Midiendo Derechos - Universidad Nacional de Córdoba

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MIDIENDO DERECHOS,
FORMULANDO POLÍTICAS
INDICADORES DE PROGRESO
LAURA PAUTASSI
CONICET-UBA
UNIVERSIDAD NACIONAL DE CORDOBA
ESTRUCTURA DE LA PRESENTACION
Enfoque de Derechos Humanos aplicado a las
políticas de desarrollo

Medición de Derechos en las Políticas Sociales


Indicadores de Progreso
Indicadores del Protocolo de San Salvador
(OEA)

Punto de Partida
• El campo de las políticas sociales y las estrategias de
desarrollo y el campo de los DDHH han corrido en
paralelo, con pocos puntos de encuentro o conexión.
• Mucho más evidente es la bifurcación que se ha
producido en relación con los modelos económicos e
institucionales en donde desarrollar las estrategias.
• Establecer puentes y relaciones entre el campo de los
DDHH y los principios que guían las políticas
económicas y sociales, y por ende las estrategias de
desarrollo
Enfoque o Perspectiva de Derechos
• El enfoque de Derechos considera que el marco
conceptual que brindan los derechos humanos como
derechos legitimados por la comunidad internacional,
ofrece un sistema coherente de principios y pautas
aplicables en las políticas de desarrollo.
• En tal sentido los derechos humanos son pensados en la
actualidad como un programa que puede guiar u
orientar las políticas públicas de los Estados y contribuir
al fortalecimiento de las instituciones democráticas, en
particular en procesos de transición o con problemas de
democracias deficitarias o débiles.
Enfoque de Derechos
Un sistema integral y estructurado por
principios, reglas y estándares de Derechos
Humanos que opera en términos de otorgar
efectividad a las medidas comprometidas por los
Estados y que además fija estándares específicos
que son aplicables a los sistemas internos de cada
uno de los países de la región.

¿En qué consiste?
Se trata de un conjunto de estándares que
surgen de la interpretación realizada de los
tratados
internacionales
de
derechos
humanos por los órganos de aplicación del
Pacto de Derechos Económicos, Sociales y
Culturales, entre otros, así como de los
relatores especiales de las Naciones Unidas, a
partir de la interpretación realizada de los
tratados
internacionales
de
derechos
humanos principalmente en materia de
derechos sociales.
¿En qué consiste?

Los estándares permiten analizar desde la
perspectiva de los derechos humanos, si las políticas de
desarrollo aplicadas por los estados se adecuan o no a
los parámetros desarrollados por el derecho
internacional de los derechos humanos.
 Los estándares refieren a una definición legal que
incluyen principios que son el resultado del proceso de
interpretación de una norma o de un tratado
internacional (Abramovich, 2007)
¿En qué consiste?
Son declaraciones fundamentales sobre el
resultado deseado y no están diseñados para
ser verificados directamente. El contenido de
un estándar va a ser aportado por las
pautas y criterios que establecen las
condiciones necesarias para aplicar tal
principio y que resulte posible comprobar
directamente a partir de los indicadores o
señales de progreso cualitativas.
Obligación
contenida en
la norma
Estándar
jurídico fijado
por un
intérprete
autorizado
Indicado
res
Estándares DDHH: base para análisis de políticas
• Contenido mínimo de los derechos;
• Universalidad
• Progresividad y no regresividad;
• Igualdad y No discriminación;
• Producción de información y formulación de políticas;
• Participación de los sectores afectados en el diseño de
las políticas públicas; y
• Acceso a la justicia y mecanismos de reclamos
Progresividad y no regresividad
El principio de progresividad se convierte en un estándar
en materia de DESC, en virtud del cual le está vedado
al Estado sancionar normas jurídicas o adoptar
políticas, programas y acciones de gobierno que
empeoren la situación de los derechos sociales de los
que gozaba la población al momento de adoptado el
tratado internacional respectivo, o comprobar si la
nueva norma suprime o restringe derechos o
beneficios acordados por la anterior.
Esta prohibición comprende a todos los órganos del
Estado, inclusive al propio Poder Judicial, quien no
debe convalidar situaciones regresivas a partir de sus
sentencias o ser laxo a la hora de evaluar la efectiva
implementación de la obligación de progresividad
intrínseca en cada DESC.
Igualdad y no discriminación
 “Los Estados Partes en el presente Pacto se comprometen a
garantizar el ejercicio de los derechos que en él se enuncian,
sin discriminación alguna por motivos de raza, color, sexo,
idioma, religión, opinión política o de otra índole, origen
nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier
otra condición social” (artículo 2.2 PIDESC)
 “Los Estados Partes están obligados a hacer frente a las
relaciones prevalecientes entre los géneros y a la persistencia
de estereotipos basados en el género que afectan a la mujer
no sólo a través de actos individuales sino también porque se
reflejan en las leyes y las estructuras e instituciones jurídicas
y sociales (Comité de la CEDAW-)
Producción y acceso a la información:
La producción de información es un
presupuesto para la vigilancia de los DESC. El
Comité del PIDESC ha impuesto a los Estados
el deber de relevar información y garantizar
el acceso a ella en diversas materias.
Las obligaciones de vigilancia, reunión de
información, y preparación de un plan de
acción para la implementación progresiva,
son extensibles, como medidas inmediatas, a
todos los derechos consagrados en el Pacto.
Participación de la ciudadanía y de l@s receptores
en el diseño de las políticas públicas:
Toda aquella participación y opinión de l@s
receptores y de la ciudadanía es fundamental
a los efectos de mejorar el desarrollo de cada
uno de los programas, constituyendo un insumo
fundamental en el diseño de políticas y
programas sociales.
Es uno de los aspectos fundamentales del
empoderamiento
Acceso a la Justicia – Mecanismos de reclamo
• Implica la obligación de garantizar en los diseños de
política pública diversos mecanismos de reclamo
(administrativos y judiciales) para ser puestos en
prácticas en caso de violación de un derecho.
• La garantía del acceso a la justicia no se limita al
acceso a servicios jurídicos por parte de personas
carentes de recursos sino que debe incluir la
eventualidad de acceder y sostenerse a lo largo de
toda la instancia judicial que el reclamo requiera.
• Implica un grado importante de alfabetización
jurídica y de conciencia de la existencia derechos para
la ciudadanía en general.
Alcances del reconocimiento de Derechos
 Un Estado parte no puede nunca ni en
ninguna circunstancia justificar su
incumplimiento de las obligaciones básicas
que son inderogables.
 El cumplimiento del contenido mínimo es
obligatorio y no es pasible de excepciones, ni
aun en situaciones de emergencia
Violaciones en materia de DESC
• El incumplimiento de las llamadas obligaciones
de contenido mínimo o inderogable resulta
injustificable y significa que este derecho está
siendo vulnerado.
• Respecto de otras obligaciones, si la limitación
de recursos imposibilita el pleno cumplimiento
de las mismas, el Estado debe justificar que hizo
todo lo posible por utilizar los recursos existentes
para satisfacer prioritariamente sus
obligaciones.
Violaciones en materia de DESC
• Las violaciones a un Derecho social
pueden producirse por acción (v. gr.
adoptar medidas regresivas, retirar
planes de salud pública, dejar de
asegurar el acceso a la alimentación
mínima, etc.) u omisión (vg. no
adoptar medidas apropiadas, no hacer
cumplir leyes, etc.)
Políticas Públicas y Derechos
(Cepal, 2006)
El enfoque de derechos implica un nuevo
mecanismo de intervención estatal de diverso
tipo:
jurídico (cumplimiento de obligaciones legales),
ético (derechos humanos fundamentales)
política pública (mecanismos de diseño, guía
para los contenidos).
¿Es posible conjugar política con derechos?
Resulta imprescindible desencadenar procesos de
cambio para la construcción de capacidades
institucionales tendientes a articular diferentes procesos
para incorporar el enfoque de derechos en
implementación de una estrategia de desarrollo.
Esta no consiste en expresiones de buena voluntad
política, sino claramente es un sistema integral y
estructurado que opera en términos de dar efectividad
a las medidas comprometidas por los Estados y que
además fija estándares específicos que son aplicables a
los sistemas internos de cada uno de los países.
¿Es posible conjugar política con derechos?
A su vez, el enfoque de derechos fija un
marco conceptual para la formulación de
políticas públicas no debe acotar o limitar
el margen de acción de los gobiernos,
quienes son autónomos en fijar sus propios
planes de desarrollo.
Medición de Derechos en las Políticas Sociales
Creciente uso de indicadores
 Es un proceso en construcción
 Riesgos de dispersión conceptual y fáctica
 No hay una única metodología de medición
 Tres procesos: i) teórico conceptual;
ii) verificación empírica;
iii) transversalización

Indicadores: son parámetros o unidades de medida
de tipo cuantitativo que pueden lograrse y
verificarse en relación con un criterio.
A su vez, es necesario complementar la verificación
empírica con técnicas cualitativas, como la
utilización de las señales de progreso cualitativas.
Estos elementos van a dar cuenta del grado de
cumplimiento de la obligación contenida en el
derecho, a partir del cual se podrá determinar los
niveles de cumplimiento de dichas obligaciones.
Estándares=
principios
vinculantes y
Pautas que
resultados
establecen
esperados (no
condiciones
verificables per necesarias para
se)
aplicar los
principios
Las condiciones
son medidas por
indicadores=
parámetros
cuantitativos
Los indicadores deben
ser completados con
señales de progreso
cualitativas
PROTOCOLO ADICIONAL A LA
CONVENCIÓN AMERICANA EN
MATERIA DE DERECHOS
ECONÓMICOS, SOCIALES Y
CULTURALES, PROTOCOLO DE
SAN SALVADOR
OBJETIVOS




Contribuir a realizar diagnóstico situación DESC
contemplados en el Protocolo de San Salvador
Establecer temas y agendas pendientes con diálogo
participativo conjunto con la sociedad civil.
Formular estrategias para satisfacer progresivamente
el programa de derechos contenido en el Protocolo.
Medir con indicadores los progresos en el
cumplimiento del Protocolo.
SISTEMA DE INDICADORES

Estimular un proceso de evaluación y de medición
de cumplimiento de derechos sociales

Superar el mero reporte y no reiterar otros informes.

Contar con instrumento útil para diseño y
evaluación permanente para las políticas públicas
sobre DESC.

Verificar el cumplimiento de las obligaciones
suscritas en el Protocolo.
INICIO DEL PROCESO
1.
Fijación participativa de metas y objetivos prioritarios
2. Promoción de procesos abiertos y deliberativos
garantizando la participación de diversos actores
políticos y sociales
3
Garantía de transparencia y legitimidad en el
procedimiento.
INICIO DEL PROCESO
4
El diálogo social y político que se desencadene es un hecho
apreciable en si mismo y una estrategia de garantía de los
derechos sociales en los Estados Parte.
5
El principio de participación: amplia publicidad.
6.
Los Estados pueden cumplir con sus obligaciones escogiendo entre
un amplio espectro de cursos de acción y de políticas.
7.
No corresponde al sistema de monitoreo internacional juzgar entre
las opciones que cada Estado, de manera soberana y
participativa, haya elegido para realizar los derechos del
Protocolo.
3 TIPOS DE INDICADORES
ESTRUCTURALES
DE PROCESO
DE RESULTADOS
SEÑALES DE PROGRESO CUALITATIVAS
ENFOQUE DE EQUIDAD DE GÉNERO, DIVERSIDAD ETNICA Y CULTURAL
INCIDENCIA DE SOCIEDAD CIVIL EN FORMULACION DE AVANCES
LEGISLATIVOS Y POLITICAS PUBLICAS
INDICADORES ESTRUCTURALES
Reflejan la ratificación o aprobación de instrumentos jurídicos
internacionales básicos.

Relevan información para evaluar cómo se organiza el
aparato institucional y el sistema legal para cumplir las
obligaciones del Protocolo.

Se deben concentrar especialmente en las leyes internas
relacionadas con el derecho y los mecanismos institucionales
que promueven y protegen las normas.

Ejemplo: Ratificación de Pactos y tratados de DDHH;
Incorporación de Derechos Sociales en la Constitución Política

INDICADORES DE PROCESO
Buscan medir la calidad y magnitud de los esfuerzos del Estado
para implementar los derechos

Colaboran en vigilar directamente la aplicación de las políticas
públicas en términos de la realización progresiva de derechos.

Ofrecen información sobre la variación en los niveles de calidad o
cobertura de servicios sociales en un determinado período de
tiempo.

Ejemplos: Cantidad de días de clase según la norma; cantidad de
informes presentados por el Estado a la supervisión internacional

INDICADORES DE RESULTADOS
Reflejan los logros, individuales y colectivos, que indican el
estado de realización de un derecho humano en un
determinado contexto.

Buscan medir el impacto real de las estrategias, programas,
intervenciones del Estado.

Proveen una medida cuantitativamente comprobable y
comparable de la performance del Estado en materia de
realización progresiva de los derechos.

Ejemplos: Tasa de analfabetismo; porcentaje de población
con acceso al agua potable

SEÑALES DE PROGRESO CUALITATIVAS
Captan la definición de la situación que efectúa el propio actor
social y el significado que este le otorga al fenómeno evaluado,
interpretación que resulta clave para poder explicar los hechos.

Representan dimensiones cualitativas que reflejan la progresión
en los cambios hasta el alcance deseado del objetivo.

Ejemplos: Encuestas de satisfacción de usuarios sobre la calidad
y cobertura de servicios sociales; Número y características de
organizaciones de la sociedad civil reconocidas que participan en
la promoción y la protección de derechos

TRES CATEGORIAS
1.
•
•
RECEPCIÓN DEL DERECHO: en el sistema legal,
en el aparato institucional y en las políticas públicas
públicas.
Se procura alcanzar información relevante sobre la
forma en que un derecho incluido en el Protocolo se
encuentra incorporado en el sistema normativo
doméstico y en las prácticas y políticas públicas.
Ejemplo un indicador estructural de recepción del
derecho es si se ha incorporado el derecho a la
Constitución y si hay jurisprudencia.
TRES CATEGORIAS
2.
CONTEXTO FINANCIERO BÁSICO Y
COMPROMISOS PRESUPUESTARIOS:
Es la disponibilidad efectiva de recursos del Estado
para ejecutar el Gasto Público Social y su distribución,
tanto en términos sectoriales como regionales.
Es fundamental identificar con el mayor grado de
precisión las responsabilidades financieras del Estado.
TRES CATEGORIAS
3. CAPACIDADES ESTATALES O INSTITUCIONALES: revisar
de qué manera el Estado (y sus diversos poderes y reparticiones)
definen sus metas y estrategias de desarrollo; y bajo qué
parámetros se inscribe el proceso de implementación de los
derechos contenidos en el Protocolo.
El objetivo es evaluar con mayor complejidad los problemas que
enfrenta el Estado para cumplir con sus obligaciones, facilitando
en el examen la identificación de aquellos problemas o brechas
que refieren a la toma de decisión política o inconvenientes
técnico-administrativos y su diferenciación de los problemas
relativos a la gestión pública.
EJES TRANSVERSALES
i) Igualdad y no discriminación: es impedir las diferencias de
trato basadas en factores expresamente prohibidos en el
Protocolo y que limiten, restrinjan o anulen el ejercicio de un
derecho.
ii)
Acceso a la justicia: en sentido amplio, que incluye el
examen sobre la posibilidad legal y fáctica de acceso a
mecanismos de reclamo y protección administrativos y
judiciales.
iii) Acceso a la información y participación política: existe
una obligación positiva del Estado de brindar esa información
a todas las personas, como también tiene la obligación de
producirla.
PRINCIPIOS RECTORES DE INFORMES
1. Progresividad: la realización completa de los DESC requieren de un
proceso durante el cual cada país avanza con distintos tiempos hacia el
logro de la meta;
2. No regresividad: no se pueden tomar medidas que disminuyan los
logros alcanzados y derechos consagrados. No es admisible la inacción;
3.
Participación: los informes deben ser elaborados en base a un
diálogo participativo con los diversos actores de la sociedad civil.
4. Complementariedad: el mecanismo de informes se complementará y
procurará no reiterar los elaborados para otros mecanismos de
protección de derechos humanos;
PRINCIPIOS RECTORES DE INFORMES
5. Devolución: el informe debe redituarle al Estado el beneficio de
acotar la lista de necesidades y definir mejor sus carencias;
6. Publicidad: se presumirá la publicidad de la información sobre los
derechos;
7. Pertinencia: la información debe ser pertinente y concreta, debe
evitarse generalizaciones y la confusión con indicadores de progreso o
desarrollo económico;
8. Enfoque derechos: el informe monitorea el cumplimiento de las
obligaciones, positivas y negativas, inmediatas y progresivas, que se
derivan de los derechos reconocidos en el Protocolo;
9. Respeto soberanía: los Estados tienen la libertad de escoger
soberanamente
DERECHO A LA SEGURIDAD SOCIAL
RECEPCION
DEL
DERECHO
Indicador
CONTEXTO
FINANCIERO
BASICO
Y
COMPROMISOS
PRESUPUESTARIOS
Indicador
CAPACIDADES
ESTATALES
Indicador
Señales
progreso
Señales
progreso
Señales
progreso
IGUALDAD Y NO
DISCRIMINACION
A
de
de
LA Indicador
Señales
progreso
ACCESO
A
INFORMACION
de
Indicador
Señales
progreso
ACCESO
JUSTICIA
de
de
LA Indicador
Señales
de
ESTRUCTURALES
PROCESOS
RESULTADOS
1º ETAPA
PRIMER
AGRUPAMIENTO
DERECHOS
SOCIALES
DERECHO A LA
SEGURIDAD SOCIAL
DERECHO A LA SALUD
DERECHO A LA
EDUCACION
2º ETAPA
SEGUNDO AGRUPAMIENTO:
DERECHOS ECONOMICOS Y
CULTURALES
DERECHO AL TRABAJO Y SINDICALES
DERECHO A LA ALIMENTACION
DERECHO A LOS BENEFICIOS DE LA
CULTURA
DERECHO AL MEDIO AMBIENTE
SANO
INFORMES A PRESENTAR
1º Agrupamiento de Derechos: se presenta a los dos años posterioes
(junio 2014) de aprobado el documento de Indicadores – Extensión de
35 páginas, en base a fuentes de información del Año 2010
El GT tiene 90 días para remitir su observaciones al Estado Parte
Comentarios adicionales del Estado Parte a las conclusiones del GT
dentro de 90 días de la recepción de la misma
2ª Agrupamiento: se presenta un año después de presentado el primer
informe
El GT tiene 90 días para remitir recomendaciones al Estado Parte y fija
fecha de audiencia de defensa.
Conclusiones finales: 90 días para el GT.
Informes siguientes: cada 3 años.
¿Más derechos, mejores políticas
sociales?
Si no se respetan los estándares y principios
que hacen efectivos los derechos
seguiremos en el camino de sumar
prácticas con derechos, que solo
promueven una pérdida de confianza en
los alcances de los propios instrumentos
legales, como también una errónea
implementación de los mismos y una
violación de DDHH.