El Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social Francisco Jacob Vicesecretario General OISS PROTECCIÓN SOCIAL - EMIGRACIÓN La exclusión de los beneficios de la Protección Social de.
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Transcript El Convenio Multilateral Iberoamericano de Seguridad Social Francisco Jacob Vicesecretario General OISS PROTECCIÓN SOCIAL - EMIGRACIÓN La exclusión de los beneficios de la Protección Social de.
El Convenio Multilateral
Iberoamericano de
Seguridad Social
Francisco Jacob
Vicesecretario General OISS
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PROTECCIÓN SOCIAL - EMIGRACIÓN
La exclusión de los beneficios de la
Protección Social de los trabajadores
migrantes provoca:
Desprotección (incluso tras largos
periodos de cotización)-Marginación
Desincentiva la cotización
Fomenta la economía informal y el
“dumping social”
Dificulta la movilidad y el retorno
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PROTECCIÓN SOCIALEMIGRACIÓN
Las Leyes Sociales (que regulan la
protección de la salud, pensiones …) son
muy dispares entre sí
Las Leyes Sociales se rigen por el
“principio de territorialidad”: aplicación
exclusiva en el ámbito territorial del
Estado que las produce.
La protección de los migrantes requiere
cooperación internacional en Seguridad
Social
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INTERNACIONALIZACIÓN DE LA
PROTECCIÓN SOCIAL
A través de dos vías:
Armonización (Convenios OIT, Código
Europeo de Seguridad Social, Código
Iberoamericano de Seguridad Social …):
busca establecer mínimos comunes de
protección.
Coordinación de legislaciones: convenios y
acuerdos internacionales
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CONVENIOS DE
SEGURIDAD SOCIAL
No modifican legislaciones
nacionales
No sustituyen legislaciones
nacionales
Coordinan legislaciones para
garantizar derechos de los
trabajadores migrantes
Tipos: bilaterales, multilaterales
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CONVENIOS
BILATERALES EN
IBEROAMERICA
Posibles: 231
En vigor: 53
El 73% en cuatro países:
Argentina (7), Chile (8),
España (13) y Uruguay (11)
6
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CONVENIOS
MULTILATERALES EN
IBEROAMERICA
Convenio de Seguridad Social de Quito (1978):
requiere acuerdos bilaterales
Acuerdo Multilateral de Seguridad Social de
MERCOSUR: en vigor desde 2005.
Decisión 583. Instrumento Andino de
Seguridad Social: pendiente del Reglamento de
Aplicación
Reglamentos de Seguridad Social de la UE:
desde el 1de mayo de 2010 vigentes los nuevos
Reglamentos 883/2004 y 987/2009.
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Convenio Multilateral
Iberoamericano de
Seguridad Social
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ELABORACIÓN DEL CONVENIO
MULTILATERAL BEROAMERICANO
DE SEGURIDAD SOCIAL
V Conferencia de Ministros y Máximos
Responsables de la Seguridad Social
(Segovia, septiembre 2005)
XV Cumbre Iberoamericana de Jefes de
Estado y de Gobierno
(Salamanca, octubre 2005)
6 Borradores
3 Reuniones Técnicas
(Montevideo, Santiago de Chile, Sao Paulo)
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ELABORACIÓN DEL
CONVENIO
VI Conferencia de Ministros
(Iquique. Julio 2007):
aprobó el texto del Convenio
XVII Cumbre Iberoamericana de Jefes de
Estado y de Gobierno
(Santiago de Chile. Noviembre 2007):
adoptó el Convenio por unanimidad.
Firma (12 países).
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PROCEDIMIENTO
ENTRADA EN VIGOR
Firma del Convenio por los Gobiernos
Ratificación del Convenio por los
Parlamentos según legislación interna.
Depósito del instrumento de ratificación en
la SEGIB
Entrada en vigor: una vez se haya depositado
el 7º instrumento de ratificación y suscrito el
Acuerdo de Aplicación.
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FIRMA TEXTO CONVENIO.
14 PAISES
Argentina
Bolivia
Brasil
Chile
Costa Rica
Ecuador
España
Colombia
Portugal
Paraguay
Perú
Uruguay
Venezuela
El Salvador
Población de los países que ya han firmado:
450 millones
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ENTRADA EN VIGOR
El 2 de febrero de 2011 el séptimo país
(Bolivia) depositó el instrumento de
ratificación
Entrada en vigor: 1º DE MAYO DE 2011
Efectividad a la firma del Acuerdo de
Aplicación
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RATIFICACIÓN
DEL CONVENIO
Ratificado: - Depositado el instrumento
de ratificación: Bolivia, El
Salvador, Ecuador, Brasil,
Chile, España, Paraguay,
Portugal - Pendiente de
depósito: Argentina, Uruguay,
Venezuela
Avanzado
trámite de
ratificación:
Costa Rica.
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ACUERDO DE APLICACIÓN
DEL CONVENIO
5 Borradores y 2 Reuniones Técnicas (Fortaleza,
Santiago de Chile)
VII Conferencia de Ministros
(Lisboa, septiembre 2009):
aprobación definitiva del texto
XIX Cumbre Iberoamericana (conocimiento)
Firma por los países (previa ratificación del
Convenio)
Firmado: El 13 de octubre de 2010 por España.
el 18 de abril de 2011 por Bolivia, el 19 de mayo
por Brasil
ACTUALMENTE EFECTIVO ENTRE BOLIVIA ,
BRASIL Y ESPAÑA
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IMPORTANCIA
DEL CONVENIO
Mejora la protección de los trabajadores
migrantes y sus familias.
Favorece la movilidad y el retorno.
Fomenta la cotización y la “formalización”.
Contribuye a evitar el “dumping”.
Refuerza los sistemas de SS.
Primer instrumento jurídico iberoamericano
que reconozca derechos a los ciudadanos,
directamente reclamables ante los tribunales..
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IMPORTANCIA
DEL CONVENIO
.
Favorece la relaciones y los convenios
bilaterales.
Puede servir de ejemplo
Puede ser origen de otros instrumentos
(Encuentro de Ministros y Máximos
Responsables de Seguridad Social de UE, AL y
Caribe).
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PRINCIPIOS
DEL CONVENIO
Igualdad de trato: con independencia de la
nacionalidad (se aplica a cualquier persona
que esté o haya estado sujeta a la
legislación de uno o varios Estados Parte).
Campo de aplicación personal: trabajadores
legales, dependientes y no dependientes.
Campo de aplicación material: prestaciones
económicas por vejez, invalidez,
supervivencia, accidentes de trabajo y
enfermedades profesionales.
Legislación aplicable: “lex loci laboris” (con
excepciones).
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PRINCIPIOS
DEL CONVENIO
Conservación de derechos en curso de
adquisición: totalización de períodos y
“prorrata témporis”.
Exportación de prestaciones.
Colaboración administrativa y técnica.
Mantenimiento de disposiciones más
favorables de otros Convenios.
Posibilidad de ampliación a otras ramas
(asistencia sanitaria …).
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FONDOS DE PENSIONES
(Título II. Capítulo 2)
Abono de prestaciones con cargo a los
Fondos
Totalización de períodos para: invalidez,
supervivencia, en sistemas mixtos,
mínimos (en su caso) (art.16).
Exportación de prestaciones (art. 6).
Aseguramiento voluntario (art. 16).
Posibilidad de acuerdos de transferencia
de fondos entre Estados (art.17).
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PROCEDIMIENTO DE
APLICACIÓN DEL CONVENIO
SOLICITUD:
En cualquier Estado Parte
IMPULSO:
Estado de residencia o de
últimas cotizaciones
TRÁMITE:
Solicitud
de información a otros
Estados
Comunicaciones entre
instituciones a través de la del
Estado que impulsa.
Resolución, notificación y pago
por cada Estado.
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