presentacion – riesgos juridicos en materia

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EL PROCESO DISCIPLINARIO
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¿ Como se inicia una acción disciplinaria ?
Se inicia de:
a) Oficio
b) Por información proveniente de servidor
público
c) De queja formulada por cualquier persona
d) Cualquier medio que amerite credibilidad
CARACTERÍSTICAS DE LA ACCIÓN DISCIPLINARIA:
La acción disciplinaria es:
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a) Pública: El Estado tiene la potestad
proseguir con la acción disciplinaria y de
terminarla, conforme a los trámites y
procedimiento de instancia.
 b) Oficiosa: La administración pública iniciará el
proceso disciplinario sin dar espera a solicitud o
presentación de queja debe promover dicho
proceso, es decir, siempre y cuando se
presenten los presupuestos normativos para
iniciarla.
CARACTERISTICAS DE LA ACCIÓN DISCIPLINARIA :
La acción disciplinaria es:
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c) Indesistible: Una vez iniciada la acción, ni
el Estado, ni el disciplinado, ni el quejoso, ni
nadie, puede desistir de ella.
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d) Indivisible: Si hay varios disciplinados dentro de
un mismo proceso, no puede excluirse a los demás y
proceder sólo contra uno de ellos, o siendo varias las
acciones u omisiones lesivas a la administración
pública, ésta no puede solamente considerar una de
ellas y desechar las otras.
ETAPAS DE UN PROCESO
DISCIPLINARIO
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Las etapas del proceso disciplinario son las
siguientes:
a) Indagación Preliminar
b) Investigación Disciplinaria
c) Evaluación (se archiva si no hay méritos, o
se formula pliego de cargos)
d) Descargos (El disciplinado puede aportar o
solicitar nuevas pruebas )
e) Fallo
DERECHOS DEL INVESTIGADO:
El investigado goza de los siguientes derechos:
Conocer de la investigación
 Designar defensor
 Ser oído en versión libre en cualquier
etapa del proceso y rendir descargos
 Solicita o aportar pruebas, e intervenir
en su práctica
 Rendir descargos
 Impugnar y sustentar las decisiones
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DERECHOS DEL INVESTIGADO:
El investigado goza de los siguientes derechos:
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Obtener copia de la actuación, salvo las que
por mandato constitucional o legal, tengan el
carácter de documento reservado
 Presentar alegatos de conclusión antes del
fallo.
 Como también tiene el derecho de solicitar
copias de las actuaciones, salvo las que por
mandato Constitucional o legal, tengan el
carácter de documento reservado
CARACTERÍSTICAS DE LA
FALTA DISCIPLINARIA:
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Que la falta haya sido cometida por un Servidor
público.
Que esté plenamente probada dicha falta
Que en la conducta incumpla deberes, prohibiciones,
o incurra en inhabilidades, incompatibilidades,
conflictos de intereses o en extralimitación o abuso de
derechos y funciones.
Que sea imputable al servidor a titulo de dolo o culpa.
Si se trata de una falta grave, la investigación será de
9 meses y si es gravísima, será de 12 meses
prorrogable por otro tanto , contados a partir de la
notificación de los cargos.
En materia disciplinaria podemos señalar
los siguientes términos:
 Indagación
Preliminar: 6 meses.
Cuando se trate de investigaciones
por violación a los Derechos
Humanos o al Derecho
Internacional Humanitario, el
término de indagación preliminar
podrá extenderse a otros seis
meses
INVESTIGACIONES:
Falta Grave 6 meses
 Falta Gravísima 12 meses
 Evaluación 15 días (Archivo definitivo )
 Descargos 10 días
 Pruebas 90 días
 Fallo 20 días
 Fallo de Segunda Instancia 45 días
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SANCIONES:
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Las sanciones principales son:
Faltas leves culposas: Dan lugar a la aplicación de
sanción de amonestación escrita.
Faltas Leves Dolosas: Multa.
Faltas Graves Culposas: Se sancionan con multa.
Faltas Graves Dolosas o Gravísimas Culposas:
suspensión en el ejercicio del cargo e inhabilidad
especial.
Faltas Gravísimas Dolosas o Culposas: Destitución e
inhabilidad general.
FALLO:
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Es una providencia que profiere el
funcionario competente, mediante la cual
toma una decisión de fondo sobre objeto
del proceso, este puede ser
sancionatorio o absolutorio
En materia disciplinaria no existen fallos
condenatorios.
Ley 734 de 2002