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Tratamiento fiscal de los
sindicatos patronales.
C.P.C PATRICIA TERRAZAS
C.P.C. PEDRO HIGUERA VELÁZQUEZ.
Marzo del 2010.
Tratamiento fiscal de los
sindicatos patronales.
IMPUESTO SOBRE LA RENTA.
C.P.C. PEDRO HIGUERA VELÁZQUEZ
Ley Federal del Trabajo.
Artículo 356.- Sindicato es la asociación
de trabajadores o patrones, constituida
para el estudio, mejoramiento y defensa
de sus respectivos intereses.
Impuesto sobre la Renta.
Persona moral con fines no lucrativos. No
contribuyente de ISR. (Art. 95 LISR)
Si más del 5% de sus ingresos totales del
Centro, derivan de ingresos por prestar
servicios a personas no socias o enajenen
bienes distintos de su activo, se tiene que
determinar la utilidad y pagar el ISR. (Art.
93 LISR).
Obligaciones. (Art. 101)
1. Inscribirse al RFC. Llevar registros contables.
2. Expedición comprobantes, conservar una copia
de los mismos.
3. Retener y enterar el ISR en el caso de pago de
salarios, honorarios, arrendamiento, pagados a
personas físicas.
4. Calcular el ISR anual de trabajadores y presentar
declaración informativa, a más tardar el 15 de
febrero del año siguiente. (Art. 118 III y V).
Inscripción de trabajadores.
Obligaciones
5. Calculo de ISR de trabajadores por
pagos de primas de antigüedad,
indemnización.
6. Presentar a más tardar el 15 de febrero
declaración informativa de retenciones
efectuadas en el ejercicio anterior, por
pagos de honorarios, arrendamiento.
(Art. 101 fracción VI). Así como donativos
Obligaciones.
Inscripción y firma electrónica avanzada.
(Art. 27CFF).
Manifestar domicilio fiscal y de
establecimientos o sucursales.
Cambio de domicilio.
Otras consideraciones.
• Pagos de previsión social a trabajadores.
• Multas por no presentar declaraciones.
• Los sindicatos patronales no son sujetos
del IDE.
• Retenciones de ISR por intereses que
perciban los Centros Empresariales. (Art.
94).
Tratamiento fiscal de los
sindicatos patronales.
IETU.
C.P.C. PEDRO HIGUERA VELÁZQUEZ
IMPUESTO EMPRESARIAL A TASA
ÚNICA.
No pagarán el IETU: Las asociaciones
patronales por los ingresos no afectos al
ISR. (Art. 3 fracción II, inciso d LIETU).
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
• APARTIR DE 2010
EL IVA SUBE DEL 15% A 16% EN TODO EL
PAIS MIENTRAS QUE EN LAS ZONAS
FRONTERIZAS EL GRAVAMEN PASARA
DEL 10% AL 11% A PARTIR DEL 1° DE
ENERO DEL 2010
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
• SUJETOS DEL IMPUESTO
• Están obligados al pago del impuesto al
valor agregado establecido en esta ley,
las personas físicas y morales que, en
territorio nacional, realicen actos o
actividades siguientes:
» Art. 1
IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
• I. Enajenacion de bienes
• II. Prestacion de servicios
independientes
• III. Otorguen el uso o goce temporal de
bienes
• IV. Importen bienes o servicios
TASA
• La tasa general es del 16%
• Pero existen las tasas del 0%,10%
• Los exentos
TRASLACION EXPRESA Y POR SEPARADO
• El contribuyente
traslada dicho
impuesto, en forma expresa y por
separado, a las personas que adquieran
los bienes, los usen o gocen
temporalmente, o reciban los servicios.
» Art 1 Tercer Párrafo LIVA
PAGO DEL IMPUESTO
El contribuyente pagará en las oficinas
autorizadas la diferencia entre el
impuesto a su cargo y el que le hubieran
trasladado o el que el hubiera pagado en
la importación de bienes o servicios,
siempre que sean acreditables en los
términos de esta ley. En su caso el
contribuyente disminuirá del impuesto a
su cargo el impuesto que se le hubiera
retenido.
PRESTACIONES DE SERVICIOS EXCENTAS
No se pagara el impuesto por la
prestacion de los siguientes servicios:
XII. Los proporcionados a sus
miembros como contraprestacion
normal por sus cuotas y siempre que
los servicios que presten sean
unicamente los realtivos a los fines
que les sean propios , tratandose de :
Art. 15 Fracc. XII
PRESTACIONES DE SERVICIOS EXCENTAS
b) Sindicatos obreros y organismos que los
agrupen.
Artículo 356 LFT.- Sindicato es la asociación
de trabajadores o patrones, constituida
para el estudio, mejoramiento y defensa
de sus respectivos intereses.
MOMENTO DE PAGO DEL IVA EN LA
PRESTACION DE SERVICIOS
Se tendra la obligacion de pagar el
impuesto en el momento en que se
cobren efectivamente las
contraprestaciones y sobre el monto de
cada una de ellas…
Art. 17 LIVA
OTRAS OBLIGACIONES DE LOS
CONTRIBUYENTES
Ademas de las obligaciones señaladas
tienen las siguientes:
I.Efectuar conforme al RLIVA la separacion
de los actos o actividades de las
operaciones por las que deba pagarse el
impuesto por las distintas tasas , de
aquellos por los cuales esta ley libera de
pago.
Art. 32 Fracc. I
COMPROBANTES DE CONTRIBUYENTES A
LOS QUE SE LES RETENGA EL IVA
Los contribuyentes a los que se les retenga
el IVA deberan expedir el comprobante
con la leyenda “Impuesto retenido de
conformidad con la LIVA” y consignar
por separado el monto del impuesto
retenido.
Art. 32 LIVA
DECLARACION INFORMATIVA MENSUAL
Proporcionar mensualmente informacion
la informacion sobre el pago, retencion,
acreditamiento y traslado del IVA en las
operaciones con sus proveedores,
desglozado el valor de los actos por tasa
a la cual se traslado o fue trsladado el IVA,
incluyendo actividades por las que el
contribuyente no este obligado al pago. A
mas tardar el 17 del mes posterior.
ART. 32 Fracc. VIII
ACREDITAMIENTO DEL IVA
Para que sea acreditable el IVA debera reunir los
sig. Requisitos:
V. Cuando se este obligado al pago del IVA o
cuando sea palicable la tasa del 0%, solo por una
parte de de las actividades se estara a los
siguiente:
Art. 5 LIVA
ACREDITAMIENTO DEL IVA
c) …para realizar actividades por las que no se
deba pagar el impuesto el acreditameniento
procedera unicamente en la proporcion en el
que el valor de las actividades por las que deba
pagarse el IVA , represente en el valor de las
actividades que el contribuyente realice en el
mes de que se trate
Art. 5 LIVA
GRACIAS POR SU ATENCION