EL SISTEMA DE REVISIÓN Y CONTROL DE LOS ACTOS TRIBUTARIOS EN EL ORDENAMIENTO JURÍDICO MEXICANO JUICIO DE NULIDAD DOCTOR MIGUEL DE JESUS ALVARADO ESQUIVEL CONTROL JURISDICCIONAL DE.

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EL SISTEMA DE REVISIÓN
Y CONTROL DE LOS ACTOS
TRIBUTARIOS EN EL ORDENAMIENTO
JURÍDICO MEXICANO
JUICIO DE NULIDAD
DOCTOR MIGUEL DE JESUS ALVARADO
ESQUIVEL
1
CONTROL JURISDICCIONAL DE LA ACTIVIDAD ADMINISTRATIVA
ADMINISTRATIVO
CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO
RECURSOS EN
ESA SEDE
JUICIO DE
AMPARO
JUICIO DE NULIDAD
REVISIÓN
LEY FEDERAL DE
PROCEDIMIENTO
ADMINISTRATIVO
REVOCACIÓN
CÓDIGO FISCAL DE LA
FEDERACIÓN
INCONFORMIDAD
LEY DEL SEGURO SOCIAL
OTROS
JUDICIAL
JUICIO
ADMINISTRATIVO
Art. 52, fracción I, Ley
Orgánica del Poder Judicial
de la Federación.
Controversias por aplicación
de leyes federales, cuando
deba decidirse sobre la
legalidad o subsistencia de
un acto o procedimiento de
autoridad administrativa. 2
JUICIO DE NULIDAD ANTE EL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA
FISCAL Y ADMINISTRATIVA
Litigio
CONTROL JURISDICCIONAL
Relaciones entre
particulares y la
Administración
MATERIA
Actos
de
administración
paraestatal
órganos
de
pública
central
la
o
No de otros órganos, ni siquiera los
autónomos (IFE, BANCO DE MÉXICO,
INEGI, CNDH).
3
EL JUICIO DE NULIDAD
• Medio de control de la legalidad de actos autoridad
• Actos de la administración pública central o
paraestatal, ya sean individualizados o ciertas normas
• Al alcance de los particulares y excepcionalmente
de las autoridades
• Del que por vía jurisdiccional conocen Tribunales
especializados que no pertenecen al Poder Judicial
• Bajo un modelo de jurisdicción contencioso
administrativo mixto (anulación y plena jurisdicción)
• Sin facultad para ejecutar por sí sus fallos
4
SISTEMAS DE CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
ANGLOAMERICANO O JUDICIAL
FRANCÉS
Tribunales dentro del
ejecutivo
Idea de división de
poderes para evitar el
sometimiento
Consejo
Francés
de
Tribunales dentro del Poder
Judicial
Para evitar la duplicidad de
funciones
Estado
5
SISTEMA ADOPTADO EN MÉXICO
FRANCÉS
FUNDAMENTO CONSTITUCIONAL
104, fracción I-3
73, fracción XXIX- H
Revisión de los fallos de los
Tribunales administrativos por
los Tribunales Colegiados
Tribunal con autonomía
para dictar sus fallos
FUNCIONES
DE ANULACIÓN U OBJETIVO (causas)
1. Autoridad incompetente
2. Inobservancia de formas o
procedimientos
3. No aplicación de la ley debida
4. Desvío de poder
DE PLENA JURISDICCIÓN O
SUBJETIVO
Sólo violación del derecho
subjetivo (incluso de condena)
6
PROCEDENCIA DEL JUICIO DE NULIDAD
I. RESOLUCIONES
DEFINITIVAS QUE
ESTABLECE LA LOTFJFA
II.
*
III. RESOLUCIONES
FAVORABLES AL
PARTICULAR
(Juicio de lesividad)
ACTOS ADMINISTRATIVOS
DECRETOS Y ACUERDOS DE
CARÁCTER GENERAL
(Diversos a los reglamentos)
* Art. 2°. LEY FEDERAL DEL PROCEDIMIENTO CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO
7
I. RESOLUCIONES DEFINITIVAS QUE ESTABLECE LA LEY ORGÁNICA DEL
TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
CONCEPTO DE RESOLUCIÓN DEFINITIVA
ART. 11 LOTFJFA. Cuando no admita recurso o cuando la interposición
de ésta sea optativa
TESIS 2a X/2003. Producto final o la voluntad definitiva de la
administración, que suele ser de dos formas:
a) Como última resolución dictada para poner fin a un procedimiento
b) Como manifestación aislada que no requiere de un procedimiento previo
para poder reflejar la última voluntad oficial
TAMBIÉN EN ESTA IDEA DE PROCEDENCIA:
- La resolución negativa ficta configurada o negativa a expedir la
constancia respectiva
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RESOLUCIONES DEFINITIVAS PREVISTAS EN LA LEY
ORGÁNICA DEL TRIBUNAL FEDERAL DE JUSTICIA
FISCAL Y ADMINISTRATIVA ( Art. 11)
I. Dictada por autoridades fiscales federales y organismos
fiscales autónomos, que determine la existencia de
una obligación fiscal, la fije en cantidad líquida o de
las bases para su liquidación
II. Las que nieguen la devolución de un ingreso, de los
regulados por el Código Fiscal de la Federación
III. Las que impongan multas por infracción a las
normas administrativas federales
IV. Las que causen un agravio en materia fiscal distinto
al que se refieren las fracciones anteriores
9
V. Las que nieguen o reduzcan pensiones y demás
prestaciones sociales que concedan las leyes en
favor de los miembros del Ejército, de la Fuerza Aérea
y de la Armada Nacional
VI. En materia de pensiones civiles, sea con cargo al
Erario Federal o al ISSSTE
VII. Sobre interpretación cumplimiento de contratos de
obra pública celebrados por las dependencias de la
Administración Pública Federal Centralizada
VIII. Créditos por responsabilidades contra servidores
públicos de la Federación, del Distrito Federal o de
los organismos descentralizados federales o del
propio D.F., así como en contra de los particulares
involucrados en dichos actos
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IX. Las que requieran el pago de garantías a favor de la
Federación, el Distrito Federal, los Estados y los
Municipios, así como sus org. descentralizados
X. Las que se dicten negando la indemnización a que se
contrae el artículo 77 Bis de la Ley Federal de
Responsabilidades
XI. Las que traten las materias señaladas en el artículo
94 de la Ley de Comercio Exterior
XII. Las que impongan sanciones administrativas a los
servidores públicos en los términos de la ley relativa
XIII. Las dictadas por las autoridades administrativas
que pongan fin a un procedimiento administrativo, a
una instancia o resuelvan un expediente, en los
términos de la Ley Fed. de Proc. Administrativo
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XIV. Las que decidan los recursos administrativos en
contra de las resoluciones que se indican en las
demás fracciones de este artículo
XV. Las señaladas en las demás leyes como
competencia del Tribunal (Ver artículo 2 de la LFPCA)
Otras hipótesis:
• Resoluciones administrativas favorables a un
particular
• Resolución negativa ficta configurada por el
transcurso del plazo que señalen las disposiciones
aplicables
• La negativa de la autoridad a expedir la constancia
de haberse configurado la resolución positiva ficta,
en los casos previstos en las leyes
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DECRETOS Y ACUERDOS DE
CARÁCTER GENERAL (No reglamentos)
JUICIO DE NULIDAD
HETEROAPLICATIVOS
AUTOAPLICATIVOS
Resoluciones en las que
se hayan aplicado las
disposiciones generales
Que por su entrada en
vigor causen perjuicio al
particular
EFECTOS
Obtener sentencia que
desaplique la disposición
y, por ende, la nulidad del
acto administrativo
Obtener sentencia que
obligue a no aplicar la
disposición general
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IMPROCEDENCIA DEL JUICIO DE NULIDAD
(Art. 8 de la Ley FPCA)
I. Contra actos que no afecten los intereses jurídicos
del demandante ( no interés legítimo)
II. Actos que no sean de la competencia del Tribunal
III. Actos que hayan sido materia de otro fallo (cosa
Juzgada)
IV. Consentimiento tácito (excepción que deriven de
acto impugnado)
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V. Litispendencia
VI. Actos impugnables por otro medio de defensa
ordinario no optativo
VII. Actos conexos (cuando la ley disponga que debe
agotarse la misma vía)
VIII. Impugnados en un procedimiento judicial
IX. Contra reglamentos
x. Ante la ausencia de conceptos de violación
XI. Inexistencia del acto administrativo
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XII. Impugnables en términos del Art. 97 Ley de Comercio
Exterior (en tiempo de atacarse o aplicada la opción)
XIII. Dictados para dar cumplimiento a la decisión de
mecanismos alternativos de solución de controversias,
según el 97 LCE
XIV. Dictados en procedimientos para evitar la doble
Tributación
XV. Resoluciones de autoridades extranjeras que
determinen impuestos y accesorios solicitados con
motivo de tratados de asistencia mutua en el cobro
(salvo ejecución)
XV. En los demás casos que dispongan las leyes
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SOBRESEIMIENTO
• Concepto
• Efectos
• Oportunidad para dictarlo
* Antes del cierre de la instrucción (Art. 49)
* En la sentencia
• Alcance (parcial o total)
• Medio para impugnarse
Reclamación (15 días)
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HIPÓTESIS DE PROCEDENCIA DEL
SOBRESEIMIENTO
I.
Desistimiento
II.
Durante el juicio se actualice alguna causa de
improcedencia
III.
Muerte del demandante (pretensión intransmisible
IV.
Si la autoridad deja sin efecto la resolución o el
acto, siempre y cuando satisfaga la pretensión
V.
Si el juicio queda sin materia
VI.
En los demás casos previstos en la ley en que
haya impedimento para dictar resolución
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PLAZO
• Para el particular
45 días
• Para la autoridad
5 años
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ETAPAS DEL
JUICIO DE NULIDAD
DEMANDA
ADMISIÓN
CONTESTACIÓN
EMPLAZAMIENTO
(ART.19)
(PRESENTACIÓN ART. 13)
CIERRE DE
INSTRUCCIÓN
(FORMALIDADES ARTS. 19 A 23)
SENTENCIA
(ARTS.47)
(DOCUMENTOS ANEXOS ART. 21)
(REQISITOS. ART. 14)
(DOCUMENTOS ANEXOS.
ART. 15)
(MEDIDAS CAUTELARES
ART. 21
Y SUSPENSIÓN ART. 28)
(PRUEBAS. ARTS. 40 A 46)
(PROHIBICIÓN DE LA
CONFESIONAL ART. 40)
RECONVENCIÓN
AMPLIACIÓN
(LESIVIDAD ART. 2)
(ART. 17)
REVISIÓN
AMPARO
(PROCEDENCIA REVISIÓN ART. 63)
CONTESTACIÓN
PREVENCIÓN
(ART. 14)
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JUICIO DE NULIDAD ANTE EL TRIBUNAL FEDERAL
DE JUSTICIA FISCAL Y ADMINISTRATIVA
Sobreseimiento
del juicio
LFPCA 9
Recurso de
Reclamación
(15 días)
LFPCA 59 a 62
NO
Demanda (45 días)
LFPCA 13 a 15
Desechamiento
(fondo)
Se tiene por
presentada
Requerimiento
Forma (5 días)
LFCA 14
Se cumple
¿Cumple con
todos los
requisitos?
no
NO
SÍ
Admisión
Apersonamiento de terceros
(45 días)
LFPCA 18
Pruebas
Se ofrecen y exhiben con la demanda
Admisibles (LFPCA 40)
Supervenientes (LFPCA 40)
Pericial (LFPCA 43)
Testimonial (LFPCA 44)
Expedición de documentos (LFPCA
45)
Valoración (LFPCA 46)
SÍ
Contestación (45 días)
LFPCA 19 a 23
Ampliación (20 días)
LFPCA 17
Contestación a la
ampliación (20 días)
LFPCA 19 a 23
10 días si no hay nada pendiente,
notificación por lista para presentar
alegatos (5 días) LFPCA 47
SÍ
Hay
alguna
causal de
improcedencia
LFPCA 8
21
Cierre de la
Instrucción
LFPCA 47
Excitativa de justicia
LFCA 55
Queja
LFPCA 58
Sentencia (60
días)
LFPCA 49
Puede proceder
Aclaración
de sentencia
(10 días)
LFPCA 54
Forma de
Impugnar la
sentencia
Amparo directo
(15 días)
Ley de Amparo
Recurso de
Revisión
(15 días)
LFCA 63
Incidentes
De suspensión de la ejecución (LFPCA 28)
De falsedad de documentos (LFPCA 36)
Incidente de Previo y Especial pronunciamiento
Incompetencia en razón del territorio (LFPCA 30)
Acumulación de juicios (LFPCA 31, 32)
Nulidad de notificaciones (LFPCA 33)
Interrupción por causa de muerte (LFPCA 38)
Recusación por impedimento (LFPCA 34, 35)
Reposición de autos (LFPCA 37)
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NOTAS IMPORTANTES
Requisitos de forma de la demanda:
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
Nombre y domicilio del demandante
Resolución impugnada
Autoridades demandadas
Hechos
Pruebas (exhibiendo y preparándolas)
Conceptos de impugnación
Nombre y domicilio del tercero interesado
Peticiones (prestaciones)
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DOCUMENTOS QUE DEBEN ADJUNTARSE A LA DEMANDA
1.
2.
3.
4.
5.
6.
7.
8.
9.
Copias de la demanda
Los relativos a la personalidad
La resolución impugnada
En caso de negativa ficta, copia del escrito en el que
obre el sello de recepción de la solicitud
Constancia de notificación de la resolución impugnada
En su caso, aclaración de no notificación
Cuestionario para los peritos
Interrogatorio para la testimonial
Pruebas documentales
24
HIPÓTESIS EN QUE PUEDE AMPLIARSE LA DEMANDA
(Artículo 17)
1.
2.
3.
4.
5.
Cuando de impugne una negativa ficta
Contra el acto principal del que derive la resolución
impugnada, así como su notificación, cuando se
den a conocer en la contestación
Cuando se alegue que la resolución impugnada no
fue notificada
Cuando se introduzcan cuestiones que sin variar el
acto no sean conocidas por el actor
Cuando se plantee el sobreseimiento por
extemporaneidad de la demanda
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SENTENCIA
•
TERMINO PARA DICTARLA: 60 DÍAS (Art. 49)
•
EFECTOS DE LAS SENTENCIAS (Art. 52):
a)
b)
c)
d)
e)
Reconocer la validez
Declarar la nulidad lisa y llana
Declarar la nulidad para efectos
Para el efecto de reponer el procedimiento
Declarar la nulidad y reconocer derechos y establecer condenas
u ordenar la restitución de derechos o la cesación de efectos de
la ejecución
•
EXIGENCIAS EN EL EXAMEN DE LOS CONCEPTOS DE
IMPUGNACIÓN (Art. 50)
•
•
LITIS ABIERTA (Art. 50 penúltimo párrafo)
(Posibilidad de expresar argumentos y ofrecer pruebas no
propuestos y ofrecidas en el recurso y obligación del Tribunal de
pronunciarse sobre los aspectos de fondo del recurso en la parte
que no satisfizo el interés)
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HIPÓTESIS DE NULIDAD (Art. 51)
1.
Incompetencia de la autoridad
2.
Omisión de los requisitos formales, siempre que
afecten las defensas del particular y trasciendan
al sentido del fallo
3.
Vicios del procedimiento (afecten y trasciendan)
4.
Si los hechos que motivaron el acto no existieron
o fueron distintos
5.
No corresponda a facultades discrecionales
ejercitadas
27