construcción jurisprudencial - Tribunal Electoral del Estado de

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Gabriel Mendoza Elvira
Diciembre 2010
CONCEPTO
MARCO LEGAL
ÓRGANOS FACULTADOS PARA SU EMISIÓN
FUNCIÓN

CONCEPTO
 HISTÓRICO.
 DOCTRINAL.
 LEGAL.

HISTÓRICO
◦ Ius- derecho prudentia-sabiduría (significado
vinculado con la ciencia del derecho)
◦ Austin: “tiene por objeto el estudio del
derecho”
◦ Carnelutti: “la actividad necesaria y suficiente,
no tanto para hacer cuanto para hacer bien el
derecho, es decir, no tanto para hacer
cualquier derecho cuanto para hacer derecho
justo”

DOCTRINAL
“las
interpretaciones
y
consideraciones jurídicas integrativas uniformes que
hace una autoridad judicial designada para tal efecto
por la ley, respecto de uno o varios puntos de derecho
especiales y determinados que surgen en un cierto
número de casos concretos semejantes que se
presenten, en la inteligencia de que dichas
consideraciones e interpretaciones son obligatorias
para los inferiores jerárquicos de las mencionadas
autoridades y que expresamente señala la ley.”
◦ Ignacio
Burgoa:

LEGAL
◦ “JURISPRUDENCIA. CONCEPTO, CLASES Y FINES. La
jurisprudencia es la interpretación de la ley, de observancia
obligatoria, que emana de las ejecutorias que pronuncia la
Suprema Corte de Justicia de la Nación funcionando en
Pleno o en Salas, y por los Tribunales Colegiados de
Circuito. Doctrinariamente la jurisprudencia puede ser
confirmatoria de la ley, supletoria e interpretativa. Mediante
la primera, las sentencias ratifican lo preceptuado por la
ley; la supletoria colma los vacíos de la ley, creando una
norma que la complementa; mientras que la interpretativa
explica el sentido del precepto legal y pone de manifiesto el
pensamiento del legislador…”

LEGAL
Art. 192 Ley de amparo
“… las resoluciones constituirán jurisprudencia, siempre
que lo resuelto en ellas se sustenten en cinco sentencias
ejecutorias ininterrumpidas por otra en contrario, que
hayan sido aprobadas por lo menos por ocho ministros si
se tratara de jurisprudencia del pleno, o por cuatro
ministros, en los casos de jurisprudencia de las salas.
También constituyen jurisprudencia las resoluciones que
diluciden las contradicciones de tesis de Salas y de
Tribunales Colegiados.…”

LEGAL
Art. 192 Ley de amparo
“… las resoluciones constituirán jurisprudencia, siempre
que lo resuelto en ellas se sustenten en cinco sentencias
ejecutorias ininterrumpidas por otra en contrario, que
hayan sido aprobadas por lo menos por ocho ministros si
se tratara de jurisprudencia del pleno, o por cuatro
ministros, en los casos de jurisprudencia de las salas.
También constituyen jurisprudencia las resoluciones que
diluciden las contradicciones de tesis de Salas y de
Tribunales Colegiados.…”
 MARCO
LEGAL.
◦ GENÉRICO.
 Constitución Política de los Estados Unidos
Mexicanos
 La Ley Orgánica del Poder Judicial de la
Federación
 La Ley Reglamentaria de las fracciones I y
II del artículo 105 de la Constitución
Política de los Estados Unidos Mexicanos
ARTICULO 43. Las razones contenidas en los
considerandos que funden los resolutivos de las
sentencias aprobadas por cuando menos ocho
votos, serán obligatorias para las Salas,
tribunales unitarios y colegiados de circuito,
juzgados de distrito, tribunales militares,
agrarios y judiciales del orden común de los
Estados y del Distrito Federal, y administrativos
y del trabajo, sean éstos federales o locales.
◦ ESPECÍFICO TEPJF
 El Reglamento Interno del Tribunal Electoral
del Poder Judicial de la Federación
 El “Acuerdo relativo a las reglas para la
elaboración, envío y publicación de tesis
relevantes y de jurisprudencia que emitan la
Salas de Tribunal Electoral del Poder Judicial
de la Federación” (1997, modificado en 2007)

ÓRGANOS FACULTADOS PARA EMITIR
JURISPRUDENCIA.
◦ Suprema Corte de Justicia de la Nación
(en Pleno o Salas)
◦ Tribunales colegiados de circuito
◦ Tribunal Electoral (Salas Superior y
Regionales)

Sistemas
de
jurisprudencia.
◦ REVALIDACIÓN
◦ REITERACIÓN
◦ UNIFICACIÓN
integración
de

FUNCIONES.
◦ Aplica la ley.
◦ Interpreta la ley (gramatical, sistemática y
funcional).
◦ Integra la ley.

REFORMA ELECTORAL 2007-2008.
◦ EL PAPEL DE LA JURISPRUDENCIA DEL TRIBUNAL
ELECTORAL COMO FUENTE.
 EJEMPLOS.




JDC VS PARTIDOS POLÍTICOS
PROCEDIMIENTO ESPECIAL SANCIONADOR
FISCALIZACIÓN DE LOS RECURSOS
CANDIDATURAS INDEPENDIENTES
CONTROL DE CONSTITUCIONALIDAD
CRITERIOS RELEVANTES A PARTIR
DE LA REFORMA
TEPJF
 Temática
relevante.
 Derechos fundamentales.
 Régimen de radio y televisión.
 Artículo 134 de la CPEUM.
 Propaganda electoral.
 Resultados electorales.
 Aspectos procesales.

DERECHOS FUNDAMENTALES.
EXPEDIENTES
MATERIA
SUP-RAP-175/2009
Tutela
a través del
procedimiento
especial
sancionador.
Libertad de expresión
SUP-JRC-288/2007
Libertad de expresión en
el contexto del debate
político.
Equidad de género
SUP-JDC-461/2009
Integración de listas.
TEMA
Derecho de réplica

ARTÍCULO 134 CPEUM
TEMA
Modalidades y
control de las
infracciones
EXPEDIENTES
MATERIA
Modalidades en que puede
actualizarse la comisión de
SUP-RAP-248/2008
infracciones al artículo 134
constitucional.
Competencia del IFE para
SUP-RAP-23/2010 conocer
de
conductas
infractoras.
Participación de funcionarios
SUP-RAP-75/2010 públicos en eventos de
proselitismo electoral.

RÉGIMEN DE RADIO Y TELEVISIÓN
TEMA
Naturaleza y
Alcances
EXPEDIENTES
MATERIA
Obligación
de
los
SUP-RAP-107/2009 concesionarios respecto de la
transmisiones.
SUP-RAP-201/2009 Prohibición vs. libertades de
los concesionarios.
Competencia
de
las
autoridades electorales para
SUP-RAP-12/2010
conocer de los procedimientos
sancionadores.

PROPAGANDA ELECTORAL
TEMA
EXPEDIENTES
SUP-RAP-234/2009 y
acumulados
Modalidades
MATERIA
Entrevistas
SUP-RAP-280/2009
SUP-RAP-119/2010 y
acumulados
Propaganda realizada
por el Presidente de
la República.

RESULTADOS ELECTORALES
TEMA
Nulidad de elección.
Causa Genérica
Nulidad de elección
por violación de
principios
EXPEDIENTE
MATERIA
SUP-JRC-83/2008
Ayuntamiento
Los Cabos
de
SUP-JRC-165/2008
Ayuntamiento
Acapulco
de

ASPECTOS PROCESALES
TEMA
Competencia
Sala Superior
EXPEDIENTES
MATERIA
Integración
de
las
SUP-JDC-2676/2008 autoridades electorales de
las entidades federativas.
Violaciones al derecho de ser
votado, en su vertiente de
SUP-JDC-3060/2009
acceso y desempeño del
cargo de elección popular.
Integración de autoridades
SUP-JRC-4/2010
electorales.

ASPECTOS PROCESALES
TEMA
Legitimación
EXPEDIENTES
MATERIA
Personas físicas o morales para
impugnar
actos
definitivos,
SUP-RAP-141/2008
dictados
un
procedimiento
sancionador.
Las autoridades electorales para
SUP-RAP-209/2008 impugnar asignación de tiempo
en radio y TV.
Los
concesionarios
y
permisionarios de radio y TV
SUP-RAP-24/2010
para impugnar los acuerdos del
CRT y de la JGE del IFE.