La constitucion de 1949 como Constitucion economica

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La Constitución de 1949 como
Constitución económica
PRINCIPALES ARTÍCULOS QUE FUNDAN TAL
PRETENSIÓN
Capitulo III Derechos del trabajador, de la familia, de la ancianidad
y de la educación y la cultura
Artículo 37
I. DERECHOS DEL TRABAJADOR
A trabajar (protegido por la sociedad, considerándolo con la dignidad que
merece y proveyendo ocupación a quien lo necesite) - a una retribución
justa – a la capacitación – a condiciones dignas de trabajo – a la
preservación de la salud – al bienestar (disponer de vivienda,
indumentaria y alimentación adecuada: satisfacer sus necesidades) – a la
seguridad social – a la protección de su familia – al mejoramiento
económico de la defensa de los intereses profesionales (de
agremiarse libremente..)
II. DERECHOS DE LA FAMILIA
 La familia, como núcleo primario y fundamental de la
sociedad, será objeto de preferente protección por
parte del Estado, el que reconoce sus derechos en lo
que respecta a su constitución, defensa y
cumplimento de sus fines.
 Protección al matrimonio – igualdad jurídica de
cónyuges y patria potestad – protección a la vivienda
como bien de familia.
III. DERECHO A LA ANCIANIDAD
Todo anciano tiene derecho a su protección integral, por
cuenta y cargo de su familia. En caso de desamparo,
corresponde al Estado proveer a dicha protección, ya sea
en forma directa o por intermedio de los institutos y
fundaciones creados, o que se crearen con ese fin…
Derecho a la asistencia - a la vivienda - al vestido al
cuidado de la salud físico y moral- al esparcimiento – al
trabajo – a la tranquilidad – al respeto.
IV. DE LA EDUCACIÓN Y LA CULTURA
 La educación y la instrucción corresponden a la familia y a los
establecimientos particulares y oficiales que colaboren con ella,
conforme a lo que establezcan las leyes. Para ese fin, el Estado
creará escuelas de primera enseñanza, secundaria, técnicoprofesionales, universidades y academias.
 La enseñanza primaria elemental es obligatoria y será gratuita en
las escuelas del Estado. ..
 La orientación profesional es una función social que el Estado …
 La educación univ. Brindara formación política general.
 Reconocimiento de la Autonomía Universitaria.
Capítulo IV La función social de la propiedad, el capital y la
actividad económica
Artículo 38
La propiedad privada tiene una función Social
• Sometida a los fines de bien común…
• Estado fiscaliza la distribución y utilización del campo…
• Estado interviene para desarrollar o incrementar el rendimiento en interés de la comunidad…
• Estado procura a cada trabajador o familia la posibilidad de ser propietario de la tierra que
•
•
•
•
•
cultiva…
La expropiación por causa de utilidad pública…
Las contribuciones del art. 4 sancionadas sólo por el Congreso…
La propiedad intelectual de la obra o descubrimiento…
Abolición de confiscación de bienes “para siempre” …
Prohibición de requisiciones por cualquier cuerpo armado en tiempos de paz.
Artículo 39
El capital (como medios de producción) debe estar al
servicio de la economía nacional y tener como principal objeto
el bienestar social.
 Sus diversas formas de explotación no pueden contrariar los
fines de beneficio común del pueblo argentino.
Artículo 40…
 Sobre el modelo económico:
La organización de la riqueza y su explotación tienen por
fin el bienestar del pueblo, dentro de un orden
económico conforme a los principios de la justicia
social.
El Estado, mediante una ley, podrá intervenir en la economía
y monopolizar determinada actividad, en salvaguardia de
los intereses generales y dentro de los límites fijados por los
derechos fundamentales asegurados en esta Constitución.
Artículo 40… sigue sobre el modelo económico
 Salvo la importación y exportación, que estarán a cargo del Estado, de
acuerdo con las limitaciones y el régimen que se determine por ley,
TODA ACTIVIDAD ECONÓMICA SE ORGANIZARÁ CONFORME A LA
LIBRE INICIATIVA PRIVADA, siempre que… no tenga por fin ostensible
o encubierto dominar los mercados nacionales, eliminar la competencia
o aumentar usurariamente los beneficios.
…Artículo 40
 Sobre Recursos Naturales:
Los minerales, las caídas de agua, los yacimientos de petróleo,
de carbón y de gas, y las demás fuentes naturales de energía,
con excepción de los vegetales, son propiedad
imprescriptibles e inalienables de la Nación, con la
correspondiente participación en su producto que se
convendrá con las provincias.
… artículo 40…
 Sobre los servicios públicos: pertenecen originariamente al Estado, y bajo
ningún concepto podrán ser enajenados o concedidos para su explotación. Los
que se hallaran en poder de particulares serán transferidos al Estado, mediante
compra o expropiación con indemnización previa, cuando una ley nacional lo
determine.
 Sobre determinación del la expropiación de empresas: El precio por la
expropiación de empresas concesionarios de servicios públicos será el del costo de
origen de los bienes afectados a la explotación, menos las sumas que se hubieren
amortizado durante el lapso cumplido desde el otorgamiento de la concesión y los
excedentes sobre una ganancia razonable que serán considerados también como
reintegración del capital invertido.
Conclusiones
 Cuestionamientos sobre legalidad y legitimidad
 Validez intrínseca en la historia argentina y
latinoamericana sobre el impulso y reconocimiento
de los derechos llamados de segunda generación.
 La necesidad o no de incorporar derechos económicos
y sociales a la constitución.
 Modelo económico: Estado de bienestar.
CONSTITUCION DE 1957
TEMAS
CONSTITUCIÓN 1853/60
CONSTITUCIÓN DE 1949
CONSTITUCIÓN DE 1994
(Aramburu - Revolución
ECONÓMICOS (Justo Jose de Urquiza)
(Juan Domingo Perón)
Libertadora)
(Carlos Menem)
Postulados y
Derechos de segunda
Libertad económica y
derechos según
Derechos de segunda generación (drechos
generación - Deroga por
derechos de primera
Derechos de tercera generación art. 38
las reformas y
económicos y sociales) Intervención del
decreto-Ley la CONST. '49 y
generación arts. 8 - 9 -10 - 11
- 39 - 40 -41
evolución
estado en la económía art. 37 - 38 - 39 - 40 pone en vigencia la constitución
- 12
histórica
de 1853/60
Libertad de circulación de
personas bienes y servicios
entre provincias. Unica
MANTIENE - VIGENTE en Art.. 75 inc.
DERECHOS
MANTIENE
MANTIENE
Aduana - solamente el
18 cláusula del progreso
Congreso establece
impuestos
Principios y derechos que
MODIFICA Y DEROGA PARCIALMENTEArt.
establece y granziza:
16 - El Congreso promoverá la reforma de la
GARANTÍAS igualdad - libertad - seguridad
actual legislación en todos sus ramos, con el
(certeza jurídica) - propiedad
fin de adaptarla a esta Constitución
y población
DEROGADO
Art. 75 inc.22 incorpora y da jerarquía
constitucional al pacto de
Art. 75 inc.22 incorpora y da jerarquía
Deja subsistente algunos constitucional al Pacto Internacional de
DERECHOS AL Salario que sera de libre incorpora derechos del trabajador - a la familia
derechos que resume el art. 14 Derechos económicos, Sociales y
DEL
acuerdo- el estado no regula y a la ancianidad- a la cultura y educación,
bis supresión del art. 40
culturales que obliga a los estados a
TRABAJADOR ni participa en su definición
igualdad juridica entre conyuges
Incorpora derecho de huelga garantizar la mayoría de los Derechos
de la CN }49
PARTICIPACIÓN
DEL ESTADO
PARTICIPA PARA
GRANTIZAR LA
LIBERTAD - NO
INTERVIENE
SERVICIOS
PÚBLICOS
SS PP
No están reservados
ni a Nación ni a
privados
La tierra es de todos
es lo único que
existe y abunda el
RECURSOS
estado garantiza la
NATURALES
libertad de su
RRNN
aprovechamiento –
renta
Creacion de
EL CONGRESO ART.
impuestos o
4
contribuciónd
ESTADO fiscaliza la distribución y
utilización del campo - Establece la
función social de la propiedad -Procura la
propiedad de la tierra q quien la cultiva El CAPITAL PRIVADO al servicio de la
economía nacional - puede
MONOPOLIZAR actividad
Estatización
PROPIEDAD DEL ESTADO NACIONAL
MANTIENE
DEROGADO
Estado interviene para mantener la
defensa de la competencia contra
distorsión de mercados, control de
monopolios naturales y legales …
art. 42
DEROGADO
Marcos regulatorios para la
prestasión de SS PP- derechos de
usuarios y consumidores de BIENES
Y SERVICIOS art. 41
DEROGADO
PROPIEDAD DE LAS PROVINCIAS
DOMINIO ORIGINARIO DE LOS
RRNN de sus territorios (124 in
fine)
MANTIENE
MANTIENE Y AGREGA "...QUE
EQUITATIVA Y
PROPORCIONALMENTE EL
CONGRSO IMPONGA A LA
POBLACIÓN"