Ley de Educación Elemental y Secundaria (ESEA)

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Transcript Ley de Educación Elemental y Secundaria (ESEA)

Ley de Educación Elemental y Secundaria
(ESEA) del 1965, según enmendada
Título I, Parte A
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Tabla de Contenido
 Título I Parte A
o Definición
o Requisitos de la Ley ESEA
o Entidades elegibles
o Actividades permitidas (general)
 Adjudicación de Fondos Federales para planes de Trabajo
o Requisitos por “set aside”
o Planes interagenciales
o Requisitos procesales
o Transacciones Fiscales
o Razones Frecuentes por las cuales los planes de trabajo no son
aprobados.
o Razones frecuentes de denegación de actividades bajo planes
de trabajo.
 Preguntas
 Contactos
Título I, Parte A : Mejorando el aprovechamiento
académico del desventajado
 Asegurar que todos los estudiantes tengan una oportunidad justa,
igual y significativa de obtener una educación de alta calidad y
alcanzar, como mínimo, proficiencia en estándares académicos
retantes y las pruebas del Estado (PPAA) mediante:
 Alineación de evaluaciones de alta calidad, sistemas de
“accountability”, preparación y adiestramiento de maestros, el
currículo y materiales curriculares con los estándares académicos
del Estado.
 Atención a necesidades académicas de los estudiantes con bajo
aprovechamiento.
 Cerrar brecha académica entre estudiantes especialmente minorías
y no minorías.
 Proveer acceso a los estudiantes a estrategias instruccionales
efectivas y de base científica.
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Título I, Parte A : Mejorando el aprovechamiento
académico del desventajado
 Elevar significativamente la calidad de la instrucción mediante la
provisión de oportunidades de desarrollo profesional al personal
de las escuelas participantes.
 Sufragar oportunidades sustanciales y significativas a los padres
para participar en la educación de sus hijos.

Utilización de recursos Título I para apoyar a estudiantes a
alcanzar las metas establecidas por el Estado y medidas por las
pruebas del Estado
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Título I, Parte A : Mejorando el aprovechamiento
académico del desventajado
 El estudio de necesidades debe reflejar la necesidad
que se desea atender con el plan de trabajo.
 Debe ir dirigido a servir a estudiantes en desventaja
académica en las materias de español, inglés,
matemáticas y ciencias.
 El plan de trabajo tiene que especificar el alcance en
las escuelas, maestros o estudiantes a ser impactados.
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Requisitos de Ley ESEA
 Consecuencias por
incumplimientos de la
ley
 Resultados Educativos
 Establecer estándares
educativos para todos
los estudiantes
 Excelencia académica
para 2013-2014
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Requisitos de Ley ESEA
 Uso de fondos solamente para prácticas educativas que han
mostrado ser efectivas.
 Requiere el desarrollo de planes anuales:
• con objetivos medibles
• alineados a los estándares
• con estrategias de base científica
• Implantados por maestros altamente cualificados
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Entidades Elegibles
 Las entidades elegibles para recibir Fondos Federales de Título I –A
por medio de Planes de Trabajo son:
 Subsecretarías, Secretarías Auxiliares, Oficinas y Programas de
Nivel Central.
 Instrumentalidades públicas (alianzas entre agencias y municipios
con el Departamento de Educación).
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Actividades permitidas (general)
 Actividades permitidas en el desarrollo de los planes de
trabajos:

Actividades educativas de base científica dirigidas a mejorar
el aprovechamiento académico en las materias básicas.

Desarrollo profesional
•
Talleres
•
Adiestramientos
•
Tutorías
•
Reuniones
•
Conferencias
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Actividades permitidas (general)
•
Pago de nómina
•
Pago de dietas y millaje (al personal que aplique)
•
Actividades para participación de padres
•
Proyectos de verano
•
Reclutamiento de personal instruccional
•
Equipo y mantenimiento
•
Materiales educativos
•
Contratación de Recursos por Servicios
Consultivos
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Profesionales y
Adjudicación de Fondos Federales para Planes
de Trabajos
 El Plan de Trabajo recoge una iniciativa estructurada con el
propósito de solicitar Fondos Federales para programas o
subvenciones alineada con las metas y estrategias del
Departamento de Educación, para los cuales la ley no establece
la necesidad de competencia.
 Las secciones de Título I-A en las cuales se adjudican Fondos
Federales por medio de Planes de Trabajo son:

Sección 1116 Desarrollo Profesional (10% LEA mejoramiento)

Sección 1118 Participación de Padres

Sección 1119 Certificación de Maestros

Sección 1003(a) Escuelas en Mejoramiento

Iniciativas de Districtwide

Escuelas de Verano
Sección 1116:
Desarrollo Profesional para Directores y Maestros
 Aumentar la efectividad de estrategias de enseñanza en el salón
de clases con el propósito que los estudiantes alcancen el
aprovechamiento académico en las materias basicas.
 Se pueden ofrecer talleres y “coaching”
 Compras de materiales, NO son permisibles
 Para mas detalles de actividades permisibles bajo esta partida refiérase a la Ley ESEA
Secc. 9101 de “Professional Development”
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Sección 1119:
Certificación de Profesionales y Paraprofesionales
 El objetivo de los fondos otorgados bajo esta
sección es la certificación y recertificación de
maestros
y
ayudantes
de
maestros
(paraprofesionales) con el propósito de
aumentar el número de maestros y ayudantes
de maestros altamente cualificados en las
materias asignadas a enseñar cubiertas por
ley.
Escuela de Verano
 Establecer programas basados en métodos efectivos y
sustentados científicamente para mejorar aprovechamiento
académico de estudiantes en desventaja en las materias de
español, inglés, matemáticas y ciencias con el propósito de
alcanzar las metas establecidas por el Estado y medidas por
las pruebas del Estado.
 Que se le de prioridad a los estudiantes en riesgo de
fracasar por desventaja en las materias de español, inglés,
matemáticas y ciencias.
 El plan de trabajo tiene que especificar el alcance y las
escuelas, maestros o estudiantes a ser impactados.
 Escuela de Verano NO es Campamento de Verano
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Planes Interagenciales
 Debe contar con debido endoso de parte del programa
académico correspondiente.
 El programa que endosa es responsable del seguimiento y el
requerimiento de información para asegurar el uso eficiente y
efectivo de los fondos, el cumplimiento con el plan de trabajo y la
medición de las metas delineadas en el plan de trabajo.
 El proponente de la alianza es responsable de cumplir con los
requisitos de ley aplicables.
 EL plan de trabajo requiere de la firma de un convenio, por lo que
no podrá comenzar hasta tanto éste no este firmado por las
partes.
 El programa académico y la agencia deberán reunirse para
dilucidar estos y otros detalles del plan así como las condiciones
expresadas en la carta de aprobación.
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Requisitos
 Debe completarse utilizando el formulario electrónico diseñado
para estos efectos por la Unidad de Planes de Trabajo de la
Unidad de Adjudicación de Fondos de la Oficina de Asuntos
Federales.
 Debe responder a las necesidades de los estudiantes con
desventajas académicas, padres, maestros y directores y alineado
a las prioridades establecidas por la Subsecretaría para Asuntos
Académicos.
 Si es de continuación, debe completar la sección de Informe de
Logros en el formulario del plan.
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Requisitos
 Debe cumplir con las fechas establecidas en el ciclo
correspondiente de acuerdo al Manual de Procedimiento
para la Adjudicación de Fondos Federales.
 Los planes de trabajo podrían ser multifondos. Estos son
planes que podrían ser sufragado por más de un (1)
programa.
 Cuando se solicitan modificaciones al Plan de Trabajo el
proponente debe redactar las mismas de una manera
específica y con secuencia. No se debe enmendar el plan
completo.
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Requisitos
 Toda actividad o estrategia no establecida en el Plan de
Trabajo aprobado deberá ser incluida mediante una
Enmienda Programática la cuál será evaluada por el
Programa de Título I-A para ser aprobada o denegada.
 Cada tres (3) meses se deberá someter un informe de
progreso a la Oficina de Asuntos Federales sobre el estatus
de implantación del proyecto.
 Una vez terminado el proyecto, se someterá un informe de
logros a la Oficina de Asuntos Federales que demuestre
cómo se lograron las metas y objetivos del proyecto.
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Requisitos
 La sección 80.40 del E.D.G.A.R. (“Education Department
General Administrative Regulations”) requiere que se
monitoree toda actividad sufragada con fondos federales.
 Al momento de la monitoría, el proponente deberá proveer
acceso al personal autorizado del Programa de OAF los
documentos relacionados con el proyecto.
 La agencia podrá asignar fondos a una entidad considerada
en alto riesgo aplicando condiciones y restricciones
especiales en la asignación otorgada (EDGAR 34CFR
Sección 80.12).
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Transacciones Fiscales
 El presupuesto solicitado debe ser permisible, razonable y
necesario y debe demostrar la relación directa que existe entre
éste y el plan de trabajo propuesto.
 Una vez se aprueba el Plan de Trabajo, se trabaja el Desglose
Presupuestario o la Adjudicación de Fondos, es decir el
Presupuesto.
 La Oficina Central de Compras del D.E. es quien tiene la
responsabilidad de realizar las compras necesarias por los
programas para el desarrollo de sus actividades mediante los
reglamentos establecidos y aplicables.
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Transacciones Fiscales
 Para realizar Transferencias de Fondos entre partidas, el
solicitante deberá completar el documento de petición en
el cuál expresará de forma narrativa y numérica el cambio
deseado.
 Si el cambio solicitado es crear una partida no contemplada
en el presupuesto inicial, deberá preparar una Enmienda
Programática y Fiscal la cuál será evaluada en el Programa
de Título I-A y será autorizada o denegada.
 Una vez autorizada la transacción por el personal
concerniente, ésta será registrada en SIFDE por el Oficial
Fiscal. La Oficina de Presupuesto finalizará la transacción.
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Transacciones Fiscales
 Toda contratación de Servicios Personales (Jornadas
Parciales) debe ser autorizada por la Oficina de Asuntos
Federales y conlleva los vistos buenos de:
 Secretario(a) Auxiliar o director de oficina
 Subsecretaría de Asuntos Académicos
 Subsecretario de Administración
 Secretario de Educación
 Todo residencial y actividad conlleva la autorización de la
Oficina de Asuntos Federales para luego tramitar los
arreglos necesarios para la realización de dicha actividad.
 Toda contratación de Servicios Profesionales y Consultivos
se realiza a través de la Unidad de Servicios Profesionales
de la Oficina de Asuntos Federales.
Razones frecuentes de denegación
 Carece de estudio de necesidades.
 Carece de metodología y /o criterios de selección de la
población a impactarse.
 Objetivos no son medibles.
 No indica actividades educativas a realizarse.
 No ata actividades educativas a realizarse con el contenido o
presupuesto.
 No justifica objetivo y/o actividades vs aprovechamiento
académico.
 No garantiza que evita incurrir en “supplanting”.
 Falta de coordinación con áreas académicas.
 No identifica personal encargado del plan.
 No especifica temas de desarrollo profesional que se ofrecerán.
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Razones frecuentes de denegación
 Itinerario general que no permite evaluar si el objetivo se podrá
lograr en el periodo de tiempo propuesto.
 Carece de metodología de evaluación del proyecto.
 Carece de informe de logros/métricas de resultados estadísticos.
 No justifica todas las partidas del presupuesto.
 Modificaciones no fueron sometidas dentro del período asignado.
 Es sometido fuera de ciclo sin el endoso correspondiente.
 No cumple con los requisitos del Programa Federal.
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Razones frecuentes de denegación de
actividades dentro del plan
 No estaba presupuestada en plan aprobado.
 No contaba con las debidas autorizaciones.
 No es un gasto permisible, razonable y/o necesario.
 No cumplió con los procesos establecidos.
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Información de Contactos
• Vilma Aponte Ruiz
Coordinadora
Programa de Título I-A
• Ana Vázquez Delgado
Oficial Fiscal
• Rafael Cruz Cruz
Oficial de Proyectos
Nivel Central
• Annabelle Montero Valle
Secretaria
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