Consideraciones para el IR hasta el 31 de diciembre de 2012

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Transcript Consideraciones para el IR hasta el 31 de diciembre de 2012

MODIFICACIONES
TRIBUTARIAS IR 2012
DR. JORGE BRAVO CUCCI
Modificaciones a la Ley del
Impuesto a la Renta
Tercera Categoría
Dec. Leg. Nº 1112
Dec. Leg. Nº 1120
Dec. Leg. Nº 1124
ENAJENACIÓN BIENES MUEBLES POR SUJETOS NO DOMICILIADOS
(inciso b) del artículo 9 de la LIR modificado por el DL 1120):
Grúa ingresada por Admisión Temporal –
Alquiler por 12 meses
Venta
Impuesto a la Renta
Impuesto General a las Ventas
Hasta el 31 de diciembre del 2012
No gravado con el IR.
No gravado (Numeral 9 artículo 2 del
Reglamento
Desde el 1 de enero del 2013 (DL 1120)
Gravado con el IR (RFP)
No gravado (Numeral 9 artículo 2 del
Reglamento
INGRESOS PERCIBIDOS POR FUNDACIONES AFECTAS Y ASOCIACIONES
SIN FINES DE LUCRO (Inciso b del artículo 19 de la LIR)
CASO: Ingreso por donaciones efectuadas por la Empresa Hidroeléctrica Río
Puro a la Asociación Educativa el Futuro.
Consideraciones para el IR hasta el 31 de diciembre de 2012:
• Exoneración del IR hasta el 31 de diciembre de 2012.
•Sus rentas deben destinarse a sus fines específicos en el país (beneficencia,
asistencia social, educación, cultural, científico, artística, literaria, deportiva,
política, gremiales y/o de vivienda).
•No deben distribuirse entre sus asociados – directa o indirectamente -.
•En caso de disolución, su patrimonio se destinará a sus fines.
INGRESOS PERCIBIDOS POR FUNDACIONES AFECTAS Y ASOCIACIONES
SIN FINES DE LUCRO (Inciso b del artículo 19 de la LIR)
Consideraciones para el IR a partir del 1 de enero de 2013
• Se considera que las entidades en mención distribuyen indirectamente rentas
entre sus asociados o partes vinculadas cuando sus costos y gastos:
No cumplen con el principio de casualidad (Utilización del criterio de
normalidad y razonabilidad). Salvo que la renta obtenida por otros fines se
destine a sus fines.
Resulten sobrevaluados en relación a su valor de mercado.
La entrega de dinero o bienes no sea susceptible de posterior control
tributario.
CONSECUENCIAS:

Se dará de baja a la entidad del Registro de entidades exoneradas del IR y se dejará
sin efecto la resolución que la calificó como perceptora de donaciones por 2 años.

Deberá pagar el IR con la tasa del 30% + 4.1% + multas.
COSTO COMPUTABLE SUSTENTADO CON COMPROBANTES DE
PAGO (artículo 20 de la LIR)
Consideraciones para el IR a partir de enero de 2013:
El costo computable de los bienes enajenados deberá sustentarse con
Comprobantes de Pago; sin embargo, la obligación no será aplicable en los
siguientes casos:
•Cuando el enajenante perciba rentas de segunda categoría por la enajenación
del bien.
•Cuando de acuerdo con el RCP no sea obligatoria su emisión.
•Cuando de conformidad con el artículo 37 de la LIR se permita la deducción del
gasto con otros documentos, en cuyo caso el costo podrá ser sustentado con
tales documentos.
COSTO COMPUTABLE SUSTENTADO CON COMPROBANTES DE
PAGO (artículo 20 de la LIR)
Venta de Inmueble de PN a PJ:
•Sustentado en el Formulario Nº 820 (CPONH)?
•No se requiere el Formulario Nº 820 si lo que se vende está inscrito en el Registro
de la Propiedad Inmueble a cargo de la Superintendencia Nacional de Registros
Públicos – SNRP (Numeral 2 del artículo 6 del RCP).
Venta de Vehículo de PN a PJ:
•Sustentado en el Formulario Nº 820 (CPONH)?
•No se requiere el Formulario Nº 820 si el vehículo está inscrito en el Registro de
Bienes Muebles a cargo de la SNRP (Numeral 2 del artículo 6 del RCP).
Venta de Acciones de PN a PJ:
•Sustentado en el Formulario Nº 820 (CPONH)?
•No se requiere el Formulario Nº 820 si las acciones están inscritos en el Registro
Público de Mercado de Valores a cargo de la SMV (Numeral 2 del artículo 6 del
RCP).
COSTO COMPUTABLE SUSTENTADO CON COMPROBANTES DE
PAGO (artículo 20 de la LIR)
Venta de Inmueble de PJ a PN:
•Sustentado en Boleta de Venta/Factura (Hasta 2 ventas 2da. A partir de la 3ra
Habitualidad por 2 años más)?
•Si la Boleta de Venta/Factura (o Póliza de Adjudicación) es emitida por una PJ
No Habida hasta el 31.12 del ejercicio en que se emitió: COSTO NO DEDUCIBLE.
Venta de Acciones de PJ a PN:
•Sustentado con Boleta de Venta/Factura? Fuera de Bolsa
•Sustentado con Póliza de Adjudicación: Dentro de Bolsa.
•Si la Boleta de Venta/Factura (o Póliza de Adjudicación) es emitida por una PJ
No Habida hasta el 31.12 del ejercicio en que se emitió: COSTO NO DEDUCIBLE.
COSTO COMPUTABLE SUSTENTADO CON COMPROBANTES DE
PAGO (artículo 20 de la LIR)
Venta de Inmueble de PJ a PJ:
•Sustentado con Factura.
•Si la Factura es emitida por una PJ No Habida hasta el 31.12 del ejercicio en
que se emitió: COSTO NO DEDUCIBLE.
Venta de Acciones de PJ a PJ:
•Sustentado Con Factura: Fuera de Bolsa.
•Sustentado con Póliza de Adjudicación: Dentro de Bolsa.
•Si la Factura (o Póliza de Adjudicación) es emitida por una PJ No Habida
hasta el 31.12 del ejercicio en que se emitió: COSTO NO DEDUCIBLE.
COSTO COMPUTABLE PARA EL CASO DE INMUEBLES –
¿IMPUESTO A LA HERENCIA? (artículo 21, 1 de la LIR)
CASO: Donación de Inmueble de Padre e Hijo (Anticipo de Legítima)
Consideraciones para el IR hasta el 31 de Julio de 2012:
PADRE
HIJO
No se encuentra gravada con el IR
(Artículo 5 de la LIR).
•Costo Computable: 1MM (Valor de
Mercado) Escritura Pública.
•Valor de Transferencia = Valor de
Mercado 1MM.
•IR 5% = 0.
Consideraciones para el IR a partir del 1 de agosto de 2012:
En el caso de adquisición gratuita de inmuebles, el costo computable será igual a
cero, salvo se acredite fehacientemente el costo que corresponde al
transferente.
PADRE
HIJO
No se encuentra gravada con el IR
(Artículo 5 de la LIR).
•Costo Computable: 0.
•Costo Computable: El del transferente
(0.1 MM).
•Valor de Mercado: 1MM.
•IR 5% = 0.05MM o 0.045MM
COSTO COMPUTABLE PARA EL CASO DE ACCIONES Y OTROS
VALORES MOBILIARIOS – IMPUESTO A LA HERENCIA?
(artículo 21,1 de la LIR)
CASO: Donación de Acciones ( NO COTIZADAS EN BOLSA) de Padre e Hijo (Anticipo
de Legítima)
Consideraciones para el IR hasta el 31 de diciembre de 2012:
PADRE
HIJO
No se encuentra gravada con el IR
(Artículo 5 de la LIR).
•Costo Computable: 0.1MM = Valor
Nominal: Escritura Pública.
•Valor de Transferencia 1MM = Valor de
Participación Patrimonial (VPP) o Valor de
Transferencia (el Mayor) = Valor de
Mercado.
•IR 5% = 0.45MM
Consideraciones para el IR a partir del 1 de enero de 2013:
En el caso de adquisición gratuita de acciones u otros valores mobiliarios por
parte de persona natural, el costo computable será igual a cero salvo que se
acredite fehacientemente el costo que corresponde al transferente antes de la
trasmisión.
PADRE
HIJO
No se encuentra gravada con el IR
(Artículo 5 de la LIR).
•Costo Computable: 0.
•Costo Computable: 0.8 MM = Valor de
Adquisición del Papá o VPP al 31.12.09 (El
mayor)
•Valor de Transferencia: 1MM = Valor de
Participación Patrimonial (VPP) o Valor de
Transferencia (el Mayor) = Valor de
Mercado.
•IR 5% = 0.05MM o 0.01MM
COSTO COMPUTABLE PARA EL CASO DE ACCIONES Y OTROS
VALORES MOBILIARIOS – IMPUESTO A LA HERENCIA?
(artículo 21,1 de la LIR)
CASO: Donación de Acciones (COTIZADAS EN BOLSA) de Padre e Hijo (Anticipo de
Legítima)
Consideraciones para el IR hasta el 31 de diciembre de 2012:
PADRE
HIJO
No se encuentra gravada con el IR
(Artículo 5 de la LIR).
•Costo Computable =1MM = Valor de
Última Cotización en la Fecha de
Adquisición del Hijo = Valor de Mercado
Escritura Pública
•.Valor de Transferencia 1MM = Valor de
Última Cotización = Valor de Mercado.
•IR 5% = 0
Consideraciones para el IR a partir del 1 de enero de 2013:
En el caso de adquisición gratuita de acciones u otros valores mobiliarios por
parte de persona natural, el costo computable será igual a cero salvo que se
acredite el costo que corresponde al transferente antes de la trasmisión.
PADRE
HIJO
No se encuentra gravada con el IR
(Artículo 5 de la LIR).
•Costo Computable: 0.
•Costo Computable: 0.1 MM = Valor de
Última Cotización en la Fecha de
Adquisición del Papá = Valor de Mercado:
Escritura Pública.
•Valor de Transferencia: 1MM = Valor de
Última Cotización = Valor de Mercado
•IR 5% = 0.05MM o 0.045MM
Ganancias de Capital de PN
1.
2.
Se ha eliminado la exoneración de las 5UIT.
Se ha eliminado el régimen de transparencia fiscal de los Fondos
Mutuos – estos tributarán como ganancias de capital 5% al momento
del rescate.
 Se grava al momento del rescate, pero distinguiendo según el tipo
de contribuyente, el tipo de renta (intereses, dividendos, ganancias
de capital y RFE)
3. Se impide la deducción de pérdidas de capital artificiales
 Se tienen 100 acciones cuyo costo fue de 10
 La cotización baja a 8. vendo 50 acciones a 8. pierdo 100.
 Acto seguido recompro a 8,50 acciones.
 El contribuyente tiene una pérdida de (100=50x2)
 La norma señala que esa pérdida no es deducible
 La pérdida se incorpora como costo de las acciones que mantiene
en cartera el contribuyente.
ARTICULO 24º A: DIVIDENDOS
Calificará
como
dividendo
¿
La reducción de capital hasta por el monto de las
utilidades, excedente de revaluación, ajuste por
reexpresión, primas o reservas de libre disposición
EXISTENTES al adoptar el acuerdo de reducción.
?
Y cómo era antes
ESTA REGLA RIGE DESDE EL 30-06-2012
Antes sólo se configuraba la
distribución de dividendos si se
capitalizaban, previamente, los
conceptos aludidos
GASTOS DE CAPACITACIÓN (inciso II) del artículo 37 de la LIR)
CASO: Empresa Minera Kuntur. Inscribe a su Gerente Financiera en un MBA
que cuesta S/. 50,000.00
Consideraciones para el IR hasta el 31 de diciembre de 2012
•Sería deducible sólo en la medida que cumpla con los principios de normalidad,
razonabilidad y generalidad.
•Sólo hasta el monto que no supere el 5% del total de los gastos deducidos en el
ejercicio.
•Kuntur debe presentar su programa de capacitación al Ministerio de Trabajo (Ley
de Promoción a la Inversiones en Capital Humano – Ley 29498).
Consideraciones para el IR a partir del 1 de enero de 2013
•Será deducible en la medida que respondan a una necesidad concreta de invertir
en la capacitación de su personal que repercuta en la generación de sus rentas
gravadas y en el mantenimiento de la fuente.
DEDUCCIÓN DE GASTOS POR CONCEPTO DE DONACIONES
(inciso x del artículo 37 de la LIR)
CASO: Gastos por donaciones efectuadas por la Empresa Hidroeléctrica Río Puro a la
Asociación Educativa el Futuro.
Consideraciones para el IR
• La donación a favor de la Asociación permite deducir el gasto para fines del IR.
•La Asociación debe encontrarse inscrita en el registro de entidades exoneradas
o inafectas del IR de la SUNAT.
•La Asociación debe ser calificada como entidad perceptora de donaciones de la
SUNAT.
 MEF (Calificación hasta el 29/06/12).
SUNAT (Calificación desde el 30/06/2012)
ARTICULO 44º: PERDIDAS DE CAPITAL
1.
Valores mobiliarios cuya enajenación
genera pérdidas no deducibles -•
Norma antielusiva
•
Adquisición de valores mobiliarios del mismo tipo que los
enajenados (la Exposición de Motivos se refiere a “los
mismos valores mobiliarios o substancialmente idénticos”)
•
Temporalidad de la enajenación
ARTICULO 44º: TRANSFERENCIA DE CREDITOS ORIGINADOS ENTRE
PARTES VINCULADAS
Transferencia de tales créditos a terceros, quienes asumen el riesgo
crediticio del deudor.
 Medida antielusiva
 La pérdida originada en la diferencia entre el valor nominal y el
valor de la transferencia no es deducible para el transferente
(tampoco lo será como provisión y/o castigo de la cuenta por
cobrar)
 N/A a las empresas del SF reguladas por la Ley General del SF y
del Sistema de Seguros y Orgánica de la SBS.
TRANSFERENCIA DE CREDITOS
Vinculados
A
«Perdida por
la cesión es
NO
DEDUCIBLE»
Las provisiones y
castigos por
incobrabilidad
tampoco son
deducibles.
Crédito
B
Acreedor
Deudor
C x COBRAR
C x PAGAR
C
Tercero que asume
el riesgo crediticio
del deudor
ARTICULO 63º: EMPRESAS CONSTRUCTORAS
2.
Imputación de Rentas Brutas para empresas de construcción o
similares – Método del diferimiento de resultados -a.
Con vigencia a partir del 1.1.2013 se deroga el inciso c) del
artículo 63° de la LIR que permitía el uso del método en
referencia.
Efectos
b. Los contribuyentes que hubiesen optado por el citado método por
obras iniciadas con anterioridad al 1 de enero de 2013 continuarán
con tal método hasta la terminación de las mismas.
ARTICULO 85°: PAGOS A CUENTA
a.
A partir del pago a cuenta que corresponde al mes de agosto de
2012 (en adelante) se pasa de dos sistemas excluyentes
(régimen actual) a la aplicación de una mecánica mediante la
cual se abona el monto que resulte mayor de comparar las
cuotas mensuales determinadas con arreglo a lo señalado en la
norma modificatoria.
 “Coeficiente”
 1.5%
ARTICULO 85°: PAGOS A CUENTA
• Ya no se alude a un “sistema” de pagos a cuenta (lo que era
antes el sistema de coeficientes y el sistema de porcentaje). Sin
perjuicio de ello, para la determinación de los pagos a cuenta se
aplicará sobre la “base de cálculo” (ingresos netos mensuales) un
coeficiente o un porcentaje (1.5%).
• Cada vez que se determine un pago a cuenta deberá
compararse, todos los meses aquel determinado por aplicación
de un coeficiente o por aplicación de un porcentaje. Se escogerá
el mayor entre ambos.
VIGENCIA: 01 de agosto de 2012.
EJERCICIO
ENE
FEB
¿Se ha obtenido IR
en el ejercicio 1?
MAR
SI
Coeficiente
de Ejercicio 1
VS. “1.5
%”
Escoger la
Mayor
Cuota
APLICA “1.5 %”
NO
ABR
MAYO
JUN
JUL
AGO
¿Se ha obtenido IR
en el ejercicio 2?
SI
SET
OCT
NOV
DIC
NO
Coeficiente
de Ejercicio 2
VS. “1.5
%”
APLICA r 1.5 % DE MAR
A DIC NUNCA HABRÁ
COMPARACIÓN
CON
“COEFICIENTE” DADO
QUE NO SE OBTUVO IR
EN EJERCICIO 2
Escoger la
Mayor
Cuota
Concepto
Determinación del Sistema
Hasta el pago a cuenta de
julio 2012
Desde el pago a cuenta de
agosto 2012
Sistemas excluyentes.
Sistemas comparables, regla
del mayor valor.
El Sistema se selecciona en el
pago a cuenta de enero.
¿?
La SUNAT elige por error o No se incluye expresamente
abstención.
elección de la SUNAT.
Sistema del Coeficiente
01 – 02 = IREPA / INEPA
03 – 12 = IREA / INEA
01 – 02 = IREPA / INEPA
03 – 12 = IREA / INEA
Modificación de coeficiente a
partir del pago a cuenta de
julio. Con balance al cierre
del 30 de junio. Sin IR
calculado
procede
suspensión.
Modificación de coeficiente a
partir del pago a cuenta de
agosto. Con EEGGPP al cierre
del 31 de julio. Sin IR
calculado
procede
suspensión.
Concepto
Sistema del Porcentaje (1)
Hasta el pago a cuenta de
julio 2012
Desde el pago a cuenta de
agosto 2012
2%
1.5%
Modificación del porcentaje a
partir del pago a cuenta de
enero con efectos hasta el
pago a cuenta de junio. Con
balance al cierre del 31 de
enero.
Modificación del porcentaje a
partir del pago a cuenta de
mayo con efectos hasta el
pago a cuenta de julio. Con
EEGGPP al 30 de abril y sin
deuda pendiente de enero a
abril.
Modificación del porcentaje a
partir del pago a cuenta de
julio. Con balance al cierre
del 30 de junio. Obligatorio si
se modificó antes.
Modificación del porcentaje a
partir del pago a cuenta de
agosto. Con EEGGPP al cierre
del 31 de julio. Obligatorio si
se modificó antes.
Concepto
Hasta el pago a cuenta de
julio 2012
Desde el pago a cuenta de
agosto 2012
Aplica para aquellos que no Siempre puede aplicar.
obtuvieron renta imponible
el ejercicio anterior o inicien
actividades.
Sistema del Porcentaje (2)
Se suspenden pagos a
cuenta por no obtener IR
calculado
en
ambas
oportunidades
(pago
a
cuenta de enero a junio y/o
pago a cuenta de julio a
diciembre).
Se suspenden pagos a
cuenta por no obtener IR
calculado. En el caso de la
modificación de los pagos a
cuenta entre mayo y julio, no
procede la suspensión si
hubo IR en el ejercicio
anterior.
ARTICULO 106º: REORGANIZACION DE SOCIEDADES O EMPRESAS
.
Ganancia resultante de una revaluación voluntaria con efectos
tributarios y la compensación de pérdidas tributarias -•
Se prohíbe que las pérdidas tributarias del transferente o del
adquirente se compensen con la “renta” gravada generada a raíz de
una revaluación voluntaria de activos en aplicación del numeral 1.
del artículo 104° de la Ley del IR.
•
Norma antielusiva.