HACIA LA UNIVERSALIZACION DEL DERECHO A LA SALUD Y
Download
Report
Transcript HACIA LA UNIVERSALIZACION DEL DERECHO A LA SALUD Y
COLEGIO MEDICO DEL PERU
Consejo Regional III - Lima
Mesa Redonda
HACIA LA UNIVERSALIZACION
DEL DERECHO A LA SALUD Y
A LA SEGURIDAD SOCIAL
Congreso de la República
Dr. Rafael Deustua Zegarra
Decano CRIII - Lima
27 de Octubre del 2008 –
LA SALUD ES UN DERECHO
Pero Que entendemos primero sobre
Universalización de la Seguridad Social
Un Derecho Humano
fundamental
A nivel Constitucional
Responsabilidad del
Estado en
Salud
Pensiones
Riesgos en el trabajo
Y Otros definidos por el
Acuerdo 102 de la OIT
Entonces el Aseguramiento en Salud es
Componente de la Seguridad Social
La Seguridad Social es
criterio amplio lo abarca
todo
El Aseguramiento en
Salud es algo parcial
ES UN REDUCCIONISMO. ES
SOLO UN INSTRUMENTO
El Sistema de la
Seguridad Social implica
Salud como verdadero
Derecho
“Cómo está el Aseguramiento en
Salud en el Perú”
La Ley del Aseguramiento Universal será una de
las reformas más importantes
“ Ello nos conducirá
para que el segundo
semestre podamos
enviar y aprobar la Ley
del Aseguramiento
Universal, como la
reforma más
importante de este
sector”
Pero Presidente Ejecutivo de Essalud
12 febrero 2007
DERECHO A LA SALUD Y A
LA SEGURIDAD SOCIAL
Dr. Rafael Deustua Zegarra
Decano CRIII - Lima
EVALUACIÓN DE LOS PROYECTOS DE LEY Y
DICTAMENES SOBRE SEGURIDAD SOCIAL
UNIVERSAL Y ASEGURAMIENTO UNIVERSAL
EN SALUD
LOS DOS DICTAMENES
Primer Dictamen 13 / 7 / 2007
HACIA LA SEGURIDAD SOCIAL
UNIVERSAL
Segundo Dictamen 15 / 9 / 2008
HACIA EL ASEGURAMIENTO UNIVERSAL
EN SALUD
Que tenemos
8 PROYECTOS DE LEY QUE
VERSAN:
6 SOBRE ASEGURAMIENTO
UNIVERSAL EN SALUD
1 SOBRE PAQUETE ESENCIAL
EN SALUD
1 SOBRE
UNIVERSALIZACIÓN DE LA
SEGURIDAD SOCIAL
El Dictamen Final
13 de Julio del 2007
DISPOSICIONES TRANSITORIAS Y
FINALES
PRIMERA
SE CREA UN ORGANISMO SUPERIOR DE
SEGURIDAD SOCIAL
OSSS
EL EJECUTIVO EN UN PLAZO DE 180 DÍAS REMITIRÁ AL CONGRESO
UN PROYECTO DE LEY PARA:
CONFORMACIÓN Y ESTABLECIMIENTO DEL ORGANISMO SUPERIOR
DE SEGURIDAD SOCIAL Y LOS RECURSOS PRESUPUESTARIOS
Ó SISTEMA NACIONAL DE SALUD Y SEGURIDAD SOCIAL
– EFECTO VINCULANTE -
SEGUNDA
SE CREA LA SUPERINTENDENCIA
DE SALUD, PENSIONES Y RIESGOS DE
TRABAJO
A LOS 365 DÍAS LAS INTENDENCIA DE PENSIONES
ADSCRITA A LA SBS Y AFP, Y LA SUPERINTENDENCIA DE
EPS, SE DEBEN TRANSFORMAR EN:
SUPERINTENDENCIA DE SALUD, PENSIONES Y RIESGOS
DE TRABAJO
OCI ó CONTRALOR EN SALUD
TERCERA
SE CRÉA LA TESORERÍA DEL
SISTEMA UNIVERSAL DE SEGURIDAD
SOCIAL
EN 540 DÍAS EL PODER EJECUTIVO A TRAVÉS DEL
OSSS PONDRÁ EN FUNCIONAMIENTO LA
TESORERÍA DEL SISTEMA UNIVERSAL DE
SEGURIDAD SOCIAL
CON APOYO DE LA SUNAT Y MEF PARA
TRANSFERENCIA INICIAL DE RECURSOS
UN TESORERO MANEJA 2 FONDOS SEPARADOS:
ESSALUD/SIS
CUARTA
SE REORGANIZAN
TODOS LOS
EFECTORES
DE INICIO SE DECLARAN EN REORGANIZACIÓN LA
SBS, AFP, ESSALUD, SEGURO INTEGRAL DE SALUDSIS Y OTRAS,
TODO SE ADECUA A LA LOGICA DE UN SISTEMA DE SALUD Y SEGURIDAD
SOCIAL INTEGRADO, SOLIDARIO, UNIVERSAL
EL S.N.C.D.S. SE MANTIENE (?)
QUINTA Y SEXTA
SE CREA UN RÉGIMEN SOLIDARIO Ó
NO CONTRIBUTIVO DE PENSIONES
COMPLEMENTARIO A UN SISTEMA UNIVERSAL
DE PENSIONES
GRADUALMENTE MAXIMO EN 5 AÑOS SE DARÁ
PENSIÓN NO CONTRIBUTIVA A LOS ANCIANOS
MAYORES DE 70 AÑOS EN ESTADO DE INDIGENCIA
SE UNIFICARAN SISTEMAS DE PENSIONES PUBLICO Y PRIVADO,
QUE INCLUIRA UN REGIMEN SOLIDARIO Y UNIVERSAL
SÉPTIMA
SE ESTABLECE UN APORTE GRADUAL
DEL 2 % DE LAS REMUNERACIONES
PARA FINANCIAR
EL RÉGIMEN NO CONTRIBUTIVO DE PENSIONES
SE ESTABLECE GRADUALMENTE INCREMENTOS EN
VEINTE (20) POR CIENTO CADA AÑO HASTA COMPLETAR LA
COTIZACIÓN DEL DOS (2) POR CIENTO SOBRE EL SALARIO,
EN UN PERIOSO DE CINCO (5) AÑOS CONTADOS A PARTIR
DE LA PROMULGACIÓN DE LA PRESENTE LEY
OCTAVA
SE CREA UN SISTEMA UNIVERSAL
DE PENSIONES
Y UN SISTEMA SOLIDARIO
COMPLEMENTARIO O NO CONTRIBUTIVO
A LOS 90 DÍAS EL EJECUTIVO ENVIARÁ AL
CONGRESO UN PROYECTO DE LEY PARA
IMPLEMENTAR EL COMPONENTE SOLIDARIO Y
COMPLEMENTARIO AL SISTEMA UNIVERSAL DE
PENSIONES, CON LAS MODIFICACIONES A LAS LEYES
ONP, SISTEMA NACIONAL DE PENSIONES Y AFP.
NOVENA
LA ONP QUE MANEJARÁ LOS REGIMENES
PENSIONARIOS UNIVERSAL Y
COMPLEMETARIO SERÁ ENTE AUTÓNOMO
ADSCRITO AL OSSS
ANTES DE LOS 365 DÍAS DE PROMULGADA
LA LEY, EL EJECUTIVO PROPORCIONA A LA
ONP LOS RECURSOS NECESARIOS PARA
GARANTIZAR SU AUTONOMÍA COMO
ENTIDAD ADSCRITA A LA OSSS.
DECIMA
SE CREA EL SISTEMA UNIVERSAL DE SALUD Y SE LE
TRANSFERIRÁ LOS ACTUALES RECURSOS QUE
FINANCIAN LA RED DE SERVICIOS DEL MINISTERIO DE
SALUD (Recursos Ordinarios) A SU RÉGIMEN NO
CONTRIBUTIVO (S.I.S.)
EN UN PLAZO NO MAYOR DE CINCO (5) AÑOS EL PODER
EJECUTIVO TRANFIERE GRADUALMENTE AL RÉGIMEN NO
CONTRIBUTIVO DEL SISTEMA UNIVERSAL DE SALUD LOS
RECURSOS DESTINADOS ACTUALMENTE A FINANCIAR LA RED DE
SERVICIOS DEL MINISTERIO DE SALUD.
UN NUEVO SISTEMA UNIVERSAL DE SALUD es muy SUPERIOR a plantear
solamente ASEGURAMIENTO UNIVERSAL EN SALUD
DECIMA PRIMERA
ESTA TRANSFERENCIA Y OTRAS PARA FINANCIAR EL
FONDO DEL RÉGIMEN NO CONTRIBUTIVO (SIS) DEL
SISTEMA UNIVERSAL DE SALUD SERÁ GRADUAL Y
DEBERÁ ASEGURAR EL CONJUNTO DE PRESTACIONES
INTEGRALES GARANTIZADAS EN SALUD
EN UN PLAZO NO MAYOR DE CINCO (AÑOS), CON FRACCIONES ANUALES DE
INCREMENTO NO INFERIORES AL VEINTE (20) POR CIENTO POR CADA AÑO
TRANSCURRIDO HASTA COMPLETAR EL CIEN (100) POR CIEN.
ES CONSIDERADO PARTE DE TALES INGRESOS, LA TRANSFERENCIA DE LOS
ACTUALES RECURSOS DESTINADOS A FINANCIAR LA RED DE SERVICIOS DEL
MINISTERIO DE SALUD CONTEMPLADA EN LA PRESENTE LEY.
ATENCIONES INTEGRALES DE SALUD Y NO PLANES 0 PAQUETES MINIMOS, BASICOS O COMO SE LES LLAME
(PEAS de cualquier pelaje) QUE SE ALEJA DE LA ATENCION INTEGRAL, PROMETIENDO PLANES
COMPLEMENTARIOS QUE ES VOLVER A LA INEQUIDAD
SELECCIÓN ADVERSA / RIESGO MORAL / SOBRECONSUMO / DISCRIMINACION / COBERTURA INFINITA
DECIMA SEGUNDA
EN UN PLAZO MAXIMO DE CINCO (5) AÑOS EL
MINISTERIO DE SALUD TRANSFIERE A LOS
GOBIERNOS REGIONALES Y MUNICIPALES
SEGÚN CORRESPONDA, LA RED DE
PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE SALUD
HASTA TANTO NO SE COMPLETE DICHA TRANSFERENCIA,
LOS SERVICIOS DE SALUD PRESTADOS DIRECTAMENTE
POR EL MINSA SE FINANCIAN A TRAVÉS DE LOS FONDOS
DESTINADOS AL RÉGIMEN NO CONTRIBUTIVO DE SALUD.
MUNICIPALIZACION POR AHORA NO RECOMENDABLE
SE REQUIERE MUNICIPIO ACREDITADO
DECIMO TERCERA
ESSALUD TRANSFIERE A LA ONP LA
TOTALIDAD DE LOS
PASIVOS PENSIONARIOS
EN UN PLAZO NO MAYOR DE DOS (2) AÑOS, ESSALUD TRANSFIERE A LA ONP LA TOTALIDAD
DE LOS PASIVOS PENSIONARIOS DERIVADOS DE LA APLICACIÓN DE LAS LEYES RELATIVAS A
PENSIONES, QUE SE FINANCIAN CON PRESUPUESTO DE LA CAJA FISCAL.
* 19990 ONP
CRISIS FINANCIERA MUNDIAL
* 20530 MEF
ARGENTINA ESTATIZA SUS FONDOS PENSIONARIOS
Y PERU ?
DECIMO CUARTA
SISTEMA DE
RIESGOS DEL TRABAJO
EN UN PLAZO MAXIMO DE 90 DÍAS EL EJECUTIVO REMITE AL
CONGRESO EL PROYECTO DE LEY PARA IMPLEMENTAR EL
SISTEMA DE RIESGOS DEL TRABAJO
RECORDAR EXCELENTE LEY SOBRE RIESGOS DE TRABAJO 1971
DECRETO LEY 18846 ANULADO POR FUJIMORI
DECIMA QUINTA
EN 365 DÍAS EL MINSA TRANSFIERE A ESSALUD EL
PATRIMONIO Y RECURSOS HUMANOS PARA EL
FUNCIONAMIENTO DEL RÉGIMEN NO
CONTRIBUTIVO DEL SISTEMA UNIVERSAL DE
SALUD
MINSA FORTALECE AL S.I.S.,
QUE A SU VEZ SE ADSCRIBIRA A ESSALUD
DECIMO SEXTA
EN 180 DIAS LA DENOMINACION
ENTIDAD PRESTADORA DE SALUD
POR ENTIDAD PROMOTORA DE SALUD Y SE REORGANIZA
PARA ADECUARSE A LA PRESENTE LEY
LA REORGANIZACION ALCANZA AL SECTOR PRIVADO
PARA ADECUARSE A LA LEY
DECIMO SEPTIMA
EN 180 DIAS AFILIADOS A ENTIDADES PRESTADORAS DE
SALUD PODRAN ELEGIR A TITULO INDIVIDUAL OTRAS
E.P.S.
PRINCIPIO DE LIBRE ELECCION
DECIMO OCTAVA
MODIFICASE ARTICULOS DE LA LEY 26790
LEY DE MODERNIZACION DE LA SEGURIDAD SOCIAL
Por ejemplo Art. 9 PRESTACIONES. Las prestaciones
estarán en función del tipo de afiliación.
ES DECIR HABRA DISCRIMINACION SEGÚN EL TIPO DE
AFILIACION, LO QUE NO ES CORRECTO
ENTONCES
Es urgente iniciar un autentico proceso de
Reforma del Sector Salud, la Seguridad Social y
las políticas sociales
Lucha contra la pobreza, contra los factores de
riesgo de la enfermedad,
ADEMAS
Una Reforma del Estado es fundamental
Promover este Dictamen que se acerca a un
Sistema Integrado de Salud, donde el Sistema
Unico de Salud (SUS) será el objetivo final
Nos acercamos a la Restitución de la Unicidad de
la Seguridad Social Universal
Abocarnos al Aseguramiento universal en Salud
es perder la gran oportunidad de hacer una
verdadera reforma en el sector salud.