Procedimientos Administrativos requeridos a las IPES por la ASF

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Transcript Procedimientos Administrativos requeridos a las IPES por la ASF

ASOCIACIÓN MEXICANA DE ÓRGANOS DE CONTROL Y VIGILANCIA EN
INSTITUCIONES DE EDUCACIÓN SUPERIOR A.C.
XLII ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA
“RELEVANCIA DE LA SUPERVISIÓN EN LAS INSTITUCIONES PÚBLICAS DE
EDUCACIÓN SUPERIOR”
“Procedimientos Administrativos requeridos a las IPES por la ASF”
Mtro. Ignacio Gutiérrez Padilla
Octubre 2014
INTRODUCCIÓN
La Auditoría Superior de la Federación al fiscalizar la Cuenta
Pública a través de las auditorías cuyo objetivo consiste en
fiscalizar y verificar la gestión financiera de los recursos
federales canalizados mediante convenios y/o contratos
formalizados entre entidades (a fin de probar que los
servicios contratados se ejecutaron, pagaron y concluyeron
conforme a la legislación aplicable); realizó una selección
de dependencias y entidades que celebraron convenios o
contratos con otras entidades revisando la evidencia
documental y física correspondiente.
A manera de ejemplo, podemos mencionar que una de las
principales irregularidades en la operación de este tipo de
convenios, es la subcontratación de servicios con proveedores
que no se apegan a lo dispuesto por el art. 1 párrafo quinto de la
Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector
Público.
Derivado de lo anterior, no hay una supervisión en el
cumplimiento de los términos y plazos del contrato, así como de
los servicios o productos contratados (entregables), por parte de
los proveedores.
PLIEGO DE OBSERVACIONES
Derivado del informe de Auditoría emitido por la Auditoría Superior de la Federación, a
la Cuenta Pública ejercida por la entidad auditada, se presentan los resultados del
informe que pueden ser:








Sin Observación
Recomendaciones al Desempeño
Solicitud de Aclaración
Promoción del Ejercicio de la Facultad de Comprobación Fiscal
Promoción de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria
Pliego de Observaciones
Fincamiento de Responsabilidad Resarcitoria
Denuncia de Hechos
PLIEGO DE OBSERVACIONES
Un Pliego de Observaciones emana de un Informe de Resultados de Auditoría
practicado por la Auditoría Superior de la Federación (ASF) y puede ser emitido:
A. Derivado una auditoría practicada a la propia IPES.
B. Derivado de una auditoría practicada a un Organismo distinto, en el cual existen
servidores universitarios de la institución involucrados en la auditoría en
cuestión; y en su caso, ambas.
Los Pliegos de Observaciones traen como consecuencia una restitución de recurso
económico.
Cabe hacer mención que de un Pliego de Observaciones puede originarse una
Promoción de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria (PRAS); por los actos u
omisiones de los servidores universitarios involucrados en la auditoría.
Con esta acción la ASF promueve, ante la instancia de control en la entidad
fiscalizada, la aplicación de las sanciones que procedan conforme a la Ley.
CONCEPTO DE PLIEGO DE OBSERVACIONES
Instrumento por el cual la ASF da a conocer a las entidades fiscalizadas,
las observaciones de carácter económico, en las que se presume un
daño o perjuicio o ambos, ocasionados al Estado en su Hacienda Pública
Federal o al Patrimonio de los Entes Públicos Federales o de las
Entidades Paraestatales, así como la presunta responsabilidad de los
infractores en cantidad líquida.
Fuente: ASF
ELEMENTOS BÁSICOS DE UN PLIEGO DE OBSERVACIONES
•
Fundamento legal de ASF para la expedición del pliego
•
Antecedentes de la auditoría
•
Irregularidades detectadas
•
Conclusión
•
Monto del pliego de observaciones
•
Presuntos responsables (incluye: fecha de la irregularidad, cargo, acción u
omisión, normatividad infringida, documentales con las que se acredita la
acción u omisión)
•
Requerimiento legal
•
Plazo de atención solicitud
•
Solicitud de intervención del Órgano de Control Interno.
NORMATIVIDAD
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
•
Art. 79 (ASF y sus facultades generales)
Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.
•
Art. 15 fracción XV (Facultad de la ASF para formular pliegos)
•
Art. 55, párrafo primero (Elementos básicos del pliego)
•
Art. 56 (Plazo para dar atención al pliego)
Reglamento Interior de la Auditoría Superior de la Federación
•
Art. 16 fracción XXXVII (Atribuciones para formular pliegos)
•
Art. 34 fracción I (Atribuciones internas para formular pliegos)
Ley Federal de Responsabilidades de los Servidores Públicos.
•
Art. 53 (Sanciones a imponer)
Ley de la Universidad
•
Art. 39 (Qué es la Contraloría Universitaria)
Estatuto Universitario
•
Art. 144 y 145 fracción XI (Atribuciones y facultades de la Contraloría Universitaria
para el procedimiento de atención de pliego)
En su caso, la reglamentación interna en materia de sanciones.
ELEMENTOS DE LA RESPONSABILIDAD ADMINISTRATIVA
• La existencia de un hecho ilícito (acción u omisión) del
servidor público y/o servidor universitario.
• La existencia de un daño o menoscabo al erario público
federal.
• La reparación del daño a través de la devolución del
recurso público.
Fuente: ASF
IRREGULARIDADES FRECUENTES QUE MOTIVAN LA
PROMOCIÓN DEL PLIEGO DE OBSERVACIONES
• Aplicación indebida del recurso público de naturaleza federal.
• Desviación del recurso público.
• Falta de integración de la documentación que ampare el debido
ejercicio del recurso público.
PROCEDIMIENTO OPERATIVO DE LA ATENCIÓN A UN PLIEGO DE OBSERVACIONES
PRACTICADO POR LA ASF .
INFORME DE
RESULTADOS
EN ALGUNOS CASOS, PUEDE HABER
UNA DENUNCIA DE HECHOS POR
PARTE DE LA ASF
SOLVENTAR LA OBSERVACIÓN PREVIO
A LA RECEPCIÓN DEL PLIEGO ( LA ASF
EMITE UN DICTAMEN DE
SOLVENTACIÓN)
PLIEGO DE OBSERVACIONES
ACCIÓN 1
ACCIÓN 2
ATENCIÓN DIRECTA AL PLIEGO DE
OBSERVACIONES
EL PLIEGO DE OBSERVACIONES SE
GENERA UNA PRAS
OPCIONES DE ATENCION
PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN
QUE COMPRUEBE EL ADECUADO
EJERCICIO DEL GASTO
PREVIAMENTE SE ELABORA
PRONUNCIAMIENTO QUE DETERMINE
LA DEVOLUCIÓN
DEMOSTRAR ANTE LA ASF QUE LA
DOCUMENTACIÓN QUE SE EXHIBIÓ
DURANTE LA AUDITORÍA ACLARA
LA IRREGULARIDAD
DEVOLUCIÓN
DEL RECURSO
SE SOLICITA AL ORGANISMO QUE RECIBIÓ EL RECURSO
FEDERAL, LA LINEA DE CAPTURA, PARA REALIZAR EL
DEPÓSITO A LA TESORERÍA DE LA FEDERACIÓN
SE CERTIFICA ANTE
NOTARIO
SE ENVÍA COPIA
CERTIFICADA DEL
DEPÓSITO A LA ASF
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EMITE RESOLUCIÓN
DE SOLVENTACIÓN
DEL PLIEGO
PROCEDIMIENTO OPERATIVO DE LA ATENCIÓN
A UNA PRAS
Informe de
Auditoría
Análisis de la Información por la
Contraloría Universitaria
A
Conclusión de la Investigación
PRAS
Se genera el Pronunciamiento
Asignación de Clave de Intervención
de Control para realizar la
Investigación
Se envía al Rector y a la ASF copia de
conocimiento de atención de la PRAS
Oficio de Notificación
al Rector
Le notifica al Abogado General
sobre la conclusión de la
Investigación
Oficio de Aviso a la ASF de que se
ha iniciado la Investigación
En el marco de la garantía constitucional a
un debido
proceso, el servidor
universitario involucrado es notificado
personalmente, a fin de hacer de su
conocimiento el origen y consecuencias
del procedimiento; permitirle ofrecer y
desahogar las pruebas sobre las que
finque su defensa, así como la
oportunidad de alegar lo que a su derecho
convenga.
A
El Abogado General hace un análisis e
Informa al implicado(s ) en la
Investigación si es procedente o no la
Sanción
No
Se concluye
informándole al
Implicado (s)
SANCIÓN
ADMINISTRATIVA
Si
Se le informa al
Implicado la Sanción a la
que se hace Acreedor
RECOMENDACIONES POR PARTE DEL ÓRGANO
DE CONTROL INTERNO.
•
Informar a las Autoridades Universitarias y a la ASF, que se ha dado inicio a la
atención de los requerimientos y que se ha abierto un expediente para dar inicio a
la investigación correspondiente.
•
Hacer un análisis del alcance de nuestras facultades como Órgano de Control
Interno, para proceder a la atención del Pliego de Observaciones.
•
Informar al servidor universitario involucrado mediante oficio o audiencia, sobre
los procesos irregulares en la Auditoría y que presuntamente es responsable.
•
Involucrar al área jurídica para precisar los procedimientos correspondientes que
se aplicarán para la atención del pliego de observaciones.
ASPECTOS RELEVANTES A CONSIDERAR DERIVADOS
DE LA ATENCIÓN DE UN PLIEGO.
•
Dar cumplimiento en tiempo y forma a los requerimientos hechos por la Auditoría
Superior de la Federación a través del pliego.
•
Es importante tener en consideración que el Órgano Interno de Control debe
trabajar conjuntamente con el Abogado General para valorar jurídicamente las
acciones y mecanismos a ejercer, tomando en cuenta la legislación aplicable
en materia de responsabilidades ,debido a que se pueden comprometer
derechos laborales (despido justificado, liquidación) y garantías individuales
(derecho a un debido proceso).
•
Realizar acciones tendientes a concientizar a los servidores universitarios
sobre el cumplimiento debido de sus actividades, ya que la ASF se reserva su
derecho a realizar denuncias de hechos ante el Ministerio Público, por los
actos u omisiones realizados indebidamente durante el encargo público.
EL TRABAJO DE LOS ÓRGANOS DE CONTROL
INTERNO, SE TRADUCE EN:
BRINDAR CREDIBILIDAD ANTE LA AUDITORÍA
SUPERIOR DE LA FEDERACIÓN.
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Gracias por su atención.
M. en A. Ignacio Gutiérrez Padilla
Contralor de la Universidad Autónoma del Estado de México