Valor Referencial
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DETERMINACIÓN
DEL VALOR
REFERENCIAL
Diplomado especializado en
Contrataciones Públicas –
CEFIC
Enero 2012
Objetivo de la Ley
o
o
Maximizar el valor del dinero del
contribuyente en las contrataciones que
realicen las Entidades del Estado, uso
eficiente y transparente de recursos
públicos.
Permitir que las entidades contraten en
forma oportuna, de la calidad requerida y a
precio razonable.
ACTOS PREPARATORIOS
Plan Anual de Contrataciones (PAC)
Documento de gestión que contiene las
contrataciones previstas para el corto plazo (año
fiscal).
Busca el cumplimiento de las metas y objetivos
previstos en el PIA, POI y PEI.
Elaboración del PAC
Segundo Momento (15 días hábiles después)
Aprobación de
PIA
Consolidación de
cuadro de
necesidades
Primer
Momento
Usuarios definen
requerimientos
Aprobación
Difundir:
Dentro de los 5
días hábiles de
aprobado
Plan
Anual
SEACE
LOCAL Y WEB
DE LA
ENTIDAD
EXPEDIENTE DE
CONTRATACIÓN
EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
Sentido amplio: conjunto de actuaciones
referidas a la contratación, desde la decisión
de adquirir o contratar hasta la culminación
del contrato.
• Sentido estricto: expediente que reúne la información
necesaria para la contratación de un objeto determinado
(RTM, VR, etc), el que una vez aprobado es remitido al CE
para el inicio de sus labores (fase inicial)
EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
¿Cuándo se inicia?
Se inicia con el requerimiento del área usuaria.
Concluye con la conformidad de recepción de la
última prestación, o con la liquidación, en caso de
obras, y con el pago.
NECESIDAD
• Área usuaria / requerimiento
• OEC.
EXPEDIENTE DE CONTRATACIÓN
¿Cuál es su Finalidad?
Contar con la información técnica, económica y
selectiva que permita a la Entidad obtener una oferta
idónea, con la calidad requerida o mejorada y a costo o
precio adecuado.
¿Cuál es el grado de discrecionalidad del área usuaria,
OEC, inclusive del órgano especializado para la
determinación de las características técnicas?
Finalidad
Pública
REQUERIMIENTO DEL ÁREA
USUARIA
Debe contener como mínimo:
Descripción del objeto de contratación
Finalidad Pública, N° PAC, Fecha prevista Convocat.
Especificaciones técnicas / Términos de referencia
Descripción del bien o servicio
Características, cantidad, calidad, parámetros de funcionamiento,
plazo máximo de entrega o de ejecución servicio, lugar de
entrega o ejecución, requisitos mínimos de la p.n. o p.j. que
ejecutará el servicio, condiciones, garantía y servicio post
venta, cuadro de distribución (suministros), unidad que
otorgará conformidad, cláusula de reajuste, u otras
condiciones adicionales
REQUERIMIENTO DEL ÁREA
USUARIA
La descripción de los bienes o servicios no podrán
hacer referencia a marcas o nombres comerciales,
patentes, diseños o tipos particulares, fabricante o tipo
de producto específico.
Solo será posible solicitar una marca o tipo de
producto cuando responde a un proceso de
estandarización, debidamente sustentado y aprobado
previamente por Titular de la Entidad.
LINEAMIENTOS PARA STANDARIZAR
UNA CONTRATACIÓN – Directiva N°
010-2009-OSCE/CD.
Los presupuestos que deben verificarse son:
a) Equipamiento
o
infraestructura
preexistente
(maquinarias, equipos, vehículos, otros tipos de bienes o
servicios especializados).
b) Los bienes o servicios que se requieran contratar sean
accesorios o complementarios a dicho equipamiento.
c) Los bb. o ss. sean IMPRESCINDIBLES, para garantizar
la funcionalidad, operatividad o valor económico del
equipamiento o infraestructura preexistente.
CONTENIDO DEL EXPEDIENTE DE
CONTRATACIÓN (I)
Requerimiento y/o Solicitud del área usuaria,
características técnicas mínimas, cantidad, período
de contratación, lugar de entrega, plazo, forma de
pago, etc.
- Especificaciones técnicas (bienes).
- Términos de referencia (servicios).
- Expediente técnico (obras).
CONTENIDO DEL EXPEDIENTE DE
CONTRATACIÓN (II)
Estudio de las posibilidades que ofrece el
mercado para:
- Determinar valor referencial
- Pluralidad de marcas y postores
- Ajuste a características
- Propuesta de factores
- Distribución de la buen pro.
CONTENIDO DEL EXPEDIENTE DE
CONTRATACIÓN (III)
Sistema de contratación
Modalidad de Selección
Modalidad de ejecución contractual
Disponibilidad Presupuestal
Tipo de proceso
Resumen ejecutivo
SISTEMAS DE CONTRATACIÓN (Art. 40° y
ss. Del Reglamento)
Suma Alzada:
Cantidades, magnitudes y
calidades de prestación
están totalmente definidas
en las CT. Propuesta será
por monto fijo integral y
por determinado plazo ejec.
Precios Unitarios,
tarifas o porcentajes:
Por naturaleza de prestación no
sea posible definir con presición
cantidades requeridas.
Propuesta será por precios
unitarios, tarifas o porcentajes.
Esquema Mixto de Suma
Alzada y Precios Unitarios
CONTENIDO DEL EXPEDIENTE DE
CONTRATACIÓN (IV)
En obras y actividades derivadas de proyectos
de inversión :
–
–
–
Declaración de viabilidad del SNIP
Expediente Técnico
Disponibilidad del terreno
1. REQUERIMIENTOS TÉCNICOS
MÍNIMOS
Comprende:
– Características técnicas
(la propia entidad las establece)
– Normas Reglamentarias:
Reglamentos técnicos (DISCAMEC)
Normas Metrológicas (INDECOPI)
Normas Sanitarias (Salud)
Reglamentos sectoriales
– Otros requisitos:
Normas técnicas nacionales e internacionales (tienen
por objeto prever la calidad de procesos de
producción, etc).
Requerimientos Técnicos Mínimos
Deben ser congruentes, proporcionales
razonables en función al mercado.
y
Deben incidir sobre los objetivos, funciones y
operatividad de los bienes, servicios u obras.
Deben cumplir con las normas nacionales
aprobadas por autoridades competentes.
Estudio de Posibilidades que ofrece el
mercado
Estudio de Posibilidades que
Ofrece el Mercado
Basándose en las características técnicas definidas
por el área usuaria, el OEC debe evaluar las
posibilidades el mercado para determinar:
–El
valor referencial
–La existencia de pluralidad de marcas y postores
–La posibilidad de distribuir la buena pro
–Información que pueda servir para establecer factores de
evaluación
–La pertinencia de realizar ajustes a las características y/o
condiciones de lo que se va a contratar, entre otros
aspectos
Valor Referencial
Las cotizaciones que se efectúan en el estudio de las
posibilidades que ofrece el mercado, requieren como
condición básica:
–
–
Que exista un mercado competitivo.
Que el proveedor que hace la cotización NO conozca que ésta
servirá para estimar un VR.
En muchos casos, es difícil que se cumplan estas
características. Por ello se generan distorsiones en la
estimación del VR.
Valor Referencial
¿QUÉ DEBE INCLUIR ?
• El costo del Bien o Servicio, además de su
margen de comercialización o utilidad.
• Tributos, Seguros, Costos de Transporte al
punto de entrega, Inspecciones, Pruebas
solicitadas, Costos Laborales y cualquier
otro concepto.
• En casos de servicios de Intermediación
Laboral, el VR debe calcularse respetando
todas las normas laborales.
VALOR REFERENCIAL
¿Qué información debe
contener una cotización?
1. Nombre de la empresa, datos comerciales (RUC,
dirección, teléfono, correo electrónico, etc.)
2. Porcentaje de descuento, si lo aplica el proveedor.
3. Precisar si cuenta con RNP vigente, y no está sancionado
o suspendido.
4. Informar si es minorista, mayorista, productor, fabricante
o distribuidor.
5. Marca del producto que ofrecerá y si cumple con CT.
6. Plazo de entrega, lugar (solo Lima o tb Provincias)
Fuentes de información para
el EPOM
1. PRESUPUESTOS Y COTIZACIONES
2. INFORMACIÓN INTERNET (SEACE, CATÁLOGOS)
3. PRECIOS HISTÓRICOS
4. ESTRUCTURA DE COSTOS
5. Otras condiciones del mercado (no son fuentes), que
pueden ser utilizadas como criterios adicionales,
incidiendo en el valor referencial: alternativas existentes
según nivel de comercialización, descuentos por
volúmenes, mejoras en las condiciones de venta,
garantías o beneficios adicionales, vigencia tecnológica.
Fuentes de información para
el EPOM
1. PRESUPUESTOS Y COTIZACIONES: Deberán
provenir de personas naturales o jurídicas que se
dediquen a actividades materia de convocatoria.
2. SEACE: Contrataciones idénticas o similares que
realizaron otras entidades públicas.
3. PRECIOS HISTÓRICOS: Última contratación idéntica o
similar que realizó la entidad convocante, debe
actualizarse (IPC – INEI).
4. ESTRUCTURA DE COSTOS: Profesional idóneo (de la
Entidad o tercero) que conozca el mercado y los costos
Métodos para determinar el
Valor Referencial
1. MENOR PRECIO
2. PRECIO PROMEDIO
3. MAYOR PRECIO
4. POR CUALQUIERA DE LOS MÉTODOS ANTERIORES
ELIMINANDO LOS MONTOS QUE DISTORSIONEN
EXCESIVAMENTE EL VALOR REFERENCIAL.
5. POR UN PORCENTAJE DEL MENOR COSTO.
6. MODA ESTADÍSTICA
Valor Referencial
CARACTERISTICAS ESPECIALES
• El VR es de carácter PÚBLICO.
• Puede ser declarado de carácter RESERVADO cuando la
naturaleza de la contratación lo haga necesario, cuando se
trate de bienes, servicios u obras que revisten
complejidad o cuando conlleven innovaciones
tecnológicas (justificación debida).
• El VR siempre será informado al SEACE
Valor Referencial
Antigüedad del VR:
– Obras: 06 meses contados desde la fecha de
determinación del presupuesto base
– Bienes y Servicios: 03 meses contados a partir
de la aprobación del Expediente de
Contratación.
En caso se requiera un período mayor a los
consignados, el OEC indicará el período de
actualización del mismo
Valor Referencial
Límites del VR:
Para Bienes y Servicios, las propuestas que
excedan VR serán devueltas, sin límite mínimo
Obras: No deben exceder el 10% del VR, ni
menor 90%
Consultoría: No menor del 90%
Valor Referencial
Errores Frecuentes
– Valor
referencial en base a estudio
desactualizado.
– Si el valor referencial está en moneda
extranjera, no se indica el tipo de cambio que
debe emplearse para efectuar el pago.
– Para su determinación no se toma en cuenta
los precios históricos (contratos).
– Para suministros de combustible, alimentos,
entre otros, no se indica el procedimiento a
seguir para el reajuste.
Valor Referencial
Errores Frecuentes:
–
Los proveedores tienden a enviar
cotizaciones con precios más altos que los
que correspondería ofrecer en un
mercado competitivo.
–
El objetivo de los agentes del mercado:
que la entidad fije un VR más alto y salga
a concurso con un valor que los beneficia.
ÓRGANO RESPONSABLE DE DETERMINAR
EL VALOR REFERENCIAL
El OEC debe determinar el valor
referencial.
El OEC puede solicitar apoyo que
requiera del Área Usuaria, este
último estará obligado a darlo bajo
responsabilidad.
Valor Referencial para OBRAS
Será el que corresponda al monto del
presupuesto de obra establecido en el
expediente técnico, que detalla:
Partidas y subpartidas, análisis de precios unitarios
por cada partida y subpartida, insumos requeridos,
gastos generales variables y fijos, utilidad, debe
estar suscrito por el consultor (es) y/o servidores
públicos que participaron en su elaboración o
aprobación.
Responsabilidad administrativa
Literal f) del artículo 6°, b) del art. 15°, y
numeral 6) “Cuadro de Infracciones”
Anexo Único del D.S. 023-2011-PCMReglamento de infracciones y sanciones
para la responsabilidad administrativa
funcional derivada de los informes
emitidos por los órganos del Sistema
Nacional
de
Control
(CGR/OCI/Sociedades Auditoras).
Responsabilidad administrativa
Se incurre en responsabilidad administrativa
funcional por:
Incumplir las disposiciones que regulan la
determinación del valor referencial, dando lugar a
precios notoriamente superiores o inferiores a los de
mercado, sea en beneficio propio o de terceros,
generando perjuicio económico para el Estado o
grave afectación al servicio público. Se tipifica como
FALTA MUY GRAVE.