Transcript El sistema portuario espanol
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El Sistema Portuario Español
Características Generales
Celia Tamarit de Castro
Jefa de Área de Seguridad
Puertos del Estado
[email protected]
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MARCO COMPETENCIAL
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Competencias en puertos
Constitución 1978
Art. 148.1 Las Comunidades Autónomas podrán asumir
competencias en las siguientes materias:
6ª los puertos de refugio, los puertos y aeropuertos
deportivos y, en general, los que no desarrollen
actividades comerciales
Art. 149.1 El Estado tiene competencia exclusiva sobre las
siguientes materias:
20ª Marina Mercante y abanderamiento de buques;
iluminación de costas y señales marítimas; puertos de
interés general; aeropuertos de interés general; control
del espacio aéreo…..
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¿Qué es un puerto?
Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.
BOE Núm. 253. Jueves 20 de octubre de 2011
A los efectos de esta ley, se denomina puerto marítimo
al conjunto de espacios terrestres, aguas marítimas e
instalaciones que, situado en la ribera de la mar o de las rías,
reúna condiciones físicas, naturales o artificiales y de
organización
que permitan la realización de operaciones de tráfico
portuario,
y sea autorizado para el desarrollo de estas actividades por la
Administración competente.
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Sistema Portuario de Titularidad Estatal
Puertos de interés general
Los designados por Ley
•Actividades comerciales marítimas internacionales
• Influencia comercial a varias CCAA
• Sirven a industrias estratégicas
• Relevantes para la económica del Estado
• Esenciales para seguridad de tráfico marítimo
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¿Qué es actividad comercial marítima?
• dedicados al trasporte marítimo de mercancías
o Industriales, de abastecimiento, vinculados al comercio en general, de
distribución, francos, de intercambio de modos de transporte
o Contenedores, carga rodada, mercancía general, graneles sólidos,
graneles líquidos
• al transporte marítimo de pasajeros y sus vehículos
o Local o de ría, insular, internacional
• a atender las escalas de los cruceros turísticos
• a descarga de pesca fresca
• a atender a yates y otras embarcaciones de recreo
• a atender a embarcaciones deportivas
• a los servicios de construcción y reparación de barcos (pesca,
deportivos)
• prestar abrigo a los buques en condiciones de temporal
• a la defensa nacional
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Tipos de puertos
Cada tipo de puerto tiene unas obras, instalaciones y servicios
específicos para dar servicio a sus tráficos
los grandes puertos comerciales desempeñan la mayor parte de
esas funciones en zonas diferenciadas, que bien pudieran
llamarse "subpuertos"
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Sistema Portuario de Titularidad Estatal
ORGANIZACIÓN Y ESTRUCTURA
• 46 Puertos gestionados por 28 Autoridades Portuarias
• Puertos del Estado
• Sociedades participadas
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3
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Sistema Portuario de Titularidad Estatal
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Sistema Portuario de Titularidad Estatal
MISIÓN
Coadyuvar al desarrollo de la economía española
facilitando el paso de las mercancías por los puertos
como integrantes de las cadenas intermodales y logísticas.
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Sistema Portuario de Titularidad Estatal
PRINCIPIOS Y OBJETIVOS
• Autonomía económico-financiera
• Autofinanciación
• Optimización de la gestión económica
• Solidaridad
• Competencia
• Libertad tarifaria
• Mejora de la competitividad
• Fomento de la participación privada
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PUERTOS DEL ESTADO
COMPETENCIAS
A Puertos del Estado, bajo la dependencia y supervisión del
Ministerio de Fomento, le corresponden, entre otras:
• La ejecución de la política portuaria del Gobierno y la coordinación y
el control de la eficiencia del sistema portuario de titularidad estatal.
• La coordinación general con los diferentes órganos de la
Administración General del Estado que establecen controles en los
espacios portuarios.
• Formación y promoción de I+D relacionado con la actividad portuaria
• Planificación, coordinación y control de SSMM
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AUTORIDADES PORTUARIAS
COMPETENCIAS
a) La prestación de los servicios generales, así como la gestión y control de los servicios
portuarios para lograr que se desarrollen en condiciones óptimas de eficacia, economía,
productividad y seguridad, sin perjuicio de la competencia de otros organismos.
b) La ordenación de la zona de servicio del puerto y de los usos portuarios, en
coordinación con las Administraciones competentes en materia de ordenación del
territorio y urbanismo.
c) planificación, proyecto, construcción, conservación y explotación de las obras y
servicios del puerto, y el de las señales marítimas que tengan encomendadas
d) gestión del dominio público portuario y de señales marítimas que les sea adscrito.
e) optimización de la gestión económica y la rentabilización del patrimonio y de los
recursos que tengan asignados.
f) fomento de las actividades industriales y comerciales relacionadas con el tráfico
marítimo o portuario.
g) coordinación de las operaciones de los distintos modos de transporte
h) La ordenación y coordinación del tráfico portuario, tanto marítimo como terrestre.
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AUTORIDADES PORTUARIAS
Órganos de Gobierno:
• Presidente: Nombrado por la Comunidad Autónoma
•
Consejo de Administración
Entre 12 y 15 miembros
Presidente: Presidente de la AP
4 miembros en representación de la Administración Central
Capitán Marítimo (miembro nato)
Abogado del Estado
Representante de Puertos del Estado
4 miembros en representación de la Comunidad Autónoma
Resto de miembros
33% municipios afectados por la zona de servicio
66% Cámaras de Comercio, organizaciones empresariales y
sindicales, sectores económicos relevantes para el puerto
Órgano De Asistencia: Consejo de Navegación y Puerto
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RECURSOS ECONÓMICOS
•Productos y rentas de su patrimonio.
• Tasas portuarias (menos 4% PdE)
• Ingresos generados por el ejercicio de sus funciones.
• Aportaciones del Fondo de Compensación Portuario.
• Presupuestos Generales del Estado
• Ayudas y subvenciones.
• Créditos, préstamos etc.
• Régimen sancionador
• Donaciones, legados, etc.
• Otras atribuidas por el ordenamiento jurídico
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PUERTOS AUTONÓMICOS
El resto de los puertos son de competencia de la
Comunidad Autónoma correspondiente.
Legislación sectorial propia, organismos propios.
El dominio público marítimo-terrestre ocupado por
un puerto de competencia de una Comunidad
Autónoma mantiene su titularidad estatal, si bien
tiene la condición de adscrito a dicha Comunidad.
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PUERTOS AUTONÓMICOS
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¿Hasta dónde llega el puerto?
Los puertos de interés general forman parte del
dominio público marítimo-terrestre e integran el
dominio público portuario estatal, el cual se regula por
las disposiciones de esta ley y, supletoriamente, por la
legislación de costas.
Zona de Servicio del Puerto
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DOMINIO PÚBLICO PORTUARIO
DELIMITACIÓN DE LOS ESPACIOS Y USOS PORTUARIOS
Determinación de la zona de servicio del puerto, incluyendo
espacios de tierra y de agua (Zonas I y II), así como los de
reserva y los espacios no portuarios (espacios para la
interacción puerto-ciudad), con fijación de los usos previstos
según zonas.
La Orden Ministerial de Delimitación de los Espacios y
Usos Portuarios se aprobará por el Ministro de Fomento, a
propuesta de Puertos del Estado, publicándose en el BOE
Llevará implícita la declaración de utilidad pública (efectos
expropiatorios), así como la afectación al uso portuario de
los bienes de dominio público y de los bienes patrimoniales
incluidos en la zona de servicio que sean de interés para el
puerto.
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DOMINIO PÚBLICO PORTUARIO
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DOMINIO PÚBLICO PORTUARIO
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DOMINIO PÚBLICO PORTUARIO
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DOMINIO PÚBLICO PORTUARIO
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DOMINIO PÚBLICO PORTUARIO
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DOMINIO PÚBLICO PORTUARIO
Usos y actividades permitidas en el dominio público portuario
sólo podrán llevarse a cabo actividades, Instalaciones y construcciones acordes con los usos
portuarios y de
señalización marítima
usos portuarios
a) Usos comerciales, entre los que figuran los relacionados con el intercambio
entre modos de transporte, los relativos al desarrollo de servicios portuarios y
otras actividades portuarias comerciales.
b) Usos pesqueros.
c) Usos náutico-deportivos.
d) Usos complementarios o auxiliares de los anteriores,
• incluidos los relativos a actividades logísticas y de almacenaje
•
los que correspondan a empresas industriales o comerciales cuya
localización en el puerto esté justificada
- por su relación con el tráfico portuario,
- por el volumen de los tráficos marítimos que generan
- o por los servicios que prestan a los usuarios del puerto.
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DOMINIO PÚBLICO PORTUARIO
DELIMITACIÓN DE LOS ESPACIOS Y USOS PORTUARIOS
En aquellos terrenos que no reúnan las características naturales de bienes de
dominio público marítimo-terrestre definidos en el artículo 3 de la Ley 22/1988,
de 28 de julio, de Costas, y que, por causa de la evolución de las necesidades
operativas de los tráficos portuarios hayan quedado en desuso o hayan perdido
su funcionalidad o idoneidad técnica para la actividad portuaria, podrán
admitirse en el dominio público portuario espacios destinados a usos
vinculados a la interacción puerto-ciudad, tales como equipamientos
culturales, recreativos, certámenes feriales, exposiciones y otras
actividades comerciales no estrictamente portuarias, siempre que no se
perjudique el desarrollo futuro del puerto y las operaciones de tráfico portuario y
se ajusten a lo establecido en el planeamiento urbanístico.......
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DOMINIO PÚBLICO PORTUARIO
DELIMITACIÓN DE LOS ESPACIOS Y USOS PORTUARIOS
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DOMINIO PÚBLICO PORTUARIO
DELIMITACIÓN DE LOS ESPACIOS Y USOS PORTUARIOS
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DELIMITACIÓN DE LOS ESPACIOS Y USOS PORTUARIOS
Elaboración: Autoridad Portuaria:
información pública
informes preceptivos:
Administraciones urbanísticas,
de la Administración con competencia en materia de costas,
de pesca en aguas interiores, de ordenación del sector pesquero y
deportes,
así como en aquellos otros ámbitos sectoriales sobre los que pueda
incidir
Puertos del Estado recabará informe
Ministerio de Defensa, incidencia intereses de la defensa nacional,
del Ministerio del Interior, seguridad pública y de control de
entradas y salidas de personas del territorio nacional,
del Ministerio de Economía y Hacienda vigilancia y control aduanero
y, cuando proceda, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio en
aspectos relacionados con la construcción naval.
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¿Cómo funciona un puerto?
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¿Cómo se usa el Puerto?
•El papel de la Autoridad Portuaria
•Las otras Administraciones
•Los principales usuarios del puerto
(buque, mercancía y pasajeros)
•Los prestadores de servicios al buque,
mercancía y pasaje
•Uso privativo del dominio público
portuario
•Otros usos
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¿Cómo se usa el Puerto?
EL PAPEL DE LA AUTORIDAD PORTUARIA
•Asegurarse de que existen condiciones físicas y de
organización para que los principales usuarios del puerto
puedan usarlo. OBRAS, INSTALACIONES Y SERVICIOS.
fomentando la iniciativa privada
•Prestar los servicios generales (no requieren solicitud)
•Coordinarse y facilitar el trabajo de otras
Administraciones
•Autorizar y regular el uso del puerto por parte de usuarios
y prestadores de servicios
•Otros
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¿Cómo se usa el Puerto?
EL PAPEL DE LA AUTORIDAD PORTUARIA
OBRAS E INSTALACIONES PARA EL BUQUE
• Agua
abrigada y calado para entrar a puerto, maniobrar y
operar (Zona marítima)
•Obras de abrigo: diques
• Obras
de acceso
•señalización, radar, faros, balizas
• diques de encauzamiento
• canales dragados
• esclusas
•Obras de fondeo
•
•
•
zonas de operación marítima
Dársena
equipamientos de amarres, defensas.
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¿Cómo se usa el Puerto?
EL PAPEL DE LA AUTORIDAD PORTUARIA
OBRAS E INSTALACIONES PARA MERCANCÍA
Y PASAJEROS
Zona terrestre
• Superficies
•Muelles
•zonas de depósito (descubierto o cubierto)
• Equipamientos
• accesos.
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Esquema de un puerto
Puerto de Vigo
Abrigo natural
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Esquema de un puerto
Puerto de Ferrol
Abrigo natural
Puerto exterior:
dique de abrigo
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Esquema de un puerto
Puerto de Santander
Abrigo natural
Canal de acceso: dragado
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Esquema de un puerto
Puerto de Huelva
Abrigo natural
Canal de acceso: dragado y
protegido por un dique
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Esquema de un puerto
Abrigo natural
Canal de acceso: dragado y
protegido por un dique
Puerto de Avilés
Puerto de Punta Umbría
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Esquema de un puerto
Puerto de Cartagena
Aguas semiabrigadas
Diques de abrigo
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Esquema de un puerto
Puerto de Bilbao
Aguas semiabrigadas
Diques de abrigo
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Esquema de un puerto
Puerto de Barcelona
Diques de abrigo.
Puerto ganado al mar.
Bocana abierta tras la
ampliación
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Esquema de un puerto
Puerto de Gijón
Diques de abrigo.
Puerto ganado al mar.
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¿Cómo se usa el Puerto?
ADMINISTRACIONES
marina mercante
aduana
frontera
industria
sanidad
urbanismo y ordenación del territorio
carreteras y ferrocarriles
medio ambiente
costas, pesca, cultura
Seguridad pública, protección civil
trabajo
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¿Cómo se usa el Puerto?
LUS USUARIOS. BUQUE PASAJE, MERCANCÍA
Autorizaciones para el uso de instalaciones portuarias
fijas por los buques, el pasaje y las mercancías,
Orden DUE
RD 145/1989 (mercancías peligrosas)
Reglamento de Explotación y Policía
y las Ordenanzas portuarias.
Devenga tasas
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Servicios AL BUQUE
¿Cómo se usa el Puerto?
SERVICIOS EN UN PUERTO
Capitanía marítima
Técnico náuticos
Practicaje
Remolque
Amarre
Otros
Recogida de desechos
Agua, electricidad
Consignación
Avituallamiento
Reparaciones
Servicios a la tripulación (cambios, médicos,
gestiones)
certificaciones
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Servicios en un puerto
Practicaje
remolque
amarre
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¿Cómo se usa el Puerto?
SERVICIOS EN UN PUERTO
Servicios Mercancía y pasajeros
• Diferentes
Administraciones
•estiba y desestiba, carga y descarga, embarque y
desembarque
•almacenamiento temporal
•retranqueo
•Expedición
•valor añadido
•servicios al pasaje
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¿Cómo se usa un puerto?
Uso privativo
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•
Elementos de una concesión
•
TITULAR
•
OBJETO
•
DOMINIO PÚBLICO OTORGADO
•
OBRAS A REALIZAR
•
PLAZO
•
TASAS
•
ACTIVIDAD MÍNIMA
•
OTRAS CONDICIONES
EXTINCIÓN
•
REGIMEN SANCIONADOR
•
CONDICIONES PARTICULARES
(MEDIOAMBIENTE, SEGURIDAD…)
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• Éxtinción de una concesión
a) Vencimiento del plazo
b) Revisión de oficio
c) Renuncia del titular
d) Mutuo acuerdo
e) Disolución o extinción de la sociedad
f) Revocación
g) Caducidad
h) Rescate
i) Extinción de licencia para prestación servicio
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CAUSAS DE CADUCIDAD:
a) No iniciación, paralización o no terminación de las obras por causas no justificadas, durante el
plazo que se fije en las condiciones del título.
b) Impago de tasas portuarias durante un plazo de 6 meses, en el caso de las autorizaciones, y de
12 meses en el caso de las concesiones.
c) Falta de actividad o de prestación del servicio, durante un período de 6 meses, en el caso de
autorizaciones, y de 12 meses en el caso de las concesiones, a no ser que obedezca a causa justificada.
d) Ocupación del dominio público no otorgado.
e) Incremento de la superficie, volumen o altura de las instalaciones en más del 10% sobre el
proyecto autorizado.
f) Desarrollo de actividades que no figuren en el objeto del título.
g) Cesión a un tercero del uso total o parcial, sin autorización.
h) Transferencia del título de otorgamiento, sin autorización.
i) Constitución de hipotecas y otros derechos de garantía, sin autorización.
j) No reposición o complemento de las garantías definitiva o de explotación, previo requerimiento.
k) Incumplimiento de otras condiciones cuya inobservancia esté expresamente prevista en el
título de otorgamiento.
l) Persistencia en el incumplimiento del compromiso de superar el número mínimo de
trabajadores que deben contratarse en relación laboral común adquirido por la empresa estibadora, si
hubiera sido considerado como criterio en el pliego de bases del concurso para la adjudicación de la
concesión.
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¿Cómo se usa un puerto?
OTRAS ACTIVIDADES
Autorizaciones para otras actividades sin ocupación
privativa del dominio público portuario o de carácter puntual
- Reglamento de Explotación y Policía
- Ordenanzas portuarias
- Condiciones particulares
Obras fuera de concesión
Transportes especiales
Taxis, autobuses (no pasajeros ni tripulación)
Actividades deportivas (F1, maratón, ciclismo..)
Romerías
Filmación de películas
Espectáculos (circo, conciertos)
Ferias
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Esquema de un puerto
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Esquema de un puerto
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Esquema de un puerto
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Esquema de un puerto
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Esquema de un puerto
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Esquema de un puerto
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Esquema de un puerto
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Esquema de un puerto
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GRACIAS POR SU ATENCIÓN
El Sistema Portuario Español
Características Generales
Celia Tamarit de Castro
Jefa de Área de Seguridad
Puertos del Estado
[email protected]
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MARCO COMPETENCIAL
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Competencias en puertos
Constitución 1978
Art. 148.1 Las Comunidades Autónomas podrán asumir
competencias en las siguientes materias:
6ª los puertos de refugio, los puertos y aeropuertos
deportivos y, en general, los que no desarrollen
actividades comerciales
Art. 149.1 El Estado tiene competencia exclusiva sobre las
siguientes materias:
20ª Marina Mercante y abanderamiento de buques;
iluminación de costas y señales marítimas; puertos de
interés general; aeropuertos de interés general; control
del espacio aéreo…..
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¿Qué es un puerto?
Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante.
Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre.
BOE Núm. 253. Jueves 20 de octubre de 2011
A los efectos de esta ley, se denomina puerto marítimo
al conjunto de espacios terrestres, aguas marítimas e
instalaciones que, situado en la ribera de la mar o de las rías,
reúna condiciones físicas, naturales o artificiales y de
organización
que permitan la realización de operaciones de tráfico
portuario,
y sea autorizado para el desarrollo de estas actividades por la
Administración competente.
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Sistema Portuario de Titularidad Estatal
Puertos de interés general
Los designados por Ley
•Actividades comerciales marítimas internacionales
• Influencia comercial a varias CCAA
• Sirven a industrias estratégicas
• Relevantes para la económica del Estado
• Esenciales para seguridad de tráfico marítimo
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¿Qué es actividad comercial marítima?
• dedicados al trasporte marítimo de mercancías
o Industriales, de abastecimiento, vinculados al comercio en general, de
distribución, francos, de intercambio de modos de transporte
o Contenedores, carga rodada, mercancía general, graneles sólidos,
graneles líquidos
• al transporte marítimo de pasajeros y sus vehículos
o Local o de ría, insular, internacional
• a atender las escalas de los cruceros turísticos
• a descarga de pesca fresca
• a atender a yates y otras embarcaciones de recreo
• a atender a embarcaciones deportivas
• a los servicios de construcción y reparación de barcos (pesca,
deportivos)
• prestar abrigo a los buques en condiciones de temporal
• a la defensa nacional
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Tipos de puertos
Cada tipo de puerto tiene unas obras, instalaciones y servicios
específicos para dar servicio a sus tráficos
los grandes puertos comerciales desempeñan la mayor parte de
esas funciones en zonas diferenciadas, que bien pudieran
llamarse "subpuertos"
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Sistema Portuario de Titularidad Estatal
ORGANIZACIÓN Y ESTRUCTURA
• 46 Puertos gestionados por 28 Autoridades Portuarias
• Puertos del Estado
• Sociedades participadas
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Sistema Portuario de Titularidad Estatal
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Sistema Portuario de Titularidad Estatal
MISIÓN
Coadyuvar al desarrollo de la economía española
facilitando el paso de las mercancías por los puertos
como integrantes de las cadenas intermodales y logísticas.
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Sistema Portuario de Titularidad Estatal
PRINCIPIOS Y OBJETIVOS
• Autonomía económico-financiera
• Autofinanciación
• Optimización de la gestión económica
• Solidaridad
• Competencia
• Libertad tarifaria
• Mejora de la competitividad
• Fomento de la participación privada
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PUERTOS DEL ESTADO
COMPETENCIAS
A Puertos del Estado, bajo la dependencia y supervisión del
Ministerio de Fomento, le corresponden, entre otras:
• La ejecución de la política portuaria del Gobierno y la coordinación y
el control de la eficiencia del sistema portuario de titularidad estatal.
• La coordinación general con los diferentes órganos de la
Administración General del Estado que establecen controles en los
espacios portuarios.
• Formación y promoción de I+D relacionado con la actividad portuaria
• Planificación, coordinación y control de SSMM
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AUTORIDADES PORTUARIAS
COMPETENCIAS
a) La prestación de los servicios generales, así como la gestión y control de los servicios
portuarios para lograr que se desarrollen en condiciones óptimas de eficacia, economía,
productividad y seguridad, sin perjuicio de la competencia de otros organismos.
b) La ordenación de la zona de servicio del puerto y de los usos portuarios, en
coordinación con las Administraciones competentes en materia de ordenación del
territorio y urbanismo.
c) planificación, proyecto, construcción, conservación y explotación de las obras y
servicios del puerto, y el de las señales marítimas que tengan encomendadas
d) gestión del dominio público portuario y de señales marítimas que les sea adscrito.
e) optimización de la gestión económica y la rentabilización del patrimonio y de los
recursos que tengan asignados.
f) fomento de las actividades industriales y comerciales relacionadas con el tráfico
marítimo o portuario.
g) coordinación de las operaciones de los distintos modos de transporte
h) La ordenación y coordinación del tráfico portuario, tanto marítimo como terrestre.
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AUTORIDADES PORTUARIAS
Órganos de Gobierno:
• Presidente: Nombrado por la Comunidad Autónoma
•
Consejo de Administración
Entre 12 y 15 miembros
Presidente: Presidente de la AP
4 miembros en representación de la Administración Central
Capitán Marítimo (miembro nato)
Abogado del Estado
Representante de Puertos del Estado
4 miembros en representación de la Comunidad Autónoma
Resto de miembros
33% municipios afectados por la zona de servicio
66% Cámaras de Comercio, organizaciones empresariales y
sindicales, sectores económicos relevantes para el puerto
Órgano De Asistencia: Consejo de Navegación y Puerto
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RECURSOS ECONÓMICOS
•Productos y rentas de su patrimonio.
• Tasas portuarias (menos 4% PdE)
• Ingresos generados por el ejercicio de sus funciones.
• Aportaciones del Fondo de Compensación Portuario.
• Presupuestos Generales del Estado
• Ayudas y subvenciones.
• Créditos, préstamos etc.
• Régimen sancionador
• Donaciones, legados, etc.
• Otras atribuidas por el ordenamiento jurídico
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PUERTOS AUTONÓMICOS
El resto de los puertos son de competencia de la
Comunidad Autónoma correspondiente.
Legislación sectorial propia, organismos propios.
El dominio público marítimo-terrestre ocupado por
un puerto de competencia de una Comunidad
Autónoma mantiene su titularidad estatal, si bien
tiene la condición de adscrito a dicha Comunidad.
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PUERTOS AUTONÓMICOS
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¿Hasta dónde llega el puerto?
Los puertos de interés general forman parte del
dominio público marítimo-terrestre e integran el
dominio público portuario estatal, el cual se regula por
las disposiciones de esta ley y, supletoriamente, por la
legislación de costas.
Zona de Servicio del Puerto
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DOMINIO PÚBLICO PORTUARIO
DELIMITACIÓN DE LOS ESPACIOS Y USOS PORTUARIOS
Determinación de la zona de servicio del puerto, incluyendo
espacios de tierra y de agua (Zonas I y II), así como los de
reserva y los espacios no portuarios (espacios para la
interacción puerto-ciudad), con fijación de los usos previstos
según zonas.
La Orden Ministerial de Delimitación de los Espacios y
Usos Portuarios se aprobará por el Ministro de Fomento, a
propuesta de Puertos del Estado, publicándose en el BOE
Llevará implícita la declaración de utilidad pública (efectos
expropiatorios), así como la afectación al uso portuario de
los bienes de dominio público y de los bienes patrimoniales
incluidos en la zona de servicio que sean de interés para el
puerto.
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DOMINIO PÚBLICO PORTUARIO
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DOMINIO PÚBLICO PORTUARIO
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DOMINIO PÚBLICO PORTUARIO
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DOMINIO PÚBLICO PORTUARIO
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DOMINIO PÚBLICO PORTUARIO
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DOMINIO PÚBLICO PORTUARIO
Usos y actividades permitidas en el dominio público portuario
sólo podrán llevarse a cabo actividades, Instalaciones y construcciones acordes con los usos
portuarios y de
señalización marítima
usos portuarios
a) Usos comerciales, entre los que figuran los relacionados con el intercambio
entre modos de transporte, los relativos al desarrollo de servicios portuarios y
otras actividades portuarias comerciales.
b) Usos pesqueros.
c) Usos náutico-deportivos.
d) Usos complementarios o auxiliares de los anteriores,
• incluidos los relativos a actividades logísticas y de almacenaje
•
los que correspondan a empresas industriales o comerciales cuya
localización en el puerto esté justificada
- por su relación con el tráfico portuario,
- por el volumen de los tráficos marítimos que generan
- o por los servicios que prestan a los usuarios del puerto.
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DOMINIO PÚBLICO PORTUARIO
DELIMITACIÓN DE LOS ESPACIOS Y USOS PORTUARIOS
En aquellos terrenos que no reúnan las características naturales de bienes de
dominio público marítimo-terrestre definidos en el artículo 3 de la Ley 22/1988,
de 28 de julio, de Costas, y que, por causa de la evolución de las necesidades
operativas de los tráficos portuarios hayan quedado en desuso o hayan perdido
su funcionalidad o idoneidad técnica para la actividad portuaria, podrán
admitirse en el dominio público portuario espacios destinados a usos
vinculados a la interacción puerto-ciudad, tales como equipamientos
culturales, recreativos, certámenes feriales, exposiciones y otras
actividades comerciales no estrictamente portuarias, siempre que no se
perjudique el desarrollo futuro del puerto y las operaciones de tráfico portuario y
se ajusten a lo establecido en el planeamiento urbanístico.......
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DOMINIO PÚBLICO PORTUARIO
DELIMITACIÓN DE LOS ESPACIOS Y USOS PORTUARIOS
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DOMINIO PÚBLICO PORTUARIO
DELIMITACIÓN DE LOS ESPACIOS Y USOS PORTUARIOS
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DELIMITACIÓN DE LOS ESPACIOS Y USOS PORTUARIOS
Elaboración: Autoridad Portuaria:
información pública
informes preceptivos:
Administraciones urbanísticas,
de la Administración con competencia en materia de costas,
de pesca en aguas interiores, de ordenación del sector pesquero y
deportes,
así como en aquellos otros ámbitos sectoriales sobre los que pueda
incidir
Puertos del Estado recabará informe
Ministerio de Defensa, incidencia intereses de la defensa nacional,
del Ministerio del Interior, seguridad pública y de control de
entradas y salidas de personas del territorio nacional,
del Ministerio de Economía y Hacienda vigilancia y control aduanero
y, cuando proceda, del Ministerio de Industria, Turismo y Comercio en
aspectos relacionados con la construcción naval.
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¿Cómo funciona un puerto?
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¿Cómo se usa el Puerto?
•El papel de la Autoridad Portuaria
•Las otras Administraciones
•Los principales usuarios del puerto
(buque, mercancía y pasajeros)
•Los prestadores de servicios al buque,
mercancía y pasaje
•Uso privativo del dominio público
portuario
•Otros usos
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¿Cómo se usa el Puerto?
EL PAPEL DE LA AUTORIDAD PORTUARIA
•Asegurarse de que existen condiciones físicas y de
organización para que los principales usuarios del puerto
puedan usarlo. OBRAS, INSTALACIONES Y SERVICIOS.
fomentando la iniciativa privada
•Prestar los servicios generales (no requieren solicitud)
•Coordinarse y facilitar el trabajo de otras
Administraciones
•Autorizar y regular el uso del puerto por parte de usuarios
y prestadores de servicios
•Otros
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¿Cómo se usa el Puerto?
EL PAPEL DE LA AUTORIDAD PORTUARIA
OBRAS E INSTALACIONES PARA EL BUQUE
• Agua
abrigada y calado para entrar a puerto, maniobrar y
operar (Zona marítima)
•Obras de abrigo: diques
• Obras
de acceso
•señalización, radar, faros, balizas
• diques de encauzamiento
• canales dragados
• esclusas
•Obras de fondeo
•
•
•
zonas de operación marítima
Dársena
equipamientos de amarres, defensas.
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¿Cómo se usa el Puerto?
EL PAPEL DE LA AUTORIDAD PORTUARIA
OBRAS E INSTALACIONES PARA MERCANCÍA
Y PASAJEROS
Zona terrestre
• Superficies
•Muelles
•zonas de depósito (descubierto o cubierto)
• Equipamientos
• accesos.
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Esquema de un puerto
Puerto de Vigo
Abrigo natural
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Esquema de un puerto
Puerto de Ferrol
Abrigo natural
Puerto exterior:
dique de abrigo
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Esquema de un puerto
Puerto de Santander
Abrigo natural
Canal de acceso: dragado
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Esquema de un puerto
Puerto de Huelva
Abrigo natural
Canal de acceso: dragado y
protegido por un dique
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Esquema de un puerto
Abrigo natural
Canal de acceso: dragado y
protegido por un dique
Puerto de Avilés
Puerto de Punta Umbría
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Esquema de un puerto
Puerto de Cartagena
Aguas semiabrigadas
Diques de abrigo
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Esquema de un puerto
Puerto de Bilbao
Aguas semiabrigadas
Diques de abrigo
Slide 42
Esquema de un puerto
Puerto de Barcelona
Diques de abrigo.
Puerto ganado al mar.
Bocana abierta tras la
ampliación
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Esquema de un puerto
Puerto de Gijón
Diques de abrigo.
Puerto ganado al mar.
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¿Cómo se usa el Puerto?
ADMINISTRACIONES
marina mercante
aduana
frontera
industria
sanidad
urbanismo y ordenación del territorio
carreteras y ferrocarriles
medio ambiente
costas, pesca, cultura
Seguridad pública, protección civil
trabajo
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¿Cómo se usa el Puerto?
LUS USUARIOS. BUQUE PASAJE, MERCANCÍA
Autorizaciones para el uso de instalaciones portuarias
fijas por los buques, el pasaje y las mercancías,
Orden DUE
RD 145/1989 (mercancías peligrosas)
Reglamento de Explotación y Policía
y las Ordenanzas portuarias.
Devenga tasas
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Servicios AL BUQUE
¿Cómo se usa el Puerto?
SERVICIOS EN UN PUERTO
Capitanía marítima
Técnico náuticos
Practicaje
Remolque
Amarre
Otros
Recogida de desechos
Agua, electricidad
Consignación
Avituallamiento
Reparaciones
Servicios a la tripulación (cambios, médicos,
gestiones)
certificaciones
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Servicios en un puerto
Practicaje
remolque
amarre
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¿Cómo se usa el Puerto?
SERVICIOS EN UN PUERTO
Servicios Mercancía y pasajeros
• Diferentes
Administraciones
•estiba y desestiba, carga y descarga, embarque y
desembarque
•almacenamiento temporal
•retranqueo
•Expedición
•valor añadido
•servicios al pasaje
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¿Cómo se usa un puerto?
Uso privativo
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•
Elementos de una concesión
•
TITULAR
•
OBJETO
•
DOMINIO PÚBLICO OTORGADO
•
OBRAS A REALIZAR
•
PLAZO
•
TASAS
•
ACTIVIDAD MÍNIMA
•
OTRAS CONDICIONES
EXTINCIÓN
•
REGIMEN SANCIONADOR
•
CONDICIONES PARTICULARES
(MEDIOAMBIENTE, SEGURIDAD…)
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• Éxtinción de una concesión
a) Vencimiento del plazo
b) Revisión de oficio
c) Renuncia del titular
d) Mutuo acuerdo
e) Disolución o extinción de la sociedad
f) Revocación
g) Caducidad
h) Rescate
i) Extinción de licencia para prestación servicio
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CAUSAS DE CADUCIDAD:
a) No iniciación, paralización o no terminación de las obras por causas no justificadas, durante el
plazo que se fije en las condiciones del título.
b) Impago de tasas portuarias durante un plazo de 6 meses, en el caso de las autorizaciones, y de
12 meses en el caso de las concesiones.
c) Falta de actividad o de prestación del servicio, durante un período de 6 meses, en el caso de
autorizaciones, y de 12 meses en el caso de las concesiones, a no ser que obedezca a causa justificada.
d) Ocupación del dominio público no otorgado.
e) Incremento de la superficie, volumen o altura de las instalaciones en más del 10% sobre el
proyecto autorizado.
f) Desarrollo de actividades que no figuren en el objeto del título.
g) Cesión a un tercero del uso total o parcial, sin autorización.
h) Transferencia del título de otorgamiento, sin autorización.
i) Constitución de hipotecas y otros derechos de garantía, sin autorización.
j) No reposición o complemento de las garantías definitiva o de explotación, previo requerimiento.
k) Incumplimiento de otras condiciones cuya inobservancia esté expresamente prevista en el
título de otorgamiento.
l) Persistencia en el incumplimiento del compromiso de superar el número mínimo de
trabajadores que deben contratarse en relación laboral común adquirido por la empresa estibadora, si
hubiera sido considerado como criterio en el pliego de bases del concurso para la adjudicación de la
concesión.
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¿Cómo se usa un puerto?
OTRAS ACTIVIDADES
Autorizaciones para otras actividades sin ocupación
privativa del dominio público portuario o de carácter puntual
- Reglamento de Explotación y Policía
- Ordenanzas portuarias
- Condiciones particulares
Obras fuera de concesión
Transportes especiales
Taxis, autobuses (no pasajeros ni tripulación)
Actividades deportivas (F1, maratón, ciclismo..)
Romerías
Filmación de películas
Espectáculos (circo, conciertos)
Ferias
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Esquema de un puerto
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Esquema de un puerto
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Esquema de un puerto
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Esquema de un puerto
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Esquema de un puerto
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Esquema de un puerto
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Esquema de un puerto
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Esquema de un puerto
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GRACIAS POR SU ATENCIÓN