modernización de la administración pública

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Transcript modernización de la administración pública

“Trascendencia de lo Público en el Desarrollo
Social”,
MODERNIZACIÓN DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Bogotá – Octubre 2013
MODERNIZACIÓN DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Objetivos 29 OCT Conferencistas:
Discutir sobre:
• La Nueva Gestión
Pública (New Public
Management)
• La descentralización
política y
administrativa
• Privatización /vs/
Estatización
Moderador
•
Jorge Salinas – Abogado Ex
Superintendente Delegado para
Acueducto Aseo y Alcantarillado
Conferencistas
• Jorge Hernán Cárdenas –
Director Oportunidad Estratégica
• Ricardo Arias – Presiendente
Fondo Nacional del Ahorro
• Juan Carlos Flores – Concejal de
Bogotá
• Profesor Antonio Colomer Viadel
– Universidad de Valencia –
España
MODERNIZACIÓN DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
LA GESTION PUBLICA
MODERNIZACIÓN DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
SEGÚN TRANSPARENCIA INTERNACIONAL
COLOMBIA PARA EL 2013 ES EL PAIS 49 MÁS
CORRUPTO DEL MUNDO,
EN EL 2012 ESTABA EN EL PUESTO 94,
EN EL AÑO 2010 ESTABA EN EL PUESTO 78
HA MEJORADO LA PERCEPCION DE CORRUPCION
ACASO SOMOS EL DOBLE DE MÁS HONESTOS ENTRE
EL 2012 Y 2013?
MODERNIZACIÓN DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
EL ESTADO POR DEFINICION CONSTITUCIONAL (ART
1 CN)
Estado social de derecho, organizado en forma de República
unitaria, descentralizada, con autonomía de sus entidades
territoriales, democrática, participativa y pluralista, fundada
en el respeto de la dignidad humana, en el trabajo y la
solidaridad de las personas que la integran y en la
prevalencia del interés general.
MODERNIZACIÓN DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
LOS FINES ESTENCIALES DEL EATADO SON (ART.2
CN):
Servir a la comunidad, promover la prosperidad general y garantizar la
efectividad de los principios, derechos y deberes consagrados en la
Constitución; facilitar la participación de todos en las decisiones que los
afectan y en la vida económica, política, administrativa y cultural de la
Nación; defender la independencia nacional, mantener la integridad
territorial y asegurar la convivencia pacífica y la vigencia de un orden
justo.
Las autoridades de la República están instituidas para proteger a todas
las personas residentes en Colombia, en su vida, honra, bienes,
creencias, y demás derechos y libertades, y para asegurar el
cumplimiento de los deberes sociales del Estado y de los particulares.
MODERNIZACIÓN DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
TRES RAMAS DEL PODER PUBLICO
RAMA EJECUTIVA
RAMA LEGISLATIVA
RAMA JUDICIAL
CADA UNA DE ELLAS ESTA CONFORMADA POR
SERVIDORES PÚBLICOS DESDE LOS NIVELES
ASISTENCIALES HASTA LOS DIRECTIVOS, LOS CUALES
TIENEN RESPONSABILIDADES CONCRETAS EN LA
OPERACIÓN Y MANEJO DEL ESTADO.
LO ANTERIOR SIN CONTAR CON UN GRAN NUMERO DE
CONTRATISTAS
MODERNIZACIÓN DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
El ESTADO COLOMBIANO ES UN REFLEJO DE LA SOCIEDAD EN
LA QUE SE DESENVUELVE - POR LO TANTO UN CAMBIO EN EL
ESTADO Y LA ADMINISTRACION PUBLICA DEBE PARTIR DE UN
CAMBIO EN LA SOCIEDAD COLOMBIANA
LAS INSTITUCIONES DEL ESTADO NO SON INMUTABLES Y
DEBEN EVOLUCIONAR CONFORME LAS NUEVAS NECESIDADES
DE LA SOCIEDAD Y EL ENTORNO – ELLO IMPLICA UNA REVISIÓN
CONSTANTE DEL COMPORTAMIENTO SOCIAL Y DE MUNDO EN EL
QUE VIVIMOS
LAS INSTITUCIONES DEBEN CUMPLIR CON LOS OBJETIVOS
TRAZADOS EN LAS NORMAS QUE LOS CREAN Y NO DEBEN
PERDER DE VISTA QUE SU FIN ULTIMO ES EL BIENESTAR DE
TODOS
MODERNIZACIÓN DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
LA
MODERNIZACION
DEL
ESTADO
Y
DE
LA
ADMINISTRACION PÚBLICA NO ES CUESTION DE MODAS:
SISTEMAS DE CONTROL INTERNO, MEJORAMIENTO
CONTINUO, CALIDAD TOTAL, REINGENIERIA, NORMAS DE
CALIDAD GP:1000, NORMAS INCONTEC – HAN SIDO ACASO
UN FRACASO EN EL CASO COLOMBIANO?
LAS TEORIAS EN MATERIA DE ADMINISTRACIÓN Y
GERENCIA YA EXISTEN Y SE MEJORAN TODOS LOS DIAS. EL
RETO ES ENCONTRAR UN MODELO DE GERENCIA Y
MANEJO DE LO PUBLICO QUE INTERPRETE LA SOCIEDAD Y
EL ENTORNO, PROPONGA IDEAS QUE SE CONCRETEN EN
RESULTADOS EFECTIVOS Y MEDIBLES EN LA ATENCION DE
LAS NECESIDADES DE LOS COLOMBIANOS
MODERNIZACIÓN DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
 LAS ENTIDADES TECNICAS DEBEN SER MANEJADAS CON
CRITERIO TECNICO Y NO CON CRITERIO POLITICO
SE REQUIERE
INTENCIONADO
UN
ESTADO
EFICAZ
Y
NO
SOLO
BIEN
FRENTE A LAS NECESIDADES DE LA SOCIEDAD EL ESTADO
DEBE RESPONDER CON POLITICAS DE ALTO IMPACTO Y
TRANSFORMADOR
LAS CABEZAS DEL ESTADO Y LOS SERVIDORES PÚBLICOS
DEBEN ESTAR COMPROMETIDOS CON LA MODERNIZACION Y CON
EL CAMBIO QUE ELLO IMPLIQUE – PARADIGMA DE LA ZONA DE
CONFORT
LOS ADMINISTRADORES PÚBLICOS DEL SIGLO 21 MIDEN,
EVALÚAN Y ASIGNAN FONDOS DEPENDIENDO DE LOS
RESULTADOS DE SUS INVESTIGACIONES
MODERNIZACIÓN DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Estudio de la Universidad libre trajo a colación que
“También se habla de la gerencia social por el fin que es
desarrollar el capital social de la población. El instituto
internacional de gobernabilidad de España ( Barcelona universidad de Cataluña) proponen la tendencia de
gobernabilidad. La propuesta es reformar el sistema político
para una buena democracia porque mientras no hayan unos
buenos parlamentos no habrá un buen Estado, ni una buena
administración.”
GERENCIAR PARA LO PUBLICO Y NO PARA INTERESES
PARTICULARES O PROPIOS
MODERNIZACIÓN DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
EL ESTADO TIENE UNOS REPRESENTANTES EN EL
EJECUTIVO, EL LEGISLATIVO Y EL PODER JURISDICCIONAL
EL ESTADO COLOMBIANO ES EL CONGLOMERADO DE
TODOS LOS COLOMBIANOS Y QUIENES LO REPRESENTAN
NO PUEDEN ACTUAR CON DESCONOCIMIENTO, AUSENCIA
DE VISIÓN DE LA SOCIEDAD Y DEL ENTORNO
EL ESTADO NO PUEDE SER EL ESCENARIO PARA
APRENDER, ESE POR EL CONTRARIO ESTE ES EL PUNTO
DE PARTIDA DE TODO SERVIDOR PÚBLICO. DE AHÍ EN
ADELANTE DEBE APLICAR SU CONOCIMIENTO Y TALENTO
MODERNIZACIÓN DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
EN UNA BUSQUEDA RAPIDA EN LA INTERNET SE ENCUENTRAN
CIENTOS DE ESTUDIOS PÚBLICOS, PRIVADOS, DE LAS
UNIVERSIDADES QUE DIAGNÓSTICAS LA ADMINISTRACION
PUBLICA COLOLMBIANA:








FALTA DE CAPACIDAD GERENCIAL
FALTA DE COMPETENCIAS TECNICAS
FALTA DE ESTIMULOS
ANQUILOSAMIENTO DE LOS SERVIDORES PÚBLICOS –
ADAPTABILIDAD AL CAMBIO –
FALTA DE CONTINUIDAD EN LOS OBJETIVOS CUANDO ELLO
ES NECESARIO
FALTA DE MEDICIÓN DE LOS RESULTADOS
FALTA DE INFORMACION PARA TOMA DE DECISIONES
FALTA DE CONTROL DE LOS MEDIOS DE GESTION –
SISTEMAS FORMALES EN LUGAR DE SISTEMAS EFECTIVOS
MODERNIZACIÓN DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
QUÉ FALTA?
I)
II)
III)
IV)
V)
VI)
VII)
VIII)
IX)
X)
XI)
IDENTIFICACION PERMANENTE DE LAS NECESIDADES DE LA
SOCIEDAD
CAPACIDAD DE GERENCIA PUBLICA Y RESPETO DEL INTERES
PÚBLICO
VOLUNTAD DE CAMBIO
COMPETENCIA TECNICA, ACTUALIZACION DEL CONCOCIMIENTO PROFESIONALIZACIÓN DEL SECTOR PÚBLICO
ACCESO A LO PUBLICO POR MERITOS EN TODOS LOS NIVELES
PLANEACION EFECTIVA DE LA GESTION CON VISION PERTINENTE
FRENTE A LO PUBLICO
ESQUEMAS REALES DE PARTICIPACION DE LA COMUNIDAD EN LA
DEFINICION DE LAS POLITICAS
IMPLEMENTACION DE LAS TECONOLOGIAS ESPECIFICAS Y DE LA
INFORMACIÓN
MECANISMOS DE MEDICION DE RESULTADOS
ESQUEMAS INDEPENDIENTES DE CONTROL DE LOS MEDIOS DE
GESTION
CERO TOLERANCIA CON LA CORRUPCION, LA COMODIDAD Y LA
AUSENCIA DE COMPROMISO
MODERNIZACIÓN DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
LA MODERNIZACIÓN DEL ESTADO ES UN PROCESO DE
MEJORAMIENTO CONTINUO, QUE REQUIERE DEL CONCURSO DE
MÚLTIPLES ACTORES: LOS POLÍTICOS, LOS FUNCIONARIOS
PÚBLICOS Y LOS PROPIOS USUARIOS DE LOS SERVICIOS.
LAS DISTINTAS TENDENCIAS EN LA GESTIÓN PÚBLICA TIENEN
COMO OBJETIVO CENTRAL IMPACTAR EL ESTADO Y DESDE SU
INSTITUCIONALIDAD PRODUCIR EL DESARROLLO ECONÓMICO,
POLÍTICO
Y
SOCIAL QUE
LA POBLACIÓN
DEMANDA,
ESPECIALMENTE EN LA PROVISIÓN DE BIENES PÚBLICOS, PARA
LO CUAL DEBE INCORPORARSE CON FUERZA EN LOS PROCESOS
DE NUEVAS TECNOLOGÍAS, LO QUE SE HA DENOMINADO
GOBIERNO ELECTRÓNICO, ASÍ COMO LA PROFESIONALIZACIÓN
DE SU RECURSO FUNDAMENTAL QUE SON LOS FUNCIONARIOS.
MODERNIZACIÓN DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
ESTADO ACTUAL DE LA PRESTACION DE LOS
SERVICIOS DE ACUEDUCTO Y
ALCANTARILLADO EN AMERICA LATINA
LA REFORMA Y MODERNIZACIÓN DEL ESTADO RESULTA TEMA COMÚN
PARA MUCHOS GOBIERNOS,
LO RELEVANTE ES QUE SUPONE UN ALTO GRADO DE COLABORACIÓN
ENTRE DISTINTOS SECTORES, SEAN PÚBLICOS O PRIVADOS, PUESTO
QUE RECONOCE QUE ESTOS MODELOS DEBEN FUNCIONAR COMO
ORQUESTAS EN LAS QUE CADA MÚSICO PRODUCE UN APORTE
DIFERENTE Y EN EL MOMENTO OPORTUNO, PERO PARA EL MISMO
PROCESO. EN ESTE TIPO DE REDES, LA FUNCIÓN CASI ÚNICA DEL NODO
COORDINADOR ES LA COHERENCIA DEL PROCESO.
LA COMPLEJIDAD DE LA ADMINISTRACION PÚBLICA SOLO PUEDE
JUSTIFICARSE
EN SU CAPACIDAD DE PRODUCCIÓN DE VALOR Y
ATENCION EFECTIVA DE LAS NECESIDADES DE LA SOCIEDAD
MODERNIZACIÓN DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
POR LO ANTERIOR, CONFORMARSE SOLAMENTE CON SEÑALAR
LO IMPORTANTE QUE ES CONTAR CON UN ESTADO
ASISTENCIALISTA NO BASTA PARA AQUELLAS PERSONAS QUE
DEMANDAN SU APOYO, SINO TAMBIÉN SE REQUIERE QUE LAS
DECISIONES QUE AL RESPECTO SE ADOPTEN SEAN
IMPLEMENTADAS CON EFICIENCIA Y OPORTUNIDAD.
NO DEBEMOS OLVIDAR QUE QUIENES MÁS REQUIEREN DEL
ESTADO SON AQUELLAS PERSONAS DE MENOS RECURSOS Y,
POR ENDE, DE MAYOR VULNERABILIDAD SOCIAL, DE AHÍ
ARRANCA EL IMPERATIVO DE SER EFICIENTES Y CREAR
POLÍTICAS DE CALIDAD QUE LOGREN LLEGAR CON SOLUCIONES
A LOS GRUPOS MÁS FRÁGILES, FOCALIZANDO SUS ESFUERZOS Y
RECURSOS.
MODERNIZACIÓN DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
CREACIÓN DE VALOR EN EL SECTOR PÚBLICO
UN PAÍS QUE ES COMPETITIVO, QUE GENERA INNOVACIÓN, QUE
MEJORA LA CALIDAD DE LOS SERVICIOS DE EDUCACIÓN Y SALUD,
CRECE NO SÓLO EN TÉRMINOS DE INGRESO, SINO TAMBIÉN EN
INTEGRACIÓN SOCIAL, CONVIRTIÉNDOSE EN UNA COMUNIDAD
INCLUYENTE.
ESTA MANERA DE HACER LAS COSAS IMPLICA QUE IMPORTAN MÁS LOS
RESULTADOS QUE LOS SERVICIOS, PROYECTOS O PROGRAMAS
PROVOQUEN ENTRE LAS POBLACIONES OBJETIVO. ASIMISMO,
IMPORTAN LOS PROCESOS APLICADOS PARA GENERAR DICHOS
RESULTADOS, YA QUE LAS RELACIONES Y PROCESOS QUE SE
ESTABLECEN ENTRE LAS ORGANIZACIONES RESPONSABLES DE CREAR
VALOR PÚBLICO Y LAS COMUNIDADES GENERAN VALOR EN SÍ MISMOS.
UNA META, SINO UN REQUISITO Y DEBE SER ACOMPAÑADO POR DIRECTRICES
INTEGRALES, DONDE LOS organismos sectoriales se coordinen y exista
complementariedad.
MODERNIZACIÓN DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
FUNCION
NACIONAL
PUBLICA
ART
209
A
211
CONSTITUCION
LEY 489 DE 1998 RECOGE MUCHO DE LO DICHO POR LO
CUAL ES POSIBLE AFIRMAR QUE EXISTE UN MARCO
JURIDICO, POR LO CUAL LO UNICO QUE FALTA ES
VOLUNTAD DE RESOLVER LOS PROBLEMAS CON ACCIONES
EFECTIVAS Y DECIDIDAS
EXISTE EL SISTEMA DE DESARROLLO ADMINISTRATIVO
(ARTS 15 Y 16) – ES UN TEMA DE SEGUNDO NIVEL EN LAS
ENTIDADES DEL ESTADO
MODERNIZACIÓN DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Objetivos legales del desarrollo administrativo
1. Diagnósticos institucionales.
2. Racionalización de trámites, métodos y procedimientos de trabajo.
3. Ajustes a la organización interna de las entidades, relacionadas con la distribución de competencias
de las dependencias o con la supresión, fusión o creación de unidades administrativas fundamentadas
en la simplificación de los procedimientos identificados y en la racionalización del trabajo.
4. Programas de mejoramiento continuo de las entidades en las áreas de gestión, en particular en las de
recursos humanos, financieros, materiales, físicos y tecnológicos, así como el desempeño de las
funciones de planeación, organización, dirección y control.
5. Adaptación de nuevos enfoques para mejorar la calidad de los bienes y servicios prestados,
metodologías para medir la productividad del trabajo e indicadores de eficiencia y eficacia.
6. Estrategias orientadas a garantizar el carácter operativo de la descentralización administrativa, la
participación ciudadana y la coordinación con el nivel territorial.
7. Identificación de actividades obsoletas y de funciones que estén en colisión con otros organismos y
entidades, que hubieren sido asignadas al nivel territorial, o que no correspondan al objeto legalmente
establecido de las entidades.
8. Estrategias orientadas a fortalecer los sistemas de información propios de la gestión pública para la
toma de decisiones.
9. Evaluación del clima organizacional, de la calidad del proceso de toma de decisiones y de los
estímulos e incentivos a los funcionarios o grupos de trabajo.
10. Identificación de los apoyos administrativos orientados a mejorar la atención a los usuarios y a la
resolución efectiva y oportuna de sus quejas y reclamos.
11. Diseño de mecanismos, procedimientos y soportes administrativos orientados a fortalecer la
participación ciudadana en general y de la población usuaria en el proceso de toma de decisiones, en la
fiscalización y el óptimo funcionamiento de los servicios.
MODERNIZACIÓN DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
EN DONDE NOS ENCONTRAMOS: POLITICA DE MODERNIZACION DE HACE
25 AÑOS
Definición de competencias institucionales y descentralización
Mejoramiento de la eficiencia interna de las entidades
Fortalecimiento de la planeación
Desarrollo Científico y tecnológico
Desarrollo de sistemas de información para la Gestión Pública
Desarrollo de la Informática
Articulación entre la planeación y la presupuestación
Simplificación de trámites y procedimientos
Modernización de la Gestión del Personal
Participación de la comunidad en la gestión pública.
MODERNIZACIÓN DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
LA DESCENTRALIZACION
MODERNIZACIÓN DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Ley 489 de 1998
ARTICULO 7o. DESCENTRALIZACION ADMINISTRATIVA.
Igualmente al interior de las entidades nacionales descentralizadas el gobierno velará
porque se establezcan disposiciones de delegación y desconcentración de funciones, de
modo tal que sin perjuicio del necesario control administrativo los funcionarios regionales
de tales entidades posean y ejerzan efectivas facultades de ejecución presupuestal,
ordenación del gasto, contratación y nominación, así como de formulación de los
anteproyectos de presupuesto anual de la respectiva entidad para la región sobre la cual
ejercen su función.
<Jurisprudencia Vigencia>
ARTICULO 8o. DESCONCENTRACION ADMINISTRATIVA. La desconcentración es la
radicación de competencias y funciones en dependencias ubicadas fuera de la sede
principal del organismo o entidad administrativa, sin perjuicio de las potestades y deberes
de orientación e instrucción que corresponde ejercer a los jefes superiores de la
Administración, la cual no implica delegación y podrá hacerse por territorio y por funciones.
MODERNIZACIÓN DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
Ley 489 de 1998
ARTICULO 20. SISTEMA DE DESARROLLO ADMINISTRATIVO TERRITORIAL. Sin
perjuicio de la autonomía de que gozan las entidades territoriales, las asambleas
departamentales, los concejos distritales y municipales dispondrán la conformación de los
comités de desarrollo administrativo, según su grado de complejidad administrativa.
Igualmente regularán en forma análoga a lo dispuesto para el nivel nacional, los
fundamentos del Sistema de Desarrollo Administrativo.
ARTICULO 21. DESARROLLO ADMINISTRATIVO DE LOS ORGANISMOS Y ENTIDADES
DE LA ADMINISTRACION PUBLICA. Los organismos y entidades de la Administración
Pública diseñarán su política de desarrollo administrativo. El Ministerio o Departamento
Administrativo correspondiente coordinará y articulará esas políticas a las del respectivo
sector.
MODERNIZACIÓN DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
LA AUTONOMIA TERRITORIAL ES UN PRINCIPIO CONSTITUCIONAL (ART.1º
DE LA CONSTITUCION NACIONAL
ARTICULO 298. Los departamentos tienen autonomía para la administración de
los asuntos seccionales y la planificación y promoción del desarrollo económico y
social dentro de su territorio en los términos establecidos por la Constitución.
Los departamentos ejercen funciones administrativas, de coordinación, de
complementariedad de la acción municipal, de intermediación entre la Nación y
los Municipios y de prestación de los servicios que determinen la Constitución y
las leyes.
La ley reglamentará lo relacionado con el ejercicio de las atribuciones que la
Constitución les otorga.
ARTICULO 311. Al municipio como entidad fundamental de la división politicoadministrativa del Estado le corresponde prestar los servicios públicos que
determine la ley, construir las obras que demande el progreso local, ordenar el
desarrollo de su territorio, promover la participación comunitaria, el mejoramiento
social y cultural de sus habitantes y cumplir las demás funciones que le asignen
la Constitución y las leyes.
MODERNIZACIÓN DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
ARTICULO 300. Corresponde a las Asambleas Departamentales, por medio de ordenanzas:
1. Reglamentar el ejercicio de las funciones y la prestación de los servicios a cargo del Departamento.
2. Expedir las disposiciones relacionadas con la planeación, el desarrollo económico y social, el apoyo financiero
y crediticio a los municipios, el turismo, el transporte, el ambiente, las obras públicas, las vías de comunicación y
el desarrollo de sus zonas de frontera.
3. Adoptar de acuerdo con la Ley los planes y programas de desarrollo económico y social y los de obras
públicas, con la determinación de las inversiones y medidas que se consideren necesarias para impulsar su
ejecución y asegurar su cumplimiento.
4. Decretar, de conformidad con la Ley, los tributos y contribuciones necesarios para el cumplimiento de las
funciones departamentales.
5. Expedir las normas orgánicas del presupuesto departamental y el presupuesto anual de rentas y gastos.
6. Con sujeción a los requisitos que señale la Ley, crear y suprimir municipios, segregar y agregar territorios
municipales, y organizar provincias.
7. Determinar la estructura de la Administración Departamental, las funciones de sus dependencias, las escalas
de remuneración correspondientes a sus distintas categorías de empleo; crear los establecimientos públicos y
las empresas industriales o comerciales del departamento y autorizar la formación de sociedades de economía
mixta.
8. Dictar normas de policía en todo aquello que no sea materia de disposición legal.
9. Autorizar al Gobernador del Departamento para celebrar contratos, negociar empréstitos, enajenar bienes y
ejercer, pro tempore, precisas funciones de las que corresponden a las Asambleas Departamental.
10. Regular, en concurrencia con el municipio, el deporte, la educación y la salud en los términos que determina
la Ley.
11. Solicitar informes sobre el ejercicio de sus funciones al Contralor General del Departamento, Secretario de
Gabinete, Jefes de Departamentos Administrativos y Directores de Institutos Descentralizados del orden
Departamental.
12. Cumplir las demás funciones que le asignen la Constitución y la Ley.
MODERNIZACIÓN DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
ARTICULO 286. Son entidades territoriales los departamentos, los
distritos, los municipios y los territorios indígenas.
La ley podrá darles el carácter de entidades territoriales a las regiones y
provincias que se constituyan en los términos de la Constitución y de la
ley.
ARTICULO 287. Las entidades territoriales gozan de autonomía para la
gestión de sus intereses, y dentro de los límites de la Constitución y
la ley. En tal virtud tendrán los siguientes derechos:
1. Gobernarse por autoridades propias.
2. Ejercer las competencias que les correspondan.
3. Administrar los recursos y establecer los tributos necesarios para el
cumplimiento de sus funciones.
4. Participar en las rentas nacionales.
MODERNIZACIÓN DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
ARTICULO 313. Corresponde a los concejos:
1. Reglamentar las funciones y la eficiente prestación de los servicios a cargo del
municipio.
2. Adoptar los correspondientes planes y programas de desarrollo económico y social y de
obras públicas.
3. Autorizar al alcalde para celebrar contratos y ejercer pro tempore precisas funciones de
las que corresponden al Concejo.
4. Votar de conformidad con la Constitución y la ley los tributos y los gastos locales.
5. Dictar las normas orgánicas del presupuesto y expedir anualmente el presupuesto de
rentas y gastos.
6. Determinar la estructura de la administración municipal y las funciones de sus
dependencias; las escalas de remuneración correspondientes a las distintas categorías de
empleos; crear, a iniciativa del alcalde, establecimientos públicos y empresas industriales o
comerciales y autorizar la constitución de sociedades de economía mixta.
7. Reglamentar los usos del suelo y, dentro de los límites que fije la ley, vigilar y controlar
las actividades relacionadas con la construcción y enajenación de inmuebles destinados a
vivienda.
8. Elegir Personero para el período que fije la ley y los demás funcionarios que ésta
determine.
9. Dictar las normas necesarias para el control, la preservación y defensa del patrimonio
ecológico y cultural del municipio.
MODERNIZACIÓN DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
LA AUTONOMIA TERRITORIAL IMPLICA UN EJERCICIO RESPONSABLE Y
GERENCIAL EN LO REGIONAL Y LOCAL
DEBE REPRODUCIR LOS PRINICIPIOS DE LO PUBLICO Y LAS POLITICAS
DE ESTADO EN MATERIA DE LA GESTION PUBLICA
POR QUÉ SE QUIERIDO LIMITAR LA AUTONOMIA REGIONAL?
 MALOS MANEJOS DE LOS RECURSOS (SGP Y REGALIAS)
 DEFI CIENTO CAPACIDAD PARA EL PLANEAMIENTO DE OBRAS E
INVERSIONES , SU CONTRATACION Y SU EJECUCIÓN
 PROBLEMAS EN LA PRESTACION DE LOS SERVICIOS PUBLICOS A
SU CARGO
ACASO LA SOLUCION NO ES REFORZAR SUS COMPETENCIAS EN LA
GESTION PÚBLICA Y EJERCER MEJORES CONCTROLES?
MODERNIZACIÓN DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
PRIVATIZACION VS ESTATIZACION
MODERNIZACIÓN DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
CUAL ES EL PRINICIPIO CONSTITUCIONAL
ARTICULO 365. Los servicios públicos son inherentes a la finalidad social del
Estado. Es deber del Estado asegurar su prestación eficiente a todos los
habitantes del territorio nacional.
Los servicios públicos estarán sometidos al régimen jurídico que fije la ley,
podrán ser prestados por el Estado, directa o indirectamente, por comunidades
organizadas, o por particulares. En todo caso, el Estado mantendrá la regulación,
el control y la vigilancia de dichos servicios. Si por razones de soberanía o de
interés social, el Estado, mediante ley aprobada por la mayoría de los miembros
de una y otra cámara, por iniciativa del Gobierno decide reservarse determinadas
actividades estratégicas o servicios públicos, deberá indemnizar previa y
plenamente a las personas que en virtud de dicha ley, queden privadas del
ejercicio de una actividad lícita.
ESTADO ACTUAL DE LA PRESTACION DE LOS
SERVICIOS DE ACUEDUCTO Y
ALCANTARILLADO EN AMERICA LATINA
MODERNIZACIÓN DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
CUALES SON PUNTOS IMPORTANTES DE ANALISIS?
HAY TAREAS QUE SOLO PUEDE DESARROLLAR EL ESTADO: SEGURIDAD
INTERNA Y EXTERIOR –
ES UN TEMA DE CAPACIDAD INSTITUCIONAL DEL ESTADO PARA
RESPONDER CON COBERTURA Y CALIDAD –
SE PUEDE ASIGNAR TAREAS DEL ESTADO A PARTICULARES, PERO CON
CONTROL Y VIGILANCIA – EJ: SERVICIOS PÚBLICOS DOMICILIARIOSCONTROL DE LOS MONOPOLIOS Y DE LA COMPETENCIA EN PROTECCION
DEL BIEN COMUN
TERCERIZAR NO ES PRIVATIZAR – PUEDE REDUNDAR EN EFICIENCIA Y
CALIDAD
CUAL ES EL LIMITE A LA TERCERIZACION O A LA PRIVATIZACIÓN DE
ACTIVIDADES QUE HISTÓRICAMENTE HAN ESTADO EN CABEZA DEL
ESTADO: SALUD, SERVICIOS PUBLICOS, EDUCACION?
MODERNIZACIÓN DE LA
ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
GRACIAS