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Reforma tributaria 2012 , aplica 2013
iman , imas , declaración de renta y
retefuente
Expositor ; CP Eduardo Posada Peñate Cel .
3004738843 , Email eduardoalfredo04@hotmail,com
Clasificación de Personas Naturales
residentes.( Art. 10 Ref, Art. 329 Et)
a)
Empleado
•Contrato laboral del CST , o legal y reglamentaria ( Empleado Público) u otra
Si el 80% Ingresos provienen de realizar actividad económica por cuenta y
riesgo de empleador, contratante o similar.
•Profesionales independientes y trabajadores que presten servicios técnicos
Si el 80% de los Ingresos de la persona provienen de prestación de servicios
de manera personal. y no requiera de maquinaria especializada.
Aclaración. Se establece la categoría de empleado con la suma de los salarios
mas los ingresos como trabajador independiente.
Clasificación de Personas Naturales residentes.
( Art. 10 Ref, Art. 329 Et)
b) Trabajador por cuenta propia. ( Art. 329 y 340 Et)
Son las personas naturales cuyos ingresos provengan
en un 80% de las actividades señaladas en el Art. 340
Et, (Señaladas en Capítulo II Titulo V . Comercio al
por menor y por mayor, servicio de transporte,
fabricación de prendas de vestir y demás Art. )
Clasificación de Personas Naturales residentes
( Art. 10 Ref, Art. 329 Et)
c)No clasificadas. Se sujetan al régimen ordinario .
• No se encuentren en ninguna de las categorías anteriores ( de
este articulo )
• Las reguladas en decreto 960 de 1970.- Notarios• Las que se clasifiquen por cuenta propia , pero la actividad no
corresponda a las relacionadas en el Articulo 340.
• Las que se clasifiquen por cuenta propia y sus ingresos son
mayores a 27.0000 UVT , año 2013 ( 26.841* 27.000= $
724.707.000 )
• Los ingresos por pensiones de jubilación, invalidez, vejez, de
sobrevivientes y sobre riesgos laborales no se le aplica IMAN E
IMAS (no se rigen por Io previsto en los Capítulos I y II de este
Título, sino por lo previsto en el numeral 5del artículo 206 de este
Estatuto.)
Determinación del impuesto para empleados.
Art. 330 Et
Los Empleados calificados así de acuerdo al Art. 329 del ET.
(Asalariados, otra contratación e
Independientes) determinan su
impuesto por :
1-El sistema ordinario y no podrá ser inferior al que resulte de aplicar el
IMAN .
2-Si es un empleado con ingresos brutos menores de 4.700 UVT ( $
126.152.700 ) y se acoge al IMAS , no esta obligado ni al sistema
ordinario , ni al presuntivo IMAN
(*)Establecido en el Titulo. I Libro I ET ,Básicamente Artículo 26 del
ET y para la comparación no incluya G.O .
¨…..El cálculo del impuesto sobre la renta por el sistema ordinario de
liquidación, no incluirá los ingresos por concepto de ganancias
ocasionales para los efectos descritos en este Capítulo. ¨ Inc 1 Art. 330
Que es el Impuesto mínimo alternativo nacional (
IMAN ) para personas naturales empleados.
( Art. 331 Et )
El IMAN , es un sistema presuntivo y obligatorio de
determinación de la base gravable y alícuota del
impuesto sobre la renta y complementarios,
el cual no admite para su cálculo deducciones, salvo las
previstas en el artículo 332 de este Estatuto
Fórmula para el cálculo del IMAN
1-Ingresos Brutos, sin incluir
Ganancias
Ocasionales Inc. 1 Art. 331 ET.
2- Menos (- ) Conceptos del articulo 332 Et
3- Igual = RGA
4- Luego a la RGA se le aplica el impuesto que le
corresponda de acuerdo a la tabla )
Para obtener los ingresos brutos se suman los salarios con los
servicios personales por su propia cuenta y riesgo ; inc 2 Art.
331 ET , siempre que cumpla con el porcentaje del 80% .
Fórmula para el cálculo del IMAN
Como de acuerdo al Art. 331 , el IMAN , es un impuesto
de determinación de la bases gravable y alícuota de
impuesto de renta y complementarios ( traduciendo y
ganancias ocasionales ) , sucedería que se amnistían estas
, por ejemplo .
Impuesto de Renta
$ 80
Impuesto de Ganancia ocasional $ 19
IMAN
$ 130
-------------------------------------------------En la liquidación del impuesto se tendrían en cuanta solo
los $ 130 , correspondientes al IMAN de acuerdo al Art,
331 Et.
ARTÍCULO 10°
DEPURACION DEL IMAN
VALORES
TOTAL INGRESOS RECIBIDOS DURANTE EL AÑO
$ 113.000.000
Menos: Dividendos percibidos en calidad de no gravados. Art. 49 E.T.
3.000.000
Menos: Indemnizaciones en dinero por seguro de daño. D. 2595 de 1979
XXXXXXXX
Menos: Aportes obligatorios al sistema de seguridad social
6.270.000
Menos ; Gastos de representación considerados como exentos , Num 7
Articulo 206 Et.
XXXXXXXX
Menos: Pagos por enfermedades catastróficas entre 30% y 60% del ingreso bruto
del contribuyente, pero sin exceder 2.300 UVT en el año (en 2013)
XXXXXXXX
Menos: Pérdidas de bienes por calamidades.
XXXXXXXX
Menos: Aportes al sistema SS por un empleado(a) del servicio doméstico
XXXXXXXX
Menos: Costo fiscal bienes enajenados que no sean del giro ordinario de
los negocios
Menos¨: Indemnizaciones por seguro de vida y otros relacionados
XXXXXXXX
Menos: Retiros del fondo de cesantías
XXXXXXXX
Total Conceptos que restan de los ingresos brutos
9.270.000
RENTA GRAVABLE ALTERNATIVA (RGA)
103.730.000
RGA en UVT
3.865
Tarifa de Base Gravable ( Rango entre 3.828 y 3.910 )
137.18
= IMPUESTO MINIMO ALTERNATIVO NACIONAL EN PESOS
3.682.000
El IMAS Para Empleados
Art 334 Et
El Imas Para Empleados , Art 334 Et
•
El IMAS para empleados , es opcional y solo aplica para
ingresos inferiores a 4.700 UVT ( $ 126.152.700) (Los
ingresos incluyen las ganancias ocasionales para establecer
la condición de empleados , )
•
que es calculado sobre la renta gravable alternativa determinada
de conformidad con el sistema del Impuesto Mínimo Alternativo
Nacional -IMAN-, a la Renta Gravable Alternativa se le aplica la
tarifa que corresponda en la tabla:
•
Y en ese caso no estarán obligados a determinar el impuesto
por el sistema ordinario ( no presentan declaración de renta ) ni
por el Impuesto Mínimo Alternativo Nacional IMAN- ( Art. 330 Et
y 335 Et v)
Tablas comparativas del IMAN e IMAS
Tabla IMAS
Firmeza de la liquidación privada acogiéndose
al IMAS (Art. 335 E t)
La liquidación privada de los contribuyentes del impuesto sobre la
renta y complementarios que apliquen voluntariamente el Sistema
de Impuesto Mínimo Alternativo Simple -IMAS-, quedará en firme
después de seis meses contados a partir del momento de la
presentación, siempre que :
a)sea debidamente presentada en forma oportuna,
b)el pago se realice en los plazos que para tal efecto fije el
Gobierno Nacional y
c)que la Administración no tenga prueba sumaria sobre la
ocurrencia de fraude mediante la utilización de documentos o
información falsa en los conceptos de ingresos, aportes a la
seguridad social, pagos catastróficos y pérdidas por calamidades,
u otros.
Aclaración. No se vinculo la norma al emplazamiento para
corregir.
DECLARACION DE RENTA - PARA PERSONAS NATURALES AÑO 2013 SE COMPARA EL IMAN , IMAS Y EL IMPTO POR EL SISTEMA ORDINARIO
DATOS DE UN INDEPENDIENTE
Honorarios por el año 2013
Dividendos no gravados
Total Ingresos
Aportes obligatorios de salud
Aportes obligatorios de pension
Intereses por préstamos vivienda
Deducciones por arriendo oficina , y otros
CALCULO DE LA PESUNTIVA IMAN
Total ingresos obtenidos en el año
Menos:
Dividendos no gravados
Aporte de salud obligatorios
Aportes pension obligatorios
Total depuraciones $15.550.000
RENTA GRAVABLE ALTERNATIVA $102.472.000
RGA en U.V.T. $ 103.730.000/26841= 3865
IMAN según la tabla
IMAN en pesos
Valores
Porcent
110,000,000
3,000,000
0.03
113,000,000 0.97
2,750,000
3,520,000
15,000,000
14,400,000
Valores
UVT
113,000,000 4,209.98
-3,000,000
-2,750,000
-3,520,000
-9,270,000
103,730,000
3,865
137.18
3,682,048
El imas es opcional
CALCULO DEL IMAS
Al ser los ingresos brutos menores a 4700 UVT , puede aplicar IMAS
Los factores de depuración del IMAS son iguales a los del IMAN
Renta gravable alternativa IMAN
Renta gravable en UVT($103.730.000/26.841= 3.864)
IMAS según la tabla
IMAS en pesos ( 242.86 X $ 26.841 )
103,730,000.00
3,864.61
242.86
6,518,605
DECLARACION DE RENTA 2013- SISTEMA ORDINARIO ( Art, 26 Et)
Persona natural independiente
Ingresos por honorarios
Otros ingresos - Dividendos no gravados Total ingresos recibidos en el periodo
110,000,000
3,000,000
113,000,000
Menos:
Ingresos no constitutivos de renta - Dividendos no grav.
Total ingresos netos
Menos:
-3,000,000
110,000,000
Costos y deducciones
Intereses prestamos de vivienda
-15,000,000
Deducciones por arriendo oficina y servicios públicos
-14,400,000
Total costos y deducciones
-29,400,000
Renta líquida ordinaria
80,600,000
Menos: Rentas exentas
Aportes pension obligatorios
-3,520,000
Renta líquida gravable
77,080,000
Impuesto sobre la renta
11,920,000
Determinación del impuesto para personas naturales
empleados – residentes
RESUMEN
Impuesto mínimo presuntivo - IMAN
Impuesto por el sistema ordinario - declaracion de rentaImpuesto beneficio de auditoria - IMAS
3,682,048
11,150,000
6,518,605
Determinación del impuesto para empleados.
Art. 330 Et
Planeación tributaria .
1-Cuanto máximo debe soportar en costos , fondos de
pensiones , cuentas AFC u otra deducción un empleado, para que
alcance el mínimo impuesto posible ? ( IMAN)
2-Por el contrario si el empleado no tiene detracciones para
restar de la base, podría aplicar
IMAS para obtener un
beneficio tributario .
Lo anterior porque el impuesto por el sistema ordinario puede
ser mayor que el IMAS-
Determinación del impuesto para empleados.
Art. 330 Et
Articulo 12°. Adiciónese el artículo 378-1 al
Estatuto Tributario: Certificado de iniciación o
terminación de cada una de las relaciones laborales o
legales y reglamentarias, y/o de prestación de
servicios que se inicien o terminen en el respectivo
periodo gravable.
Determinación del impuesto para empleados.
Art. 330 Et
Rango de aplicación del IMAS .
El posible beneficio esta limitado
a)Es solo para ingresos hasta 4700 UVT ( $ 126.153.000 ) ,
b) y limitado también hasta el 20% de las
ganancias
ocasionales , siendo el máximo valor de ganancia ocasional $
25.231.000 ( de lo contrario no es empleado ).
.
Trabajadores por
cuenta propia
Determinación del
Impuesto.
Trabajadores por cuenta propia
• Cuales son ?
• Recordemos , son los que realizan las actividades hasta
hoy incluidas en el articulo 335 del ET;
• Determinación del impuesto. ( Art. 336 Et)
Su impuesto de renta y GO se establece por el sistema
ordinario ( Titulo I Libro I )
, pero pueden optar por liquidar el impuesto de renta
por el IMAS , si su RGA esta dentro de los rangos de
1.400 ( $ 37.577.0000 )
a 27.000 UVT ( $
724.707.000)
Trabajadores por cuenta propia
• Determinación del impuesto por el IMAS ( Art, 337 Et)
• El Impuesto Mínimo Alternativo Simplificado "IMAS“ trabajadores
por cuenta propia es un sistema simplificado y cedular de
determinación de la base gravable y alícuota del impuesto sobre
la renta y complementarios, y se determina asi:
•
•
•
•
Total ingresos brutos ordinarios y extraordinarios
Menos las devoluciones, rebajas y descuentos, y
Menos los demás conceptos autorizados ( Art. 339 Et)
Igual RGA , a la que se le aplica la tarifa ( alícuota )
las ganancias ocasionales no hacen parte de la
base gravable del "IMAS".
Tabla IMAS para trabajadores por cuenta propia
ARTÍCULO 339 Et.
DEPURACION DEL IMAS
ACTIVIDAD ECONOMICA : VENTA DE ROPA AL POR MENOR
VALORES
TOTAL INGRESOS RECIBIDOS DURANTE EL AÑO
$ 600.500.000
Menos: Dividendos percibidos en calidad de no gravados. Art. 49 E.T.
3.000.000
Menos: Indemnizaciones en dinero por seguro de daño. D. 2595 de 1979
XXXXXXXX
Menos: Aportes obligatorios al sistema de seguridad social
6.270.000
Menos: Pagos por enfermedades catastróficas entre 30% y 60% del ingreso bruto
del contribuyente, pero sin exceder 2.300 UVT en el año (en 2013)
XXXXXXXX
Menos: Pérdidas de bienes por calamidades.
XXXXXXXX
Menos: Aportes al sistema SS por un empleado(a) del servicio doméstico
XXXXXXXX
Menos: Costo fiscal bienes enajenados que no sean del giro ordinario de
los negocios
XXXXXXXX
Menos: Retiros del fondo de cesantías
XXXXXXXX
Total Conceptos que restan de los ingresos brutos
9.270.000
RENTA GRAVABLE ALTERNATIVA (RGA)
591.230.000
RGA en UVT es
22.027.12
Tarifa de Base Gravable : 0.82% x(RGA en uvt -5.409)
= IMPUESTO MINIMO ALTERNATIVO NACIONAL EN PESOS
136.27
3.657.585
Firmeza de la liquidación privada
acogiéndose al IMAS (Art. 341 E t)
Trabajadores por cuenta propia
La liquidación privada de los trabajadores por cuenta propia del
impuesto sobre la renta y complementarios que apliquen
voluntariamente el Sistema de Impuesto Mínimo Alternativo
Simple -IMAS-, quedará en firme después de seis meses
contados a partir del momento de la presentación, siempre que :
a)sea debidamente presentada en forma oportuna,
b)el pago se realice en los plazos que para tal efecto fije el
Gobierno Nacional y
c)que la Administración no tenga prueba sumaria ( que no ha
sido controvertida por el contribuyente ) sobre la ocurrencia de
fraude mediante la utilización de documentos o información falsa
en los conceptos de ingresos, aportes a la seguridad social,
pagos catastróficos y pérdidas por calamidades, u otros. ( La
firmeza no esta ligada a emplazamiento para corregir Art. 389-1
Et)
Firmeza de la liquidación privada
acogiéndose al IMAS (Art. 341 E t)
Trabajadores por cuenta propia
Los contribuyentes que opten por aplicar
voluntariamente el IMAS, no estarán obligados a
presentar la declaración del impuesto sobre la Renta
establecida en el régimen ordinario.
Información fiscal
Articulo 338 Et . Requerimiento de información para los trabajadores por
cuenta propia.
Para la determinación de la base gravable del impuesto, según el sistema
de que trata el artículo anterior para las personas naturales clasificadas
en la categoría de trabajadores por cuenta propia, aplicarán las
disposiciones de este Capítulo. Para el efecto, los trabajadores por cuenta
propia no obligados a llevar libros de contabilidad, deberán manejar un
sistema de registros en la forma que establezca la Dirección de Impuestos
y Aduanas Nacionales.
Retención en la
fuente para empleados
Art. 383 Et
Retención en la fuente para empleados
Art. 383 Et
La tarifa aplicable a Los pagos gravables, efectuados por las personas
naturales o jurídicas, las sociedades de hecho, las comunidades
organizadas y las sucesiones ilíquidas,
a)Originados en la relación laboral, o legal y reglamentaria, empleados de
acuerdo al Art. 329.
b) O los pagos recibidos por concepto de pensiones de jubilación,
invalidez, vejez, de sobrevivientes y sobre riesgos laborales de
conformidad con lo establecido en el artículo 206 de este Estatuto,
c)El Decreto. No. 0099 de Enero .2013, adiciona; Pagos o abonos en
cuenta gravables , cuando se trate de relaciones contractuales diferente
de las anteriores ( Laboral y pensiones ) , Esto incluye los trabajadores
independientes y servicios prestados de manera personal , toda vez que
el decreto indica que
¨ aplica ………
a las personas naturales
pertenecientes a la categoría de empleados de conformidad con el
artículo 329 del ET… ¨
Retención en la fuente para empleados
Art. 383 Et
Será la que resulte de aplicar a dichos pagos la siguiente tabla de retención en la
fuente:
RANGOS EN
UVT
DESDE
HASTA
>0
95
>95
150
TARIFA
MARGINAL
>150
28%
(Ingreso laboral gravado expresado
en UVT menos 150 UVT)*28% más 10 U VT
33%
(Ingreso laboral gravado expresado en
UVT menos 360 UVT)*33% más 69 UVT
360
>360 En adelante
0%
19%
IMPUESTO
o
(Ingreso laboral gravado expresado en
UVT menos 95 UVT)*19%
Retención en la fuente para empleados
Art. 383 Et
Procedimiento de
retención No 1
Retención en la fuente asalariados . Procedimiento 1
Art. 384 Et. , Art. 15 Ley 1607 /12
1-Mas
Sumatoria de todos los ingresos laborales
No incluir ( Cesantías , Int. Cesantías , Prima legal sector privado de
navidad sector publico. )
2-Menos
Deducción por intereses o corrección monetaria por préstamos de
vivienda
( Conc . Dian 69053, Limitado a 100 UVT Mes. ($
2.684.000; año 2013 . Elimina tope 4600 UVT )
3- Menos
Deducción por dependientes ( Hijos, cónyuge o compañera(o) y
padres con ciertas condiciones )
Deducción por dependientes Limitado a 10 % de ingresos brutos
laborales (A *10 %) y 32 UVT mensuales ($ 859.000).
Retención en la fuente asalariados. Procedimiento 1
Art. 384 Et. , Art. 15 Ley 1607 /12
4-Menos
Deducción de pagos por salud ; Medicina preparada.
Los pagos efectuados por salud a empresas de medicina prepagada y
pagos por seguros de salud a empresas vigiladas , que impliquen
protección al trabajador, su cónyuge, sus hijos y/o dependientes.
a) Limitado a 16 UVT mes ($ 429.000 ) , año 2013 , por el trabajador ,
cónyuge , hijos y dependientes.
5- Menos
Pagos por salud obligatorios a cargo del empleado ( 4%)
Promedio año anterior si es asalariado(Dec. 2271/09, Mod D.3655/09) ,
art. 3. ( Si fuera independiente Art. 4 , lo efectivamente pagado)
Retención en la fuente asalariados. Procedimiento 1
Art. 384 Et. , Art. 15 Ley 1607 /12
6-Menos
Rentas exentas artículo 206 del estatuto tributario
Indemnizaciones por accidente de trabajo o enfermedad o que
impliquen protección a la maternidad,
Gastos por entierro del trabajador
Gastos de representación de magistrados y otros
Exenciones para miembros de las fuerzas armadas
7-Menos
Rentas exentas por concepto de aportes obligatorios y voluntarios a
fondos de pensiones y aportes a cuentas AFC
Sumados todos están limitados al 30% del ingreso laboral y a
3.800 UVT anuales ($ 101.996.000 , año 2013 ).
Los aportes voluntarios aportados desde el 1 de Enero de 2013
deben permanecer como mínimo 10 años; y los aportes voluntarios
aportados hasta el 31 de Dic , 2012 deben permanecer como mínimo
5 años en los fondos, Igual aplica para ctas AFC
8-Subtotal
Subtotal previo a la renta exenta del 25%
Retención en la fuente asalariados. Procedimiento 1
Art. 384 Et. , Art. 15 Ley 1607 /12
8-Subtotal
Subtotal ,
9-Menos ,
25% del Subtotal 8 ( Inc, Art, 206 )
Limitado a 240 UVT mensuales ($ 6.442.000).
Nota: La ley cambio el procedimiento al ordenar tomar el
25% después de restar todas las detracciones
10Subtotal
Al subtotal del Num, 8 , restar Num 9 =
11- Dividir
Convertir a UVT el valor anterior $ XXXXXXX/26841
12-
El resultado anterior es la base sujeta a retencion., base que
ubicamos en la tabla del
Retención en la fuente asalariados
• Las deducciones anteriores de asalariados , se
tendrán en cuenta en la Declaración ordinaria del
I.R .
• Cuando se trate del Procedimiento de Retención
Número dos, el valor que sea procedente
disminuir mensualmente, determinado en la
forma señalada en el presente artículo, se tendrá
en cuenta tanto para calcular el porcentaje fijo de
retención semestral, como para determinar la
base sometida a retención.
Retención en la fuente asalariados
• Las personas naturales, para todos los efectos
de identificación incluidos los previstos en este
artículo, se identificarán mediante el Número
de Identificación de Seguridad Social NISS, a
la cedula la Dian le agregara un código y se
integra al RUT.
• El Gobierno Nacional reglamentará la materia..
Tarifa mínima de retención en la
fuente para empleados.
Art, 384 Et
Tarifa mínima de retención en la fuente para
empleados. Art, 384 Et
Se establece la retención mínima sobre los pagos mensuales o
mensualizados (PM) efectuados por los agentes retenedores a a las
personas naturales pertenecientes a la categoría de empleados,
Se establece así:
Ingresos brutos
Menos: Aportes obligatorios en salud
Menos : Aportes por pensiones y riesgos laborales del empleado
Igual a : Base gravable ( a la que se le aplica la tabla de retención mínima
)
El gobierno podría sacar de la base gravable mínima ingresos exentos
como indemnizaciones por accidentes de trabajo y otros
Tarifa de retención mínima de retención en la fuente para
empleados , Art. 384 Et.
Tarifa de retención mínima de retención en la fuente para empleados ,
Art. 384 Et.
De $ 30.516.000 en adelante se aplica la formula (Pago Mensual izado
( - ) 3.628.000 =
x 27%
Tarifa mínima de retención en la fuente
para empleados. Art, 384 Et
•
La retención mínima aplica a partir del 1 de abril de 2013 de acuerdo a la
reglamentación del gobierno.
•
Aplica para empleados declarantes de renta.
•
El empleado debe manifestar por escrito si fue declarante de renta o no en
el año anterior, en tanto el pagador la verifica los pagos del año anterior .
•
Los trabajadores independientes empleados , se les aplicara la tabla de
retención mínima cuando sus ingresos cumplan los topes establecidos
para ser declarantes como asalariados en el año inmediatamente anterior.
( 4.073 uvt año 2012 x 26049 = $ 106.175.000 ) ,Este monto quedo
eliminado con el Art. 198 ley 1607/12 , pero el decreto 0099/13 corrigió
)
Tarifa mínima de retención en la fuente
para empleados. Art, 384 Et
•
•
Pagos mensual izados .
Normalmente aplica para empleados trabajadores independientes a los que
no se les hace un pago mensual .
•
A ellos se les promedia los pagos por mes y se causa la retención por mes. Al
momento del pago se le descuenta la retención en forma proporcional.
•
•
Ejemplo
En un contrato que inicia en Enero de 2013 , a seis ( 6) meses por valor de $
24.000.000 y pagos así: Enero $ 6.000.000 ; Marzo $ 6.000.000 y Junio
12.000.000 . Aportes en seguridad social son ( 12.5 Salud + 16 % Pensión = 28.5%.
Tarifa mínima de retención en la fuente
para empleados. Art, 384 Et
Pagos mensual izados .
El cálculo de la base es el siguiente
Aportes a restar así; 24.000.000 x 28.5 % = 2.736.000
Calculo de la bases de retención
• (24.000.000-2.736.000) / 6 = $ 3.544.000 ( Ingreso mensualizado )
• Ingreso mensualizado en UVT = 3.544.000 / 26.800 = 132.03 UVT
• Vamos a la tabla para determinar la retención que corresponde a 132.03 UVT y
encontramos que la retención es .09 UVT
•
•
Pasamos 0.09 a pesos = 26.841 ( Vr UVT 2013) x 0.09 = $ 2.416
Por tanto la retencion minima para eses contrato de $ 24.000.000 es de $ 2.416
mensuales .
Retención en la fuente renta
personas naturales No
Asalariadas
Retención en la fuente renta personas
naturales No Asalariadas
De acuerdo al Art. 329 ET- ,
a) Personas naturales prestadores de servicios de manera personal o
realicen actividades por cuenta y riesgo del contribuyente con vinculación
de cualquier naturaleza .
b) Trabajadores que presten servicios personales de las profesionales
liberales o que presten servicios técnicos que no requieran insumos o
maquinaria especializado.
El empleado trabajador no asalariados cumple con requisitos de
empleado , declarante e ingresos mayores a 4073 año anterior , igual
esta sometido a la retención de la tabla del articulo 383 aplicable y como
habíamos expuesto a la tabla de retención mínima.
Retención en la fuente renta personas
naturales No Asalariadas
Empleado No Asalariado :
El contratante debe ser la misma persona
que presta el servicio de manera personal
Ya que se habla de pago mensualizado
el servicio debe medirse en el tiempo.
Retención en la fuente para empleados
Art. 383 Et
TABLA DE Retención en la fuente para empleados (Asalariados e Independientes )
RANGOS EN
UVT
DESDE
HASTA
>0
95
>95
150
TARIFA
MARGINAL
>150
28%
(Ingreso laboral gravado expresado
en UVT menos 150 UVT)*28% más 10 U VT
33%
(Ingreso laboral gravado expresado en
UVT menos 360 UVT)*33% más 69 UVT
360
>360 En adelante
0%
19%
IMPUESTO
o
(Ingreso laboral gravado expresado en
UVT menos 95 UVT)*19%
Tarifa mínima de retención en la fuente para
empleados. Art. 01 Dec 00099 de Enero de 2013.t
•
Pagos a asalariados no empleados
Las personas naturales que no pertenezcan a la categoría de empleados, cuyos
pagos provengan de una relación laboral o legal y reglamentaria, están sometidos
a la retención en la fuente que resulte de aplicar a dichos pagos la tabla de
retención prevista en este artículo.
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Pagos por honorarios a no empleados
Los pagos o abonos en cuenta por concepto de honorarios, comisiones y servicios
que efectúen los agentes de retención a contribuyentes personas naturales que
no pertenezcan a la categoría de empleados, seguirán sometidos a lo previsto en
el artículo 392 del Estatuto Tributario en concordancia con el Decreto 260 de
2001.
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Los pagos gravables que se efectúen a los servidores públicos diplomáticos,
consulares y administrativos del Ministerio de Relaciones Exteriores provenientes
de la relación legal y reglamentaria, están sometidos a la retención prevista en
este artículo, yen ningún caso se aplicará la retención en la fuente establecida en
el artículo 384 del Estatuto Tributario.
GRACIAS
Centro de Contadores Públicos
para la Investigación
Reforma tributaria 2012 , aplica 2013
iman , imas , declaración de renta y
retefuente
Expositor ; CP Eduardo Posada Peñate Cel .
3004738843 , Email eduardoalfredo04@hotmail,com