PATRIMONIO PUBLICO

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Transcript PATRIMONIO PUBLICO

PATRIMONIO
PÚBLICO
DIANA ANAYIBE
PÁEZ
MARIA ELENA
VALDERRAMA
MARIA CAMILA
TRUJILLO
TITULARIDAD AL ESTADO DE ACUERDO
A LA DOCTRINA DEL DERECHO
INTERNACIONAL
DOMINIO EMINENTE: Poder del Estado sobre
la totalidad del territorio de su jurisdicción
1.
2.
3.
DOMINIO PÚBLICO: Es el conjunto de los
bienes afectados al uso de todos
DOMINIO PRIVADO DEL ESTADO: Todos
aquellos bienes que pertenecen a las
personas públicas
Artículo 88 de la Constitución Política de Colombia y Artículo 472 de 1998
BIENES
DERECHOS
OBLIGACIONES
Propiedad
del Estado
BIENES
*
CLASES
EL TERRITORIO
*
LOS BIENES DE USO PÚBLICO
*
LOS BIENES FISCALES
EL TERRITORIO
Mar territorial
La zona contigua
G
La plataforma continental
El espacio aéreo
El segmento de la órbita
geoestacionaria
BIENES DE USO PÚBLICO
Calles
Plazas
Caminos
Ríos
G
Puentes
Aguas marinas
Espacios aéreos
 Constituido
por el territorio y los bienes
públicos que hacen parte de él (ríos,
mares, espacio aéreo, etc)
 El
Estado los administra y son
inalienables,
imprescriptibles
e
irreductibles
 Pertenecen a la Nación entera, hay
bienes particulares, de uso común por
ejemplo puentes privados
 Son de uso común, todos pueden
aprovecharse de ellos
BIENES FISCALES
Su titularidad pertenece a alguna institución estatal,
regional, provincial o municipal
Fincas
G
Baldíos
Bienes
rentas
Minas
Valores
Salinas
 Destinados
a la prestación de los
servicios públicos, se administran a
través de las normas del Derecho
Administrativo.
 El Estado ejerce potestades de usos,
frutos y libre disposición
 El Estado puede defenderlos como
cualquier
particular,
reivindicarlos,
acciones
cautelares,
gravarlos,
adjudicarlos
 Pueden
ser
adjudicados
o
concesionados a personas particulares
TEORÍAS
TEORÍA ORGÁNICA
TEORÍA
FUNCIONAL
• Toma
como
elemento
la
naturaleza pública
del
sujeto
que
detenta el derecho
de dominio de un
bien.
• Toma
como
elemento
la
afectación
o
destinación del bien
a satisfacción del
interés público o
fines públicos.
TEORÍAS
TEORÍA DOMINIO
EMINENTE
• El Estado no es titular
del territorio en el
sentido
de
ser
«dueño» de él, sino
en el sentido de
ejercer
soberanía
sobre
él.
Art.
102
Const.
Política
DIFERENCIA ENTRE BIENES
DE DOMINIO PRIVADO Y
BIENES QUE INTEGRAN EL
PATRIMONIO PÚBLICO
• DOMINIO
PRIVADO:
Regula
relaciones
de
coordinación y relaciones
entre particulares. Este
dominio
puede
ser
individual o colectivo.
• DOMINIO PÚBLICO: Bienes
que la administración
afecta al uso directo de
la comunidad o que lo
utilizan para servir a la
sociedad
BIENES QUE INTEGRAN EL PATRIMONIO PÚBLICO
OBJETO DEL CONTROL FISCAL
Los bienes de uso público: Inalienables, imprescriptibles e
inembargables
El patrimonio cultural, el patrimonio arqueológico y otros
bienes
culturales:
inalienables,
inembargables
e
imprescriptibles
El espectro electromagnético: enajenable e imprescriptible
El espacio público
El territorio con los bienes públicos que de él forman parte
El Estado es propietario del subsuelo y de los recursos
naturales no renovables
La ley determinará las condiciones para la explotación de
los recursos naturales no renovables