Teoría del Estado

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Transcript Teoría del Estado

DERECHO POLÍTICO
Apuntes de las clases del Profesor
Jaime Guzmán Errázuriz
Ediciones Universidad
Católica de Chile
Por:
Omar Alarcón Román
Salvador Bello Schlack
Benjamín Gálvez Sanhueza
Jennifer Guerrero Pérez
Rocío Urtubia Toledo
Teoría de sociedad
• Mundanidad: Los seres humanos coexisten en este mundo con otras
especies, la realidad nos ilustra de la creación.
• Sociabilidad: la convivencia entre los hombre, coexistencia reciproca de dos
o mas hombres consientes.
• Politicidad: existe solo si se presenta sociabilidad, puesto que es la
convivencia organizada de los hombres.
Doctrinas explicativas del mundo
.-Mecanicistas: se niega espiritualidad, positivismo duro. Lo social es previo a lo
político.
.-Voluntaristas: Voluntad como fuerza primaria para expliar la agrupaci´´on, “el
contrato social de Rousseau.
.-De la naturaleza sociable: La explicación de lo social es la NATURALEZA
sociable del hombre. Pero toda organización social culmina en la politicidad
del hombre.
Pensamientos y actos del
hombre
“La realidad existe y el hombre puede llegar a conocerla.”
• Ámbitos de acción del hombre
Fuero interno: EL fuero de la conciencia, no se traduce en acciones concretas. El
hombre se desarrolla con su fuero interno. “mientras más desarrollado el
pensamiento, más humano los hombres”. Ej La oración en silencio, la
reflexión etc.
Fuero externo: actos concretos del hombre
Actos no transitivos: Actos que no involucran a otras personas. Puede ser incluso un
pensamiento.
Actos transitivos; Actos que son percibidos por otros, dan lugar a una relación.
Interindividuales: aquellos que el tiempo no significa en el cuerpo social. Ej. Amistad
sociales: aquellos que se componen de naturaleza, duración e intensidad son
significantes para el cuerpo social. El individuo pesa mucho menos como tal y su relación lo
define. Género o especie. Ej. El derecho
Relación entre la Moral y el
Derecho
•
•
“La moral regula todos los pensamientos y actos del hombre (….) Lo que no
está en el ámbito de la moral y la ética son instintos.”
“La moral nos conduce hacia la perfección, regula todo acto del hombre”
•
”la justicia es la intención de dar a cada cual lo suyo”
•
Jaime Guzmán pregunta: ¿Qué es la moral y cual es su relación con el
derecho?
“todo esta regido por la moral; el pensamiento está sujeto a la moral. El que
odia ya mató en su corazón, dice el evangelio. El derecho está en la moral y
está en las relaciones sociales, las rige. El elemento de justicia permite
distinguir el derecho y la moral. El derecho con respecto a la moral es parte
de ella”
•
El derecho es limitado por la intimidad y la libertad social
•
Moral: todo ser tiene dos perfecciones, su propio ser y su fin. Todo ser
humano en cuanto el es, es bueno. Son solo sus actos malos. Existe la mal
moral. “todo ser es bueno, ya que Dios no pudo haber creado el mal”
Relación entre la Moral y el Derecho
Causa
y
fin del ser
1.Ley natural
2.Inteligencia
3.verdad
3.Causas
materiales
eficientes
finales
Causa eficiente del hombre
Causa final del hombre
Naturaleza del ser
(primera perfección)
Ley eterna
y
ley natural
Del hombre
La moral
Finalidades del hombre:
(segunda perfección)
.-inteligencia
.- La voluntad
.-El organismo Físico
La ley moral = Ley Natural
Ley Natural = Ley moral
Ley Moral= Moral
Relación entre la Moral y el
Derecho
Derecho
Como parte
De la moral
Elementos
Del
derecho
Derecho
=
Ciencia de la moral
La prudencia
Como herramienta
De la razón para
aplicar la ley natural
1.-Alteridad
2.-valor de la justicia
3.- Coerción de fuerza
El bien común
•
“adecuado modo de relación que le permita a todas y cada una de las personas que integran
la sociedad respectiva, alcanzar su propio fin personal o individual en la mayor medida de lo
posible”
•
“ el bien común es la causa final de toda sociedad”
Adecuado: mediante al respeto, adecuado se refiere a ordenado. Cada cual cumpla su fin.
Modo: supone organización, por lo tanto es la forma, configurando un modo de
comportamiento social que me permita satisfacer mis necesidades a partir de la convivencia
con otros. Bien= Apetito Ordenado.
Prioridad del ser humano en la sociedad
Substancia: lo que es apto para subsistir por si mismo.
Accidente: aquello que es apto solo existiendo en el otro.
sociedad
•
Autoridad: La autoridad es quien hace la forma y el fin de la sociedad; de ahí que la sociedad
debe tener una autoridad
•
Derecho positivo: La autoridad como garante es quien debe dictar y modificar el derecho y
aplicarlo. La autoridad vela por la moral y la relación social
Tipos de socicedades
•Sociedades
•Necesarias
• :.
(Familia y estado)
• :
Sociedades
voluntarias
(municipio)
Sociedades
Intermedias
(políticas
Y
no políticas)
Sociedades
perfectas
Cuatro Principios
Doctrinarios
fundamentales
Respeto a estos
principios
Dimensión espiritual
del ser humano
Carácter sociable
Del ser humano
Autonomías
Y subsidiaridad
Teoría del Estado
Primera sociedad necesaria  Familia
Sociedades Intermedias  Organizaciones de índole
territorial o vecinal.
ESTADO (E°)
Puede satisfacer las necesidades totales de las
personas de la sociedad.
E°  Sociedad de Sociedades
Sociedad  Forma jurídica superior de
agrupación humana.
E° = Sociedad perfecta
Principios:
a) De las autonomías sociales
b) De Subsidiariedad
Funciones del Estado
•
Funciones connaturales del estado:
•
Funciones subsidiarias:
Conllevan la representación de la comunidad toda
(Defensa, RR.EE. y Poder Judicial)
Funciones Subsidiarias
• El E° es el único que no se desnaturaliza en la actividad
subsidiaria.
• El rol subsidiario es la suplencia necesaria del E° a
sociedades incapaces de realizar plenamente sus
actividades. Son funciones que pueden realizar los
particulares pero que no se realizan en forma
satisfactoria. Si los particulares pueden hacerla, el E°
debe retirarse.
• Misión del E°
Suplir, coordinar, integrar, y estimular
la iniciativa particular, pero jamás
absorberla.
Reforzar la creatividad y libertad de los
individuos (sana competencia).
Tareas del Estado
1. Defensa nacional, RR.EE., aplicación de
normas jurídicas.
2. La acción redistributiva necesaria para
eliminar la miseria y promover crecientes
oportunidades para todas las personas.
*El carácter se suplencia de la tarea estatal
en cualquier campo, que por su naturaleza,
no sea propio del E°, denota un vacío o falla
del cuerpo social.
Principio Subsidiario en el campo
económico.
La libre iniciativa de los particulares debe
ser el motor básico del desarrollo
económico de un país.
Se desprende el principio del derecho a la propiedad
privada sobre los medios de producción.
Economía Libre
Crítica a la economía colectivista
• Es preferible una mayor desigualdad en la distribución del
ingreso, porque los que reciben más dinero, lo invierten,
contribuyendo al crecimiento y desarrollo de un país.
• Se cree que logrando igualdad habrá bienestar, sin embargo,
el permitir mayor igualdad, disminuye el bienestar de todos.
• Todos se benefician del enriquecimiento de los empresarios.
Los ricos evitan que hayan pobres; si los ricos están más
ricos, los pobres están menos pobres; es el llamado “chorreo”
o aumento de la riqueza nacional.
“El ideal al cual debemos aproximarnos conlleva procurar
que los particulares sean dueños de la mayor cantidad de
empresas posibles; que los particulares asuman el mayor
porcentaje de la inversión; que los particulares presten la
mayor cantidad de servicios educacionales, de salud o de
seguridad social posibles. Así, el E° puede ir
progresivamente circunscribiéndose a las funciones
reguladoras de esas áreas y a las demás tareas que por su
naturaleza le son indelegables”.
(Guzmán, 1990)
Elemento Jurídico: Poder y
soberanía
Monarquía y el concepto de poder
• El origen del poder viene de Dios (“toda autoridad viene de
Dios”, San Pablo), pasa por el pueblo y la autoridad, en este
caso radica en el pueblo.
• Se logra la mayor armonía entre Autoridad fuerte y solida, y
Autoridad limitada y circunscrita.
• Según Santo Tomás, lo unido, o sea, la monarquía, es la
mejor forma de gobierno, porque se gobierna mejor en
unidad que en división.
• Aún así, producto de los absolutismos monarquicos, se
desata la Revolución Francesa, que divide el poder en
Ejecutivo, Legislativo y Judicial.
• Es en el siglo XX cuando las sociedades intermedias
adquieren mayor relevancia.
Elemento Jurídico: Poder y
soberanía
Concepto de soberanía
• Surge un problema del pensamiento Cristiano hacía el
concepto de Soberanía, ya que esta implica una autoridad
sin limites: No hay mas soberano que Dios, y todos los
hombres están sometidos a El.
• Ius naturalismo → Derecho positivo /Derecho Natural.
• La Soberanía será entonces una cualidad del poder estatal
que deriva de su condición de sociedad perfecta en el plano
filosófico o conceptual. Este, deriva su validez de sí misma
en el plano del derecho positivo, pero en concordancia con
el derecho natural.
• Si bien el Estado debe regular la formación de sociedades
intermedias, este no puede violarlas en su autonomía.
Elemento Jurídico: Poder y
soberanía
Limites Jurídicos
a) El derecho natural
i) El bien común
ii) Los DD naturales de la persona humana.
b) Limite territorial del Estado
c) El derecho internacional
Funciones y órganos del Estado
Funciones del Estado
i) Legislativa
ii) Ejecutiva
iii) Judicial
Órganos del Estado
i) Órgano Legislativo
ii) Órgano Ejecutivo
Iii) Órgano Judicial
La Nación
• La nación es un concepto que informa o da
vida al Estado. No es concepto jurídico, es
de tipo social.
• El alma es al cuerpo como la nación al
Estado.
Formas de Estado
Estado de derecho
• En el Estado de derecho existe un
ordenamiento jurídico estructurado sobre
normas objetivas y generales. Objetivas
porque regultan situaciones con
prescindencia de elementos de carácter
ideologico en la interpretación.
• Deben además, ser generales, para
gobernantes y gobernaados por igual.
Formas de gobierno
Democracia representativa
1) El gobierno debe ser ejercido por unos pocos;
pocas personas en relación a la sociedad. Las
sociedades se han expandido mucho como para
poder tener una democracia directa.
2) La soberania, que radica en el pueblo, es
indelegable. (Hay que buscar una manera de
resolver el problema de que el pueblo no pueda
ejercerla de forma directa).
• Sin embargo, el primer mandatario, podrá
ejecutar algo distinto a lo que le manden, y será
legitimo si es para el bien común.
Sobre la dinámica política
1. Concepto
El orden del bien común no es estático sino
dinámico; no es concepto inmovilizado,
sino que se está construyendo
constantemente. Una parte de este orden
es el orden político, el cual está siempre en
movimiento. La política es dinámica, está
siendo siempre influenciada.
2. Actores políticos
2.a Partidos Políticos (cuerpos intermedios
políticos)
- Movimiento o partido que procura influir en
la condición del Estado o acceder a su ejercicio
directamente.
- Son agrupaciones de personas que se unen
en virtud de una tarea, idea o intereses
comunes, y que lo hacen con el objetivo de
alcanzar el poder.
- Son indispensables para el funcionamiento
del sistema de democracia representativa.
El pueblo decide muy poco, debido a que es
poco lo que entiende. Esto no quiere decir
que haya que prescindir del pueblo, ya que
al votar las personas sienten que participan,
creen en ellos mismos y quedan conformes.
La llamada “soberanía popular” es sólo
ficción; sin embargo, hay ciertas ficciones
positivas, y ésta lo es.
2.b Cuerpos intermedios no políticos
No tienen fin político. Son gremiales,
reúnen a personas con actividad común (…)
(y) con el fin de conseguir
mancomunadamente un objetivo específico.
Ejercen una influencia en la dirección del
poder, pero tienen un fin limitado pues
para cumplir su objetivo deben permanecer
al margen de la política.
Dentro de éstos se distinguen:
- Centros de poder: Ejercen una influencia
importante en el poder sobre los agentes
del poder político o instancias reconocidas
por el ordenamiento político.
Ejemplos: Universidades, Federaciones
estudiantiles, corporaciones religiosas,
gremios, Fuerzas Armadas, Sindicatos.
- Grupos de presión: Entidades cuyo poder
real excede al que les reconoce el
ordenamiento jurídico. Ejercen una
influencia mayor en el poder político de la
que está reconocida por el ordenamiento
jurídico. Son efímeros e inestables, pero
pueden transformarse en centros de poder.
2.c Opinión Pública
Conjunto de poderes que gravitan en torno
al poder político y que influyen en su
dinámica generalmente a través de la forma
de encuestas de opinión.
+ Poder económico, empresarial,
periodístico, eclesiástico, intelectual, moral,
militar, etc.
Sobre los Derechos Humanos
Crítica al enfoque de Derecho natural
“Reconociendo sus méritos (de la
Declaración Universal de los Derechos
Humanos aprobada por las Naciones Unidas
en 1948), estimo que ella incluye como
derechos propios de la naturaleza humana
a algunos que no tienen dicho carácter.”
Plantea como “error” de la Declaración “la
mezcla indiscriminada que se hace de lo
que son propiamente derechos, con los que
más bien encierran pretensiones o
aspiraciones sociales”, y que en definitiva
dependen de la capacidad económica y
subsidiaria de cada sociedad.
Concibe como Derechos propiamente tales
sólo a aquellas facultades para cuyo
ejercicio (…) sólo se requiere que un
tercero –sea la autoridad o un particularno se lo impida o coarte ilegal o
arbitrariamente.
En agregado, los Derechos Humanos:
A) No son absolutos ni ilimitados
Dependen de la extensión de las libertades
de otros, las que legal o ilegalmente
generan límites en la expresión o
configuración de ciertos derechos. Estos
límites son llamados “ordinarios o
habituales”.
Sin embargo, se añade “la procedencia de
otros límites adicionales o más severos (…)
cuando las sociedades atraviesan
dificultades o desafíos agudos que así lo
requieren.”
Estados de Excepción
Constitucional
(Artículos 39 al 45 de la Constitución Política
de la República de Chile de 1980)
En Estado de asamblea, los Derechos
susceptibles de ser suspendidos o restringidos
por el Presidente de la República son :
El Ejercicio de la libertad personal, el derecho
de reunión, la libertad de información y
opinión, la libertad de trabajo. El derecho de
asociación, el de sindicación, derecho de
propiedad. Además puede imponer censura y
disponer requisiciones de bienes.
En Estado de sitio:
Suspender o restringir el derecho de
reunión, restringir las libertades de
locomoción, información y opinión; realizar
arrestos en domicilios o en sitios que no
estén destinados a la detención de reos
comunes.
En Estado de emergencia, sólo es posible:
Restringir la libertad de locomoción y el
derecho de reunión.
B) Existen jerarquías y niveles de Derechos
Ciertos Derechos se configurarían con un
carácter primario con respecto a otros, de
forma tal que existirían derechos más
importantes que otros. Los últimos, por lo
tanto, derivarían sus características de los
primeros, y serían menos prioritarios en
casos de excepcionalidad.
Transgresiones a los Derechos
Humanos
Por particulares (Ejemplo, el terrorismo)
Por el Estado. En este caso pueden ser:
a) Transgresiones por acción (Sólo en caso
de “normalidad cívica”, en caso de
excepción la transgresión se mide en
términos de exceso o injustificación)
b) Transgresiones por omisión (Ejemplo, si el
Estado no interviene ante una acción
terrorista)
La teoría de la Constitución
1.- Concepto:
Toda sociedad ha tenido Estado y todo Estado tiene
Constitución.
En la época moderna, la idea apunta a textos básicos
fundamentales: Constitución, documento único (pueden ser
varios), de forma solemne y escrita.
Cuando se trata de varios documentos, se habla
de “ordenamiento constitucional”
La teoría de la Constitución
2.- Contenido de la Constitución
i.Bases esenciales de la institucionalidad.
ii.Derechos de las personas que fijan el límite al poder estatal.
iii.Generación, estructura y funcionamiento de los diversos órganos
llamados a ejercer las funciones del Estado.
iv.Algunas constituciones establecen deberes, como por ejemplo, honrar
a la patria.
v.También deben establecerse los mecanismos de reforma de la misma
Constitución.
La teoría de la Constitución
3.- Clasificación de las Constituciones
Según la extensión
de su contenido
1.
2.
3.
Desarrolladas
Escuetas
Semidesarrolladas
s
4.- El poder Constituyente
A.Poder constituyente
B.Poder Constituido.
En cuanto a su forma
1.
2.
Escrita
Consuetudinaria:
emanan
de
la
costumbre.
s
En cuanto a su reforma
1.
2.
3.
Flexible
Rígida
Semiflexible
s
La teoría de la Constitución
5.- Supremacía Constitucional
Aquel en virtud del cual todas las normas jurídicas que se dicten deben
ajustarse a la Constitución, sea ésta escrita o consuetudinaria, única o dispersa.
6.- Mecanismos de control de la supremacía Constitucional
A)Control Político
Aquel que no va a producir efectos jurídicos; puede ser de 3 tipos:
i.
Desde la opinión pública
ii.
Juramento de las autoridades de cumplir la constitución.
iii. Labor de fiscalización política que realiza la Cámara de Diputados.
La teoría de la Constitución
B. Control Jurídico
i.
Preventivo.
ii.
Sancionatorio.
7.- Anormalidad Constitucional
A.La interrupción constitucional puede venir por una concentración del poder
en el gobierno.
B. La ruptura institucional o constitucional, en cambio, se verifica cuando es
el régimen institucional mismo el que ha hecho crisis, y se hace necesario
reemplazarlo para crear una nueva institucionalidad, diferente a la preexistente.
La teoría de la Constitución
 Frecuentemente se recurre al pueblo, en plebiscito, para que genere
una asamblea constituyente para una nueva institucionalidad, o para
que elija nuevas autoridades conforme al régimen preexistente
 El quiebre institucional y la interrupción constitucional son distintos de
los estados de excepción, que son estados de anormalidad dentro de
un sistema en plena normalidad. Los estados de excepción son
situaciones de emergencia que requieren que el ordenamiento
jurídico los trate en forma especial o distinta a la normal.
La teoría de la Constitución
 La ruptura constitucional puede adoptar dos formas:
a. Golpe de Estado
 Cambio de las personas que ejercen la autoridad.
 No hay intención o voluntad de cambiar e orden constitucional
preexistente en forma substancial
 El golpe se justifica en orden a las circunstancias y a la ponderación
valórica de ellas en orden al bien común.
b. Cambio Institucional
 Puede que no haya golpe de Estado, pero es un caso muy raro; lo normal
es que sucedan con algún grado de golpe de Estado.
 Cuando de una ruptura se genera un gobierno ajeno al orden jurídico, se
llama gobierno de facto; es legítimo.