TEORÍA GENERAL DEL ESTADO Hans Kelsen.

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Transcript TEORÍA GENERAL DEL ESTADO Hans Kelsen.

Silvia Castaño Fonseca
Dannia Beltrán Celemin
Hans Kelsen (1881-1973)
 Jurista, filósofo, profesor y juez austriaco.
 Fue participe del nuevo diseño de la constitución austriaca
encargada por el canciller Karl Renner la cual fue terminada en 1920
 Este autor consideraba la moral como parte de la justicia, de ahí que
su obra se trate o se oriente en pos de la conducta humana.
 Sus mayores aportes fueron en torno a un sistema de revisión
constitucional, a su vez, fue un fuerte oponente de sistemas
presidencialistas rígidos y defensor de la democracia y de un sistema
equilibrado entre poderes estatales.
 http://www.youtube.com/watch?v=JSo36qlqb4&feature=player_embedded
Introducción
 Kelsen nos plante, la dificultad de apropiarse de una
Teoría del Estado específica ya que las teorías empleadas
en su obra trabajan bajo las definiciones de:
- Derecho
- Estado
- Sociedad
 El sentido de las anteriores cambia según el contexto en
el cual se estudie.
Problemática
 La necesidad de definir qué es Estado , nos ha
llevado a generar diversas teorías, las cuales en lugar
de aclarar dicho concepto nos hace cuestionarnos
¿Qué es el Estado en sí? ¿Qué lo conforma? Y en pos
de esto, existe una teoría general del Estado?
Frase plan
 La multiplicidad conceptual en torno al Estado, dificulta
el entendimiento y el uso del sustantivo que designa el
objeto de la teoría (IA), pero a la par nos ayuda a conocer
las características de uno de los componentes de fondo
del Estado (IB). Sin embargo no hay que caer en el error
de confundir entre el deber ser y el ser del Estado (IIA), ya
que el Estado existe en sí mismo y sus elementos reúnen
todas las características de este en base al orden jurídico
(IIB).
IA. La multiplicidad conceptual en torno al
Estado, dificulta el entendimiento y el uso del
sustantivo que designa el objeto de la teoría.
Un sustantivo es más aprovechable cuando más contenido se ha
extraído de éste  El problema de la Teoría científica del Estado
es la multiplicidad de conceptualizaciones que ofrecen el
sustantivo que designa el objeto de la teoría, la palabra Estado.
Significación del Estado en relación a la Sociedad.
 Conjunto de fenómenos sociales identificados con la sociedad.
 Identificar el Estado como la historia en reposo y a la historia
como el Estado que fluye.
 Un hecho que constituye el reino de lo social. El concepto de
sociedad es general y el Estado es el concepto específico.
 Estado vs. Sociedad:
- Orden coactivo vs. Libre juego de las actividades sociales.
- Libertad dentro de la ley vs. Anarquía.
Significación del Estado en relación al Derecho.
 Estado como realidad: el ser.
 Derecho como norma: el deber ser
En contraposición:
 Estado como norma positiva (antítesis del Derecho natural)
 Derecho como ser social.
En esta medido se entiende al Estado como la totalidad del
orden jurídico, se entiende como la unidad personificada de
este orden.
Teoría Sociológica del Estado
Se pregunta cómo se comportan de hecho los hombres, se
pregunta cuáles son las causas que han determinado dicho
comportamiento; y la relación de causas y efectos que
determinan el Estado.
Teoría Jurídica del Estado
Se pregunta como se deben comportar los hombres, que
conducta les prescribe del derecho, del derecho positivo,
por que razones deben portarse así y no de otro modo
(Teoría jurídica del derecho) Por otro lado el estado como
objeto del derecho es la totalidad del orden jurídico o
parcial.
Finalmente: una teoría orientada hacia las normas jurídicas.
IB. Nos ayuda a conocer las características
de uno de los componentes de fondo del
Estado
La sociedad como ¨ realidad social ¨
 Acción recíproca: Todo hombre que constituye una unidad
constituyen relaciones espirituales recíprocas. Todo esta en
conexión mutua, por lo cual se puede entender al mundo
como una unidad por la acción recíproca.
 Alma de la masa: Los individuos se comportan en masa, bajo
supuestos de mutua motivación. Dicha alma esta sujeta a un
comportamiento distinto al del alma individual, por lo tanto se
considera al estado como una voluntad colectiva.
 Motivación: El Estado es una relación de dominio en la
cual la voluntad de uno se convierte en la motivación de
otro. La voluntad del estado esta vinculada a los
individuos que están sometidos, en el sentido que los
motiva.
 Teoría Organicista: metafóricamente, el Estado es un ser
vivo como cualquier organismo biológico, mucho más
grande y poderoso que el hombre.
IIA. No caer en el error de confundir
entre el deber ser y el ser del Estado.
 El Estado tiene una doble cara: por un lado el deber ser que
se refiere a la normatividad, al orden jurídico, y por otro lado
el ser que es la sociedad en sí.
 Finalmente estas dos caras que conforman el Estado, son el
objeto unitario de la Teoría general del Estado. En la actualidad
estos dos elementos dominan en el conocimiento.
A pesar de la unidad de ambas caras, la que vendrá a tener
mayor peso será la del deber ser ya que está dado por norma,
es decir jurídicamente por el derecho positivo.
IIB. El Estado existe en sí mismo y sus
elementos reúnen todas las características
de este en base al orden jurídico.
 El Estado constituye un poder coactivo, normativo de la
conducta humana, el cual esta conformado por:
 Territorio: En el sentido de un territorio, en su
significación geográfica.
 Pueblo: Unidad personal, en modo alguno territorial.
 Poder: Cuando se hable pura y simplemente del Estado.
El poder del Estado
 Validez del orden jurídico.
 Fuerza natural
 Dominación.
 Coacción.
 Poder irresistible.
 Coactivo propio.
Soberanía
La soberanía es una instancia suprema, que surge del
problema de la relación entre el orden superior y el
orden inferior. Es un orden supremo que no tiene sobre
sí ningún orden superior.
 Propiedad natural o supuesto del conocimiento






normativo.
Exclusividad de la validez de un sistema normativo.
Expresión de la unidad de un orden.
En Derecho interno y Derecho internacional.
Supremacía de competencia.
Doctrina de la soberanía del Derecho.
Tratados internacionales.
Conclusiones
Hans Kelsen da cuente de que el Derecho
positivo esta por encima de la teoría
sociológica y naturalista del Estado, ya que
nos plantea la a norma jurídica la que le da
poder coactivo al Estado, dicho poder
coactivo regula la conducta humana en
virtud del deber ser.
Bibliografía
 KELSEN H. (1925/1979) La Teoría del Estado como
Sociología (numerales 1,2 y 3); y Teoría del poder, del
Estado y sus propiedades (numerales 18, 19,20 y 21), En:
“Teoría General del Estado”, Editorial Nacional, México.
págs. 3-17 y 123-156 Respectivamente.
 http://es.wikipedia.org/wiki/Hans_Kelsen