Participación Ciudadana para el post * acuerdo.
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Transcript Participación Ciudadana para el post * acuerdo.
Participación Ciudadana
para el post – acuerdo.
Pavel Santodomingo Aguilar
“Es realmente difícil encontrar en la
historia de Colombia periodos sin
guerra, porque es imposible encontrar
en la historia de Colombia periodos
donde las buenas condiciones de vida
parieran paz y felicidad para todos.”
Una Historia de procesos de paz
traicionados.
Benkos Biohó (1621)
9 Guerras civiles a lo largo del siglo XIX
Asesinato de Rafael Uribe Uribe (1914)
Jorge Eliecer Gaitán (1948)
Guadalupe Salcedo (1957)
Frente Nacional (1957-1974)
Fraude a las elecciones de 1970.
Genocidio político al movimiento UP
Más de 26 Reformas a la Constitución Política de
Colombia.
Acuerdos de la habana
La firma del acuerdo final significa fortalecer la
democracia, implica la dejación de armas y la
proscripción de la violencia como método de acción
política para todos los colombianos.
“…se asegure que la participación ciudadana, en la
discusión de los planes de desarrollo de las políticas
públicas y en general de los asuntos que atañes a la
comunidad en general, incida efectivamente de las
decisiones de las autoridades y corporaciones públicas
correspondientes.” Página 2
Participación Política
TRES PILARES
1. Derechos y garantías para el ejercicio de la oposición
política en general, y en particular para los nuevos
movimientos que surjan luego de la firma del Acuerdo
Final. Acceso a medios de comunicación.
2. Mecanismos democráticos de participación
ciudadana, incluidos los de participación directa, en los
diferentes niveles y diversos temas.
3. Medidas efectivas para promover mayor participación
en la política nacional, regional y local de todos los
sectores, incluyendo la población más vulnerable, en
igualdad de condiciones y con garantías de seguridad.
PRIMER PILAR El primero es una nueva apertura
democrática que promueva la inclusión política como
mecanismo para consolidar la paz, luego de la
terminación del conflicto.
Se trata de facilitar la creación de nuevos partidos políticos, sin
poner en riesgo los avances en la consolidación del sistema de
partidos. Se acordó hacer los cambios necesarios para desligar la
obtención y conservación de la personería jurídica del requisito de
la superación del umbral para elecciones de Congreso, y facilitar
de manera transitoria apoyos por parte del Estado para las nuevas
fuerzas que aparezcan.
Acordamos la creación de Circunscripciones Transitorias especiales
de Paz en las regiones más golpeadas del conflicto.
Por último, se acordó poner en marcha medidas para la
participación de la mujer y promover una cultura democrática de
tolerancia en el debate político. El fin del conflicto implica que los
enemigos se deben tratar con respeto como adversarios políticos.
SEGUNDO PILAR El segundo pilar es una mayor
participación ciudadana para consolidar la paz, en el
espíritu de la Constitución del 91.
Para ello se acordaron toda una serie de medidas: el desarrollo de
una Ley de Garantías para las organizaciones y movimientos
sociales; medidas para promover una cultura de tolerancia, o
estigmatización y reconciliación; garantías para la protesta social,
tanto para quienes se manifiesten como para los demás
ciudadanos; promoción de espacios en medios de comunicación
institucionales, regionales y comunitarios para dar a conocer las
actividades de las diferentes organizaciones de la sociedad civil;
revisión de todo el sistema de participación ciudadana en los
planes de desarrollo, en particular del funcionamiento de los
Consejos Territoriales de Planeación; fortalecimiento de la
participación en la construcción de políticas públicas y
fortalecimiento del control ciudadano a la gestión pública
mediante la promoción de veedurías y observatorios de
transparencia en todas las regiones.
TERCER PILAR La idea fundamental del fin del conflicto- es
asegurar que se rompa para siempre el vínculo entre política y
armas:
Nadie nunca más utilice las armas para promover una causa
política. Y que quienes han dejado las armas para transitar a la
política tengan todas las garantías de que no serán objeto de la
violencia. Todos quienes ejercen la política deben tener la
seguridad que no serán víctimas de las armas. Para ello se acordó
que el Gobierno establecerá un Sistema Integral de Seguridad para
el ejercicio de la Política en un marco de garantías de los derechos
y libertades.
Un sistema similar de garantías de seguridad para líderes de
organizaciones y movimientos sociales y defensores de derechos
humanos en situación de riesgo. Se promoverá la discusión con
amplia participación y la expedición de un Estatuto para la
Oposición.
El acuerdo debe ser de toda la sociedad Colombiana para abandonar la
violencia como método de acción política (Terratenientes y gremios) y sobre todo
del Estado Colombiano que no se reduce en el gobierno. (por ejemplo los
militares).
PARTICIPACIÓN CIUDADANA
La participación es un derecho consagrado en la
DECLARACIÓN UNIVERSAL de los derechos humanos
(articulo 21) y que en la CONSTITUCIÓN POLÍTICA de
Colombia se establece que la participación es un
principio orientador del que hacer del estado social de
Derecho. (Articulo 1) que es un fin esencial del estado
Colombiano (Articulo 2) y que es un derecho político
que garantiza a la ciudadanía y sus organizaciones la
posibilidad de incidir en la toma de decisiones,
ejecución y control de los asuntos públicos (articulo 40).
LEY 134 DE 1994: “Por la cual se dictan
normas sobre mecanismos de participación
ciudadana.”
La presente Ley estatutaria de los mecanismos de participación del pueblo
regula la iniciativa popular legislativa y normativa;
1. El referendo: Es la convocatoria que se hace al pueblo para que apruebe o rechace
un proyecto de norma jurídica o derogue o no una norma ya vigente.
2. La consulta popular, del orden nacional, departamental, distrital, municipal
y local; Una pregunta de carácter general sobre un asunto de trascendencia nacional.
3. La revocatoria del mandato; dan por terminado el mandato que le han conferido a
un gobernador o a un alcalde
4. El plebiscito: Mediante el cual apoya o rechaza una determinada decisión del
Ejecutivo.
5. El cabildo abierto: El Cabildo abierto es la reunión pública de los concejos distritales,
municipales o de las juntas administradoras locales, en la cual los habitantes pueden
participar directamente con el fin de discutir asuntos de interés para la comunidad.
QUE HA PASADO?
Los mecanismos de participación directa, reglamentados por la ley 134 de
1994, han sido muy poco utilizados, especialmente en los casos de la
iniciativa popular legislativa, el plebiscito y el referendo. Estas son algunas
cifras que arroja un estudio de la Misión de Observación Electoral:
Iniciativa popular legislativa (1991-2012)
Acto legislativo: 3 (2002, 2005 y 2006)
Proyecto de ley: 6 (2 en 2002, 1 en 2004, 1 en 2006 y 2 en 2008).
No prosperó ninguna.
Proyectos de ordenanza: 3. Las tres fueron rechazadas.
Proyectos de Acuerdo: 4, de las cuales 1 fue aprobada.
Referendo
Referendo aprobatorio de reforma constitucional: 6; solo 1 llegó a votación
(2003).
Referendos constitucionales: 13. Ninguno prosperó
Otros dos no pasaron de la etapa de recolección de firmas .
Actualmente cursa el de revocatoria de congresistas.
Un referendo derogatorio (reforma a la justicia). No terminó.
Un referendo sobre ley (anulación de reforma laboral).
69 referendos a nivel municipal (52 sobre creación de municipios)
Plebiscito
Desde que fue reglamentado no se ha realizado ningún plebiscito en
Colombia.
Consultas populares
Del nivel nacional: Ninguna
Departamental: 2
Municipal: 24
Local: Ninguna
Temas: seguridad y convivencia; ambiente; erradicación de cultivos ilícitos
con glifosato; rellenos sanitarios; día sin carro y restricción vehicular, servicios
públicos domiciliarios; valorización; nombre de parques; educación;
transporte.
Ocho consultas sobre modificación de límites municipales.
3 consultas sobre constitución de áreas metropolitanas
7 consultas sobre creación de municipios
Revocatoria del mandato
Entre 1991 y junio de 2012 se llevaron a cabo 132 iniciativas de RM (130 a
alcaldes y 2 a gobernadores)
Gobernadores de Cundinamarca y Meta: revocatorias fallidas.
Alcaldes de 110 municipios (21 en Atlántico, 17 en Antioquia y 14 en Valle). 39
en 2009; 23 en 1996, 20 en 2005.
Se llegó solo a recolección de firmas en 98 y a votación en 32. Ninguna
prosperó.
Revocatoria del mandato
De acuerdo a datos de la Registraduría Nacional del Estado Civil desde 2012
hasta 2014 se han solicitado 39 revocatorias del mandato a alcaldes.
CINCO TESIS PARA
ENTENDER DE LA
PARTICIPACIÓN
Las condiciones de conflicto armado en Colombia han
restringido la participación política, violando sistemáticamente
el derecho de asociación con la persecución y asesinato de
quien ejerce este derecho, el caso más lamentable es del de
asociación sindical, pero en todos los escenarios de
organización se encuentra limitado este derecho, por lo tanto,
la importancia del análisis está relacionado íntimamente con
las lógicas del poder del Estado y las formas de construcción de
lo público, fundamentalmente, cuando en el país a nivel
nacional se mantiene políticas antidemocráticas a través de
“estados de excepción”
1.
Estados de conmoción interior
“En
los 21 años transcurridos entre 1970 y 1991
Colombia vivió 206 meses bajo estado de
excepción, es decir, 17 años, lo cual representa
el 82% del tiempo transcurrido. Entre 1949 y 1991
Colombia vivió más de 30 años bajo estado de
sitio.”1
1. http://www.elespectador.com/impreso/politica/articuloimpreso43317-un-pais-de-estados-de-excepcion
2. Una cultura política con alto contenido clientelista,
donde los criterios de decisión radican en el número de
prebendas y/o puestos que estén en juego, esto es
propio de los mecanismos de la democracia
representativa que se emulan en los ejercicios de
participación. Liderazgos caudillistas y autoritarios
3. La instrumentalización de la participación
como parte de un modelo de descentralización
funcional al neoliberalismo.
4. Una y otra vez se ha observado que la explosión de
normas constituye un obstáculo real para ejercer el
derecho a participar, se ha producido una especie de
“Ley del embudo” en la que el espíritu de la norma que
crea el mecanismo es amplio, pero va siendo restringido a
medida que es reglamentado y puesto en marcha.
Espacios más de iniciativa y de consulta que de
concertación y decisión.
5. El último elemento obstáculo para la participación
ciudadana, tiene que ver con la complejidad del
aparato estatal. No existe gestión integral. (poner de
acuerdo a dos entidades sobre un mismo problema o
territorio).
Autoridades que se opusieron a la participación
Ineficacia de los espacios para resolver problemas
ACUERDOS DE LA HABANA EN MATERIA DE PARTICIPACION CIUDADANA
El gobierno elaborará un proyecto de ley de garantías y promoción de la
participación ciudadana, con los siguientes principios:
Acceso a la información.
Derecho de réplica y rectificación frente al gobierno.
Caracterización y registro de organizaciones.
Asistencia Legal y técnica.
Facilitar el intercambio de experiencias.
Financiación de iniciativas mediante concurso público.
Promover redes y agendas de trabajo colectivas.
Difusión de las ideas.
Mayores instancias de participación, promover instancias de seguimiento.
Desarrollar metodologías y herramientas de seguimiento.
Garantías para la movilización y
protesta social.
Garantías al derecho de los manifestantes.
Derecho de información durante las protestas.
Privilegiar el dialogo con garantías, los disturbios se trabajaran con
civilidad.
Mayor vigilancia y control de los medios policiales.
Acompañamiento del ministerio público en las movilizaciones.
Participación ciudadana a través de
los medios de comunicación.
Los canales regional, institucionales y comunitarios deben contribuir a los
valores cívicos y democráticos.
La participación en los “medios comunitarios” permiten…
Para ello se deberá: Abrir nuevas convocatorias para emisoras, abrir
espacios en canales regionales, institucionales y comunitarios,
capacitación técnica y financiación para producción de programación a
través de concurso público.
Falta un sistema de fortalecimiento de los medios comunitarios.
Garantías para la reconciliación, la
convivencia, la tolerancia y no
estigmatización, especialmente por
acciones políticas.
Creación del consejo Nacional para la reconciliación y la convivencia,
cuyas funciones son:
Programa de reconciliación y convivencia.
Promoción por el respeto de la diferencia
Pedagogía y didáctica del acuerdo final, Campañas masivas.
Creación de una cátedra de cultura política para la reconciliación y la
paz
Control y veeduría ciudadana
“La participación y el control por parte de los ciudadanos son esenciales
para garantizar la trasparencia de la gestión pública y el buen uso de los
recursos; y para avanzar en la lucha contra la corrupción y contra la
penetración de estructuras criminales en las instituciones públicas” Página
12
Promoción de veedurías ciudadanas y creación de observatorio de
transparencias.
Formación para veedores.
Mecanismos de información nacional, local.
Seguimiento de denuncias de actos de corrupción.
Promover campaña por los derechos ciudadanos.
Fortalecer mecanismos de rendición de cuentas de todos los servidores
públicos.
Vincular a las universidades.
Políticas para el fortalecimiento de la
planeación democrática y participativa.
Ampliar la participación en los Consejos territoriales de planeación.
Garantizar la participación del CTP en todas las fases de los planes de
desarrollo.
Propiciar la articulación de las instancias formales e informales.
Fortalecer la participación de las JAL en los planes de desarrollo.
Los conceptos e informes del CTP sean respondidos.
Asegurar que tenga prioridad.
Garantizar rendición de cuentas de CTP con sectores que representan.
Formación y participación de la mujer.
FORTALECER LOS PRESUPUESTOS PARTICIPATIVOS
Promover la participación en la priorización de una parte de la inversión.
Crear Incentivos.
Crear rendición de cuentas de los presupuestos participativos.
PROMOCIÓN DEL PLURALISMO
Quitar el Umbral para obtener personería Jurídica a partidos políticos.
Adquisición progresiva de derechos a nuevos partidos.
Programa de transición de 8 años para nuevos partidos.
En el tema de victima (punto 5) se trabajará el caso de la UP.
Incrementar porcentaje de financiación a partidos.
Incrementar divulgación política.
PROMOCIÓN DE PARTICIPACIÓN ELECTORAL
REFORMA DEL REGIMEN Y ORGANIZACIÓN ELECTORAL
CIRCUNSCRIPCION ESPECIALES DE PAZ
PARTICIPACION DE LA MUJER
PROMOCION DE UNA CULTURA
DEMOCRÁTICA Y PARTICIPATIVA
PREMISA: La democracia requiere de una transformación de la cultura
política del país.
Promoción de valores democráticos.
Formación.
Promoción de programas de liderazgos políticos
Participación de la mujer.
Sin participación no ha democracia y sin
democracia no puede haber un orden
social justo y equitativo.
QUE ENTENDEMOS POR PARTICIPACIÓN
NO EXISTE UNA SOLA FORMA DE LEER LA PARTICIPACIÓN, EXISTEN POR LO MENOS TRES
GRANDES GRUPOS TEÓRICOS:
El primer grupo responde a la participación que llamaremos participación sustitutiva, que impide
que las decisiones tomadas por la ciudadanía sean tomadas en cuenta, allí se ubica los tipos
expuestos como participación manipulada, frustrada, sin alas, subordinada, o de cooptación, la
cual solo “sirve” para legitimar las decisiones tomadas.
EL segundo grupo lo denominaremos participación liberal o formal, que atiende a la idea de
democracia representativa, en donde la participación permite en un ejercicio de interlocución
entre la ciudadanía y las instituciones consultar las decisiones. GOBERNABILIDAD.
El tercer grupo permite romper las lógicas clásicas de lo que se denomina participación ciudadana:
la participación emancipadora, la cual está orientada a cambiar, incluso de forma estructural,
concepciones sociales y administrativa sin que medie norma o relación directa con las decisiones
institucionales, allí se pueden ubicar más cómodamente conceptos olvidados como el de poder
popular, el cual incluye no solo la concepción del cambio y conflicto como parte integral de la
actividad humana, sino elementos valorativos de la relación institución – comunidad, es decir que
cuestiona el poder instituido.
ESTATUTO DE LA PARTICIPACIÓN.
La Ley 134 de 1994 ha sido en general inoperante e insuficiente pues reguló
solamente los espacios de participación directa y se refirió de manera
tangencial a los espacios de participación ciudadana en la gestión pública.
Alto nivel de dispersión normativa (leyes 142, 152, 388, 850 y otras cincuenta
más), que produjo una fuerte segmentación de la acción ciudadana y, por
momentos, una competencia insana por recursos públicos.
La ciudadanía ha ido perdiendo interés en el uso de los espacios de
participación, considerados como espacios burocráticos, poco eficaces y
acaparados por una élite.
LAS APUESTAS DEL NUEVO ESTATUTO.
Flexibilización de requisitos para el uso de los mecanismos de participación directa.
Sensibilización ciudadana y de los partidos sobre la importancia de tales
mecanismos
Regulación y articulación de los espacios de participación en la gestión pública.
Generación de condiciones para una acción ciudadana más sinérgica y enfocada
en el logro del bien colectivo.
Acción más proactiva del Estado para estimular la participación ciudadana.
Estimulo al uso de los canales institucionales y reconocimiento de otras formas no
institucionales de participación.
Transformación de las relaciones entre miembros de instancias y sus bases sociales.
Simplificación del marco normativo y articulación de experiencias a lo largo del
ciclo de la gestión pública.
Financiación adecuada de la participación.
Fortalecimiento de la sociedad civil para el ejercicio de la participación.