I. Derecho a la Salud - Catedra Libre De Derechos Humanos

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Universidad Central de Venezuela Facultad de Ciencias Jurídicas y Políticas Centro de Estudios de Postgrado Especialización en Derecho Humanos Cátedra: Ambiente y Derechos Humanos Profesor: Alberto Blanco-Uribe Quintero

Interdependencia entre el Derecho al ambiente y el Derecho a la salud.

Alumnas: Ayala P. Johana N.

Frangie M. Genifer Pérez L. Astrid C.

Interdependencia entre Derecho al ambiente y Derecho a la salud

Esquema Introducción I. Derecho a la Salud II. Derecho al ambiente III. Tratados Internacionales IV. Organismos Internacionales V. Jurisprudencia V.1 Tribunal Europeo de Derechos Humanos V.2 Corte Interamericana de Derechos Humanos V.3 Tribunal Supremo de Justicia Conclusiones Recomendaciones

I. Derecho a la Salud

Constitución de la Organización Mundial de la Salud (OMS)

La

salud

es un completo bienestar estado de físico, mental y social, y no solamente la ausencia de enfermedades.

afecciones o El goce del grado máximo de salud que se pueda lograr es uno de los derechos fundamentales de todo ser humano sin distinción de raza, o religión, ideología política condición económica o social.

Fuente: Constitución de la Organización Mundial de la Salud. Conferencia Sanitaria Internacional, Nueva York del 19 de junio al 22 de julio de 1946, firmada el 22 de julio de 1946. Entró en vigor el 7 de Abril de 1948. Disponible en: http://www.who.int/governance/eb/who_constitution_sp.pdf

La Constitución de la República Bolivariana de Venezuela (CRBV) desarrolla el derecho a la salud en el artículo 83 en los siguientes términos: “

La salud es un derecho social fundamental, obligación del Estado, que lo garantizará como parte del derecho a la vida. El Estado promoverá y desarrollará políticas orientadas a elevar la calidad de vida, el bienestar colectivo y el acceso a los servicios. Todas las personas tienen derecho a la como el deber de participar activamente en su protección de la salud, así promoción y defensa, y el de cumplir con las medidas sanitarias y de saneamiento que establezca la ley, de conformidad con los tratados y convenios internacionales suscritos y ratificados por la República”.

Ley Orgánica de la Salud venezolana en el artículo 2 enuncia: “

se entiende por salud no sólo la ausencia de enfermedades sino el completo

estado de bienestar

físico, mental, social y ambiental.

El derecho a la salud abarca cuatro elementos: •

Disponibilidad

Accesibilidad

Aceptabilidad

Calidad

El derecho a la salud impone a los Estados Partes tres tipos de obligaciones, a saber: •

Respetar

Proteger

Cumplir

Fuente: Organización Mundial de la Salud. Nota descriptiva N°323 de la OMS.

Agosto 2007. Disponible en: http://www.who.int/mediacentre/factsheets/fs323/es/index.html

II. Derecho al ambiente

La CRBV defina al

Derecho al ambiente derecho y un deber de cada

como: “

Es un generación proteger y mantener el ambiente en beneficio de sí misma y del mundo futuro. Toda persona tiene derecho individual y

colectivamente a disfrutar de una vida y de un ambiente seguro, sano y

ecológicamente equilibrado.

El Estado protegerá el ambiente, la diversidad biológica, genética, los procesos ecológicos, los parques nacionales y monumentos naturales y demás áreas de especial importancia podrá ser patentado, y la ley que refiera a los principios bioéticos ecológica. El genoma de los seres vivos no regulará la materia.

Es una obligación fundamental del Estado, con la activa sociedad, garantizar que la participación de la población se desenvuelva en un ambiente libre de contaminación, en donde el aire,

el agua, los suelos, las costas, el clima, la capa de ozono, las especies

vivas, sean especialmente protegidos, de conformidad con la ley

.

” (CRBV, 2000)

Los

derechos humanos relacionados al medio ambiente

se encuentran establecidos en los tratados b á sicos de derechos humanos e incluyen: • El derecho a un medio

ambiente seguro y saludable

. •El derecho a un

alto est á ndar de salud

. •El derecho a un desarrollo ecol ó gicamente sustentable. •El derecho a un est á ndar de vida adecuado, incluyendo el

acceso a alimentaci ó n y agua potable.

•El derecho de los ni ñ os para vivir en un medio ambiente apropiado para su desarrollo f í sico y mental. •El derecho a una participaci ó n completa y equitativa de todas las personas en la toma de decisiones relacionadas con el medio ambiente, la planificaci ó n de desarrollo y decisiones y pol í ticas que afecten a la comunidad a un nivel local, nacional e internacional. •El derecho a gozar de

condiciones seguras de trabajo

, incluyendo garant í as para mujeres embarazadas y en lactancia. •El derecho a la protecci ó n para la no -discriminaci ó n en cualquier á rea. •El

derecho a la educaci ó n e informaci ó n

incluyendo la relacionada con v í nculos entre

salud y medio ambiente.

El derecho a compartir los beneficios del progreso científico.

Fuente: CARMONA LARA, María del Carmen, “Derechos Humanos y Medio Ambiente”, Biblioteca Jurídica Virtual del Instituto de Investigaciones Jurídicas de la UNAM México, 2012, pág. 22. Disponible en: http://biblio.juridicas.unam.mx/libros/6/2759/4.pdf

Informe de la OMS considera cuatro tipos de contaminación ambiental, capaces de afectar la salud humana:

Relación entre ambiente y salud

 Las

concentraciones de ozono

en verano, cuyos efectos son conocidos: irritaci ón de los ojos, dificultades respiratorias, inflamaciones pulmonares si el contacto es largo y repetido.

 La

acumulación de óxido de carbono

invierno, cuando hay inversiones en térmicas y vientos suaves, que hacen aumentar el riesgo de enfermedades pulmonares, afecta gravemente a la persona asmática y aquellas que sufren de trastornos cardiovasculares.

 La vida de

grandes ciudades contaminadas

produce graves problemas pulmonares, por los efectos sobre el sistema inmunitario, aumentan las posibilidades de que cáncer y de anginas de pecha.

 La

presencia de residuos metálicos

, plomo, cadmio, arsénico, mercurio, zinc, causada por la contaminación difusa de los suelos, del agua y de la comida, cerca de las industrias o como resultado dela contaminación a larga distancia, produce grandes afecciones, especialmente en los niños Fuente: BLANCO-URIBE Quintero, Alberto, “La definición del Derecho-Deber Individual y Colectivo al Ambiente en el Derecho Constitucional Comparado”, Tribunal Supremo de Justicia, Caracas, 2005.

Las relaciones entre derechos humanos y salud, según la OMS. Imagen: noscuidamos.com

III.

Tratados Internacionales que Ambientales y el Derecho a la Salud.

regulan los Derechos

•Declaración Universal de los Derechos Humanos, Art. 22, 25 y 27.

•Pacto Internacional para los Derechos Sociales, Económicos y Culturales, Art. 1, 6, 7, 11, 12, 13 y 15.

•Convención para la Eliminación de toda Forma de Discriminación contra la Mujer, Art., 11 y 14.

•Convención Internacional para la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Racial, Art. 2 y 14.

•Convención para los Derechos del Niño, Arts 24 y 27.

•Convención de la Organización Internacional del Trabajo sobre Poblaciones Indígenas y tribales (No.169), Arts, 7.

•Tratado de Cooperación Amazónica.

•Protocolo Adicional a la Convención Americana sobre Derechos Humanos en materia de Derechos Económicos, Sociales y Culturales (Protocolo de San Salvador), (1988).

• Convenio Andrés Bello. Salud Suramericana.

IV. Organismos Internacionales

Organización Mundial de la Salud (OMS)

Organización Panamericana de la Salud (OPS)

Organismo Andino de salud

- Convenio Hipólito Unanue •Sistema de Información en Salud del MERCOSUR •

Organización Internacional del Trabajo

(OIT) •

Organización del Tratado de Cooperación Amazónica (OTCA)

Fondo de Naciones Unidas para la Infancia

(UNICEF) •

Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos (ACNUDH)

Programa de las Naciones Unidas para el Desarrollo (PNUD)

Programa de las Naciones Unidas para el Medio Ambiente

(PNUMA) •

Organización de las Naciones Unidas para la Educación, La Ciencia y la Cultura (UNESCO)

Programa sobre el Hombre y la Biosfera (MAB)

Comisión de Desarrollo y Medio Ambiente de América Latina y el Caribe, integrada por el BID y el PNUD con la colaboración del CEPAL y el PNUMA.

Análisis de Jurisprudencia Tribunal Supremo de Justicia de Venezuela

Sala Político-Administrativa Magistrado Ponente Hadel Mostafá Paolini Expediente. 2007 -0157. 24 de Noviembre de 2009 Granja Porcina Hermanos Mosquera Vs. Ministerio del Ambiente y de los Recursos Naturales.

Disponible en: http://www.tsj.gov.ve/decisiones/spa/Noviembre/01701 251109-2009-2007-0157.html revisado

Análisis de la Jurisprudencia

Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) Caso López Ostra vs España Sentencia 0496 Fecha 9/12/1994 http://www.isel.org/cuadernos_L/Articulos/GarciaBJ.htm

Análisis de la Jurisprudencia

Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH) - Caso Manfredonia vs Italia (Enichem) Sentencia 0875 Fecha 19/2/1998 http://www.isel.org/cuadernos_L/Articulos/GarciaBJ.htm

Análisis de Jurisprudencia

Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) -Caso Mayagna vs Nicaragua Fecha 31/8/2001 http://www.corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_79_esp.pdf

Tribunal Constitucional de España -Doctrina del Alto Tribunal Español http://www.isel.org/cuadernos_L/Articulos/GarciaBJ.htm

Conclusiones

Recomendaciones

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