabilidad penal.

Transmisión de la Responsabilidad
de la Persona Jurídica
CATÁLOGO DE DELITOS DEL
PROYECTO QUE MODIFICA LA LEY
20.393.

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

Delitos tributarios.
Delitos informáticos.
Figuras de las ley de sociedades
anónimas.
Figuras de la ley de mercado de valores.
Figuras de la ley de análisis financiero.
Figuras de la ley de propiedad intelectual.
Delitos contra la salud pública y contra las
personas.