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OFICINA NACIONAL DE
SERVICIO CIVIL
DEPARTAMENTO DE REGISTROS Y
VERIFICACIÓN DE ACCIONES DE
RECURSOS HUMANOS
FUNCIONES DEL DEPARTAMENTO
Estudiar
Aprobar
Nombra-
Analizar
mientos
Certificar
Avisos de
Toma de
Posesión y
Entrega de
Puestos
del
Organismo
Ejecutivo
Emitir
Certificaciones de
Tiempo de
Servicio
FUNDAMENTO LEGAL
Constitución Política
de la República de
Guatemala, Artículo
108;
Ley de Servicio Civil, Decreto
1748 del Congreso de la
República de Guatemala y su
Reglamento, Acuerdo 18-98.
Decreto Legislativo No.
1485 del MINEDUC
DIGESTO
Reglamento
de
Permuta
Acuerdo
Gubernativo
No 18397
(Ministerio
de
Educación);
Guía Técnica para
el
llenado
del
FUMP.
DISPOSICIONES GENERALES PARA LA
TOMA DE POSESIÓN O ENTREGA DE UN
PUESTO O CARGO
Se procederá a dar el aviso de toma de posesión o
entrega del puesto o cargo, en el Formulario Oficial
de Movimiento de Personal a la Oficina Nacional de
Servicio Civil, en un período no mayor de cinco días
hábiles contados a partir de la fecha de toma de
posesión o entrega del puesto o cargo.
Todo movimiento de personal debe ser
grabado por la Institución en el Sistema de
Nómina del Estado (GUATENÓMINAS) y
enviado para su revisión y aprobación por la
-ONSEC-.
https://nomina.minfin.gob.gt
PROYECTO (SIAF) SISTEMA INTEGRADO
DE ADMINISTRACIÓN FINANCIERA
DOCUMENTOS QUE DEBEN ACOMPAÑAR AL
FORMULARIO DE MOVIMIENTO DE PERSONAL (FUMP)
• Fotocopia de Cédula de Vecindad o D.P.I
• Fotocopia de Afiliación del I.G.S.S.
• Fotocopia de Identificación Tributaria -NIT• 2 Fotocopias del Documento que avala la acción
• Certificación de elegible en original
• Contratos individuales de trabajo
• Acuerdo de Nombramiento
• Certificación de Colegiado Activo vigente, en original cuando el puesto a ocupar
sea de Profesional
TIPOS DE MOVIMIENTOS QUE SE
REGISTRAN EN EL FUMP
• Nombramiento
• Aviso de Toma de Posesión
• Aviso de Entrega
NOMBRAMIENTO
•
•
•
•
•
Primer Ingreso
Reingreso
Ascenso
Traslado
Permuta
AVISO DE TOMA DE
POSESIÓN
• Ascenso
• Finalización de suspensiones
(IGSS, Disciplinarias
y
Aprehensión, Detención
y
Prisión Provisional);
• Traslado
• Reinstalación
• Permuta
• Finalización de Licencia con
Goce de sueldo
•
Primer Ingreso
• Reingreso
• Interinato
• Finalización Beca
AVISO DE ENTREGA
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Ascenso
Traslado
Permuta
Finalización de Interinato
Suspensión del IGSS
Destitución
Remoción
Fallecimiento
Jubilación
Rescisión de Contrato, etc.
FECHAS DE TOMA DE POSESIÓN EN LOS
RENGLONES PRESUPUESTARIOS 011 Y 022
La Toma de Posesión del puesto deberá efectuarse los días
1 ó 16 de cada mes. En caso que las fechas citadas sean
días inhábiles, se procederá de la manera siguiente:
1) Ascensos, traslados o permutas el día hábil anterior a
las fechas indicadas al finalizar la jornada; y,
2) Primer Ingreso o reingreso el primer día hábil posterior a
éstas.
PUESTOS EXENTOS
De conformidad con el Artículo 32, Numeral 14 de la
Ley de Servicio Civil, toda entidad tiene la facultad de
declarar no más de 10 puestos exentos.
Para declararlos, deberá procederse como lo establece
el Artículo 31 del Reglamento de la Ley de Servicio
Civil.
Estos puestos no están sujetos a ser calificados en
ONSEC.
LICENCIAS
 Hasta un mes calendario con goce de salario
 Hasta tres meses calendario improrrogables sin
goce de salario
 Hasta un año prorrogables por becas (con y sin
goce de salario)
 Para ocupar cargos de
prorrogable anualmente
elección
popular
LICENCIAS OTORGADAS POR JEFE DE
DEPENDENCIA
• 5 días hábiles: Por fallecimiento del cónyuge, persona unida
de hecho, hijos o padres
• Por citación de autoridades administrativas o judiciales
• El día de nacimiento de un hijo
• 3 días hábiles: Por fallecimiento de hermanos
• El día del cumpleaños del servidor
RENGLÓN PRESUPUESTARIO 022
De conformidad con lo preceptuado en el
Artículo 4 de la Ley de Servicio Civil, las
personas contratadas con cargo al renglón
presupuestario
022
son
consideradas
“Servidores Públicos”, por lo que están sujetas a
las obligaciones y prohibiciones de los demás
trabajadores del Estado, y gozan de los
derechos y prestaciones de carácter laboral que
la Ley otorga.
• Tanto en las contrataciones de primer ingreso como
en las de reingreso (contrataciones para ocupar
otro puesto), debe observarse el procedimiento de
selección de personal.
• No aplica para los casos de prórroga de contrato.
Los
contratos
con
cargo
al
Renglón
presupuestario 022 (tanto en las contrataciones
nuevas como los de prórroga), deben ser suscritos
expresamente por la Autoridad Nominadora, y en
ningún caso por autoridad inferior, salvo que
mediante la disposición legal que corresponda y
los casos que la Ley lo permita, se delegue tal
función administrativa en un Viceministro, Director
General u otra Autoridad de similar jerarquía.
Para que los contratos surtan sus efectos legales, los
mismos deben ser aprobados mediante Acuerdo
Ministerial o de Secretaría General de la Presidencia y
consignar en el mismo lo siguiente:
ART. 1 se aprueban las cláusulas…
ART. 2 se nombra a…
Para la Serie Ejecutiva se aprueban los contratos por
los señores Ministros y Secretaría General, Secretarías
y otras Dependencias).
SE RECOMIENDA:
Observar el debido cumplimiento de los
oficios circulares, emitidos por esta Oficina,
sobre disposiciones generales del renglón
presupuestario
022
“Personal
por
Contrato”.
OTRAS RECOMENDACIONES
•
El acta de entrega se facciona el día en que surte sus
efectos legales o en fecha posterior, debe de contener la
firma de quien certifica y de quien da visto bueno.
•
Toda acción de personal debe efectuarse donde se
encuentra presupuestariamente asignado el puesto
objeto de la acción.
•
Anotar en toda la documentación, el control y la
dependencia, tal como se encuentra identificada la
partida presupuestaria, en el sistema de nómina.
•
Consignar en los acuerdos de prórroga de contratos, el
código del empleado y grabar dichas prorrogas en el
sistema de nómina.
•
Conservar en el expediente la boleta de rechazo.
•
Una vez revisado el expediente por parte de este
Departamento y es objeto de rechazo no reimprimirlo de
nuevo, para evitar errores adicionales a la primera revisión.
•
Respetar las fechas de recepción de movimientos de
personal, ya que a partir de febrero no se aceptarán
después de estas.
DEPARTAMENTO DE REGISTROS Y
VERIFICACIÓN DE ACCIONES DE
RECURSOS HUMANOS
PBX: 2321-4800
EXTENSIONES 117 A LA 119
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