IMP.1 - Docentes FCEFA

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UNIVERSIDAD TÉCNICA DE ORURO
FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS FINANCIEORAS Y
ADMINISTRATIVAS
MATERIA
DOCENTE
: REALIDAD ECONÓMICA
: LIC. FREDDY DEL CASTILLO
Contenidos
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1.- Enfoque Histórico de los impuestos 1
1.1 Enfoque Histórico de los impuestos 2
2.- La Ley 843 y los Impuestos Nacionales
3.- Clasificación de los impuestos
4.- Principales Recaudaciones Tributarias
5.- Proyecto de Educación Tributaria
Entrevista a Lic. Auditor Edwin Coca Cuentas
Video de cultura tributaria
Video de Cultura tributaria
LA LEY 843 Y LOS IMPUESTOS VIGENTES
Administración
Tributaria por el
nombre que a la fecha
sigue vigente “Servicio
de Impuestos
Nacionales”,
estableciendo
autonomía financiera
y la
institucionalización.
Frenar las altas tasas
de inflación.
Elaboración de un
nuevo Sistema
Tributario
Sistema Tributario
En 1994, la Ley 1551 de
Participación Popular marca un
nuevo hito tributario de los
gobiernos municipales con el
20% de la recaudación efectiva
para realizar inversiones en
salud, educación, saneamiento
básico,
agua
potable,
alcantarillado y vivienda.
Generar crecimiento
económico del país.
Hubo reformulaciones que se
realizaron a la Ley 843, a través
de la Ley 1606 la eliminación del
Impuesto a la Renta Presunta de
las Empresas (IRPE) y el Impuesto
a la Renta Presunta de los
Propietarios de Bienes (IRPPB)
para crear el Impuesto sobre las
Utilidades de las Empresas (IUE).
Se promulgó la Ley
2166, cambiando la
denominación de la
Administración
Tributaria por el nombre
que a la fecha sigue
vigente “Servicio de
Impuestos Nacionales”,
estableciendo
autonomía financiera y
la institucionalización.
ASPECTOS GENERALES DE LA LEY 843
El Servicio de Impuestos Nacionales
tiene a bien presentar el “Compendio
Normativo de la Ley N° 843” como un
instrumento de consulta de la
normativa tributaria vigente en el país.
hace necesario e importante contar con un documento que facilite
la implementación de la normativa vigente para el adecuado
cumplimiento de las obligaciones tributarias de los contribuyentes y
de la ciudadanía en general.
ESTRUCTURA JURÍDICA DE LA LEY 843
PRINCIPALES ASPECTOS DE LA LEY 843
- “El reglamento dispondrá las normas a que se deberá ajustar la forma de emisión de facturas,
notas fiscales o documentos equivalentes, así como los registros que deberán llevar los
responsables.”(Art. 13)
-“Los sujetos pasivos que perciben ingresos en relación de dependencia, en cada perío-------do fiscal,
podrán deducir, en concepto de mínimo no imponible el monto equivalente
a dos salarios mínimos nacionales.” (Art. 26)
- “Son contribuyentes del impuesto las personas naturales y jurídicas, empresas públicas y privadas
y sociedades con o sin personalidad jurídica, incluidas las empresas unipersonales.” (Art. 73)
-“Son sujetos pasivos de este impuesto, las personas naturales y jurídicas beneficiarias del hecho o
del acto jurídico que da origen a la transmisión de dominio.” (Art. 100)
- “Son sujetos pasivos de este impuesto las personas naturales y jurídicas que comercialicen en el
mercado interno hidrocarburos o sus derivados, sean estos producidos internamente o importados.”
(Art. 110)
- “La tasa máxima del impuesto será actualizada de acuerdo a la variación anual de la Unidad de
Fomento de Vivienda (UFV).” (Art. 113)
- “El producto de la recaudación del Impuesto a las Transacciones Financieras será destinado en su
totalidad al Tesoro General de la Nación.” (Art. 11)
-“Son sujetos pasivos del impuesto, quienes realicen actividades de juegos de azar y sorteos en
cualquiera de sus modalidades o promociones empresariales.” (Art. 36)
IMPUESTOS VIGENTES EN BOLIVIA
Impuesto sobre
las Utilidades de
las Empresas
(IUE)
Impuesto a la
Propiedad de
Bienes
Inmuebles y
Vehículos
Automotores
(IPBV)
Impuesto a los
Consumos
Específicos
(ICE)
Régimen
Complementario
al Impuesto al
Valor Agregado
(RCIVA)
Impuesto a las
Transacciones
(IT)
Impuesto a las
Sucesiones y a las
Transmisiones
Gratuitas de
Bienes (ISTGB)
Impuesto al
Valor
Agregado (IVA)
Impuesto Directo a
los Hidrocarburos
(IDH)
Impuesto a las
Transacciones
Financieras
(ITF)
SERVICIO DE
IMPUESTOS
NACIONALES
Impuesto a
las Salidas
Aéreas al
Exterior
(ISAE)
Impuesto
Complementario
de la Minería
Impuesto
Municipal a las
Transferencias
de Inmuebles y
Vehículos
Automotores
Impuesto
Especial a los
Hidrocarburos
y sus
Derivados
Proyecto de Educación Tributaria
En este marco, se priorizaron
dos importantes campañas:
una
para
impulsar
y
consolidar la conciencia
tributaria
nacional,
utilizando los conocidos
personajes animados de Don
Fisco, Kantuta y Patujú; y
otra para demostrar los
beneficios que obtiene el
país y la población con el
adecuado uso y distribución
de los ingresos tributarios.
Cultura Tributaria
La formación de la cultura tributaria se
vincula esencialmente a la promoción de
una ciudadanía responsable que ejerza
sus derechos y cumpla con sus
obligaciones tributarias, en dicho ámbito
va más allá de la población
contribuyente, sino que vincula a toda la
población boliviana. Así, se constituye en
el conjunto de valores, creencias y
actitudes compartidas por una sociedad
respecto a la tributación y a las leyes que
la rigen; en el marco del reconocimiento
de los beneficios que la recaudación
otorga.
Educación
Enfocada al desarrollo de procesos de
formación en temática ciudadana y
tributaria, que permite un abordaje
general de los derechos y obligaciones
de las personas, en correspondencia
estrecha al ámbito fiscal. Comprende, a
su vez, la producción de material
educativo, dirigido a los diferentes
públicos meta.
Por otro lado, prioriza la inserción de la
temática tributaria en la currícula
educativa del Estado Plurinacional,
aprobada por el Ministerio de Educación
en el marco del Convenio de
Cooperación Interinstitucional suscrito
en 2011.
Don Fisco, Kantuta y Patujú