Aproximación al concepto de dignidad humana
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Transcript Aproximación al concepto de dignidad humana
DIGNIDAD HUMANA & AUTONOMÍA
INDIVIDUAL:
EL CASO DEL “LANZAMIENTO DE
ENANO”
ANTONIO PELE
UNIVERSIDAD CARLOS III DE MADRID
1. Hechos
Práctica de lanzamiento de enanos en discotecas.
http://www.youtube.com/watch?v=NZ2KvpnMkIc
http://www.youtube.com/watch?v=bd-sfqzFdmk
http://www.youtube.com/watch?v=2DGmQ69FD3c&feature=related
Alcaldes prohibieron esta actividad por vulnerar supuestamente la
dignidad humana.
Recurso del interesado: el juez le da la razón:
1.
2.
Ausencia de circunstancias locales particulares
No vulnera la dignidad humana
Recurso ante el Consejo de Estado
Cancelación de las sentencias anteriores.
El poder de la policía municipal puede, sobre la
base del mantenimiento del orden público, prohibir
actividades que vulneran la dignidad humana.
Sentencia “Commune de Morsang sur Orge”, CE. 1995
2. El orden público
Salubridad
Seguridad
Tranquilidad
Trilogía Tradicional: orden “material y exterior”.
Pregunta:
¿Cómo incluir el respeto de la
dignidad como componente del
orden público?
Aparición de un cuarto elemento
Moralidad
Pública
Seguridad
Salubridad
Tranquilidad
3. El “lanzamiento de enano”,
espectáculo atentatorio a la
dignidad humana
Razonamiento del Comisario del Gobierno:
- Objetivo: lanzar una persona lo más lejos posible.
- Quién: un individuo sufriendo una discapacidad física.
- Dónde: en discotecas.
- Reacciones: hostilidad de políticos locales y asociaciones de enanos.
- Similitudes: juegos del circo de la Antigüedad: canalización de pulsiones
sádicas de la población.
Conclusión del Consejo de Estado
Lanzamiento de enano vulnera la dignidad de la
persona humana:
Se utiliza a una persona como proyectil (utilizada como
un medio).
2.
Aunque consentimiento de dicha persona.
3.
Ningún daño.
1.
Rasgos de la dignidad humana:
1.
2.
3.
Concepto absoluto.
Fuera del comercio.
No depende de valoraciones subjetivas.
4. Problemas
¿Uno puede ser protegido contra sí mismo?
¿Imposición de una concepción objetiva de la
persona humana?
¿Disponibilidad de su propio cuerpo?
5. Dignidad humana y
moralidad pública
¿Peligro para las libertades individuales?
¿Dignidad humana supera el orden público?
¿Otras actividades podrían vulnerar la dignidad
humana pero son aceptadas?
¿Hacia un “higienismo” social?
6. Último recurso ante el Comité
de Naciones Unidas para los
DD.HH
Fundamento: Art. 26 del Pacto Internacional de los Derechos
Civiles y Políticos.
“Todas las personas son iguales ante la ley y tienen derecho sin
discriminación a igual protección de la ley. A este respecto, la
ley prohibirá toda discriminación y garantizará a todas las
personas protección igual y efectiva contra cualquier
discriminación por motivos de raza, color, sexo, idioma,
religión, opiniones políticas o de cualquier índole, origen
nacional o social, posición económica, nacimiento o cualquier
otra condición social”.
Dictamen del Comité:
Existencia de motivos “objetivos y razonables”
para prohibir esta actividad.
Respeto de la dignidad humana es un objetivo
del Pacto.
Bibliografía
FRYDMAN, P. “L’atteinte de la dignité de la
personne humaine et les pouvoirs de police
municipale. Propos des lancers de nains”,
RFDA, nº 11-1995.
PRIETO ÁLVAREZ, T., La dignidad de la
persona. Núcleo de moralidad y el orden
públicos, límite al ejercicio de libertades
públicas, Civitas, 2005 ( S.342.7 PRI).
[email protected]