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El Sistema de Seguridad Social Reúne de manera coordinada un conjunto de entidades, normas y procedimientos a los cuales podrán tener acceso las personas y la comunidad con el fin principal de garantizar una calidad de vida que este acorde con la dignidad humana

PROTEGER A LOS HABITANTES CONTIGENCIAS GARANTIZAR PRESTACIONES ECONOMICAS Y DE SALUD EN ENFERMEDADES ACCIDENTES SEAN O NO DE PERSONA S CESANTIA MUERTE TRABAJO DESEMPLEO VEJEZ INVALIDEZ MATERNIDA D DEPENDIENTES INDEPENDIENTES con CAPACIDAD DE PAGO PERSONAS QUE ESTEN EN IMPOSIBILIDAD DE OBTENER UN INGRESO TEMPORAL CON PERMANENTE Garantizar las prestaciones económicas y de salud A quienes tienen relación RESPONSABILIDADES FINANCIERAS SIGAN laboral y Capacidad económica SATISFACIENDO SUS NECESIDADES PARA Afiliarse al sistema

Quienes tienen derecho a la seguridad social?

Art 22 DECLARACION DE DERECHOS HUMANOS Toda persona como miembro de la sociedad TIENE A la derecho Esfuerzo nacional Seguridad social Y a obtener mediante la La corporación internacional

Nosotros por ejemplo, somos miembros y pertenecemos a la sociedad Salvadoreña.

personas naturales sociales culturales económicos Organización y recursos Estado del Para satisfacer los derechos

COMPONENTES DEL SISTEMA LEY 100

EL SISTEMA GENERAL DE PENSIONES EL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD EL SISTEMA GENERAL DE RIESGOS PROFESIONALES LOS SERVICIOS SOCIALES COMPLEMENTARIOS

LO CONFORMAN ISO 9001sistema de gestión de la calidad ISO 14001 sistema de gestión medioambiental OHSAS 18001 sistemas de gestión de la seguridad y la salud en el trabajo

ISO 22000 sistemas de gestión de la seguridad alimentaria Solución de Auditoria alimentaria unificada personalizada ISO 27001 para sistema de gestión de seguridad de la información AS 9000 Sistema de calidad aeroespacial básica

Requisitos específicos de sectores o clientes

Estándares de atención al cliente

Seguridad Social – Ley 100/93

EPS: Entidades Promotoras de Salud.

AFP: Administradora de Fondos de Pensiones.

ARL: Administradoras de Riesgos Laborales.

IPS : Instituciones prestadoras de Servicio de Salud.

POS : Plan Obligatorio de Salud.

ATEP : Accidente de Trabajo y Enfermedad Profesional.

Seguridad Social – Ley 100/93

FSP : Fondo de Solidaridad Pensional.

ALC: Autoliquidación de Aportes por Cotización.

SSSS: Sistema de Seguridad Social en Salud.

CAA: Centro de Atención Ambulatorio.

ESS: Empresas Solidarias de Salud.

PILA:

Régimen subsidiado Son el conjunto de normas q rigen la vinculación al SGS

REGIMEN CONTRIBUTIVO REGIMEN SUBSIDIADO

P O S PLAN OBLIGATO RIO DE SALUD CONJUNTOS DE SERVICIO DE ATENCCION EN SALUD AL QUE TIENE DERECHO UN USUARIO EN EL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD CUYA FINALIDAD ES LA PROTECCION , PREVENCION Y CURACION DE ENFRERMEDADES

Medicamentos Los afiliados y su grupo familiar esta complementado con el reconocimiento y prestaciones económicas en caso de licencia de maternidad he incapacidad por enfermedad general Tiempo de la maternidad La licencia de maternidad es de 14 semanas según la reciente modificación que hiciera del artículo 236 del código sustantivo del trabajo

 P.o.s

 E ENTIDAD P S PROMOTORA DE SALUD PRESTAR SERVICIOS MEDICOS A LAS PERSONA QUE SE AFILIAN PARA SER ATENDIDADS EN CLINICAS Y HOSPITALES

REGIMENES REGIMEN CONSECUTIVO FUE CREADO POR LA LEY 100 DE 1993 DEL CONGRESO DE COLOMBIA COMO CONJUNTO DE NORMAS QUE RIGEN LA VINCULACION DE LOS INDIVIDUOS Y FAMILIAS AL SISTEMA DE SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD SON REGIMEN SUBSIDIADO ES AQUEL EN QUE SE ENCUENTRAN LAS PERSONAS SIN CAPACIDAD DE COTIZAR AL SISTEMA. EL CUAL EL ESTADO LES PROPORCIONA LOS MEDIOS PARA SU AFILIACION MEDIANTE LOS SUBSIDIOS ANTE LA DEMANDA (SISBEN)

E . P .S

PILA

Esquema mediante el cual las entidades empleadoras publicas o privadas en calidad de aportantes, realizan la liquidación y el pago integrado de los aportes a la seguridad social y parafiscales de cada uno de sus empleados.

.

Planilla Integrada de Liquidación de Aportes Aportante Administradoras Operador de Información Operador Financiera

Los aportes que se realizan en la PILA son: 12,5% del IBC Salud (8,5% empleador y 4% empleado) 2% para el SENA 3% para el ICBF 16% del IBC en Pension (12% empleador y 4% empleado) ARL depende de la actividad de la empresa y es a cargo del empleador 4% del valor de la nomina a la Caja de Compensación

Seguridad Social Ley 100 de 1993 (Diciembre 23) "Por la cual se crea el sistema de seguridad social integral y se dictan otras disposiciones".

Capitulo 1 del régimen contributivo Art. 202 Definición Porcentajes a Seguridad Social Antes Salud: 16% empleador 12 % Trabajador 4% Pension:16% empleador 12 % Trabajador 4% Riesgos Profesionales Capitulo 1 del régimen contributivo Art . 204 Monto y distribución de las cotizaciones Ley 1607 de 2012 (Diciembre 26) CAPÍTULO II Impuesto sobre la Renta para la Equidad (CREE) Artículo 20.

Modificado por Art. 30 de Ley 1607 de 2012 Modificado por Art. 10 ley 1122 de 2007 Parágrafo 4º .Adicionado por Art. 31 de ley 1607 de 2012 Porcentajes a Seguridad Social Después Salud: 12,5% empleador 8,5% Trabajador 4% Pension:12,5% empleador 8,5% Trabajador 4% Riesgos Profesionales

PORCENTAJES DE LA SEGURIDAD SOCIAL ANTES Y DESPUES DE LA LEY 1607/2012 PRESENTADO POR: LUISA GIRALDO TECNICO EN NOMINA Y PRESTACIONES

Salud

: Aporte de 12.5% $ 70.900 mensuales.

Empleador

: 8.5% $48.200

Trabajador

: 4% 22.700.

1607/2012 Pensión:

Cotización de 16% $90.700 mensuales.

Empleador:

12% $68.000

Trabajador:

4% $22.700.

Riesgos Profesionales:

Aportes únicamente a cargo del empleador desde el 0.522% para riesgos de tipo I hasta el 6.960% para los riesgos • • • • • tipo V.

Riesgo I: 3.000

Riesgo II: 5.900

Riesgo III: 13.800

Riesgo IV: 24.700

Riesgo V: 39.500

PORCENTAJES DE SALUD DESPUES DE LA LEY 1607/2012 Salud:

Por salario mínimo mes $ 77.000.

• •

Empleador: Trabajador:

$ 52.400

$ 24.600

Con la Ley 1607 de 2012 , art. 25, quedan exonerados excepcionalmente de aportes a salud: • Las sociedades y personas jurídicas y asimiladas contribuyentes del impuesto de renta y complementarios.

• Las personas naturales empleadoras que tengan dos o más empleados.

• Requisito: No superen los 10 Salarios mínimos

PRINCIPIO DE LA UNIVERSALIDAD:

CUBRE A TODOS LOS RESIDENTES EN EL PAÍS, EN TODAS LAS ETAPAS DE LA VIDA

PRINCIPIO DE LA SOLIDARIDAD:

MUTUO APOYO PARA GARANTIZAR EL ACCESO Y SOSTENIBILIDAD A LOS SERVIDOS DE S.S., CONTRIBUCIÓN ECONÓMICA PARA EL FINANCIAMIENTO DE LA PROTECCIÓN

PRINCIPIO DE LA IGUALDAD:

EL ACCESO A LA S.S. SE GARANTIZA SIN DISCRIMINACIÓN A LAS PERSONAS RESIDENTES EN EL TERRITORIO COLOMBIANO.

PRINCIPIO DE LA OBLIGATORIEDAD:

LA AFILIACIÓN AL SISTEMA GENERAL DE S.S. ES OBLIGATORIA PARA TODOS LOS RESIDENTES EN COLOMBIA.

PRINCIPIO DE LA CALIDAD:

ATENCIÓN HUMANIZADA PARA TODOS LOS AFILIADOS DE FORMA INTEGRAL, SEGURA Y OPORTUNA.

PRINCIPIO DE EFICIENCIA:

OPTIMA RELACIÓN ENTRE LOS RECURSOS DISPONIBLES PARA OBTENER MEJORES RESULTADOS EN LA CALIDAD DE VIDA DE LA POBLACIÓN.

PRINCIPIO DE PARTICIPACIÓN SOCIAL:

INTERVENCIÓN DE LA COMUNIDAD EN LA ORGANIZACIÓN, CONTROL, GESTIÓN Y FISCALIZACIÓN DE TODOS LOS PROCESOS SE ATENCIÓN AL USUARIO.

PRINCIPIO DE PROGRESIVIDAD:

ES LA GRADUALIDAD EN LA ACTULIZACIÓN DE LAS PRESTACIONES INCLUIDAS EN EL PLAN DE BENEFICIOS.

PRINCIPIO DE LIBRE ELECCIÓN:

LIBERTAD EN LA ESCOGENCIA ENTRE ENTIDADES PROMOTORAS DE SALUD Y FONDOS DE PENSIÓN EN EL MOMENTO DE INGRESO A SER DEPENDIENTE.

PRINCIPIO DE SOSTENIBILIDAD:

LAS PRESTACIONES QUE RECONOCE EL SISTEMA SE FINANCIARÁN CON LOS RECURSOS DESTINADOS POR LA LEY PARA TAL FIN LOS CUALES DEBERÁN TENER UN FLUJO ÁGIL Y EXPEDITO. PARA ELLO TENDRÁN CONTROL FISCAL.

PRINCIPIO DE TRANSPARENCIA:

LAS CONDICIONES DE PRESTACIÓN DE SERVICIOS, LA RELACIÓN ENTRE LOS DISTINTOS ACTORES DEL SISTEMA GENERAL DE SEGURIDAD SOCIAL DEBERÁN SER CLARAS, PÚBLICAS Y VISIBLES.

PRINCIPIO DE IRRENUNCIABILIDAD:

EL DERECHO A LA SEGURIDAD SOCIAL EN SALUD Y PENSIÓN ES IRRENUNCIABLE, NO PUEDE RENUNCIARSE A EL NI TOTAL NI PARCIALMENTE.

PRINCIPIO DE PREVENCIÓN:

ES EL ENFOQUE DE PRECAUCIÓN QUE SE APLICA A LA GESTIÓN DEL RIESGO, A LA EVALUACIÓN DE LOS PROCEDIMIENTOS Y LA PRESTACIÓN DE LOS SERVICIOS TANTO DE SALUD COMO PENSIÓN.

PRINCIPIO DE LA PREVALENCIA DE DERECHOS:

ES OBLIGACIÓN DE LA FAMILIA, EL ESTADO Y LA SOCIEDAD, CUIDAR, PROTEGER Y ASISTIR A LAS MUJERES EN ESTADO DE EMBARAZO Y EN EDAD PRODUCTIVA, A LOS NIÑ@S Y ADOLESCENTES, PARA GARTANTIZAR SU VIDA, SU SALUD, SU INTEGRIDAD FÍSICA Y MORAL.

PRINCIPIO DE LA EQUIDAD:

DEBE GARANTIZAR EL ACCESO AL PLAN DE BENEFICIOS A LOS AFILIADOS, INDEPENDIENTEMENTE DE SU CAPACIDAD DE PAGO Y CONDICIONES PARTICULARES.

Afiliarse a cualquier entidad promotora de salud Sistema de Seguridad Social en Salud (SGSS) es Quien brinda un seguro que cubre los gastos de salud a los habitantes del territorio nacional El empleado tiene como derecho escoger la EPS y IPS que desee Fondo de pensiones Usted puede EPS en donde recibe su carnet de salud y entra a ser parte del sistema de seguridad de salud Institución prestadora de servicios (IPS) que le traerá beneficios Funcionan dos regímenes de afiliación Régimen contributivo Régimen subsidiado

(ARL) Asociación de Riesgos Laborales Es RIESGOS PROFESIONALES El empleador Tiene como obligación afiliar a sus empleados a una ARL Quien cubre todos los gastos en salud ocasionados por accidentes o enfermedades Quien paga los días en que no pueda trabajar a causa de los anteriores Realiza la atención del accidente o enfermedad Quien cobra los gastos hechos por la ARL EPS

Es aquel en donde los afilados o beneficiarios obtienen una pensión de vejez, invalidez y muerte El trabajador Tener edad establecida Seguir cotizando 5 años mas para Aumentar monto de la pensión Pensión de vejez Completar requisitos si es el caso Mujeres 57 años 2014 Edad pensionarse Hombres 62 años Mujeres 55 años Hombres 60 años Haber cotizado mínimo (1.000) semanas en cualquier tiempo

Alonso Elisa Alumno (APELLIDO) Cárdenas Milena Chicangana Aleyda Duarte Geraldin Giraldo Luisa Gutiérrez Johana Guzmán Yolanda Herrera Jonatán León Jaidy Linares Marcela López Ingrid Mayorga Luz Ortiz Nancy Sánchez Andrea Tejada Viviana Vargas Angie TUTOR-DOCENTE

GRACIAS

TEMAS (Exposición)

Que es la seguridad social Que norma reglamenta la seguridad social en Colombia Cuáles son los objetivos del Sistema Quienes tienen derecho a la Seguridad Social Cuáles son los componentes del Sistema Que es el sistema de seguridad social en salud (SGSS) Consulte los porcentajes a la seguridad social antes de la Ley 1607 y después de esta para SALUD Consulte los porcentajes a la seguridad social antes de la Ley 1607 y después de esta para PENSION Consulte los porcentajes a la seguridad social antes de la Ley 1607 y después de esta para ARL Que es el POS, la EPS y Cuáles son sus funciones Elabore un glosario con la definición de sus siglas del SSS Que es el FOSYGA y sus funciones Cuáles son los regímenes de SGS en Salud Cuál es la diferencia de los regímenes de la salud Cuales con los beneficios de la seguridad social y sus excepciones Que entidades forman el SGS en Colombia Cuáles son los principios a la seguridad social Que entidades vigilan y controlan el SGS Que es la PILA (Planilla Integral de Liquidación de Aportes) Que aportes de hacen en la PILA

Los anteriores temas serán agrupados en un solo archivo (DIAPOSITIVAS) por parte del profesor y en el momento de la exposición usted (alumno) deberá estar pendiente de su tema o de su diapositiva ya que este es armado por el tutor de acuerdo a un orden cronológico.