RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS EN LA CONTRATACIÓN ESTATAL ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA INDUCCION A LA CONTRATACION ESTATAL Bogotá, D.C., Julio de 2007 IDAYRIS YOLIMA CARRILLO.
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Transcript RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS EN LA CONTRATACIÓN ESTATAL ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA INDUCCION A LA CONTRATACION ESTATAL Bogotá, D.C., Julio de 2007 IDAYRIS YOLIMA CARRILLO.
RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
EN LA CONTRATACIÓN ESTATAL
ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA
INDUCCION A LA CONTRATACION ESTATAL
Bogotá, D.C., Julio de 2007
IDAYRIS YOLIMA CARRILLO PÉREZ
RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
EN LA CONTRATACIÓN ESTATAL
Qué son los conflictos contractuales?
En cuál(es) etapas pueden surgir?
Cómo se enfrentan?
Están reglamentados estos aspectos?
RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
EN LA CONTRATACIÓN ESTATAL
Resolución:
Acción y efecto de resolver (se).Solución
a un problema, duda o dificultad. 2.
Tomar una resolución, decidir.
Conflicto:
Choque, combate, lucha, pugna.
*Diccionario Enciclopédico Larousse, 2001.
RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
EN LA CONTRATACIÓN ESTATAL
Los conflictos contractuales son las
diferencias, el choque, la pugna entre las
partes de un contrato estatal, con ocasión
de la ejecución del mismo. Pueden surgir
desde la etapa precontractual hasta la
postcontractual. Se resuelven con las
estipulaciones contractuales y las reglas
del estatuto contractual (Ley 80/93), y
concordantes.
RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
EN LA CONTRATACIÓN ESTATAL
Los conflictos contractuales son las
diferencias, el choque, la pugna entre las
partes de un contrato estatal, con ocasión
del mismo. Pueden surgir desde la etapa
precontractual hasta la postcontractual.
Se resuelven con las estipulaciones
contractuales y las reglas del estatuto
contractual (Ley 80/93), y concordantes.
RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
EN LA CONTRATACIÓN ESTATAL
MECANISMOS Y FORMAS DE SOLUCIÓN
DIRECTOS
MEDIADOS
Arreglo Directo
Transacción
Amigable Composición
Conciliación (Prejudicial-Judicial)
COACTIVOS
Sentencia Judicial
Laudo Arbitral
*Clasificación basada en la teoría de BENJAMÍN HERRERA BARBOSA.
Contratos Estatales. Ed. Jurídicas Gustavo Ibáñez, Bogotá, 2005.
RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
EN LA CONTRATACIÓN ESTATAL
MECANISMOS DIRECTOS
Arreglo Directo: Resolución del conflicto contractual por
las partes.
Fuente Normativa: Ley 80/93 (4.9, 25.14, 27.2,
68,69)
Efectos: Actas de acuerdo que es ley para las partes.
Puede implicar la expedición, modificación,
revocatoria de actos por parte de la entidad estatal.
RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
EN LA CONTRATACIÓN ESTATAL
MECANISMOS DIRECTOS
Transacción: Contrato en el que las partes acuerdan
corregir problemas de incertidumbre en la relación
contractual y establecen compromisos para
mantenerla sin conflictos. Para ello, se podrán hacer
concesiones dentro del marco legal.
Fuente Normativa: Ley 80/93 artículo 68.
Efectos: Ley para las partes.
RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
EN LA CONTRATACIÓN ESTATAL
MECANISMOS MEDIADOS
Amigable Composición:“La amigable composición es un
mecanismo de solución de conflictos, por medio del cual
dos o más particulares delegan en un tercero, denominado
amigable componedor, la facultad de precisar, con fuerza
vinculante para ellas, el estado, las partes y la forma de
cumplimiento de un negocio jurídico particular. El amigable
componedor podrá ser singular o plural” (Art. 130-Ley
446 de 1998).
Fuente Normativa: Art. 4º.9. Ley 80/93, Arts. 130 y ss.
Ley 446/98.
Efectos: Ley para las partes. Fuerza vinculante. .No se
homologa por el Estado.
RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
EN LA CONTRATACIÓN ESTATAL
MECANISMOS MEDIADOS
Conciliación. “La conciliación es un mecanismo de resolución de
conflictos a través del cual, dos o más personas gestionan por sí
mismas la solución de sus diferencias, con la ayuda de un tercero
neutral y calificado, denominado conciliador”. (Art. 1º. Decr. 1818 de
1998 y art. 64 Ley 446 de 1998)
Conciliación Prejudicial o extrajudicial (antes/por fuera).
Se realiza ante entidades y autoridades habilitadas para prestar ese
servicio: Centros de Conciliación, Procuraduría General de la
Nación.(Cuando se agota la vía gubernativa, o esta no procede)
Conciliación Judicial
Se realiza dentro de un proceso, en los términos y oportunidad
predeterminados, o en cualquier etapa. (Relación con mecanismo coactivo)
RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
EN LA CONTRATACIÓN ESTATAL
Conciliación Prejudicial ante P.J. de Derecho privado
Centros de Conciliación.
(Asociaciones, agremiaciones, fundaciones,
Cámaras de Comercio.)
Fuente Normativa: (Art. 66 Ley 23 de 1991)
Efectos: Suple la conciliación procesal (Art. 75 Ley 23 de 1991).
Voluntariedad para asistir y acogerse, pero obligatoriedad para cumplir
el acuerdo.
Inasistencia… Indicio grave en su contra, en posterior proceso.
RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
EN LA CONTRATACIÓN ESTATAL
Conciliación Prejudicial ante P.N. con funciones
públicas
“La conciliación prevista en materias laboral, de familia, civil,
contencioso administrativa, comercial, agraria y policiva podrá
surtirse válidamente ante un Centro de Conciliación autorizado o
ante el funcionario público que conoce del asunto en cuestión,
cuando éste no sea parte. ….." (Art. 77 ley 446/98)
….Más cercano a Códigos de Buen Gobierno, o de Conducta
organizacional.
RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
EN LA CONTRATACIÓN ESTATAL
Conciliación Prejudicial ante P.J. de Derecho público
Procuraduría General de la Nación (Delegados).
Fuente Normativa: (Art. 59 y ss Ley 23 de 1991, Art. 80-81 ley
446/98, Decreto 173 de 1993)
Efectos: Dirime el conflicto. “Blindaje” para eventual investigación.
Requiere aprobación de juez administrativo.
(Estudio detallado del decreto 173 de 1993)
RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
EN LA CONTRATACIÓN ESTATAL
Conciliación Judicial: Arreglo que se produce dentro de
un proceso judicial (administrativo).
Fuente Normativa: Ley 80, art.75.PAR., Art.101 LEY
446/98.
Efectos: Fuerza vinculante. Si es total, pone fin al
litigio.
RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
EN LA CONTRATACIÓN ESTATAL
MECANISMOS COACTIVOS
Arbitramento: El compromiso es un negocio jurídico, por medio del cual
las partes involucradas en un conflicto presente y determinado, convienen
resolverlo a través de un tribunal arbitral. El compromiso podrá estar contenido
en cualquier documento como telegramas, télex, fax u otro medio semejante.
El documento en donde conste el compromiso deberá contener:
a) El nombre y domicilio de las partes;
b) La indicación de las diferencias y conflictos que se someterán al arbitraje;
c) La indicación del proceso en curso cuando a ello hubiere lugar. En este caso las
partes podrán ampliar o restringir las pretensiones aducidas en aquél." (Art. 117
ley 446/98)
Fuente Normativa: Art. 115 y ss Ley 446/98.
Efectos: Fallo con fuerza vinculante. Presta mérito ejecutivo.
Clases:
En Derecho, Técnico, en equidad.+ Internacional.
RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
EN LA CONTRATACIÓN ESTATAL
MECANISMOS COACTIVOS
Sentencia Judicial: Fallos en derecho proferidos por los jueces
contencioso-administrativos, desatando litigios originados en
acciones como las siguientes:
Reparación Directa
Nulidad
Nulidad y Restablecimiento del Derecho
Por hechos u omisiones en las diferentes etapas contractuales.
RESOLUCIÓN DE CONFLICTOS
EN LA CONTRATACIÓN ESTATAL
BIBLIOGRAFÍA
HERRERA Benjamín. Contratos Públicos. Ediciones Jurídicas Ibáñez.
Bogotá, 2005.
VEGA DE HERRERA, Mariela y ORDÓÑEZ, Alejandro. Contratación
Estatal. Editorial Temis. Bogotá, 1999.
LEY 23 DE 1991
LEY 80 DE 1993
DECRETO 173 DE 1993
LEY 446 DE 1998
DECRETO 1818 DE 1998
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EN LA CONTRATACIÓN ESTATAL
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