Aspectos generales del procedimiento laboral
Download
Report
Transcript Aspectos generales del procedimiento laboral
Aspectos generales del
Procedimiento Laboral
Curso Formación Sindical
27.06.2013
Lucía Planet S.
Procedimiento Administrativo:
Inspección del Trabajo:
- En caso de estar vigente la relación laboral:
Solicitud de fiscalización administrativa (ej: separación
ilegal)
Solicitud de fiscalización por Ius variandi.
- En caso de terminar la relación laboral:
Reclamo administrativo, citación a audiencia conciliación.
- Tanto si está vigente o terminada la relación laboral:
Constancia ante la Inspección del Trabajo.
Denuncia por vulneración de derechos fundamentales.
Derivación a procedimiento judicial
abogado.
Procedimiento Administrativo
Procedimiento Judicial laboral:
Oral
Público
Concentrado
Inmediación
Impulso procesal de oficio
Celeridad
Buena fe
Bilateralidad de la audiencia
Gratuidad
Procedimiento judicial laboral:
Reforma Laboral, Ley 20.022, 20.087, 20.252.
-Tribunales laborales.
-Tribunales con competencia común.
Procedimiento de Aplicación General: Más 10 IMM.
-práctica antisindical.
-desafuero maternal (*interpretación algunas regiones)
-tutela de derechos fundamentales.
Procedimiento Monitorio: Menos 10 IMM.
-Reincorporación por fuero maternal.
-Asiste a la Inspección del Trabajo.
-Reclamación de multas y resoluciones administrativas.
¿Cuantías indeterminadas como gratificación art. 47?
Estructura procedimientos:
Demanda: exposición clara y circunstanciada hechos y
derecho. Peticiones concretas. 446 CT.
Aplicación General: Demanda Resolución (cita 35 días)
y Contestación demanda 5 días antes.
Audiencia
preparatoria
A. Preparatoria:
Se ofrece y objeta prueba
Posibilidad de conciliación
Audiencia
de Juicio
senten
cia
A. de juicio:
Se incorpora la prueba
Observaciones a la prueba
P. Aplicación General
Procedimiento Monitorio:
Resolución preliminar a demanda:
Acoge, rechaza o cita a audiencia. Posibilidad de Reclamo.
Audiencia monitoria:
-contestación oral de la demanda
- llamado a conciliación
- Fijación de hechos
Audiencia de conciliación,
-Fijación puntos de prueba
contestación y prueba
-se incorpora la prueba
-observaciones a la prueba
-dictación de sentencia
P. Monitorio
Duración de los juicios
Estadísticas Defensoría Laboral (Marzo 2011,
Corporación Administrativa del Poder Judicial):
-Aplicación general: 71 días.
-Monitorio: 28 días.
-Tutela: 75 días.
Problemas de notificación?
notificación por aviso en el Diario Oficial
¿Dónde demando?
Juez competente:
Art 423 CT: -el del domicilio del demandado
- o el del lugar donde se presten o se hayan
prestado los servicios.
- o el del domicilio del demandante, si el
trabajador ha debido trasladar su residencia
con motivo del contrato de trabajo y conste
dicha circunstancia en el respectivo
instrumento
Excepción de falta de competencia
¿En qué plazo debo demandar?
Caducidad: (art. 168, 171, 201 CT) plazo de 60 días
hábiles contado desde la separación.
Prescripción: 6 meses. (*horas extraordinarias)
-Suspensión del reclamo administrativo ante la I.T. por
tiempo que dure instancia administrativa (sólo un
reclamo, no el tiempo de los dos si tienen números
distintos) hasta 90 días en caso de caducidad, y hasta 1
año en caso de prescripción.
No hay suspensión en caso de la reincorporación ni en
caso del despido indirecto.
-Excepción de caducidad, Excepción de prescripción.
¿Qué medios de prueba debo aportar?
- Documental
- Absolución de posiciones (confesional)
- Testigos
- Exhibición de documentos
- Oficios
- Peritajes
- Otros medios de prueba
- ¿Prueba ilícita? 453 N° 4 CT
Sentencia
Diferencias entre la dictada en juicio de aplicación
general y monitoria.
-AG: síntesis de hechos y alegaciones de las partes y el
análisis de toda la prueba rendida, los hechos que estime
probados y el razonamiento que conduce a esta
estimación. (* Tribunal Constitucional)
Medidas cautelares, artículo 444 CT para asegurar el
resultado de la acción, protección de un derecho o
identificación de obligados y la singularización del
patrimonio.
Procedimiento de tutela de derechos
fundamentales
Aplicación general, 485 CT.
Relación vigente o con ocasión del despido.
-19N°1: integridad física y psíquica.
-19N°4: respeto y protección a la vida privada y a la honra
-19N°5: inviolabilidad de toda forma de comunicación privada.
-19N°6: libertad de conciencia, manifestación de creencias y el ejercicio
libre de todos los cultos.
-19N° 12: libertad de emitir opinión y la de informar sin censura previa.
-19N°16: libertad de trabajo.
-Actos discriminatorios del artículo 2 (salvo ofertas previas)
-Garantía de indemnidad.
Práctica desleales o antisindicales: artículo 292 CT.
Procedimiento de tutela
Sistema probatorio indiciario.
Indicios suficientes de que se ha producido la
vulneración de derechos fundamentales.
Corresponde al denunciado explicar los fundamentos
de las medidas adoptadas y de su proporcionalidad.
Interpuesta la acción de protección a que se refiere el
artículo 20 de la Constitución Política, en los casos
que proceda, no se podrá efectuar una denuncia por
tutela, que se refiera a los mismos hechos.
Procedimiento de tutela
La denuncia deberá interponerse dentro de sesenta
días contados desde que se produzca la vulneración de
derechos fundamentales alegada. Se suspende plazo.
Sentencia:
-declaración de existencia o no de lesión de derechos
fundamentales.
-ordenar el cese inmediato del comportamiento
antijurídico en caso de haber persistido.
-medidas concretas para la reparación de las
consecuencias derivadas de la vulneración.
-multas.
Procedimiento Ejecutivo
Tribunales de Cobranza Laboral y Previsional
464 CT. Títulos ejecutivos laborales:
-sentencias ejecutoriadas.
-transacción, conciliación y avenimiento que cumplan con las
formalidades establecidas en la ley.
-finiquitos suscritos por el trabajador y el empleador y
autorizados por el Inspector del Trabajo o ministros de fe.
-actas firmadas por las partes y autorizadas por los
Inspectores del Trabajo y que den constancia de acuerdos
producidos ante éstos o que contengan reconocimiento.
-Originales de instrumentos colectivos de trabajo.
-Cualquier otro título que ley otorgue mérito ejecutivo.
Procedimiento Ejecutivo
-Remisión en 5 días
-Liquidación, notificación por carta certificada. (plazo 5 días
para objetarla)
-Oficio a Tesorería General de la República para que retenga.
-Excepciones.
-Traba de embargo sobre bienes suficientes.
-Oposición al embargo.
-Fuerza Pública.
-Retiro especies.
-Remate.
Recursos
Recurso de reposición , Art 475 Ct.
Recurso de apelación: excepcional, pocos supuestos, Art 476 CT.
-que pongan término al juicio o hagan imposible su continuación.
-se pronuncien sobre medidas cautelares.
-que acoge excepción de incompetencia, prescripción y caducidad
-que fijen el monto de liquidaciones o reliquidaciones de beneficios de
seguridad social.
-sobre oposición de excepciones en juicio ejecutivo.
Recurso de nulidad, 477 en adelante CT.: sentencia definitiva.
Recurso de Unificación de jurisprudencia, 483 CT: respecto de la
materia de derecho objeto del juicio existieren distintas
interpretaciones sostenidas en uno o más fallos firmes emanados de los
Tribunales Superiores de Justicia.(no en sentencia monitoria).
___________o___________