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Definición
 Es la Autoridad Marítima Colombiana encargada de
ejecutar la política del Gobierno en esta materia,
velando por la seguridad integral marítima y la
protección de la vida humana en el mar.
Reseña histórica
 Ante la escasez de medios de transporte nacionales, altos
fletes y pagos en moneda extranjera, surgió la necesidad de
contar con una Marina Mercante propia.
Año
Descripción
1931
Se promulga la Ley 30, referente al
transporte marítimo autorizando al
gobierno para fomentar la compañía
nacional de marina mercante.
1951
Decreto 120, se asignan a la Armada
Nacional las funciones de
reconocimiento, clasificación y
registro de las embarcaciones.
1952
El Decreto 3183, mediante el cual se
establece la Dirección de Marina
Mercante Colombiana.
Año
Descripción
1971
Dirección es reestructurada a través del
Decreto Ley 2349 creándose la
Dirección General Marítima y
Portuaria.
1984
Se realizó a nivel normativo, práctico y
técnico, la reorganización de la
Dirección General Marítima y Portuaria
– DIMAR, a través del conocido
Decreto Ley 2324.
1991
Se expidió la Ley 1 de 1991 que establece
el Estatuto General de Puertos del País.
2002
Decreto 1561 ,que en primera medida
determina la naturaleza jurídica de
DIMAR, estableciendo que es una
dependencia del Ministerio Defensa
Nacional.
Objetivos
 Promover la gestión articulada del estado hacia el
desarrollo Marítimo del País.
 Articular la gestión y control de las actividades
marítimas en el territorio jurisdiccional marítimo, fluvial
y costero para la seguridad integral marítima.
 Fortalecer la capacidad de investigación y la generación
de conocimiento, desarrollo e innovación tecnológica
para maximizar la cobertura del TMFC.
 Afianzar los procesos gerenciales y de apoyo, para la
efectiva gestión de los procesos misionales.
Organigrama
Subdirección de
Marina Mercante
• Su función principal este orientada a la
búsqueda de la seguridad integral marítima y el
desarrollo de los intereses marítimos del país.
Subdirección de
Desarrollo Marítimo
• velar por el desarrollo de los intereses
marítimos del país, a través del control y
administración de los litorales, la protección
de los bienes de uso público marino - costeros.
Subdirección
Administrativa y
Financiera
• ejecutar los planes administrativos de la
Autoridad Marítima Colombiana, a través del
control de la gestión logística, administrativa y
financiera.
Funciones
 Asesorar al Gobierno en la
adopción de políticas y
programas relacionados con
las actividades marítimas y
ejecutarlas dentro de los
límites de su jurisdicción.
 Autorizar la operación de las
naves y artefactos navales en
aguas colombianas.
 efectuar y controlar la
inscripción, registro,
clasificación, matrícula y
patente de las naves y
artefactos navales.
•Dirigir y controlar las
actividades del transporte
marítimo internacional de
cabotaje, público o privado;
asignar o cancelar rutas y
servicios para establecer
condiciones para la
prestación de los mismos.
•Autorizar el arrendamiento
de naves y artefactos
navales colombianos y
extranjeros.
• Aplicar y fiscalizar para
hacer cumplir las normas
nacionales e internacionales
tendientes a la preservación
y protección del medio
marino.
Asuntos internacionales marítimos
 CONVENIOS
 - Convenio FAL: convenio internacional para facilitar
el trafico marítimo.
 - Convenio LL: convenio internacional sobre líneas de
carga.
 - Convenio OMI: organización marítima internacional.
Organizaciones Internacionales
 OMM: organización meteorológica mundial
 UNCTAD: conferencia de las naciones unidas sobre
comercio y desarrollo.
 CAATA: comité andino de autoridades de transporte
acuático.