UNIDAD 5 El Derecho y el Medioambiente AUDITORIA AMBIENTALDr. Eduardo Herrerías Aristi.

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UNIDAD 5

El Derecho y el Medioambiente

AUDITORIA AMBIENTAL
2009
Dr. Eduardo Herrerías Aristi


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UNIDAD 5
El Derecho y el Medioambiente

Introducción. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 1

5.1 En el ámbito nacional . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 3

5.2 En el ámbito internacional . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 10

Bibliografía. . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . . 14


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Introducción
Ramas del derecho han desarrollado principios e instituciones que pueden
fundamentar las soluciones a los problemas ambientales, pudiendo actualizarse y
adaptarse a partir de la perspectiva ambiental
Las disciplinas jurídicas y el ambiente

Derecho
constitucional
Derecho
administrativo
Derecho
Internacional
Derecho civil

Derecho fiscal
Derecho procesal
Derecho penal

Derechos y garantías individuales y formas de organización social que se
relacionan con el derecho a un medio ambiente adecuado, al acceso a la
información ambiental y a formas de participación pública.
Régimen de gobierno que determina las instancias y niveles de
competencias, formas de gestión y administración ambiental.
Que delimita el territorio y los aspectos de soberanía sobre recursos
naturales.
Régimen de relaciones entre sujetos internacionales
Régimen de propiedad sobre los recursos naturales y esquemas de
responsabilidad civil y de obligaciones
y contratos.
Establecimiento de gravámenes ambientales.
Fundamento para el régimen de instrumentos económicos.
Procedimiento y acceso a los tribunales.
Régimen de sanciones.

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Introducción
Modelo del mercado, en el que los
recursos naturales tienen un valor
de mercancía, y la racionalidad de
su aprovechamiento es en función
de esta situación.

Modelo que se basa en los
derechos de los animales y de
los otros, tiene como fuente de
inspiración los derechos de las
futuras generaciones

Derecho Ecológico
Modelo paternalista que tiene como
base la idea de que existe la
necesidad de tomar medidas
necesarias en materia de
medioambiente en virtud de intereses
de ciertos sectores sociales.

Modelo de defensa de los
valores e intereses públicos, en
el que se requiere dotar de
valor a ciertos bienes para ser
considerados como parte de
los bienes públicos.

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5.1 En el ámbito nacional
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

Artículo 4º párrafo tercero.-“Toda persona tiene derecho a un medio ambiente adecuado
para su desarrollo y bienestar.”
Artículo 27.-“La nación tendrá en todo tiempo el derecho de imponer a la propiedad privada
las modalidades que dicte el interés público, así como el de regular, en beneficio social, el
aprovechamiento de los elementos naturales susceptibles de apropiación, con objeto de
hacer una distribución equitativa de la riqueza pública, cuidar de su conservación, lograr el
desarrollo equilibrado del país y el mejoramiento de las condiciones de vida de la población
rural y urbana.

73 fracción XXIX-G. Establece la facultad que tiene el Congreso para expedir leyes en la
protección al ambiente y preservación y restauración del equilibrio ecológico.

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Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos
Principios constitucionales correlacionados con la protección al medioambiente
Artículos Constitucionales
Derechos
Derecho preferente de las comunidades y pueblos indígenas al acceso a los
recursos naturales de los lugares que habitan.
Derecho a la educación para el desarrollo sustentable

1o y 2o
3o

Derecho a la protección de la salud
Derecho al desarrollo ambientalmente sustentable

4o
25

Principio de conservación de los recursos naturales

27

Propiedad originaria de la nación sobre tierras y aguas comprendidas dentro
del territorio nacional
Coordinación entre y los estados

27
116 fracción VI, primer párrafo

Medidas del Consejo de Salubridad General para prevenir y combatir la
contaminación ambiental
Sistema de concurrencias en materia ambiental

73 fracción XVI, 4a.
73 fracción XXIX-G

Atribuciones a los municipios en materia ambiental

115 fracción V inciso g

Convenios entre y los Estados

116, fracción VII, segundo párrafo

Facultades de del Distrito Federal

122, fracción IV, inciso g

Convenios entre las distintas jurisdicciones locales y municipales entre sí y de 122,fracción IX
éstas con y el Distrito Federal en planeación y ejecución de acciones en las
zonas connurbadas limítrofes con el Distrito Federal
Facultades de los Estados
Jerarquización del sistema normativo

124
133

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Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente
ARTÍCULO 1º
“La presente Ley es reglamentaria de las disposiciones de la Constitución Política de los
Estados Unidos Mexicanos que se refieren a la preservación y restauración del equilibrio
ecológico, así como a la protección al ambiente, en el territorio nacional y las zonas
sobre las que la nación ejerce su soberanía y jurisdicción…”

• Proteger la salud
• Preservar, aprovechar y proteger los recursos naturales previniendo y
controlando tendencias de deterioro de los mismos, a través de fortalecer y
enriquecer los instrumentos de política ambiental
• Rubros: distribución de competencias, biodiversidad, contaminación ambiental,
participación social e información, responsabilidades, procedimientos
administrativos, sanciones y denuncia popular

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Otras leyes relevantes vigentes
Ley de aguas nacionales
Administra el recurso en todas
sus modalidades: lagos,
lagunas, lluvias, mantos
acuíferos, ríos, mares,
alcantarillados, etc.

Ley federal de salud vegetal
Promueve y regula la sanidad
vegetal, fomentando la
salvaguarda de las especies
forestales y de la flora silvestre

Ley federal del mar
Protege y preserva el
medio marino.

.

Ley de sanidad animal
Fija las bases para la prevención y control
de las enfermedades y plagas de los
animales, así como el trato humanitario,
cuidado zooosanitario y técnicas de
sacrificio de animales
.
.

Ley de uso de suelo
Establece disposiciones normativas respecto
al destino, en su más amplio concepto, de
este recurso.

.

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Otras leyes relevantes vigentes
Ley del servicio público de
energía eléctrica
Es la norma rectora en cuanto
a la generación, conducción,
transformación, distribución y
abastecimiento de energía

Ley Orgánica de Petróleos Mexicanos y Organismos
subsidiarios
Establece que el estado realizará actividades que le
corresponden en exclusiva en las áreas estratégicas del
petróleo, demás hidrocarburos y petroquímica básica, por
conducto de petróleos mexicanos

.

Ley Forestal
Tiene como finalidad conservar, proteger y
restaurar los recursos forestales y la
biodiversidad, su uso racional y fomento de
la cultura forestal.

Ley de responsabilidad civil por daños
nucleares
Establece los lineamientos para la
exploración, explotación y beneficio de
minerales radioactivos, así como el
aprovechamiento de combustibles nucleares

.

.

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Normas Oficiales Mexicanas
Artículo 36 de la Ley General de Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente
Considera que las Normas Oficiales Mexicanas en materia ambiental serán emitidas por la
Secretaria de Medioambiente y Recursos Naturales para garantizar la sustentabilidad de las
actividades económicas, y para el aprovechamiento sustentable de los recursos naturales

A partir de 1993, y haciendo un corte al 2007, SEMARNAT, ha emitido 112 normas
oficiales, relativas al medioambiente, quedando distribuido, en atención a los años de su
publicación, de la manera siguiente: 1993, 16; 1994, 5; 1995, 9; 1996, 10; 1997, 7; 1998, 8;
1999, 5; 2000, 3; 2001, 10; 2002, 4; 2003, 8; y 2004, 9; 2005, 5; 2006, 4 y 2007, 9. Se
encuentran en proceso 17, divididas en: suelo, 8; aire, 7; agua, 2.

Si nos referimos a cuatro recursos naturales, las 112 normas oficiales ambientales, están
distribuidas, como sigue: aire, 34 normas (30%); agua, 17 normas (15%); suelo, 48 normas
(43%) y energía, 13 normas (12%).

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Jurisprudencia

Emitida por la Suprema Corte de justicia de la Nación, como criterio de observancia respecto
de una situación jurídica que se encuentran por el ordenamiento legal vigente regulada de
manera imprecisa, confusa o aquellas no contempladas, permiten interpretar cuestiones
referentes al medioambiente

“MEDIOAMBIENTE ADECUADO PARA EL DESARROLLO Y
BIENESTAR. CONCEPTO, REGULACIÓN Y CONCRECIÓN DE ESA
GARANTÍA”.

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5.2 En el ámbito internacional
Los países del mundo han negociado y construido una vasta red de normas jurídicas para
regular sus relaciones recíprocas, cooperación y respeto de sus respectivos derechos
Tratados internacionales

Celebrados por México de 1823 a
2004 (2,818); vigentes 1,668; 353
tratan aspectos ambientales,
intervienen 61 países.
Aire: 91.
Agua: 58

Reuniones cumbre

•Protocolo de Estocolmo
• Protocolo de Montreal

• Conferencia de Río de Janeiro
• Protocolo de Kyoto

Suelo: 95
Energía: 12
Medioambiente: 17
Salud: 17
Población: 6
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Organizaciones no gubernamentales e institución financiera
internacional

Organización de las Naciones Unidas (ONU)
Fundada con el propósito de cooperar en la solución de los problemas
internacionales de carácter económico, social, cultural o humanitario

Programa de las Naciones Unidas
para el medio ambiente (PNUMA)
Dirigir y alentar asociaciones para
proteger el medioambiente

Organización de las Naciones
Unidas para la agricultura y la
alimentación (FAO)
Su finalidad es combatir la
pobreza y el hambre

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Organizaciones no gubernamentales e institución financiera
internacional

Organización para la
cooperación y
desarrollo económico
(OCDE)
En la que México ha
participado en varias
asambleas del Comité de
políticas ambientales

Organización
mundial de
comercio (OMC)
Cuyos lineamientos
incluyen políticas
ambientales

Greenpeace
organización
medioambientalista
internacional,
económica y
políticamente
independiente

Banco Mundial (BM)
Tiene como desafío reducir los niveles de pobreza

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Normas Internacionales
Norma extrajera
La emite un organismo o dependencia de normalización público o privado
reconocido oficialmente por un país.

Sistemas de Administración Ambiental más importantes en el mundo son:
British Standart 7750 (BS 7750), el Reglamento de Ecoadministración y
Auditoría (EMAS por sus siglas en inglés) de la Unión Europea e ISO 14001.

La British Standart 7750 (BS 7750), es una norma británica publicada en 1995,
que establece los requisitos de implantar un Sistema de Administración
Ambiental Certificable

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Bibliografía
Carmona Lara, Ma.del Carmen. Temas selectos de derecho ambiental, Universidad Nacional
Autónoma de México y Procuraduría Federal de protección al ambiente, México, D.F., 2006, pp.
91-113.
Herrerías Aristi Eduardo. Diagnóstico de la situación actual y perspectivas ambientales en
México y el mundo, a principios del siglo XXI. 2007, 247pp
Legislación Ecológica. (2004). 5ª. Ed. (Pp.295). México: Lousiana. Pp.295
Secretaria de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural, Pesca y Alimentación. (2007). Normas
Oficiales Mexicanas definitivas de inocuidad. [en línea]. Disponible en:
http://senasicaw.senasica.sagarpa.gob.mx/portal/html/senasica_
principal/normalizacion/normas_relacionas_con_inocuidad_alimentaria_fitosanitarias.html
[2007].

Secretaría de Economía. (2008). Catálogo de las Normas Oficiales Mexicanas vigentes. [en
línea]. Disponible en: , [2007, marzo].
Secretaria del Medio Ambiente y Recursos Naturales. (2006). La Gestión Ambiental en México.
(463pp). México: SEMARNAT.

Sagoff,Mark,”Where Ikes went right or Reason and Rasionality in Environmental Law”, Ecology
Law Quarterly,Berkeley, vol.14, núm. 2, 1987,pp 265-323.

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ANEXO

Presentación electrónica
Disco