Derecho Constitucional.

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UNIDAD II
DERECHO PÚBLICO Y SUS RAMAS
“Derecho Constitucional”
Lic. Daicy Janeth Cortes Juárez
PRESENTACIÓN
El Derecho Constitucional es una rama del derecho público, integra las normas jurídicas
contempladas en la constitución política. Establece la forma de gobierno que asume el Estado, la
creación, la organización y las facultades de los diferentes órganos que lo integran y los modos en
que se garantiza a los gobernados sus derechos fundamentales como lo son las garantías
individuales organizadas en la primera parte de la constitución. Comprende además, el estudio de
normas que se refieren a la ciudadanía y a la nacionalidad.
PRESENTACIÓN
La constitución
Se divide en
Parte dogmática
Parte orgánica
PRESENTACIÓN
Se define como el conjunto de normas dispuestas sistemáticamente con el propósito de organizar al
estado mexicano. Las principales características de la constitución son: supremacía constitucional (no
existe alguna ley superior a ella); general, escrita, reformable y permanente.
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, está integrada por 136 artículos, dividida en
dos partes: dogmática y orgánica.
PARTE DOGMÁTICA
La parte dogmática de la constitución también se le denomina de garantías individuales o derechos
humanos. Quedaron plasmadas en el Capítulo I de la Constitución y protegen la integridad de los
sujetos.
Se clasifican en garantías de igualdad, libertad, seguridad jurídica y de propiedad.
GARANTÍAS INDIVIDUALES
Artículos 1 al 29
Garantías Individuales
Artículos 30 y 34
Garantías políticas: nacionalidad y ciudadanía
Artículos 3°, 27 y 123
Garantías sociales
Educación, agrario y laboral
GARANTÍAS INDIVIDUALES
Nota: utiliza la Constitución Política para llevar la secuencia de los artículos
Garantía de igualdad: artículos 1º, 2°, 4°, 12 y 13
GARANTÍAS INDIVIDUALES
Garantía de libertad: artículos 4°, 5°, 6°, 7°, 8°, 9°, 10, 11, 16, 24 y 28.
GARANTÍAS INDIVIDUALES
Garantía de seguridad jurídica: artículos del 14
al 23.
Garantía de propiedad: artículos 27 y segundo
párrafo del artículo 14 constitucional
JUICIO DE AMPARO
El juicio de amparo, es un recurso por el cual los individuos se protegen ante cualquier violación de sus derechos
que generen las autoridades judiciales.
Para conocer más consultar :
www.scjn.gob.mx/NR/exeres/D27DE8OF-OEF7-4606-A6C2-B20E526459E8,frameless.htm
PARTE ORGÁNICA
La parte orgánica, define la organización del Estado Mexicano. El artículo 40 afirma que el estado
mexicano está organizado mediante una forma republicana, democrática, representativa y federal,
compuesta de estados libres y el pueblo ejercerá soberanía sobre los poderes de la unión. La
organización del estado y sus ámbitos de competencia quedará comprendida de los artículos 40 al
134.
EL ESTADO
Es una sociedad humana, establecida en un territorio que le corresponde, regida por un orden jurídico, el
cual es aplicado por un poder político al que denominamos gobierno.
Elementos:
Población: Es el conjunto de individuos asentados en su territorio, cuya conducta se encuentra
regulada por el orden jurídico, quiénes asumen el carácter de gobernados
Territorio: Queda establecido en el artículo 42. Comprende el espacio físico y aéreo.
Orden jurídico: Es el elemento que da coherencia y vinculación al Estado a través de la
normatividad
Gobierno: Conjunto de órganos e instituciones que desempeñan el poder del Estado a través de
diferentes funciones que se traducen en actividades imperativas
FORMA DE GOBIERNO
MONARQUÍA: forma de gobierno representada por una sola persona, denominado rey o monarca,
representa una dinastía. Su permanencia en el poder es vitalicia; en la actualidad las monarquías existentes
ya no son absolutas y ahora delegan su autoridad a diversos poderes.
PRESIDENCIALISMO Y PARLAMENTARISMO: en el primero la figura principal es el Presidente, es decir el
jefe del Estado o de gobierno; en México durante casi todo el siglo XX, el presidencialismo ocasionó la crisis
de gobernabilidad por la pérdida de legitimidad del presidente de la república. En El parlamentarismo las
decisiones son tomadas en su generalidad por el parlamento, con el control mutuo con el gobierno.
DEMOCRACIA: definido por Lincoln como “el gobierno del pueblo, por el pueblo y para el pueblo” En el
artículo 40 constitucional ha sido definida la forma de gobierno democrática.
DIVISIÓN DE PODERES
Niveles de Gobierno
FEDERAL
ESTATAL
Art. 116
MUNICIPAL
Art. 115
EJECUTIVO
Presidente de los Estados
Unidos Mexicanos
Art. 80 - 93
Gobernador del estado
Presidente municipal
LEGISLATIVO
H. Congreso de la Unión
(Cámara de diputados y
senadores)
Art. 50 - 80
H. Congreso del Estado
Regidores
JUDICIAL
Suprema Corte de Justicia
de la Nación,
Tribunal electoral,
Tribunales colegiados y
unitarios de circuito,
juzgados de distrito y
jurado federal de
ciudadanos
Art. 94 – 107
Tribunal superior de
Justicia, Jueces del fuero
común, Junta local de
conciliación y arbitraje,
tribunales de lo
contenciosoadministrativo, tribunales
electorales y
Sindico procurador
La integración del poder político queda estructurada por la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos,
constituciones estatales y reglamentos municipales. Todo servidor público queda sujeto a la ley de Administración
Pública Federal para conducir de forma eficaz las facultades que le han sido conferidas.
CONCLUSIONES

El derecho constitucional se encarga del estudio de la Constitución.

La Constitución se forma por una parte orgánica y una dogmática.

La parte dogmática también se le conoce como garantías individuales, comprende las garantías
de libertad, igualdad, seguridad jurídica y propiedad.

La parte orgánica se refiere a la organización del poder en el país, iniciando con la forma de
gobierno, la división de poderes y los niveles de gobierno.

Hay un recurso denominado juicio de amparo para proteger a los ciudadanos contra los abusos
de alguna autoridad.
REFERENCIAS
Gidi , E. Moreno, S. Martí, L. (2007). Derecho II. México: Nueva Imagen.
Ateaga, E. (1999). Derecho Constitucional. México: Oxford.