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Derechos Humanos de las Personas Mayores
en el marco de la
Organización de los Estados Americanos
Evelyn Jacir
Departamento de Desarrollo Social y Empleo
Secretaría Ejecutiva para el Desarrollo Integral (SEDI)
[email protected]
Sumario
I. Contexto: Transición demográfica
II. Personas mayores como grupo en situación
de vulnerabilidad
III. Marco jurídico internacional
IV. Esfuerzos en el ámbito Interamericano y
perspectivas a futuro
I. Contexto: Transición demográfica
Personas de 60+ en las Américas (OPS)
2011
2050
106 millones
En 2045 habrán más
personas mayores
de 60 que
menores de 18 en
el mundo (UNFPA)
310 millones
Mayores de 60 en las Américas (OPS)
25.00%
22.30%
20.00%
15.00%
10.00%
2011
2050
7.90%
5.00%
0.00%
1
II. Personas mayores como grupo en
situación de vulnerabilidad
• Algunas manifestaciones de esta situación:
– Discriminación en políticas de acceso y retiro
laboral
– Pobreza e inequidad en la distribución del ingreso
– Exposición especial a la violencia, abandono y
estigma
– Inequidad en acceso y servicio en los sistemas de
salud y casas de cuidado a largo plazo
• Instrumentos vinculantes de DDHH específicos de
grupos en situación de vulnerabilidad:
– Mujeres; Niñas, Niños y Adolescentes; Afrodescendientes;
Personas con Discapacidad; Indígenas; Convenios OIT
– NO EXISTE EN MATERIA DE DDHH DE PERSONAS
MAYORES salvo referencias puntuales
• Sistema Interamericano: Protocolo de San Salvador
consagra derecho a la “protección especial” durante
la ancianidad
Impacto de una convención
Oportunidad para reconocer expresamente a las
personas mayores como GSV y, de esta forma, establecer
las correspondientes obligaciones positivas de los
estados para tutelar el derecho a las igualdad y la no
discriminación
Herramienta para la promoción de un cambio de
paradigma, que implique la eliminación de los prejuicios
y esteriotipos en todos los niveles de la sociedad
IV. Esfuerzos en el ámbito Interamericano y
perspectivas a futuro
• OEA: Resoluciones de la Asamblea General de 2009,
2010 y 2011; sesión especial del Consejo
Permanente sobre DDHH de las Personas Mayores,
octubre 2010; y constitución del Grupo de Trabajo
DHPM en 2011
• CEPAL: Trabajo especializado en la implementación
regional del Plan de Madrid y Declaración de Brasilia
• OPS: Continuos esfuerzos desde la perspectiva de
DDHH y de los determinantes sociales de la salud
Grupo de Trabajo sobre
Derechos Humanos de las Personas Mayores
Participación de expertos organismos internacionales especializados
como OPS, CEPAL y OHCHR, y sociedad civil
Mandatos:
2011: Informe de diagnóstico sobre situación
de PM en el hemisferio y efectividad de los
instrumentos vinculantes de DDHH para una
efectiva protección de sus derechos
2012: Borrador de Convención Interamericana
sobre DDHH de las Personas Mayores
Informe de Diagnóstico GT/DHPM
•
•
•
•
Reconoce envejecimiento poblacional sin precedentes y su
posible impacto en el goce de los DDHH de las personas
mayores y en la economía de los países
Identifica a personas mayores como grupo social en situación
de vulnerabilidad
Destaca que el marco jurídico vigente está “fragmentado” y
no existe un guía efectiva para la adopción de políticas
públicas que proporcionen una tutela específica para sus
derechos
Reafirma la necesidad de establecer, mediante un
instrumento vinculante, la obligación de los Estados de
adoptar medidas específicas de protección de los DDHH de las
personas mayores
Borrador de Convención Interamericana
•
Aprobado por la CAJP y elevado a la
Asamblea General
– Disponible en Web de la OEA: www.oas.org
•
Resolución AG 2012: Establecería nuevo
mandato del GT y plan de trabajo para iniciar
proceso formal de negociaciones
Borrador de Convención Interamericana
•
Amplio preámbulo:
– Valora que es indispensable situar los esfuerzos de promoción,
protección y realización de los derechos de las personas mayores: en
el marco de la construcción de sociedades más inclusivas,
cohesionadas y democráticas que velen por la igualdad y rechacen
todas las formas de discriminación, incluidas las relacionadas con la
edad; desarrollando los mecanismos de solidaridad intergeneracional y renovadas formas de contribución de todas las
edades al desarrollo, y atendiendo a la diversidad de formas de
familia
•
•
Define a las personas mayores como aquellas con más de
60 años inclusive
Establece deberes generales de los Estados respecto a las
obligaciones negativas y positivas en relación al derecho de
igualdad
• Enumera derechos protegidos
–
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–
Igualdad y no discriminación
Vida y dignidad al final de la vida
Independencia y autonomía
Integridad física, patrimonial, mental y emocional
No sometimiento a torturas ni a penas o tratos crueles, inhumanos o degradantes
Brindar consentimiento previo libre e informado;
Libertad y seguridad personal
Libertad de expresión y circulación
Acceso a la información
Nacionalidad
Privacidad e intimidad
Seguridad social y ciudado
Trabajo
Disfrute del más alto nivel posible de la salud física y mental
Educación
Propiedad
Vivienda y medioambiente sano
Nivel de vida adecuado, servicios socio-sanitarios adecuados y accesibilidad física
Inclusión, participación e integración comunitaria
Participación en la vida política, pública, social y cultural
Recreación, al esparcimiento y el deporte
•
Establece derechos de grupos específicos para
evitar la “discriminación múltiple”
– Mujeres
– Indígenas
– Grupos étnicos, raciales, nacionales, lingüísticos,
religiosos y rurales
– Diversas orientaciones sexuales e identidades de
género
– Situaciones de riesgo y emergencias humanitarias
• Capítulo sobre Acceso a la Justicia
– Principal garantía de todos los derechos y libertades
fundamentales
– Comprende el acceso a la administración de justicia
propiamente dicho, a una sentencia motivada dictada
luego del ejercicio del debido proceso y el derecho a la
ejecución de la sentencia
– Abarca la suma de acciones afirmativas y buenas prácticas
que permitan visibilizar y garantizar a las personas
mayores el conocimiento, ejercicio y defensa de sus
derechos mediante la atención y trato preferente en la
tramitación de los procesos administrativos o judiciales, la
obtención de una justicia prioritaria, comprensible, de
protección inmediata y efectiva
• Incorpora un capítulo de “toma de conciencia”
– Establece que los Estados reconocen la experiencia, la autoridad, la
sabiduría, la productividad y otras contribuciones importantes de las
personas mayores a la sociedad en su conjunto, y fomentarán un trato
digno, afectuoso, con amor, respeto, gratitud, dignidad y
consideración
– En cooperación con la sociedad civil, las instituciones educativas, los
medios de comunicación, y otros actores, se desplegarán esfuerzos
para superar el lenguaje y las imágenes estereotipadas de las
personas mayores en todos los ámbitos, difundiendo una imagen
positiva de las personas mayores como personas autosuficientes,
productivas, y que contribuyen al desarrollo económico, social y
cultural de la sociedad.
• Como mecanismos de seguimiento prevé la presentación de
informes periódicos por parte de los Estados y un sistema de
peticiones individuales
Perspectivas a futuro: Promoción y difusión del tema en
las Américas. AVANZAR SIN ESPERAR!
• En vista de la importancia que los Estados miembros le han
otorgado a este tema, la SG/OEA acompañará el proceso
político mediante la profundización de las actividades de
promoción y difusión, creando conciencia sobre la
importancia de combatir la discriminación en la región,
contribuyendo a una mayor tutela de los DDHH de las
personas mayores en el plano nacional e internacional
• Este proceso, de la mano con las organizaciones
internacionales referentes en el tema, CEPAL, FNUAP,UN,OPS.
• Con activa participación e inclusión de la sociedad civil: Clave
para la legitimidad del proceso, la riqueza de la convención, y
el éxito de su aprobación y posterior cumplimiento y
vigilancia
Perspectivas a futuro: Promoción y difusión del tema en
las Américas. AVANZAR SIN ESPERAR!
• Generar políticas Públicas y ajustar sus prácticas
administrativas a esta nueva visión desde la perspectiva de
derechos.
• Capacitación de los operadores de la administración pública,
empresarios y sociedad civil.
• Lograr consenso sobre el proyecto de Convención.
• Lograr coherencia entre normas y marcos de referencia
internacionales con los nacionales.
Algunas reflexiones
• El MOVIMIENTO de los DDHH de las personas mayores
impulsado fuertemente desde la sociedad civil, y por los
Estados líderes en el tema se refleja en el trabajo
institucional en el marco de la ONU, CEPAL, la OEA, OPS y
otras instituciones universales y/o regionales.
• Las diversas iniciativas comparten sus objetivos y
finalidades, y no son excluyentes sino complementarias.
Cada región tiene sus prioridades y necesidades
específicas, así como su marco jurídico e institucional que
reafirma la necesidad de instrumentos regionales.
• Del mismo modo, la existencia de un marco normativo
universal es de fundamental importancia para fijar los
parámetros globales deseados en la materia.
MOVIMIENTO de los
DDHH de las
Personas Mayores
Fuente: Celade – Population
Division, ECLAC
LAS PERSONAS MAYORES SON NUESTRO
PRESENTE, AVANCEMOS SIN ESPERAR!
MUCHAS GRACIAS!
Ana Evelyn Jacir de Lovo
Directora
Departamento de Desarrollo Social y Empleo
Secretaría Ejecutiva para el Desarrollo Integral
Organización de los Estados Americanos
[email protected]
[email protected]
www.oas.org