Transcript Descargar

REGIMEN SANCIONATORIO AMBIENTAL

Secretaria Distrital de Ambiente

CONSTITUCION POLITICA DE COLOMBIA

Consagra de la la la obligación al Estado de proteger las riquezas culturales y naturales Nación y también dentro de los deberes de la persona y del ciudadano el proteger los recursos naturales y velar por conservación de un ambiente sano (artículos 8, 49, 58, 79, 80, 95 y 366).

Carácter de Derecho fundamental para la supervivencia de la especie humana.

PACTOS RATIFICADOS POR COLOMBIA SOBRE CONSERVACIÓN DEL AMBIENTE

Tienen rango supralegal (Art 93 CN) Entre éstos: Derechos Pacto Económicos, Internacional Sociales de y Culturales: Artículo 12: “Los Estados partes en el presente pacto reconocen el derecho de toda persona al disfrute del mas lato nivel posible de salud física y mental”.

FUNCIONES

FUNCION DE LA SANCION EN MATERIA AMBIENTAL

Preventiva

– –

Correctiva Compensatoria FUNCIÓN DE LAS MEDIDAS PREVENTIVAS

– – –

Prevenir Impedir un hecho Evitar que continúe Atentatorio Medio ambiente Recursos Paisaje Salud humana

RESPONSABILIDAD EN MATERIA AMBIENTAL

Se presume la culpa o el dolo del infractor y dará lugar a las medidas preventivas.

El infractor será sancionado sino desvirtúa la presunción.

Tendrá la carga de la prueba

Los eximentes de responsabilidad deben ser alegados por el presunto infractor.

ATENUACIÓN DE LA RESPONSABILIDAD

• Confesión antes de iniciar sancionatorio • Resarcir o mitigar por iniciativa propia.

• Que no exista daño ejemplo registro de vertimientos

CAUSALES DE AGRAVACIÓN EN MATERIA DE RESPONSABILIDAD

– – –

-

– – – –

Reincidencia Daño grave Cometer una infracción para ocultar otra Rehuir la responsabilidad Atentar contra recurso ubicado en áreas protegidas, en amenaza o peligro de extinción Provecho económico Obstaculizar acción autoridades.

El incumplimiento total o parcial de medidas preventivas

– –

Las infracciones que involucren residuos peligrosos Que la infracción sea grave en relación con el valor de la especie afectada

EXIMIENTES DE RESPONSABILIDAD

Fuerza mayor caso fortuito

Hecho de tercero, sabotaje o acto terrorista.

CAUSALES DE CESACIÓN DEL PROCEDIMIENTO

Muerte del investigado cuando es persona natural.

  

Inexistencia del hecho investigado.

Que la conducta investigada no sea imputable al presunto infractor.

Que la actividad esté legalmente amparada y/o autorizada

CADUCIDAD DE LA ACCIÓN

 

La acción sancionatoria ambiental caduca a los veinte (20) años , de haber sucedido el hecho u omisión.

Hecho sucesivo último día de la generación del hecho.

Mientras las condiciones persistan podrá iniciarse la acción.

TIPO DE MEDIDAS PREVENTIVAS

    

Amonestación Decomiso preventivo de productos, elementos etc Aprehensión preventiva de especimenes de las especies silvestres de la biodiversidad.

Suspensión de obra o actividad El costo en que haya incurrido la autoridad competente para la evaluación de la imposición de la medida preventiva será a cargo del infractor.

TIPOS DE SANCIONES

        

Acción sancionatoria es independiente de las acciones penales, civiles o disciplinarias que puedan resultar. Multas diarias hasta por 5000 SMMLV Cierre temporal o definitivo Demolición de obra Decomiso definitivo de especímenes, productos, medios e implementos Restitución de especies de fauna y flora.

Trabajo comunitario en ambiental para el infractor Revocatoria o caducidad de licencia permiso, concesióno autorización.

Registro Único de infractores Ambientales-RUIA

PROCEDIMIENTO SANCIONATORIO

    Indagación preliminar: Establecer si existe mérito o no para iniciar sanción.

Término: 6 meses: Archivo o apertura Iniciación procedimiento sancionatorio: notificaciones: personal-edicto  Intervenciones: cualquier persona-pruebas.

Formulación de cargos: descargos (repos): 10 días hábiles- directa/ o apoderado.

Práctica de pruebas Determinación responsabilidad y sanción: recursos VG.

GRACIAS