EXTINCION DE LA RELACION DE TRABAJO

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Transcript EXTINCION DE LA RELACION DE TRABAJO

“La extinción de las relaciones de trabajo”
TESIS X: CAUSAS DE
SUSPENSION Y DE TERMINACION
DE LA RELACION LABORAL
La extinción de las relaciones de
trabajo:
 1. Sobre la extinción de las relaciones de
trabajo en general.
 2 . Los regímenes de terminación de las
relaciones de trabajo.
 3. La taxonomía de las causas de terminación
del contrato de trabajo en Costa Rica.
 4. En particular sobre la terminación del
contrato de trabajo sin responsabilidad para
ninguna de las partes.
1. Sobre la extinción de las
relaciones de trabajo en general.
Extinción de la relación de
trabajo
 Conlleva la ruptura total de la relación laboral y,
consiguientemente, la cesación definitiva de sus
efectos.
 Esto sucede sin perjuicio de que alguna
obligación pueda quedar pendiente de
cumplimiento (pago de salarios o de
indemnizaciones por ejemplo) .
 Por eso debe diferenciarse de aquellas otras
vicisitudes de la relación de trabajo (i. e. la
suspensión, las licencias de maternidad) que no
implican su disolución, sino únicamente
paralización de sus efectos.
Formas de extinción de la relación
de trabajo.
 1) Al igual que su celebración, la conclusión de
los contratos de trabajo puede producirse por
acuerdo de las partes, sea por causas que así
hayan sido contempladas en el contrato
escrito o por acuerdo posterior;
 2) También puede producirse por el
advenimiento del plazo o conclusión de las
obras en esas modalidades de contratación.
Formas de extinción de la relación
de trabajo:
 3) Por decisión unilateral de una de las partes;
 4) Por concurrencia de circunstancias que
conducen necesariamente a la terminación
del contrato o que hacen aconsejable su
conclusión;
2. Los regímenes de terminación
de las relaciones de trabajo
Los dos regímenes de terminación de
las relaciones de trabajo:
Sistema cerrado (numerus
clausus):
 Existencia de lista taxativa de
las causas por las que se
puede terminar la relación
laboral
 Da origen a un sistema de
estabilidad laboral absoluta
(la relación puede terminarse
si y sólo si …)
Sistema abierto (numerus
apertus):
 No existe una lista taxativa
que enumera las causas por
las que se puede dar por
concluida la relación de
trabajo, sino que se utilizan
fórmulas genéricas. (i.e. “por
la violación de cualquiera de
las obligaciones derivadas del
contrato de trabajo”)
 Da origen a un sistema de
estabilidad laboral relativa.
La “responsabilidad”.
 La “responsabilidad” está referida a si la
terminación se asocia con el pago de alguna
indemnización o no.
 La terminación “sin responsabilidad” implica que
la parte que toma la decisión de dar por
terminada la relación no está en la obligación de
pagar una indemnización a la otra;
 La terminación “con responsabilidad” implica
que la parte que toma la decisión de terminar la
relación sí está en la obligación de pagar una
indemnización a la otra.
La “responsabilidad” en Costa
Rica.
 En
nuestro ordenamiento jurídico la
“responsabilidad” en la terminación de la
relación laboral está referida a dos
instituciones:
 1.- El preaviso (artículo 28 C.T.).
 2.- El auxilio de cesantía (artículo 29 C.T.).
El régimen de terminación en
Costa Rica.
 Tanto el artículo 81 (para el caso del patrono)
como el 83 (para el caso del trabajador),
ambos del C. T. , establecen una lista de
causas por las cuales cada una de las partes
contratantes puede tener por justamente
terminada la relación de trabajo.
 Esto nos da la impresión de estar frente a un
sistema “cerrado”.
El régimen de terminación en Costa Rica.
 Sin embargo, tanto el inciso L) del artículo 81 como el
inciso j) del artículo 83 establecen que:
 Art. 81, inciso L): “Son causas justas que facultan al
patrono…l) Cuando el trabajador incurra en cualquier otra
falta grave a las obligaciones que le imponga el contrato”
 Art. 83 inciso j): “Son causas justas que facultan al
trabajador para dar por terminado su contrato de trabajo:
…j) Cuando el patrono incurra en cualquier otra falta grave
a las obligaciones que le imponga el contrato.”
 Por lo tanto, puede decirse que nuestro régimen de
despido es de carácter abierto (régimen de estabilidad
relativa).
3. Taxonomía de las causas de
terminación del contrato de
trabajo en Costa Rica.
Las causas de terminación del contrato
de trabajo en Costa Rica
 1) Sin responsabilidad para ninguna de las
partes (artículo 86 C.T.)
 2) Sin responsabilidad patronal
(falta
imputable al trabajador), artículo 81 C.T.).
 3) Con responsabilidad patronal (falta
imputable al patrono, artículo 83 C.T.).
4. En particular sobre la
terminación del contrato de
trabajo en Costa Rica sin
responsabilidad para ninguna de
las partes.
Terminación sin responsabilidad
para ninguna de las partes.
 A este respecto reza el artículo 86 del C. T.:
 “El contrato de trabajo terminará sin
responsabilidad para ninguna de las partes por
las siguientes causas:
 a) Por el advenimiento del plazo en los
contratos a plazo fijo, salvo el caso de
prórroga, y por la conclusión de la obra en los
contratos por obra determinada;
 b) Por las causas legalmente expresadas en él;
 c) Por mutuo consentimiento.”