EL PODER DISCIPLINARIO

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EL PODER DISCIPLINARIO

Prof As Rodolfo Becerra Barreiro

EL PODER DISCIPLINARIO

Fundamento de la potestad reconocida al empleador de

sancionar

al personal ante

faltas

cometidas, con el fin de salvaguardar el funcionamiento normal y la conservación del

orden

en la empresa

ENCUADRAMIENTO

 Deriva: 

a) directamente

empleador - del Poder de Dirección del 

b) indirectamente

- de los fundamentos de dicho Poder de Dirección

PODER DE DIRECCION

PROYECCIONES Organizar Ordenar Controlar

FUNDAMENTOS

 Propiedad  Asunción del riesgo  Contrato de trabajo  Subordinación

MARCO JURIDICO

 El ejercicio de la facultad disciplinaria por parte del empleador no está expresamente establecido ni reglamentado en el derecho positivo uruguayo

CRITERIOS

 Lineamientos generales de origen doctrinario y jurisprudencial que establecen criterios de “pacífica” aplicación en materia disciplinaria  Regla: como el empleador no puede constituirse en “juez y parte”, la revisión de su ejercicio es una facultad de los Tribunales  ¿Puede revisar y graduar la sanción?

1) RECONOCIMIENTO

 El empleador dispone de un cierto poder disciplinario sobre sus trabajadores  Finalidad:  sancionatoria  aleccionante

2) LÍMITES

 No es un poder absoluto  Su ejercicio se limita al ámbito de la empresa y a lo estrictamente laboral  No puede ser ejercido arbitrariamente

ENUNCIACIÓN DE LÍMITES

 INTERNOS  Parámetros

funcionales

 el interés objetivo de la empresa  la condición “humana” del trabajador  el principio de legalidad

ENUNCIACIÓN DE LÍMITES

 EXTERNOS  Parámetros

noramtivos

 normas de origen etático  normas de origen extraetático

3) SUJETOS

 El sujeto “activo” de la potestad disciplinaria es el empleador  El sujeto “pasivo” es el trabajador

4) FALTA

 supone una transgresión  imputable al trabajador  que provoque una lesión o perjuicio  y viole un padrón de conducta “medio”

5)SANCIONES

 Elenco admitido en el ámbito laboral:  Observación  Apercibimiento y amonestación  Suspensión  Despido

REGLAS APLICATIVAS EN MATERIA DE SANCIONES  Requisitos básicos:  proporcionalidad  gradualidad  notificación

REGLAS APLICATIVAS EN MATERIA DE SANCIONES (CONT.)  Debe considerarse la incidencia de ciertos factores en la determinación de la sanción:  A vía de ejemplo:  antecedentes  antigüedad  conducta general  categoría  jerarquía

REGLAS APLICATIVAS EN MATERIA DE SANCIONES (CONT.)  No se admite su aplicación mientras está interrumpida la relación laboral  No son admisibles las sanciones indeterminadas o “sine die”  Se prohíben las sanciones de multa

REGLAS APLICATIVAS EN MATERIA DE SANCIONES (CONT.)      No acumulación (regla “non bis in idem”) Inmediatez (regla de oportunidad) Irretroactividad No discriminación (trato diferencial) Consecuencias del ejercicio abusivo o excesivo del poder disciplinario  falta de motivo  desviación de poder  desproporción de la sanción

OTRAS SANCIONES DISCIPLINARIAS

 Separación del cargo  Traslado  Rebaja de categoría  Afectación de calificaciones  Afectación de ascensos

PROCEDIMIENTOS Y GARANTÍAS

 Comunicación fehaciente al trabajador  Derecho del trabajador a formular descargos  Defensas del trabajador:  impugnación  anulación  despido indirecto (y reparación de daño moral)  Anotación en legajo personal  ¿Comunicación al MTSS?

PROCEDIMIENTOS Y GARANTÍAS

(CONT.)  De origen convencional o basados en prácticas habituales:  Sumario  Comisiones Paritarias  Participación sindical  Arbitraje

ALGUNAS CONSECUENCIAS PRÁCTICAS

 Descuento del salario  jornales  presentismo  Notoria mala conducta  indemnización por despido  aguinaldo  Pérdida del derecho a percibir el subsidio de desempleo (seguro de paro)