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Asegurando Servicios
Efectivos a los Inmigrantes
y/o Niños y Familias
LEP/ELL:
¡Es un Derecho, y es la Ley!
© Statewide Parent Advocacy Network
Derechos Educativos de los
Estudiantes Inmigrantes y sus
Familias
Estudiantes Inmigrantes
• La decisión de la Corte
Suprema de EEUU en
Plyler v. Doe garantiza el
derecho a una educación
pública a los estudiantes
inmigrantes
independendientemente
de su estatus legal
Estudiantes Inmigrantes
• Las escuelas no
deberán exigir
prueba de
ciudadanía o prueba
de residencia para
inscribir o
proporcionar
servicios a
estudiantes
inmigrantes.
Estudiantes Inmigrantes
• Las escuelas no tienen
que necesidad de
averiguar el estatus
de inmigración de los
estudiantes o de sus
padres.
• Los padres no tienen
que dar un número de
seguro social.
Estudiantes Inmigrantes
• Los estudiantes tienen
el derecho a recibir
todos los servicios de
la escuela, incluyendo:
– Desayunos y almuerzos
gratuitos o a precios
reducidos
– Transportación
– Servicios educacionales
– NCLB, IDEA, etc.
Estudiantes Inmigrantes
• Las Quejas de
discriminación
basadas en estatus
de inmigración
deberán ser
presentadas ante:
La Oficina de derechos
Civiles del Dept. de Educ.
De los EEUU
– Ley de NJ AntiDiscriminación
Derechos al Acceso al
Lenguaje para Padres y
Estudiantes con Limitado
Dominio del Inglés
Obligación Legal de Proporcionar
Acceso
Las entidades que reciben
asistencia del gobierno
federal deberán tomar los
pasos razonables para
asegurar que las personas
con Limitado Dominio del
Inglés (LEP) tengan un
acceso significativo a los
programas, servicios e
información que dichas
entidades proporcionan.
Servicio de Asistencia de
Lenguaje
• Servicios de
lenguaje oral y
escrito
– Personal bilingüe
– Voluntarios en la
comunidad
– Líneas de
interpretes
telefónicos
– Traducción de
material escrito
Pago de Servicios
• No se les puede exigir
a las personas con
dominio limitado del
inglés que paguen por
los servicios
solicitados a fin de
asegurar el acceso
significativo y
equitativo a
programas servicios y
beneficios.
Derecho a Educación
Bilingüe
¿Qué es lo que dice la ley?
• La decisión de la
Corte Suprema de
los Estados Unidos
en Lau v. Nichols
apoya la utilización
de educación
bilingüe
Lau v. Nichols
• “No hay igualdad de trato si
tan solo se le ofrece a los
estudiantes los mismos
servicios, libros de texto,
maestros y currículo; los
estudiantes que no
entiendan inglés quedan
privados de manera práctica
de una educación
significativa”. Juez William
O. Douglas, Corte Suprema
de EEUU, 1970
Caracteristicas de Programas
Bilingües de Calidad
• Los estudiantes son enseñados
por maestros bien entrenados
• Los estudiantes tienen acceso a
un currículo de calidad ligado a
los estándares estatales
• El lenguaje del estudiante y su
aprendizaje es evaluado
periódicamente, y los
resultados se utilizan para
mejorar la instrucción
• El programa es evaluado de
manera continua para asegurar
su efectividad
Que ningún niño se quede atrás, Código de
Educación de NJ y Estudiantes BL/ELL
• Los distritos deberán
identificar a todos los
estudiantes elegibles utilizando
exámenes aprobados de dominio
de lenguaje
• Los distritos deberán reportar
al estado anualmente el número
de estudiantes con limitado
dominio del inglés
• Los distritos deberán proveer
servicios bilingües o de inglés
como segunda lengua a todos los
estudiantes elegibles
Derechos de los
Estudiantes BL/ELL
• Los estudiantes aprenden
todos los Estándares de
Contenido del Currículo
Esencial
• Los estudiantes cumplen con
los mismos estándares
académicos y de logro
• Los planes del distrito
deberán ser aprobados por el
estado cada tres años, con
actualizaciones anuales
acerca de nuevos estudiantes
y de sus desempeños
NCLB y el Código de NJ
– Las escuelas deberán
realizar evaluaciones de
lectura utilizando pruebas
escritas en inglés a aquello
estudiantes que hayan
asistido a escuelas en los
EEUU por 3 años
consecutivos o más, a
menos que el distrito
determine en base a cada
caso en particular que las
pruebas en el lenguaje
nativo arrojarían
resultados más confiables
NCLB y el Código de NJ
• Al menos el 95% de ELL
(estudiantes del idioma inglés)
deberán ser examinados en
lectura/lengua, matemáticas y
ciencias
• Las evaluaciones deberán
proveer información sobre el
dominio del inglés
• Se deberá evaluar en el
lenguaje y el formato que ayude
a obtener la información que se
necesita y que permita a los
estados y distrito hacer
acomodaciones en las pruebas
• Se reportarán los resultados de
las pruebas a estudiantes de
ELL sin separar estos
resultados del resto.
NCLB y el Código de NJ
Los distritos deberán:
•Reportar los resultados
en la prueba de dominio del
inglés de los estudiantes
de ELL
•Reportar cuantos
estudiantes ELL han
obtenido el nivel de
dominio, han tenido
progreso y/o han salido de
los programas de BL/ESL
al final del curso escolar
NCLB y el Código de NJ
• Los distritos deberán :
• Incluir a los
estudiantes ELL en
las pruebas estatales
en las que todos los
estudiantes
participan cuando son
inscritos en la escuela
• Durante los primeros
3 años, los
estudiantes de ELL
podrán tomar dichas
pruebas en el
lenguaje nativo
Derechos de los
Estudiantes BL/ELL
• Los distritos deberán
proveer servicios de
soporte a los estudiantes
de LEP, como por
ejemplo, consejería
ü
• Los distritos deberán
proveer programas de
servicios en estrategias
de instrucción y
estándares a maestros
bilingües y de ESL
Código de Educación de NJ
• Los distritos deberán enviar
reportes a los padres de los
estudiantes que reciben
servicios bilingües o de ESL
(Inglés Como Segunda Lengua)
• Los reportes de progreso
deberán estar tanto en inglés
como en el lenguaje de la familia
• El distrito deberá notificar a la
familia cuando el estudiante ya
no necesita, ni califica para
servicios bilingües o de ESL
Código de Educación de NJ
• Los distritos deberán involucrar a
las familias en el desarrollo y
revisión de los objetivos de los
programas bilingües
• Los distritos deberán involucrar a
las familias en la diseminación de
información desde y hacia las
comunidades escolares locales que
reciben programas bilingües y de
ESL
• Los distritos deberán establecer
comités de consultoria de padres en
educación bilingüe, y estos deberán
estar formados por una mayoría de
padres de niños con dominio limitado
del inglés, y deberán reunirse al
menos 4 veces durante el año
escolar
Derechos de los Padres
• Los padres deberán ser
informados en su lengua nativa
cuando su niño es identificado
para participar en un programa
bilingüe o cuando se determina
que su hijo ya pasa del
programa bilingüe a un programa
de inglés solamente
• Los padres podrán rehusar los
servicios bilingües para su hijo
• Los padres podrán retirar a los
estudiantes del programa
bilingüe al final del curso
escolar
Los padres deberán estar
informados de:
•
•
•
•
•
•
•
Razones para identificar al niño como
LEP (dominio limitado del inglés) y
colocarlo en un programa de ELL
(English Language Learner=
estudiante del idioma inglés)
Nivel actual de dominio del inglés,
incluyendo como se le evaluó y nivel
de desempeño académico del niño
Método de instrucción
Cómo el programa va a cubrir las
necesidades y destrezas del niño
Cómo el programa va a ayudar al niño
a aprender inglés y a obtener
estándares académicos
Cómo el programa va a cubrir los
objetivos del IEP para un niño con una
discapacidad
Requisitos para salir del programa
Los padres deberán estar
informados de:
• Cualquier falla en el
programa de ELL en cuanto
a ayudar al niño a
progresar en los objetivos
de logros medibles anuales
• Se deberá notificar no más
tarde de 30 días después
de que ocurra la falla y
deberá hacerse en un
formato uniforme y claro
en un lenguaje que el padre
pueda comprender de
manera práctica
Código de Educación
• Los estudiantes en clases
bilingües o de ESL deberán ser
evaluados cada año a fin de
determinar si están listos para
una clase de inglés solamente
• Si el estudiante comienza a
fallar en la nueva clase, el
estudiante deberá regresar a la
clase bilingüe o de ESL después
de haber sido reevaluado o
mediante la autorización del
superintendente del condado
Derechos en el Idioma bajo
IDEA: Educación Especial
• El consentimiento
informado exige que
la información
escrita sea traducida
y la oral sea
interpretada al
idioma de la familia
Derechos en el Idioma según
IDEA
 Las evaluaciones no deberán
discriminar al estudiante en
cuanto a raza, etnicidad,
idioma. Los niños no serán
elegibles a educación especial
solo porque su dificultad
académica se deba al idioma
 Las evaluaciones deberán ser
realizadas en el idioma que
tienda a dar la información
más exacta.
Derecho a Notificación y
Respuesta



Derecho a que se les
notifiquen los derechos de
padres en su idioma.
El distrito deberá responder
por escrito a todas las
solicitudes de los padres en
sus respectivos idiomas.
El padre tiene derecho a que
se le notifique, en su idioma,
de cualquier proposición, y
tiene derecho a una
explicación detallada y por
escrito del porqué el distrito,
o la escuela, planea tomar la
acción o rehusa la solicitud del
padre.
Derecho a Notificación y
Respuesta
 El padre tiene derecho a una
notificación por escrito y con
antelación, en su idioma, acerca
de cualquier propuesta para
realizar una reunión.
 Las reuniones deberán ser
realizadas en su idioma.
 Los padres tienen el derecho a
acceso a la información que
necesiten para tener una
participación por igual en las
reuniones y tienen el derecho
de tener algún tipo de
asistencia para comprender
dicha información.
Requisitos de Graduación en
NJ
• Los estudiantes deberán pasar el
Examen de Dominio de High
School (High School Proficiency
Test) a menos que:
– Hayan ingresado a NJ en el
noveno grado u otro grado
superior; en ese caso deberán
demostrar su dominio tomando
la Evaluación de Revisión
Especial en su propio idioma, y
deberán pasar el Programa de
Evaluación Maculaitis con una
calificación de 133
¿Hacia donde vamos de aquí?
• ¿Tenemos niños que
necesitan servicios
bilingües y de ESL?
• ¿Reciben estos niños los
servicios apropiados?
• ¿Están aprendiendo
inglés igual de bien que el
resto de las asignaturas?
• ¿Cómo es su progreso?
¿Hacia donde vamos de aquí?
• ¿Existe un Concejo
Consultivo de Padres
Bilingües en el distrito?
• ¿Cuántos padres bilingües
hay en él?
• ¿Cómo se puede ser parte
del concejo consultivo?
• ¿Cuando y donde se
realizan las reuniones?
• ¿Qué decisiones toma el
concejo?
¿Hacia donde vamos de aquí?
– Busque información sobre la
efectividad de programas
bilingües y de ESL
– Trabaje con su
superintendente, Concejo
Consultivo de Padres
bilingües, principal y
maestros para mejorar los
servicios bilingües y de ESL
– Exija que el Dept. de Educ.
de NJ y la Junta de
Educación impongan
programas para involucrar a
los padres y programas
bilingües/ESL
Oportunidades de Defensoría en
Políticas Públicas
– Reautorización de “Que Ningún
Niño de Quede Atrás”
– Eliminar los prejuicios en
contra de la educación bilingüe
– Fortalecer los requesitos para
involucrar a los padres
– Darle a los padres el derecho a
tomar una acción si su hijo no
está aprendiendo o no está
siendo servido
– Aumentar los fondos para la
educación bilingüe
Oportunidades de Defensoría en
Políticas Públicas
– Código de Educación del Estado de
NJ
– La Junta de Educación votó para eliminar
la Evaluación de Revisión Especial para la
graduación de HS; esto va a tener un
impacto negativo en los estudiantes LEP
– Abogue para que la Junta de
Educación visite de nuevo el SRA
– Requiere vigilancia de la puesta en vigor
de los derechos de los estudiantes a ser
evaluados en su lengua nativa
– El Dept. de Educ. de NJ provee mayor
flexibilidad para acomodaciones a
estudiantes que toman las pruebas pero
estos siguen siendo tomados en cuenta
en los sistemas de contabilidad.