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ESP. LUIS EMILIO LÓPEZ VÉLEZ DOCENTE - TUTOR

La citación de textos consultados para el desarrollo de algún escrito es obligatoria, de lo contrario, el texto se puede considerar como plagio.

 Todas las fuentes de consulta se deben citar en las referencias; no se deben anexan al trabajo fuentes bibliográficas ni de la cibergrafía que no se hayan utilizado.

 La hoja en blanco no se utiliza ni al principio ni al final del trabajo.

  PAPEL: Tamaño carta/ papel 8 1/2” X 11” ESPACIADO: Texto a 1,5 y alineado a la izquierda o según parámetros de la Institución. - Dos espacios después de los títulos.

MÁRGENES: 2,54 cm/ en todas las hojas.

Sangría: cinco espacios en la primera línea de cada párrafo. Se puede hacer utilizando la tecla Tab, una vez.

TIPO DE LETRA: Times New Roman: 12 puntos.

EL TRABAJO DEBE CONTENER

Portada

Contenido (no se copia TABLA DE)

Introducción

Justificación

Abstract

Objetivos: (1 Gen y 2 Esp)

Desarrollo del tema

Conclusiones

Referencias o Fuentes de consulta

CITAS Una cita es la expresión parcial de ideas o afirmaciones incluidas en un texto con referencia precisa de su origen o fuente y la consignación dentro de la estructura del texto. En el estilo APA se utilizan paréntesis dentro del texto en lugar de notas al pie de página o al final del texto.

CITA TEXTUAL O LITERAL

Es cuando se extraen fragmentos o ideas textuales de una fuente. Las palabras o frases omitidas se reemplazan con (...). Para esta cita se debe incluir: apellido del autor, el año de publicación y la página.

CITAS DE MENOS DE 40 PALABRAS

Cuando la cita tiene menos de 40 palabras se escribe inmersa en el texto y entre comillas .

TÍTULOS

En la estructuración del documento se pueden utilizar hasta cuatro niveles de títulos:

REGLAS SEGÚN AUTORES

Dos autores, sus apellidos se separan por “&”.

- Rosenblum & Kuttner (2010) afirman que es posible (...).

-(...) es necesario hacer esas consideraciones (Rosembum & Kuttner, 2010).

- Cuando son de tres a cinco autores, la primera cita se indican los apellidos de todos. Luego, se cita sólo el primero y se agrega et al seguido de punto (et al.). Ejemplo: Reimers, Mckemmish, McKenzie & Mark (2009) aseguran que se ha podido evidenciar en varios experimentos (...). Reimers et al. (2009) refieren que es importante (...)

Existen 3 tipos: Bibliográficas, virtuales (llamadas Webgrafía o Cibergrafía) y las fuentes de consulta oral.

DE LIBRO:

Wilber, K. (Ed.). (1997). El paradigma holográfico.

Barcelona: Editorial Kairós.

Libro en versión electrónica: ONLINE

Apellido, A. A. (Año). Título. Recuperado de

http://www.xxxxxx.xxx

DE LA WEBGRAFÍA Se debe referenciar así: Mejía, P. (2012). Análisis de realidades. Recuperado el 6 de julio de 2013, de la www.google.com.co

en la URL: http://www.es/educ/ceneam/04formacion/presenciales/ formacion2004/aula_planificación.htm

OTRA WEBGRAFÍA: Facebook O Twitter. Ejemplo:

(http://www.twitter.com/barackobama) (http://www.facebook.com/barackobama) para mantener a los ciudadanos al día sobre sus iniciativas. Recuperado mes, día, año.

Las APA ofrecen una cierta autonomía para que las instituciones adopten algunas pautas para que implementen en los trabajos según sus necesidades contextuales.

Se sugiere para el encabezado la opción “Contraste (página impar)”.

LA PUBLICACIÓN DE ARTÍCULOS REVISTA EJEMPLO: ARTÍCULO ORIGINAL

: Incluye hallazgos de investigaciones. Debe estar estructurado así: Introducción, materiales, métodos, resultados y discusión. Al principio del artículo el autor presentará un resumen de máximo 250 palabras, además de las palabras clave en español y en inglés (máximo 5). Puede llevar entre tablas y gráficas de 1 a 5 y un número de hojas entre 10 y 15. Debe tener mínimo de 10 referencias.

LA PUBLICACIÓN DE ARTÍCULOS ARTÍCULO ORIGINAL BREVE

: Esta sección incluye los artículos limitados a 1500 palabras. Generalmente son informes preliminares o hallazgos colaterales de proyectos de investigación. Tiene la misma estructura de los artículos originales. El número máximo de referencias es de 10.

REPORTES DE CASO:

Presenta los resultados de un estudio sobre una situación particular con el fin de dar a conocer las experiencias técnicas y metodológicas consideradas en un caso específico. Incluye una revisión comentada de la literatura sobre casos análogos. Su estructura es igual a la de los artículos originales. Referencias 10.

LA PUBLICACIÓN DE ARTÍCULOS 1. TÍTULO DEL ARTÍCULO:

debe ser conciso e informativo, no debe tener más de 15 palabras. A pie de página se debe anotar el título de la investigación que le dio origen, el periodo de su realización y la o las entidades financiadoras.

2. LISTA DE AUTORES:

Con los nombres completos y apellidos en el orden en que debe aparecer. Se complementará esta información con los grados académicos, cargo e institución donde labora cada autor. Adicionalmente, el autor principal anotará un correo electrónico, para la correspondencia de editores y lectores; lugar y fecha de la investigación y financiación si la tuvo.

LA PUBLICACIÓN DE ARTÍCULOS

El título, el resumen y las palabras clave deberán ser presentados en español, inglés y portugués. Para los artículos de revisión, ensayos, aspectos metodológicos, clásicos, de reflexión y de reflexión no derivados de investigación el resumen no es estructurado y se hará en menos de 100 palabras.

En todos los casos, los resúmenes deben incluir entre tres y cinco palabras clave que mejor describan el contenido, para ello, deben tener en cuenta incluir mínimo 2 palabras claves que estén incluidas en el área del artículo.

Tomado de: la Política Editorial En Clave Social La Revista EN-CLAVE SOCIAL ISSN: 2256-3911 de la Facultad de Ciencias Sociales y Educación de la Corporación Universitaria Lasallista.

Normatividad de propiedad intelectual PARA LA PRESENTACIÓN DE LOS TRABAJOS

   Constitución Política Art. 61, Art. 150-24º Ley 44 de 1993 Cap. II Art. 6; Cap. IV Art. 51.

Ley 23 de del 28 de enero, 1982: •Obras científicas, literarias y artísticas : libros, folletos, artículos, conferencias, obras dramáticas, coreografías, composiciones musicales, cinematográficas, escultura, litografía y fotografía.

•Derechos morales y patrimoniales.

pintura, •Limitaciones y excepciones.

Normatividad de propiedad intelectual

Decreto 1070 de 2008 (7 de abril)

por el cual se reglamenta el Artículo 26 de la Ley 98 de 1993.

Artículo 1°.

Los establecimientos educativos que ofrezcan educación formal en cualquiera de sus niveles, preescolar, básica, media o las instituciones que ofrecen educación superior, o educación para el trabajo y el desarrollo humano, y las entidades de derecho público o privado que ofrezcan programas de capacitación dirigidos a terceros o a sus propios servidores, empleados o trabajadores, en los que se preste el servicio de reprografía deben contar con la autorización de los titulares del derecho de reproducción o de la sociedad de gestión colectiva que lo represente, para garantizar la debida protección del derecho de autor.

REFERENCIAS DE PORTALES DE CATÁLOGO EN LÍNEA

Figura: Recuperada el 31 enero de 2015, de la

www.google.com.co

en la URL: http://unicornio.usta.edu.co/uhtbin/cgisirsi/?ps=d85FCS2QUg/DB-USTA/86070008/60/1182/X