Fundamentos de Titularización.
Download
Report
Transcript Fundamentos de Titularización.
+
Fundamentos de
Titularización
Congreso Internacional de
Fideicomiso y Titularización
+
Sobre el presentador
Alejandro Vásquez.
Socio L.A.N. Abogados
Abogado
especializado en banca y
Regulación
de mercados financieros
finanzas
+ Concepto normativo de titularización. CR
El
proceso de financiamiento que consiste
en ceder incondicionalmente a un
patrimonio separado, flujos de ingreso o un
conjunto prefijado de activos y sus flujos de
ingresos, actuales o futuros, y la venta de
estos paquetes a los inversionistas, en la
forma de valores emitidos en forma
estandarizada respaldados por esos flujos
de ingresos o flujos de sus activos
subyacentes.
+
Concepto instrumental
Técnica
de financiamiento en la que el flujo
de efectivo de un conjunto de activos o
créditos es usado para satisfacer títulos
valores.
La
calidad de crédito de los valores está
desligada del riesgo de crédito del
originador.
+
Concepto doctrinal
“..un
proceso mediante el cual se
transforma activos fijos o de lenta rotación
en efectivo, ello mediante la emisión de
títulos valores contra dichos activos y su
colocación en el mercado de valores”
“El
Fideicomiso en Costa Rica, Porras
Zamora, Jorge.
+ Esquema
• Originador
• Cedente/transmitente
Derechos
ilíquidos
Valores
• Vehículo de propósito
especial
• Emisor
• Inversionista
• Adquirente de valores
Valores
+
Tipos generales
Titularización “true
transfiere activos)
sale” o de venta real. (se
Transacciones
sintéticas. (Se transfiere solo el
riesgo de crédito)
Titularizaciones
de negocio (whole business
securitization) – se separa parte de las
actividades de la empresa-
+
Tipos generales: en función de
cómo los activos se afectan
“Pass-through”: El
vehículo es un conducto
del flujo de fondos. Existe una venta y el
vehículo está separado del originador. Los
activos son la única fuente de repago para
los títulos.
“Asset-backed
securities” ABS: Los activos
no son vendidos, sino que se afectan en
garantía de los títulos emitidos. El emisor
sigue siendo la fuente de repago.
+
Tipos generales: en función de
cómo los activos se afectan 2
“pay-through”: El
flujo de fondos es
generado por los activos aislados, pero el
emisor sigue siendo responsable en forma
directa. Es un caso intermedio.
“Fideicomisos
Nicolás et al.
y Securitización” Malumián,
+
Gráfico “pass-through”
+
Originador
Entidad
que vende o provee los activos que
serán titularizados.
Puede
ser cualquier entidad o persona,
intermediario financiero o no.
Debe
tener la facultad legal de ceder o
transferir los activos al Vehículo de
Propósito Especial
+
Patrimonio Separado
Patrimonio
separado: un conjunto de
bienes o activos junto con posibles
obligaciones, independiente de otros
patrimonios: es decir no responde por
deudas de terceros.
Puede
obtenerse por vía de persona
jurídica (sociedad) o por vía de
fideicomiso, universalidad jurídica o fondo
de inversión
+
Vehículos de Propósito Especial
Para
efectos de la titularización puede
emplearse:
Fideicomisos
Universalidades
Fondos
Otros
jurídicas
de inversión cerrados
(Ley 8507)
+
Administrador del VPE
Fiduciario
Sociedades Titularizadoras
Sociedades
Inversión
Administradoras de Fondos de
+
Activos titularizables
Los
flujos provenientes de: créditos hipotecarios
de vivienda, créditos hipotecarios comerciales,
créditos revolutivos, créditos comerciales, créditos
personales, cobro de contratos de arrendamiento,
cobro futuro de servicios como líneas o llamadas
telefónicas, servicio de televisión por cable,
desarrollo de obra pública.
+
Activos no titularizables en Costa Rica
Tratándose de oferta pública la normativa no permite titularizar:
Valores.
Bienes muebles
Bienes inmuebles.
+
Condiciones de la cartera
Volumen suficiente para medir riesgo.
Activos con características similares.
Flujos periódicos y predecibles.
Seleccionados a partir de criterios verificables.
+
Valores
Se considera valor cualquier derecho de contenido
económico o patrimonial, incorporado o no en un documento
que, por su configuración jurídica y régimen de transmisión,
pueda ser objeto de negociación en un mercado de valores.
+
Valores producto de titularización
Valores
de participación. Un derecho de
propiedad proporcional sobre el
patrimonio separado.
Valores
de contenido crediticio: Derecho a
percibir el pago de principal e intereses.
+
Inversionistas
Adquirentes
de los valores producto de la
titularización.
Puede
tratarse de oferta pública o privada
de dichos instrumentos.
+
Diferencia con crédito garantizado
En
crédito garantizado, el deudor otorga
activos específicos en garantía de una
deuda.
Los
flujos de efectivo del deudor serán en
esencia lo que permita el repago.
El
costo financiero depende de la calidad
crediticia del deudor
+
Diferencia con crédito garantizado 2
En
titularización, los activos específicos son
“vendidos” a un VPE.
El VPE
emite valores y con el producto
paga los activos.
El
flujo de los activos permite repagar los
valores.
El VPE
puede tener mejor calidad crediticia
que la que habría tenido el originador.
+
Transferencia de los Activos
Contrato
de cesión.
Cesionario
Créditos
asume la posición del cedente
no se bonifican
Exentos
de tributos e impuestos, honorarios
notariales pueden ser negociados.
La
transferencia debe ser real.
+
Transferencia de los Activos 2
Normalmente
la atención del
pagador/cliente se sub contrata por parte
del VPE
El “servicer” o
administrador es quien
realiza cobros y emite recibos
Puede
ser el mismo originador.
Puede
ser sustituido.
“Conozca
su cliente”
+
Transferencia 3
Ley de Garantías Mobiliarias establece (art 19):
“Las
disposiciones de esta ley referidas a
garantías mobiliarias sobre créditos, y
cuentas por cobrar también se aplican a
toda especie de cesión de créditos
independientemente de su denominación
o nomenclatura. Sus efectos frente a
terceros requieren el cumplimiento con las
reglas
de
publicidad
y
prelación
establecidas en la presente ley.”
+
Transferencia 4
Ley de Garantías Mobiliarias establece (art 20):
Una
cesión será efectiva desde el momento
en que se ceda.
Será
efectiva la cesión de más de un
crédito, de créditos futuros, de una parte de
un crédito o de un derecho indiviso sobre
tal crédito, siempre y cuando se describan
como créditos objeto de la garantía o de la
cesión en garantía.
+
Mejoradores crediticios internos
Clases
preferentes y subordinadas
Sobrecolateralización
Cuentas
de reserva
Sustitución
de cartera
+
Flujos adquiridos
Subordinación secuencial o no
Clase A
Clase B
Clase Z
+
Sobrecolateralización
Consiste
en ceder o transmitir un conjunto
de activos al VPE, que sea mayor en valor
que el monto que se emitirá.
Al
exceso de aporte se le imputarán
pérdidas o impagos.
Su
monto se calcular a partir de
estimaciones de pérdidas o impago
+
Cuentas de reserva
Se
establecen cuentas para realizar pagos
en caso de pérdida o impago de la cartera
Suele
ser parcial en su cobertura, de
conformidad con estimaciones de posibles
pérdidas.
+
Sustitución de cartera
El
originador sustituirá los créditos que
dejen de cumplir los parámetros
establecidos o estén en mora.
Tiene
efectos contables de vinculación
+
Mejoradores crediticios externos
Contratos de apertura de crédito.
Garantía del originador
Avales o garantías emitidos por entidades financieras o
aseguradoras
Depósitos
Fideicomisos de garantía
Otros. (derivados)
+
Derivados
Un
derivado financiero o instrumento
derivado, es un producto cuyo valor se basa
en el precio de otro activo. El activo del
que depende es llamado “subyacente”.
Los
subyacentes pueden ser diferentes,
materias primas, índices, tasas de interés,
riesgo etc
+
Derivados 2
Se
emplean para transferir riesgos.
Pueden
Los
ser adquiridos OTC o en bolsa.
OTC suelen estructurarse bajo el
contrato marco ISDA.
+
Derivados 3
Opciones
Futuros/forwards
Swaps: CDS
+
Razones para titularizar
Un originador puede obtener fondeo más barato por
titularización, especialmente si su crédito es malo.
En línea con el anterior, permite obtener una mejor
calificación de riesgo
Puede dar diversificación al fondeo.
Permite solucionar el problema de descalce de plazos
– capta a corto a plazo y presta a largo plazo-.
Permite diversificar la exposición crediticia.
+
Razones para titularizar 2
Un
originador (entidad financiera) podría liberar
capital o suficiencia patrimonial al titularizar
Ese
capital podría ser utilizado para propósitos
más lucrativos.
Puede
reducir el endeudamiento del originador.
Temas
de balance.
Podría
permitir intercambiar activos por efectivo.
+
Preguntas y respuestas
+
¡Muchas gracias por
su atención!