Panel Armonización Contable

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Transcript Panel Armonización Contable

2008,
Diciembre
2008,
Mayo
CPEUM
Art 73
XXVIII
Ley Gral. de
Contabilidad
Gubernamental
Ley de Coordinación Fiscal
Actuar como
consultor técnico
de las haciendas
públicas
Promover el
desarrollo
técnico de las
haciendas
públicas
municipales
Capacitar a
técnicos y
funcionarios
fiscales
Ley General de Contabilidad
Gubernamental
Proponer la
creación o
modificación de
normas contables
Emitir opinión
sobre normas
que formule el
Secretario
Técnico
Apoyar la
capacitación
de usuarios de
la contabilidad
1
2
• Capacitación permanente al personal para la Nueva Contabilidad
Gubernamental.
• Diversificar los medios de enseñanza en materia Contable.
3
• Satisfacer con mayor capacidad de respuesta la amplia demanda de
consultas de los usuarios de la Contabilidad Gubernamental
4
• Consolidar y ampliar la instalación de Sistemas para facilitar la
instrumentación de la nueva Ley.
Reclasificación de Plan de
Cuentas
Reclasificación /
Conversión de
Clasificadores
Presupuestarios
Replanteamiento
de procesos
Registro de la
Contabilidad
Fiscalización de Cuentas
Públicas Armonizadas
Misma Herramienta
Homologación
Automática
INDETEC
EFS
Entes Públicos
Instrucción y capacitación sobre la
Armonización Contable
Asesoría y asistencia técnica sobre
la operación de sistemas
Asesoría respecto a las normas y
disposiciones de Armonización
Contable
Implementa procesos de
seguimiento, actualización y mejora
de los sistemas
a)
Ser único, uniforme e integrador;
b)
Integrar automáticamente la operación contable con el ejercicio
presupuestario;
c)
Registrar de manera automática y, por única vez, en los
momentos contables correspondientes, con base en devengado;
d)
Efectuar la interrelación automática de los clasificadores
presupuestarios, lista de cuentas y el catálogo de bienes;
e)
Efectuar en las cuentas contables el registro de las etapas del
presupuesto de los entes públicos;
f)
Facilitar el registro y control de los inventarios de bienes muebles e
inmuebles;
g)
Generar, en tiempo real, estados financieros y de ejecución
presupuestaria;
h)
Su diseño permita el procesamiento y generación de estados
financieros mediante el uso de las tecnologías de la información.
Atiende la normatividad dinámica emitida por el CONAC.
Flexibilidad para atender requerimientos especiales.
Integra en el proceso administrativo los momentos contables del ingreso y el egreso
aplicando un enfoque de gestión.
Integra un control presupuestario con sus clasificadores correspondientes.
Sistema de Ingresos simplificado.
Sistema de Adquisiciones / Compras, Control para la tesorería con órdenes de pago y
elaboración de cheques.
Posee un control de seguridad de acceso con usuarios, perfiles y permisos.