CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO Visita in situ a Ecuador en el marco de la Cuarta Ronda de Análisis Del 1 al 3 de octubre.

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Transcript CONTRALORÍA GENERAL DEL ESTADO Visita in situ a Ecuador en el marco de la Cuarta Ronda de Análisis Del 1 al 3 de octubre.

CONTRALORÍA GENERAL
DEL ESTADO
Visita in situ a Ecuador en el marco de la
Cuarta Ronda de Análisis
Del 1 al 3 de octubre de 2013
Quito, Ecuador
Panel 16
Dirección de Asuntos Éticos, Participación Ciudadana y Control Patrimonial
Régimen de competencias y mecanismos
de coordinación interinstitucional
Artículo 226 de la Constitución de la República del Ecuador
Las instituciones del Estado tienen el deber de coordinar acciones para el
cumplimiento de sus fines y hacer efectivo el goce y ejercicio de los derechos
reconocidos en la Constitución.
En concordancia, el artículo 204 de la Carta Magna, señala que la Función de
Transparencia y Control Social debe:
• promover e impulsar el control de las entidades y organismos del sector público,
y de las personas naturales o jurídicas del sector privado que presten servicios o
desarrollen actividades de interés público, para que los realicen con
responsabilidad, transparencia y equidad;
•
fomentar e incentivar la participación ciudadana;
•
proteger el ejercicio y cumplimiento de los derechos; y
•
prevenir y combatirla corrupción.
La Función de Transparencia y Control Social estará formada por el Consejo de
Participación Ciudadana y Control Social, la Defensoría del Pueblo, la Contraloría
General del Estado y las superintendencias.
Régimen de competencias y mecanismos
de coordinación interinstitucional
 De otra parte, el artículo 206 de la Norma Suprema, establece:
“Los titulares de las entidades de la Función de Transparencia y Control Social
conformarán una instancia de coordinación, y elegirán de entre ellos, cada año, a la
Presidenta o Presidente de la Función”.
En esta línea, la FTCS de la cual es parte la Contraloría General del Estado, ha
elaborado un Plan Nacional de Prevención y Lucha Contra la Corrupción a ser
implementado entre los años 2013 y 2017, con el objetivo de articular los
esfuerzos institucionales en la lucha contra la corrupción en el Ecuador, a través
de 6 políticas generales y 34 estrategias, alineadas con el Plan Nacional para el
Buen Vivir.
Adicionalmente la CGE coordina acciones con otras instituciones a través de la
suscripción de convenios de cooperación institucional.
 Incop
 Defensoría del Pueblo
 Consejo de Participación Ciudadana y Control Social, en temas de capacitación
Sobre el control de personas jurídicas de derecho privado con participación estatal,
la Ley Orgánica de la Contraloría General del Estado (artículo 4 inciso segundo),
dispone que “Se evitará la superposición de funciones con otros organismos de
control, sin perjuicio de estar obligados de actuar en el marco de sus competencias
constitucionales y legales, de manera coordinada, conjunta y/o simultánea”.
Difusión de objetivos y funciones
 Ley Orgánica de Transparencia y Acceso a la Información Pública, publicada en el
Suplemento del Registro Oficial No. 337 de 18 de mayo de 2004:
Art. 7.- Por la transparencia en la gestión administrativa que están obligadas a
observar todas las instituciones del Estado que conforman el sector público en los
términos del artículo (118) 225 de la Constitución (Política) de la República y demás
entes señalados en el artículo 1 de la presente Ley, difundirán a través de un portal de
información o página web, así como de los medios necesarios a disposición del
público, implementados en la misma institución, la información mínima actualizada,
que para efectos de dicha Ley, se la considera de naturaleza obligatoria.
A base del citad mandato, la Contraloría General del Estado difunde toda la
información institucional a través de un portal de información en su página WEB,
www.contraloria.gob.ec.
Desde el año 2009 hasta la fecha la CGE mantiene el 100% de cumplimiento de la
LOTAIP, cumpliendo los parámetros establecidos en el literal del artículo 11 de dicha
ley.
El monitoreo y seguimiento lo realizan la Defensoría del Pueblo, como instancia estatal
y la Corporación de Participación Ciudadana (durante la vigencia del Proyecto de
Vigilancia de la Gestión Pública).