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Derecho de Autor y Cultura:
Encuentros y Desencuentros
Erick Iriarte Ahon
Sociedad de la Información –
Definición Primaria
El concepto de "sociedad de la información" hace referencia a un
paradigma que está produciendo profundos cambios en nuestro
mundo al comienzo de este nuevo milenio. Esta transformación
está impulsada principalmente por los nuevos medios disponibles
para crear y divulgar información mediante tecnologías digitales.
Los flujos de información, las comunicaciones y los mecanismos
de coordinación se están digitalizando en muchos sectores de la
sociedad, proceso que se traduce en la aparición progresiva de
nuevas formas de organización social y productiva.
CEPAL: “Los caminos hacia una Sociedad de la Información
en América Latina y el Caribe”. 2003.
Sociedad de la Información
Redes
E
H: Ser Humano
E: Enseñanza
I: Infraestructura
C: Contenidos
13.04.15
C
H
I
3
Declaración Universal de los Derechos
Humanos
Artículo 27
1. Toda persona tiene derecho a tomar parte
libremente en la vida cultural de la comunidad, a
gozar de las artes y a participar en el progreso
científico y en los beneficios que de él resulten.
2. Toda persona tiene derecho a la protección de los
intereses morales y materiales que le
correspondan por razón de las producciones
científicas, literarias o artísticas de que sea autora.
Derecho de Autor
Es aquel que protege todas las
obras creadas por el ingenio
humano. Por ejemplo, es el
derecho que tiene el escultor
sobre sus esculturas, el pintor
sobre sus cuadros, el escritor
sobre sus libros, el creador de un programa de computación
sobre su software, el artista intérprete sobre sus
interpretaciones, entre otros.
obra
Toda creación intelectual original de
naturaleza artística, científica o literaria,
susceptible de ser divulgada o
reproducida en cualquier forma.
¿Qué no está protegido por el DA?
No son objeto de protección por el derecho de autor:
a) Las ideas, los procedimientos, métodos de operación o
conceptos matemáticos en sí.
b) Los textos oficiales de carácter legislativo, administrativo o
judicial, ni las traducciones oficiales de los mismos, sin
perjuicio de la obligación de respetar los textos y citar la
fuente.
c) Las noticias del día, pero, en caso de reproducción textual,
deberá citarse la fuente de donde han sido tomadas.
d) Los simples hechos o datos.
derechos de autor
Derechos Morales
Derechos Patrimoniales
Derechos de Autor Morales
Paternidad Divulgación
Modificación
Integridad
Retiro
Derechos de Autor Morales
Son:
- Perpetuos
- Inalienables
- Inembargables
- Irrenunciables
- Imprescriptibles
Derechos de Autor Patrimoniales
Reproducción Distribución Comunicación
Traducción
Adaptación
Otros usos
derechos patrimoniales de autor
Derechos Personales
La misma
persona es:
Autor
Productor
Editor
Interprete
Ejecutante
Reproducción
Traducción
Distribución
Comunicación
Derechos Patrimoniales
Adaptación
Sincronización
derechos patrimoniales de autor
Derechos
Personales
Autor
Reproducción
Disquera/
Productor/
Editor
Derechos
Patrimoniales
Traducción
Distribución
Comunicación
Intérprete*/
Ejecutante
Adaptación
Sincronización
* Derechos conexos como intérprete
Derechos de Autor Patrimoniales
Son:
- Temporales (vida del autor + 70 años)
- Transferibles a terceros por Cesión o licencia
Regla General
Ley no dispusiere expresamente lo
contrario, es ilícita toda reproducción,
comunicación, distribución, o cualquier otra
Siempre que la
modalidad de explotación de la obra, en forma total o
parcial, que se realice sin el consentimiento previo y
escrito del titular del derecho de autor.
Art. 37º DL - 822
Licencias de Derechos de Autor
Consentimiento
previo y por
escrito del
titular del
derecho de
autor
Licencia de derecho
de autor
Licencias de Derechos de Autor
Distribución Obra derivada
Reproducción Comunicación
Pública
Traducción
Creative Commons
Las licencias Creative Commons
son esquemas amigables y
fáciles de entender para poder
licenciar obras bajo determinados
derecho de autor pre establecidos.
Utilizan imágenes para representar los derechos
que se licencian
Condiciones Legales
Establecen las reglas legales bajo las cuales se rige el
contenido de una página web o portal en Internet. Son de
observancia obligatoria para los usuarios que usen los
productos / servicios ofrecidos en determinados portal.
Hay reglas sobre protección de datos, publicidad,
responsabilidad del administrador del portal, propiedad
intelectual.
También se le suelen llamar: Aviso Legal, Condiciones,
Condiciones de Uso, Términos y Condiciones, Legales, etc.
Excepciones al Derecho de Autor
D. Leg. 822 – Ley de Derechos de Autor. Artículo 41º.Las obras podrán ser comunicadas lícitamente, sin necesidad de la autorización del
autor ni el pago de remuneración alguna, en los casos siguientes:
a) Cuando se realicen en un ámbito exclusivamente doméstico.
b) Las efectuadas en el curso de actos oficiales (…)
c) Las verificadas con fines exclusivamente didácticos
d) Las que se realicen dentro de establecimientos de comercio, para los fines
demostrativos de la clientela, de equipos receptores u reproductores.
e) Las realizadas como indispensables para llevar a cabo una prueba judicial o
administrativa.
Excepciones al Derecho de Autor
D. Leg. 822 – Ley de Derechos de Autor. Artículo
42º.Es permitido realizar, sin autorización del autor ni
pago de remuneración, citas de obras lícitamente
divulgadas, con la obligación de indicar el nombre
del autor y la fuente, y a condición de que tales
citas se hagan conforme a los usos honrados y en la
medida justificada por el fin que se persiga.
excepciones al derecho de autor
Decreto Legislativo 822 – Ley de Derechos de Autor
Artículo 45º.- Es lícita también, sin autorización, siempre que se indique el
nombre del autor y la fuente, y que la reproducción o divulgación no haya
sido objeto de reserva expresa:
a) La difusión, con ocasión de las informaciones relativas a acontecimientos de
actualidad por medios sonoros o audiovisuales, de imágenes o sonidos de
las obras vistas u oídas en el curso de tales acontecimientos, en la medida
justificada por el fin de la información.
b) La difusión por la prensa o la transmisión por cualquier medio, a título de
información de actualidad, de los discursos, disertaciones, alocuciones,
sermones y otras obras de carácter similar pronunciadas en público.
Excepciones al Derecho de Autor
Artículo 46º.- Es lícito que un organismo de radiodifusión, sin
autorización del autor ni pago de una remuneración adicional,
realice grabaciones efímeras con sus propios equipos y para la
utilización por una sola vez, en sus propias emisiones de
radiodifusión, de una obra sobre la cual tengan el derecho de
radiodifundir (…).
Artículo 47º.- Es lícito, sin autorización del autor ni pago de
remuneración adicional, la realización de una transmisión o
retransmisión, por parte de un organismo de radiodifusión, de una
obra originalmente radiodifundida por él, siempre que tal
retransmisión o transmisión pública, sea simultánea con la
radiodifusión original (…)
Excepciones al Derecho de Autor
Artículo 49º.- No será considerada transformación que
exija autorización del autor la parodia de una obra
divulgada mientras no implique riesgo de confusión
con la misma ni se infiera un daño a la obra original o
a su autor y sin perjuicio de la remuneración que le
corresponda por esa utilización.
Dominio Público
Artículo 57º.- El vencimiento de los plazos previstos
en esta ley implica la extinción del derecho
patrimonial y determina el pase de la obra al
dominio público y, en consecuencia, al
patrimonio cultural común.
También forman parte del dominio público las
expresiones del folklore.
Recomendaciones
El material disponible/ubicado en Internet:
 ¿Está protegido por DA?
 ¿Se permite copiarlo, reproducirlo y/o comunicarlo
públicamente por Internet?
 ¿Tiene restricciones a su uso/explotación?
 ¿Es válido, cierto, preciso y/o confiable?
 ¿Es difamatorio / calumniante?
 ¿Es una opinión personal?
 ¿Es original / creativo?
Recomendaciones
En caso de utilizar obras de terceros:

Verificar previamente que su uso (reproducción, distribución
y/o comunicación pública) esté expresamente permitido o
autorizado por el autor / licenciatario autorizado del mismo.

Incluir todos los datos del autor respectivo y de la fuente de la
obra utilizada (sitio web con enlace profundo).

Usar el contenido de buena fe y de forma honesta.

Realizar medidas correctivas inmediatamente de ser
solicitadas / exigidas por su autor.
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