nuevas obligaciones patronales planteadas por la reforma laboral

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NUEVAS OBLIGACIONES
PATRONALES PLANTEADAS POR
LA REFORMA LABORAL 2012
REFORMA LABORAL 2012 –
NUEVAS OBLIGACIONES PATRONALES
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Establecer el trabajo digno o decente para los trabajadores. (Art. 2).
En cuanto a la subcontratación, el contrato entre ambas empresas debe constar por
escrito. La beneficiaria debe cerciorarse que la contratista cumpla todas sus
obligaciones laborales y de seguridad social (para cumplir esto puede hacerlo a través
de las Unidades de Verificación acreditadas y aprobadas en las medidas requeridas por
las autoridades pertinentes). (Arts. 15-B y 15-C).
Elaborar por escrito los contratos que respalden las relaciones laborales, garantizando la
seguridad social y las prestaciones de ley, señalando la modalidad de relación laboral,
modalidad de pago del salario y los datos que establezcan las condiciones de trabajo
(Art. 25).
Para los trabajadores mexicanos contratados en México para laborar en el extranjero,
además de los requisitos normales del contrato del artículo 25, el patrón debe señalar
en dicho escrito los datos especiales para este caso, establecer un domicilio en la
República u otorgar una fianza en caso de no tener establecimiento fijo en México,
contar con la aprobación de la Junta de Conciliación y Arbitraje para el contrato y
anexar la visa o permiso de trabajo al contrato (Art. 28).
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NUEVAS OBLIGACIONES PATRONALES
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Indemnizar a cada trabajador con el equivalente a un salario mínimo vigente por cada
día que dure la suspensión ordenada por autoridad competente por cuestiones de
contingencia sanitaria (Arts. 42 Bis, 43, 279 Fracción VII y 429 Fracción IV).
Referir claramente la o las conductas que motivaron la rescisión y la o las fechas en que
se cometieron cuando el patrón despida a un trabajador, esto en un aviso por escrito
que deberá entregar personalmente al trabajador en el momento mismo del despido o
dentro de los cinco días hábiles siguientes a la Junta de Conciliación y Arbitraje para que
ésta notifique al trabajador (Art. 47).
Los salarios caídos se pagarán topados a 12 meses y a partir de concluido ese plazo, se
pagará un interés mensual del 2 % capitalizable al momento del pago a razón de 15
meses de salario (Art. 48).
Pagar la Participación de los Trabajadores en las Utilidades también de los trabajadores
de sus establecimientos (Art. 127 Fracción IV Bis).
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NUEVAS OBLIGACIONES PATRONALES
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Manejar los centros de trabajo en conformidad con las normas oficiales mexicanas de
seguridad, salud en el trabajo y medio ambiente, difundir y adoptar las medidas
preventivas y correctivas que establezcan las autoridades laborales, adecuando sus
instalaciones al acceso y desarrollo de las personas con discapacidad, y manejo de los
primeros auxilios. (Art. 132 Fracción XVI-XVIII).
Cumplir con las disposiciones en materia de contingencia sanitaria para prevenir
enfermedades (Art. 132 Fracción XIX Bis).
Colaborar con la autoridad en materia de pensiones alimentarias (Art. 132 Fracción XXIII
Bis).
Hacer las deducciones respecto a los créditos de los trabajadores y enterar los
descuentos al Instituto del Fondo Nacional para el Consumo de los Trabajadores
(INFONACOT) o a la entidad bancaria correspondiente (Arts. 97 Fracción IV, 110
Fracción VII y 132 Fracción XXVI).
Afiliar al centro de trabajo al INFONACOT para que los trabajadores puedan ser sujetos
del crédito que otorga este Instituto (Art. 132 Fracción XXVI Bis).
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NUEVAS OBLIGACIONES PATRONALES
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Proporcionar a todos los trabajadores la capacitación o el adiestramiento en su trabajo
que le permita elevar su nivel de vida, su competencia laboral y su productividad,
conforme a los planes y programas formulados (Art. 153-A).
Constituir Comisiones Mixtas de Capacitación, Adiestramiento y Productividad (Art.
153-E).
Conservar a disposición de la Secretaría del Trabajo y Previsión Social y la Secretaría de
Economía, los planes y programas de capacitación, adiestramiento y productividad que
se haya acordado establecer, o en su caso, las modificaciones que se hayan convenido
acerca de planes y programas ya implantados (Art. 153-F Bis).
Preferir, en igualdad de circunstancias, a los trabajadores mexicanos respecto de
quienes no lo sean, a quienes les hayan servido satisfactoriamente por mayor tiempo, a
quienes no teniendo ninguna otra fuente de ingreso económico tengan a su cargo una
familia, a los que hayan terminado su educación básica obligatoria, a los capacitados
respecto de los que no lo sean, a los que tengan mayor aptitud y conocimientos para
realizar un trabajo y a los sindicalizados respecto de quienes no lo estén (Art. 154).
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NUEVAS OBLIGACIONES PATRONALES
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Otorgar a los trabajadores del campo las condiciones de herramientas de trabajo,
habitación, medio ambiente laboral, agua potable, salud, primeros auxilios, seguros de
vida, alfabetización, cooperativas de consumo, transporte, intérprete y guarderías que
señalan las obligaciones especiales a favor de los trabajadores del campo permanentes,
eventuales y estacionales (Art. 283).
Otorgar a los trabajadores domésticos la consideración, condiciones de habitación e
instrucción que plantean las obligaciones especiales a favor de los trabajadores
domésticos (Art. 337).
Para el trabajo en minas contar con el sistema de seguridad y salud en el trabajo y el
responsable de su funcionamiento, las condiciones higiénicas, de seguridad, prevención
de riesgos, equipo de protección personal, sistemas de ventilación y fortificación,
sistema de supervisión y control, registro de personal, control de entradas y salidas y
medidas de evacuación y suspensión de actividades (Arts. 343-B y 343-C).
Dar aviso escrito o por medios electrónicos a la Secretaría del Trabajo y Previsión Social,
al Inspector del Trabajo y a la Junta de Conciliación y Arbitraje, dentro de las 72 horas
siguientes, de los accidentes que ocurran (Art. 504).