Ley de Educación Elemental y Secundaria (ESEA)
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Transcript Ley de Educación Elemental y Secundaria (ESEA)
Ley de Educación Elemental y Secundaria
(ESEA) del 1965, según enmendada
Título I, Parte A
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Tabla de Contenido
Título I Parte A
o Definición
o Requisitos de la Ley ESEA
o Entidades elegibles
o Actividades permitidas (general)
Adjudicación de Fondos Federales para planes de Trabajo
o Requisitos por “set aside”
o Planes interagenciales
o Requisitos procesales
o Transacciones Fiscales
o Razones Frecuentes por las cuales los planes de trabajo no son
aprobados.
o Razones frecuentes de denegación de actividades bajo planes
de trabajo.
Preguntas
Contactos
Título I, Parte A : Mejorando el aprovechamiento
académico del desventajado
Asegurar que todos los estudiantes tengan una oportunidad justa,
igual y significativa de obtener una educación de alta calidad y
alcanzar, como mínimo, proficiencia en estándares académicos
retantes y las pruebas del Estado (PPAA) mediante:
Alineación de evaluaciones de alta calidad, sistemas de
“accountability”, preparación y adiestramiento de maestros, el
currículo y materiales curriculares con los estándares académicos
del Estado.
Atención a necesidades académicas de los estudiantes con bajo
aprovechamiento.
Cerrar brecha académica entre estudiantes especialmente minorías
y no minorías.
Proveer acceso a los estudiantes a estrategias instruccionales
efectivas y de base científica.
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Título I, Parte A : Mejorando el aprovechamiento
académico del desventajado
Elevar significativamente la calidad de la instrucción mediante la
provisión de oportunidades de desarrollo profesional al personal
de las escuelas participantes.
Sufragar oportunidades sustanciales y significativas a los padres
para participar en la educación de sus hijos.
Utilización de recursos Título I para apoyar a estudiantes a
alcanzar las metas establecidas por el Estado y medidas por las
pruebas del Estado
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Título I, Parte A : Mejorando el aprovechamiento
académico del desventajado
El estudio de necesidades debe reflejar la necesidad
que se desea atender con el plan de trabajo.
Debe ir dirigido a servir a estudiantes en desventaja
académica en las materias de español, inglés,
matemáticas y ciencias.
El plan de trabajo tiene que especificar el alcance en
las escuelas, maestros o estudiantes a ser impactados.
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Requisitos de Ley ESEA
Consecuencias por
incumplimientos de la
ley
Resultados Educativos
Establecer estándares
educativos para todos
los estudiantes
Excelencia académica
para 2013-2014
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Requisitos de Ley ESEA
Uso de fondos solamente para prácticas educativas que han
mostrado ser efectivas.
Requiere el desarrollo de planes anuales:
• con objetivos medibles
• alineados a los estándares
• con estrategias de base científica
• Implantados por maestros altamente cualificados
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Entidades Elegibles
Las entidades elegibles para recibir Fondos Federales de Título I –A
por medio de Planes de Trabajo son:
Subsecretarías, Secretarías Auxiliares, Oficinas y Programas de
Nivel Central.
Instrumentalidades públicas (alianzas entre agencias y municipios
con el Departamento de Educación).
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Actividades permitidas (general)
Actividades permitidas en el desarrollo de los planes de
trabajos:
Actividades educativas de base científica dirigidas a mejorar
el aprovechamiento académico en las materias básicas.
Desarrollo profesional
•
Talleres
•
Adiestramientos
•
Tutorías
•
Reuniones
•
Conferencias
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Actividades permitidas (general)
•
Pago de nómina
•
Pago de dietas y millaje (al personal que aplique)
•
Actividades para participación de padres
•
Proyectos de verano
•
Reclutamiento de personal instruccional
•
Equipo y mantenimiento
•
Materiales educativos
•
Contratación de Recursos por Servicios
Consultivos
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Profesionales y
Adjudicación de Fondos Federales para Planes
de Trabajos
El Plan de Trabajo recoge una iniciativa estructurada con el
propósito de solicitar Fondos Federales para programas o
subvenciones alineada con las metas y estrategias del
Departamento de Educación, para los cuales la ley no establece
la necesidad de competencia.
Las secciones de Título I-A en las cuales se adjudican Fondos
Federales por medio de Planes de Trabajo son:
Sección 1116 Desarrollo Profesional (10% LEA mejoramiento)
Sección 1118 Participación de Padres
Sección 1119 Certificación de Maestros
Sección 1003(a) Escuelas en Mejoramiento
Iniciativas de Districtwide
Escuelas de Verano
Sección 1116:
Desarrollo Profesional para Directores y Maestros
Aumentar la efectividad de estrategias de enseñanza en el salón
de clases con el propósito que los estudiantes alcancen el
aprovechamiento académico en las materias basicas.
Se pueden ofrecer talleres y “coaching”
Compras de materiales, NO son permisibles
Para mas detalles de actividades permisibles bajo esta partida refiérase a la Ley ESEA
Secc. 9101 de “Professional Development”
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Sección 1119:
Certificación de Profesionales y Paraprofesionales
El objetivo de los fondos otorgados bajo esta
sección es la certificación y recertificación de
maestros
y
ayudantes
de
maestros
(paraprofesionales) con el propósito de
aumentar el número de maestros y ayudantes
de maestros altamente cualificados en las
materias asignadas a enseñar cubiertas por
ley.
Escuela de Verano
Establecer programas basados en métodos efectivos y
sustentados científicamente para mejorar aprovechamiento
académico de estudiantes en desventaja en las materias de
español, inglés, matemáticas y ciencias con el propósito de
alcanzar las metas establecidas por el Estado y medidas por
las pruebas del Estado.
Que se le de prioridad a los estudiantes en riesgo de
fracasar por desventaja en las materias de español, inglés,
matemáticas y ciencias.
El plan de trabajo tiene que especificar el alcance y las
escuelas, maestros o estudiantes a ser impactados.
Escuela de Verano NO es Campamento de Verano
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Planes Interagenciales
Debe contar con debido endoso de parte del programa
académico correspondiente.
El programa que endosa es responsable del seguimiento y el
requerimiento de información para asegurar el uso eficiente y
efectivo de los fondos, el cumplimiento con el plan de trabajo y la
medición de las metas delineadas en el plan de trabajo.
El proponente de la alianza es responsable de cumplir con los
requisitos de ley aplicables.
EL plan de trabajo requiere de la firma de un convenio, por lo que
no podrá comenzar hasta tanto éste no este firmado por las
partes.
El programa académico y la agencia deberán reunirse para
dilucidar estos y otros detalles del plan así como las condiciones
expresadas en la carta de aprobación.
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Requisitos
Debe completarse utilizando el formulario electrónico diseñado
para estos efectos por la Unidad de Planes de Trabajo de la
Unidad de Adjudicación de Fondos de la Oficina de Asuntos
Federales.
Debe responder a las necesidades de los estudiantes con
desventajas académicas, padres, maestros y directores y alineado
a las prioridades establecidas por la Subsecretaría para Asuntos
Académicos.
Si es de continuación, debe completar la sección de Informe de
Logros en el formulario del plan.
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Requisitos
Debe cumplir con las fechas establecidas en el ciclo
correspondiente de acuerdo al Manual de Procedimiento
para la Adjudicación de Fondos Federales.
Los planes de trabajo podrían ser multifondos. Estos son
planes que podrían ser sufragado por más de un (1)
programa.
Cuando se solicitan modificaciones al Plan de Trabajo el
proponente debe redactar las mismas de una manera
específica y con secuencia. No se debe enmendar el plan
completo.
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Requisitos
Toda actividad o estrategia no establecida en el Plan de
Trabajo aprobado deberá ser incluida mediante una
Enmienda Programática la cuál será evaluada por el
Programa de Título I-A para ser aprobada o denegada.
Cada tres (3) meses se deberá someter un informe de
progreso a la Oficina de Asuntos Federales sobre el estatus
de implantación del proyecto.
Una vez terminado el proyecto, se someterá un informe de
logros a la Oficina de Asuntos Federales que demuestre
cómo se lograron las metas y objetivos del proyecto.
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Requisitos
La sección 80.40 del E.D.G.A.R. (“Education Department
General Administrative Regulations”) requiere que se
monitoree toda actividad sufragada con fondos federales.
Al momento de la monitoría, el proponente deberá proveer
acceso al personal autorizado del Programa de OAF los
documentos relacionados con el proyecto.
La agencia podrá asignar fondos a una entidad considerada
en alto riesgo aplicando condiciones y restricciones
especiales en la asignación otorgada (EDGAR 34CFR
Sección 80.12).
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Transacciones Fiscales
El presupuesto solicitado debe ser permisible, razonable y
necesario y debe demostrar la relación directa que existe entre
éste y el plan de trabajo propuesto.
Una vez se aprueba el Plan de Trabajo, se trabaja el Desglose
Presupuestario o la Adjudicación de Fondos, es decir el
Presupuesto.
La Oficina Central de Compras del D.E. es quien tiene la
responsabilidad de realizar las compras necesarias por los
programas para el desarrollo de sus actividades mediante los
reglamentos establecidos y aplicables.
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Transacciones Fiscales
Para realizar Transferencias de Fondos entre partidas, el
solicitante deberá completar el documento de petición en
el cuál expresará de forma narrativa y numérica el cambio
deseado.
Si el cambio solicitado es crear una partida no contemplada
en el presupuesto inicial, deberá preparar una Enmienda
Programática y Fiscal la cuál será evaluada en el Programa
de Título I-A y será autorizada o denegada.
Una vez autorizada la transacción por el personal
concerniente, ésta será registrada en SIFDE por el Oficial
Fiscal. La Oficina de Presupuesto finalizará la transacción.
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Transacciones Fiscales
Toda contratación de Servicios Personales (Jornadas
Parciales) debe ser autorizada por la Oficina de Asuntos
Federales y conlleva los vistos buenos de:
Secretario(a) Auxiliar o director de oficina
Subsecretaría de Asuntos Académicos
Subsecretario de Administración
Secretario de Educación
Todo residencial y actividad conlleva la autorización de la
Oficina de Asuntos Federales para luego tramitar los
arreglos necesarios para la realización de dicha actividad.
Toda contratación de Servicios Profesionales y Consultivos
se realiza a través de la Unidad de Servicios Profesionales
de la Oficina de Asuntos Federales.
Razones frecuentes de denegación
Carece de estudio de necesidades.
Carece de metodología y /o criterios de selección de la
población a impactarse.
Objetivos no son medibles.
No indica actividades educativas a realizarse.
No ata actividades educativas a realizarse con el contenido o
presupuesto.
No justifica objetivo y/o actividades vs aprovechamiento
académico.
No garantiza que evita incurrir en “supplanting”.
Falta de coordinación con áreas académicas.
No identifica personal encargado del plan.
No especifica temas de desarrollo profesional que se ofrecerán.
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Razones frecuentes de denegación
Itinerario general que no permite evaluar si el objetivo se podrá
lograr en el periodo de tiempo propuesto.
Carece de metodología de evaluación del proyecto.
Carece de informe de logros/métricas de resultados estadísticos.
No justifica todas las partidas del presupuesto.
Modificaciones no fueron sometidas dentro del período asignado.
Es sometido fuera de ciclo sin el endoso correspondiente.
No cumple con los requisitos del Programa Federal.
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Razones frecuentes de denegación de
actividades dentro del plan
No estaba presupuestada en plan aprobado.
No contaba con las debidas autorizaciones.
No es un gasto permisible, razonable y/o necesario.
No cumplió con los procesos establecidos.
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Información de Contactos
• Vilma Aponte Ruiz
Coordinadora
Programa de Título I-A
• Ana Vázquez Delgado
Oficial Fiscal
• Rafael Cruz Cruz
Oficial de Proyectos
Nivel Central
• Annabelle Montero Valle
Secretaria
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