LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA Y EL SISTEMA DE CONTROL INTERNO DEFINICIÓN DEL ESTADO COLOMBIANO Colombia: • Estado social de derecho • República unitaria (unificada en su constitución. • Descentralizada.

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Transcript LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA Y EL SISTEMA DE CONTROL INTERNO DEFINICIÓN DEL ESTADO COLOMBIANO Colombia: • Estado social de derecho • República unitaria (unificada en su constitución. • Descentralizada.

LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA Y EL SISTEMA DE CONTROL INTERNO

DEFINICIÓN DEL ESTADO

Colombia:

COLOMBIANO

Estado social de derechoRepública unitaria (unificada en su constitución.Descentralizada (Delegación de obligaciones y

funciones)

Democrática y participativaPluralistaRespeto por la dignidad humana y el trabajo; se

funda en la solidaridad de sus integrantes.

Prevalece el interés general

CONTROL DE LOS RECURSOS NATURALES Y AMBIENTALES (I)

El gobierno debe implementar normas de Control

Interno para proteger los bienes de uso público, parque naturales, tierras comunales, etc.

La nación es propietaria del patrimonio

arqueológico y cultural.

El estado debe proteger el medio ambiente y

fomentar la educación para este fin.

CONTROL DE LOS RECURSOS NATURALES Y AMBIENTALES (II)

El gobierno frente a los recursos naturales debe:Planificar su manejo y aprovechamiento.Conservación.Restauración y sustituciónImponer sanciones por su deterioro.Exigir reparación del daño causado.

RAMAS DEL PODER PUBLICO. ESTRUCTURA DEL ESTADO

Nivel Rama Legislativa Congreso de la República Rama Ejecutiva Presidente de la República Ministros Senado Cámara Establecim. Públicos Empresas Ciales e Ind. del Estado Empresas Eco. Mixta Rama Judicial Órgano Electoral Organismos de Control Corte Constituc.

Corte Sup. Justicia Consejo Nal. Elect. Consejo de Estado Registrad. Nacional.

Consejo Sup.de la Judicatura Fiscalía General de la Nación Minist. Públic Procur. Gral. de la Nación Defensor del Pueblo Contr. Gral. de la Rep.

Contra lor

Nivel

RAMAS DEL PODER PUBLICO. ESTRUCTURA DEL ESTADO. (Regiones Territoriales) - I

Corporaciones Adtivas.

Rama Ejecutiva Rama Judicial Órgano Electoral Organismos de Control Asamblea Departament.

Gobernador Tribunales Superiores Deptos.

Adtivos Empresas Indust. y Comerc. del Depto.

Tribunales de lo Contencio so Adtivo.

Empresas de Economía Mixta Jueces Registr.

Deptal Produrad.

Delegad.

Contral.

General Deptal.

RAMAS DEL PODER PUBLICO. ESTRUCTURA DEL ESTADO.

Nivel

(Regiones Territoriales) - II

Corporaciones Adminstrativ.

Concejo Municipal Rama Ejecutiva Alcalde Empr. Ind.

Ciales. de Depto.

Rama Judicial Tribunales Municip.

Órgano Electoral Registrad Municip.

Organismos de Control Perso nero.

Munic.

Contral.

Municip.

Jueces Empr. Eco.

Mixta.

Deptos.

Adtivos.

1. Los municipios se pueden dividir en: - Comunas (Áreas Urbanas), corregimientos /Áreas Rurales).

2. Dos o más municipios se pueden constituir en áreas metropolitanas que a su vez pueden convertirse en Distritos.

RAMAS DEL PODER PUBLICO. ESTRUCTURA DEL ESTADO.

Nivel

(Regiones Territoriales) - III

Corporaciones Administrativ.

Rama Ejecutiva Rama Judicial Órgano Electoral Organismos de Control Concejo Distrital Juntas.

Administrad.

Locales Alcalde Mayor Tribunales Distritales Registra.

Distrital.

PersoneroContral.

Distrit Alcalde Local Jueces CONSEJOS INDIGENAS (POR REGLAMENTAR) 1. Los municipios y territorios indígenas podrán constituirse en “provincias” por las Asambleas o por iniciativa del Gobernador, de los Alcaldes o por los propios ciudadanos.

RESPONSABILIDAD DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO SUS FUNCIONES

Las funciones, la responsabilidad y la autoridad en el sector público deben se claras y no prestarse a interpretación a través del Control Interno.

Los particulares son responsables por infringir la Constitución.

Los servidores públicos son responsables por omisión y/o extralimitación.

RESPONSABILIDAD DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS DEL ESTADO SUS FUNCIONES

El Estado responde patrimonialmente por los daños causados a terceros y por la conducta culposa o dolorosa de sus funcionarios; el Estado deberá repetir contra éstos.

Todo funcionario público que haya cometido un delito podrá ser acusado ante la autoridad por cualquier ciudadano (Oficina de Quejas y Reclamos)

DERECHO DE PETICIÓN, PARTICIPACIÓN Y CONTROL DEL CIUDADANO COLOMBIANO

Toda autoridad deberá responder obligatoriamente a petición de cualquier persona.

Todo ciudadano tiene derecho al ejercicio y control del poder público (Elegir y ser elegido, constituir partidos, etc.)

Las mujeres participarán en la toma de decisiones en el Gobierno

DERECHO DE PETICIÓN, PARTICIPACIÓN Y CONTROL DEL CIUDADANO COLOMBIANO El Estado deberá organizar, promover y capacitar al pueblo en cuanto a las formas y sistemas de participación, petición y control, con el objeto de hacerlo más democrático en su participación, especialmente en el control y vigilancia de la gestión pública que se establezca mediante leyes.

IDONEIDAD PROFESIONAL EN FUNCIONES, REQUISITOS Y EXIGENCIAS A LOS SERVIDORES PÚBLICOS

La Ley exigirá títulos de idoneidad, toda persona es libre para escoger profesión u oficio.

No habrá empleo público, sin funciones detalladas (Autoridad, responsabilidad con factor de Control Interno)

Los empleos diferentes a los de libre nombramiento y remoción, los de elección popular y los trabajadores oficiales, son de carrera y su provisión se hará por concurso, previo cumplimiento de condiciones, méritos y calidades de los aspirantes

IDONEIDAD PROFESIONAL EN FUNCIONES, REQUISITOS Y EXIGENCIAS A LOS SERVIDORES PÚBLICOS

El retiro se hará por evaluación, violación del régimen disciplinario y las causales contempladas por la ley.

La filiación política no es requisito para el nombramiento de funcionarios de carrera en el sector público.

No es aceptable el nepotismo (hasta 4o. grado de consanguinidad, segundo de afinidad y primero civil, ni cónyuges o unión libre.

IDONEIDAD PROFESIONAL EN FUNCIONES, REQUISITOS Y EXIGENCIAS A LOS SERVIDORES PÚBLICOS

Habrá una Comisión Nacional del Servicio Civil para la Carrera Administrativa.

Todo empleado público debe jurar que cumplirá y defenderá la Constitución, y al tomar posesión del cargo como al retirarse deberá declarar el monto de sus bienes y rentas.

FUNCIONES DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA COMO MÁXIMO ADMINISTRADOR DE LA GESTIÓN PÚBLICA FRENTE AL CONTROL INTERNO

El Presidente de la República es la Suprema

autoridad administrativa de la nación.

Los Ministros y Directores de Departamento Administrativo, son jefes de la Administración y están bajo la dirección del Presidente de la República; deben coordinar sus actuaciones con los fines del Estado.

La función administrativa está al servicio de los

intereses generales, bajo los principios de:

FUNCIONES DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA COMO MÁXIMO ADMINISTRADOR DE LA GESTIÓN PÚBLICA FRENTE AL CONTROL INTERNO

Igualdad: Sin

discriminaciones

Moralidad:

Con honestidad

Eficacia:

Cumplir con los objetivos

Economía:

Al menor costo y al menor tiempo.

Celeridad:

Procedimientos ágiles

Imparcialidad:

Normas objetivas y equilibradas

Publicidad:

De conocimiento público

FUNCIONES DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA COMO MÁXIMO ADMINISTRADOR DE LA GESTIÓN PÚBLICA FRENTE AL CONTROL INTERNO

La Administración Pública en todos los órdenes tendrá un Control Interno que se ejercerá en los términos que señale la ley.

Las Entidades Públicas están obligadas a diseñar y aplicar métodos y procedimientos (manuales) de Control Interno según la naturaleza de sus funciones. Estos servicios podrán ser contratados por ley con empresas privadas colombianas.

FUNCIONES DEL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA COMO MÁXIMO ADMINISTRADOR DE LA GESTIÓN PÚBLICA FRENTE AL CONTROL INTERNO

Por ley habrá funciones que el Presidente delegará en sus Ministros, Directores de Entidades Descentralizadas, Superintendentes, Gobernadores, Alcaldes, etc. y estos a su vez en sus subalternos.

La delegación exime de responsabilidad al delegante; ésta corresponde exclusivamente al delegatario.

LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y SU CONTROL FISCAL

El control fiscal es una función pública que ejerce la Contraloría General de la República e incluye:

Control financieroControl de gestión y de

resultados.

LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y SU CONTROL FISCAL

Fundado en:

EficienciaEconomíaEquidadValoración de Costos Ambientales

LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y SU CONTROL FISCAL

Control posterior y selectivo conforme

a la ley.

La Contraloría General de la República

vigilará la gestión Fiscal de la Administración y de los particulares que manejen fondos de la Nación.

FUNCIONES DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Prescribir métodos y formas de rendir

cuentas e indicar los criterios de evaluación financiera, operativa y de resultados.

Revisar y fenecer cuentas y

determinar eficiencia, Eficacia y Economía

Llevar el registro de la

Deuda Pública (Nación y entes Territoriales).

FUNCIONES DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Exigir Informes a quienes administran

fondos a bienes de la Nación.

Establecer responsabilidades, imponer

sanciones, recaudar su monto y ejercer Jurisdicción Coactiva de las mismas.

Conceptuar sobre la calidad y eficiencia

del Control Interno en entidades y organismos del Estado.

FUNCIONES DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Presentar informes al Congreso sobre el

estado de los Recursos Naturales y Ambientales

Promover

ante las autoridades, aportando pruebas, investigaciones penales y disciplinarias de quienes hayan causado daño al patrimonio del Estado.

Podrá exigir (verdad sabida y buena fe), la suspensión del funcionario mientras culminan las respectivas investigaciones.

FUNCIONES DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Presentar proyectos de Ley, relativos al

Control Fiscal y a su propio funcionamiento.

Establecer la carrera Admini

strativa para proveer, mediante concu rso público, los empleos, reglamentando l a selección, promoción y retiro. No puede da r recomendaciones quienes particip en en la selección del Contralor.

FUNCIONES DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Presentar al Congreso y al Presidente de

la República informe sobre el cumplimiento de sus funciones y certificar la situación de las Finanzas del Estado, según la Ley.

Dictar Normas generales para

armonizar el Control Fiscal de todas las entidades públicas del orden Nacional y Territorial.

FUNCIONES DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA

Según el artículo 354, a la

Contraloría le corresponde llevar y consolidar lo referente a la ejecución presupuestal y auditar el Balance de la Hacienda que el Gobierno envía al Congreso.

Las demás que designe la Ley.

FUNCIONES DEL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN (MINISTERIO PUBLICO)

Vigilar el Cumplimiento de Normas y Actos

Administrativos.

Defender los intereses de la

Sociedad (Económicos, Sociales y Medio Ambiente).

Velar por el ejercicio diligente y eficiente de

los funcionarios Administrativos. (Control Interno).

FUNCIONES DEL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN (MINISTERIO PUBLICO)

Ejercer la vigilancia de quienes realizan

funciones públicas, incluso de aquellos de elección popular; ejercer preferentemente el poder disciplinario; adelantar investigaciones y sancionar, según la Ley.

Rendir informes al Congreso

sobre su Gestión

Tener atribuciones de Policía Judicial.

FUNCIONES DEL PROCURADOR GENERAL DE LA NACIÓN (MINISTERIO PUBLICO)

Desvincular de su cargo - previa audiencia -

al funcionario incriminado o investigado.

Presentar proyectos de Ley relativos a su

competencia

Junto con el Defensor del Pueblo protege los

derechos humanos.

Nombrar y remover a sus funcionarios.

RÉGIMEN ECONÓMICO Y LA HACIENDA PÚBLICA

En general:El Estado es propietario del Subsuelo y de los

recursos naturales (Salvo disposiciones preexistentes)

La Dirección de Economía está a cargo del

Estado.

El Gobierno ejerce control sobre monopolios de

Azar y Licores cuyas rentas están destinadas a financiar servicios de Salud y Educación

RÉGIMEN ECONÓMICO Y LA HACIENDA PÚBLICA

Planes de Desarrollo

Integrado por1a. Parte General:Propósito y objetivos a largo plazoMetas y prioridades a mediano plazoEstrategias y orientación de la política

económica, social y ambiental a corto plazo.

RÉGIMEN ECONÓMICO Y LA HACIENDA PÚBLICA

2a. Parte

Plan de Inversiones Públicas (Presupuestos Plurianuales a través de programas y proyectos de inversión pública)

Participación del Gobierno y Entidades territoriales y de la ciudadanía, según la Ley.

Son base para un efectivo Control de

Gestión.

RÉGIMEN ECONÓMICO Y LA HACIENDA PÚBLICA

Contador General de la NaciónEl artículo 354 de la C.N. crea el cargo.Llevará la Contabilidad General de la Nación.Consolidará

Territoriales.

la Contabilidad de las Entidades

Le corresponde Uniformar, Centralizar y Consolidar la

Contabilidad Pública.

Elaborará el Balance GeneralDeterminará las Normas Contables que deben regir en el

País, conforme a la ley.

RÉGIMEN ECONÓMICO Y LA HACIENDA PÚBLICA

Presupuesto NacionalToda renta y gasto deben

figurar en la Ley de Presupuesto; y deberán ser aprobados por el congreso y estar de acuerdo al Plan Nacional de Desarrollo.

Debe dar prioridad al Gasto

Público Social.

RÉGIMEN ECONÓMICO Y LA HACIENDA PÚBLICA

Distribución de Recursos y de CompetenciasSe da participación a los Departamentos, Distritos y

Municipios de las Rentas e Ingresos Corrientes de la Nación (Situado Fiscal) para financiar la educación preescolar, primaria, secundaria y media, y la salud. A partir de 1993, vigente el I.V.A. (1986)

Finalidad Social del Estado y los Servicios Públicos.Se da participación a los usuarios.Se crea la Superintendencia de Servicios Públicos.

RÉGIMEN ECONÓMICO Y LA HACIENDA PÚBLICA

Banco CentralPersona JurídicaDe Derecho Público; Autonomía Administrativa

y Técnica.

FuncionesRegula la moneda, los cambios internacionales, es

prestamista y banquero, es agente fiscal del Gobierno de acuerdo con la política económica general.

RÉGIMEN ECONÓMICO Y LA HACIENDA PÚBLICA

El presidente de la República ejerce la inspección, vigilancia y Control del Banco (Función que será incompatible ya que el Ministro de Hacienda es el Presidente de su Junta Directiva).

REFORMA DE LA CONSTITUCIÓN

Puede ser reformada por:

El congreso:Por iniciativa del Gobierno10% Miembros del Congreso20% de Concejales o Diputados5% de Censo ElectoralEn dos sesiones ordinarias del CongresoAsamblea Nacional Constituyente.Llamada por LeyReferendo