Indicadores y derechos humanos de la juventud
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Transcript Indicadores y derechos humanos de la juventud
Programa “Derechos Fundamentales y Justicia
en la región andina ”
ENFOQUE BASADO EN
DERECHOS Y POLÍTICAS
PÚBLICAS EN EL
CONTROL MIGRATORIO
Comisión Andina de Juristas
Cartagena, junio del 2010
ANTECEDENTES
De contexto:
El Derecho Internacional de los DDHH: convenciones
internacionales y específicos. “Titularidad de derechos” /
“universalidad”
Implementación del DIDH en el derecho interno.
Vinculo entre desarrollo y DDHH – Declaración 1986.
Desarrollo para realizar “libertades”.
En el DIDH:
Superación de la clásica división de los DDHH: obligaciones
de cumplimiento inmediato y de cumplimiento progresivo.
Mayor exigibilidad, pero escasos niveles de justiciabilidad de
derechos a nivel interno. En especial frente a GEP.
Nuevo escenario de DDHH: violaciones estructurales.
¿POR QUÉ UN EBDH?
Magros resultados sociales
estructurales e institucionales:
de
transformaciones
70`s – políticas universales sustituidas por políticas
focalizadas.
Alejamiento de sectores medios de servicios sociales
(privatización).
Reforma de Naciones Unidas de 1997.
Integrar los DDHH a la organización. “lucha contra la
pobreza” es ahora una “obligación legal”
Son estándares de la cooperación.
Busca la “titularidad de los DDHH” (desarrollo de
capacidades).
Banco mundial – derivación de las transformaciones.
¿POR QUÉ UN EBDH?
Sin Enfoque
Con Enfoque
Solo aquellos que pueden pagar o Todos disponen de las prestaciones
acceden
a
un
programa basadas en el derecho instituido, sin
compensatorio tienen prestaciones
importar su condición socio económica
Poca
claridad acerca
de
las Marco de obligaciones para le prestador
obligaciones de los prestadores de de un servicio y reducción de su
servicios y de dependencia de su responsabilidad (incluyendo calidad y
discrecionalidad
oportunidad)
Participación nominal o por intereses Participación abierta a los ciudadanos y
corporativos
formas de representación e intereses
Realización parcial de titularidad de Todos disfrutan de las mismas
derechos
oportunidades
para
disfrutar
la
titularidad de sus derechos
Adaptado de Cunnill, Nuria (2010)
¿QUÉ ES UN ENFOQUE BASADO EN DERECHOS?
Apuesta metodológica que integra las normas, estándares y
principios de derechos humanos, en los planes, políticas y
procesos de políticas públicas.
Instrumento metodológico para los tomadores de decisión.
EL DIDH no formula políticas sino establece estándares
(jurídicos) aplicables (marco de decisión).
El Estado mantiene un “margen de apreciación”, pero los
derechos pasan a tener (en las p. públicas):
Orientan a satisfacción de necesidades básicas (Pertinencia
constitutiva)
Evitan procesos de deterioro (Pertinencia instrumental)
Restringen acción del Estado (Pertinencia restrictiva)
¿QUÉ ES EL ENFOQUE BASADO EN DERECHOS
HUMANOS?
Mary Robinson:
“describir situaciones no en términos de necesidades
humanas o de áreas que requieren desarrollo, sino en
término de la obligación de responder a los derechos de
las personas”
Victor Abramovich:
“se procura cambiar la lógica de los procesos de
elaboración de políticas, para que el punto de partida no
sea la existencia de personas con necesidades que deben
ser asistidas, sino sujetos con derecho a demandar
determinadas prestaciones y conductas”
¿QUÉ ES UN ENFOQUE BASADO EN DERECHOS?
FASE
PRE-DECISIONAL
Agendación
Establecimiento
de Agenda y
especificación
de alternativas
FASE
DECISIONAL
Diseño
Implementación
Toma de
decisiones
autorizadas y
Provisión de
autoridad y
recursos
Ejecución de
Programas y
Proyectos
ENFOQUE BASADO EN DERECOS HUMANOS
Evaluación
Monitoreo y
evaluación de
resultados
ELEMENTOS DEL EBDH
Respeto de estándares
DIDH
Principio de Inclusión (No
discriminación)
Participación
• El DIDH es un marco explícito e
imperativo que guía las estrategias y
políticas nacionales
• Inclusión para la universalidad, sin
discriminación e igualdad en la diversidad
• Participación informada, activa y
protagónica en todos los niveles del
proceso de toma de decisiones.
Progresividad y No
regresividad
• Necesidad del Estado de demostrar
avances en la protección de derechos y de
no retroceder en la protección que brinda.
Rendición de cuentas
• Responsabilidad compartida de todos los
actores involucrados, distinguiendo “sujetos
de derechos” de “sujetos de obligaciones o
deberes”.
RESPETO DE ESTÁNDARES
DISPONIBILIDAD: que cuando el ciudadano lo
necesite, el bien o servicio esté garantizado.
ACCESIBILIDAD: que cuando el ciudadano quiera
recibir o gozar del bien o servicio, pueda lograrlo sin
discriminación alguna
• FISICA: por la distancia geográfica, las condiciones
materiales o las facilidades técnicas
•
ECONÓMICA: que ninguna persona deje de tener goce o
disfrute de su derecho por falta de recursos económicos
CALIDAD: que cuando el ciudadano recibe el bien o
servicio, éste sea óptimo para su goce o disfrute
ADAPTABILIDAD: que se adecue a la realidad social
y cultural de las personas o comunidades a quienes se
dirige la política.
PRINCIPIO DE NO DISCRIMINACIÓN
Establece motivos prohibidos.
También implica eliminar prácticas.
Adopción de medidas afirmativas para garantizar la
inclusión (igualdad material).
Identificación de grupos o sectores de la población
tradicionalmente discriminados (PIDESC - salud).
El impacto de este principio debe darte a todo nivel de
decisión, incluyendo el presupuestal.
Un distribución equitativa del gasto público puede
significar un trato discriminatorio frente a zonas
geográficamente distintas.
PRINCIPIO DE PARTICIPACIÓN
Participación de los titulares de derechos en el proceso
de toma de decisiones.
Obligaciones:
No impedir u obstaculizar la participación.
Generar condiciones favorables a la participación: desarrollo
de instituciones.
Tres elementos consustanciales:
Acceso a la información (rol pasivo y activo).
Empoderamiento de los actores.
Mecanismos de tutela y protección de derechos.
PRINCIPIO DE PROGRESIVIDAD/REGRESIVIDAD
DCYP y DESC:
1° Dicotomía superada (Principios de Limburgo [ONU] y
Principios de Maastrich).
2° : Diferencia de grado (entre hacer/no hacer). Van Hoof:
niveles de obligaciones: respetar/garantizar/promover/
garantizar
Cuestión importante PIDCP (Art. 2.2) y PIDESC.
PIDCP consagra incondicionalmente la obligación de adoptar
medidas. El PIDESC, esta obligación está mediatizada por la
disponibilidad de recursos y su realización progresiva.
Progresividad/No regresividad:
GESTIÓN PÚBLICA Y
EBDH
EXIGIBILIDAD
INTEGRALIDAD
PARTICIPACIÓN
ACCOUNTABILITY
GOBERNANZA SISTÉMICA
ESPACIO PÚBLICO
- Participación de actores
sectoriales y privados
-Instancias, instrumentos y
espacios de gestión en red.
- Influencia mutua y
comunicación recíproca.
- 2 valores: gestión integrada
deliberativa y relaciones
orgánicas y sostenidas.
-Interfaces para proceso
participativo.
- Espacios y mecanismos
inclusivos.
-Información reciproca
(público/privado).
- Formación democrática de
opinión.
- valores: ciudadanía
empoderada; institucionalidad
retroalimentada y
responsable.
- Autoridades
independientes
- Mecanismos
- Procedimientos
reglas que explicitan
derechos.
- Información sobre
derechos
- Contraloría social
“NUEVA” GESTIÓN PÚBLICA
Liderazgo (compromiso de directivos de alto rango).
Cultura institucional (universalidad, aplicada a cada caso)
Burocracia (eficiente)
Consolidación de sistemas normativos.
Gestión estratégica (planificación en base a resultados).
Formación continua del personal.
“Profesionalización” (mérito, desempeño, capacidad).
Incentivos.
Institucionalidad administrativa.
Gobernanza.
RECOMENDACIONES GENERALES
En general:
Tratamiento integral del tema migratorio.
Colocar al ser humano y sus derechos como eje central.
Aplicar el EBDH a la gestión de la migración – normas,
procedimientos y, sobre todo, prácticas.
Principio de “coherencia” (no reciprocidad)
Control migratorio:
La regla debería ser “facilitar el movimiento”.
Rol activo en materia de ejercicio de discrecionalidad en la
inspección – sensibilización y capacitación, incentivos y
controles.
RECOMENDACIONES ESPECÍFICAS (I)
Pasaportes y visas:
Disponibilidad económica: tasas de emisión de visas y
pasaportes / explicitar “costos”.
Disponibilidad física: descentralización en el trámite y
entrega.
Protección de información (controles biométricos):
Restricciones de acceso.
Control por el ciudadano y rectificación.
Emisión de visa:
Medir impactos adversos de requisitos (mujeres – solvencia
económica).
Respecto del debido procedimiento: motivación de la
decisión y “doble instancia”.
RECOMENDACIONES ESPECÍFICAS (II)
Control de validez de visas:
Comunicación de irregularidades al usuario.
Fronteras verdes:
Control de la discrecionalidad.
Protección de la integridad.
Controles de salida:
Inspecciones previas (“perfiles” migratorios y delictivos).
Acuerdos de Información avanzada de pasajeros (balance
entre privacidad y celeridad).
Relación con empresas transportadoras: no “abuso” de
requisitos (sobreventa); control para respeto de derechos.
“separación de pasajeros”: estigmatización y presunción de
inocencia.
RECOMENDACIONES ESPECÍFICAS (III)
Condición migratoria:
Publicidad e integridad del proceso.
Adaptabilidad del proceso (idioma)
Facilitar la representación (asistencia legal).
Derecho a ser escuchado (audiencia).
Derecho de apelación.
“Detenciones”/ “retenciones”:
Prevista en ley.
Proporcionalidad (medida efectiva / menos gravosa)
Comunicación de motivos.
Accesos a recurso efectivo.
“Menor tiempo posible” (más cercano al retorno obligado)
WWWW.CAJPE.ORG.PE/GEP
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MUCHAS GRACIAS!
LUIS ENRIQUE AGUILAR CARDOSO
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