La Sociedad Mercantil. USAC 2010

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LA SOCIEDAD MERCANTIL
Es una agrupación de
personas, que organizadas
mediante un contrato, en una
de las formas establecidas en
la ley, dotada de personalidad
jurídica y de patrimonio
propio, tiene por finalidad
ejercer una actividad
económica y dividir las
ganancias.
DISTINCION ENTRE SOCIEDAD
CIVIL Y SOCIEDAD MERCANTIL
1. La Sociedad Civil es regulada por el
Código Civil. 1728 c. c; y la Sociedad
Mercantil, es regulada por el Código de
Comercio. Artículo 1 y 10, Código de
Comercio, y Supletoriamente por el
Código Civil.
2. En cuanto al registro, las Sociedades.
Civiles se inscriben en el Registro de
Personas Jurídicas, en el Ministerio de
Gobernación. Civil, y las Sociedades
Mercantiles, se inscriben en el Registro
Mercantil.
3. La Sociedad Mercantil está
obligada a llevar contabilidad.
Art. 371 Código de comercio;
La Sociedad Civil, no está
obligada a ello.
4. La Sociedad Mercantil, está
sujeta a publicidad al
constituirse e inscribirse en el
Registro Mercantil, Art. 341
del Código de Comercio. La
Soc. Civil, no está sujeta a
este requisito.
Elementos de la Sociedad
Mercantil
Elemento Personal: Son los Socios
Elemento Patrimonial: Está constituido por
el conjunto de bienes que se aportan para
formar el capital social y pueden ser
dinero, bienes, trabajo o industria.
Elemento Formal: Consiste en que la
Sociedad debe constituirse en Escritura
Pública para su existencia, ello implica que
el contrato de Sociedad Mercantil es un
contrato solemne.
CARACTERISTICAS DEL
CONTRATO DE SOCIEDAD
MERCANTIL
Es
Es
Es
Es
Es
Es
Formal o solemne
plurilateral
principal
oneroso
absoluto
de tracto sucesivo
ORGANOS DE LA SOCIEDAD
MERCANTIL
Las Sociedades Mercantiles como
personas jurídicas, funcionan a
través de sus órganos:
Órgano de Soberanía o decisión
Órgano de Administración
Órgano de Fiscalización.
DISOLUCION Y LIQUIDACION DE
SOCIEDADES
Disolución: Consiste en la cesación de
actividades de la Sociedad, conservando
ésta su personalidad jurídica hasta que
concluya la liquidación. Art. 237 Código
de Comercio.
EXISTEN DOS TIPOS DE DISOLUCION:
Disolución Parcial:
Ocurre cuando el socio es excluido o
cuando es separado de la Sociedad.
Disolución Total: Es el cese de la actividad
de la Sociedad y provoca la liquidación de
la misma.
LIQUIDACION DE LA
SOCIEDAD
Está constituida por todas las
operaciones posteriores a la
disolución, que son necesarias para
dar fin a los negocios pendientes:
Gastos de liquidación
Deudas de la Sociedad
Aporte de los Socios
Utilidades
FUSION Y TRANSFORMACION
DE SOCIEDADES
FUSION: Es la unión de dos o más
sociedades para formar una nueva o
la subsistencia de una que absorbe a
las demás.
MODALIDADES:
Fusión por absorción
Fusión por integración
Artículo 256 Código de Comercio.
TRANSFORMACIÓN DE
SOCIEDADES
Consiste en el cambio de forma
asumida por la Sociedad, en el
contrato de constitución.
Ejemplo: Una sociedad Colectiva se
transforma en Sociedad Anónima.
Art. 262 Código de Comercio.