Sistema previsional chileno.

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Transcript Sistema previsional chileno.

SEGURIDAD SOCIAL CHILE
PENSIONES
Hugo Cifuentes Lillo
2014
1
Seg. Social: Contingencias y Prestaciones
VIS: Pensiones
SALUD: Atención médica y subsidios por
enfermedades y accidentes comunes y del trabajo
DESEMPLEO: seguro de cesantía
+ FAMILIA: asignaciones familiares y maternales
MUERTE: asignación por muerte.
2
Pensiones: aspectos claves
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Prestación: Renta sustitutiva
Cobertura: Universalización. Identificación de
los cotizantes, beneficiarios y situación de la
familia.
Financiamiento:
- Capitalización/Reparto,
- Contributivo/no contributivo.
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3
Gestión: pública, privada y mixta.
PENSION: Concepto y tipos
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4
PRESTACION MONETARIA MENSUAL, CAUSADA
POR VEJEZ, INVALIDEZ O SOBREVIVENCIA. ES
UNA RENTA SUSTITUTIVA.
VEJEZ: edad (común y anticipada), retiro, jubilación
y trabajos pesados.
INVALIDEZ: incapacidad permanente, total o parcial,
definitiva o transitoria.
SOBREVIVENCIA: muerte del jefe de hogar; viudez,
montepío y orfandad.
La pensión un derecho
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5
La Constitución garantiza el derecho a la seguridad
social: El Estado crea, organiza, regula, orienta y
controla el sistema de pensiones.
La acción del Estado se dirige a garantizar el acceso
de todos al goce de prestaciones básicas uniformes.
Pensiones y Sistemas de pilares
Pilar Mínimo básico
(Asistencial / no Contributivo)
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6
Pilar Contributivo
Pilar Voluntario
Pensiones: Régimen Financiero
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Contributivas
- Reparto,
- Capitalización, y
- Mixtas
No Contributivas
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Asistenciales/solidarias
Seguridad Social Contributiva
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El empleador y/o el trabajador efectúan aportes y
cotizaciones
Remuneración imponible
El empleador debe retener, declarar y enterar
cotizaciones de los trabajadores
El empleador debe entregar información a las
entidades de previsión.
Vínculo laboral y cumplimiento de obligaciones
previsionales.
Financiamiento
CAPITALIZACIÓN - REPARTO
En esencia, en los sistemas de pensiones de
reparto, es la colectividad quien asume el
riesgo.
En los sistemas de capitalización, son las
propias personas individual o colectivamente,
las que asumen el “riesgo” o cobertura del
estado de necesidad causado por la
contingencia social.
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Regímenes de reparto
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10
Distribución
intergeneracional de los ingresos
(cotizaciones), se traducen en pensiones para los
beneficiarios actuales.
Equilibrio
en el
ejercicio
financiero anual:
ingresos con total de gastos por pensiones a
pagar, incluidos costos administrativos y ciertas
reservas de eventualidades.
El afiliado al cotizar cumple con obligación legal, lo
cual, junto al cumplimiento de otros requisitos
permitirá acceder a pensión.
Reg. de reparto simple y con capitales de cobertura.
Régimen de Capitalización, RCI
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Se caracteriza por la formación de un capital
(SALDO) integrado por las cotizaciones y demás
ingresos, incrementados por rentabilidad obtenida
con el correr del tiempo, a objeto de financiar
pensiones y otras prestaciones asociadas.
Capitalización individual y colectiva.
En los RCI, el afiliado tiene la titularidad de los
recursos que componen el saldo de su cuenta de
capitalización individual, CCI.
COTIZACIONES
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En los regímenes contributivos, la cotización es la
fuente de ingresos fundamental o única del régimen.
La cotización es el aporte, obligatorio o no, de
afiliados y empleadores, para financiar el régimen.
La regla: todo trabajador se debe afiliar y cotizar.
Cotizantes voluntarios.
COTIZACIONES
Trabajador: Se hace cargo de toda o parte de la
cotización.
Empleador: ¿Debe cotizar por sus trabajadores?.
El empleador y su cotización.
Independientes
13
AFILIACIÓN Y COTIZACIÓN
Afiliación ¿Acto independiente de la
cotización?
 Cotizaciones retroactivas
 Lagunas
 Densidad
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14
Cuantía de la Pensión
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15
En los RCI, el monto de la pensión relaciona:
cuantía de las remuneraciones imponibles, tasa de
reemplazo y saldo disponible en las CCI.
En los regímenes de reparto, el monto de la
pensión, relaciona: remuneración imponibles y
prestación definida.
Reajustabilidad y actualización
RETENER, DECLARAR Y ENTERAR
COTIZACIONES
1.- Descuentos a las remuneraciones: obligatorias
+APV, APVC y Cuenta - 2
2.- Oportunidad del descuento, declaración y entero.
(Reforma)
3.- Acceso a recursos de instituciones públicas o
privadas.
4.- Declaración y pago oportuno.
5.- Entero por medios electrónicos.
6.- Sanciones por declaración y pago fuera de plazo:
Recargos, Multas y Apremios.
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RETENCIÓN DECLARAR Y
ENTERAR COTIZACIONES (2)
7.- Retención de dineros ajenos.
8.- Plazos para reclamar el entero de imposiciones.
9.- Prescripción e inembargabilidad.
10.- Incumplimiento en pago de cotizaciones y término
de la relación laboral.
11.- Responsabilidad subsidiaria y solidaria.
12.- Quiebra.
13.- Privilegio deudas previsionales.
14.- Solidaridad y contratistas.
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Administración, Gestión y Control
18
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Por entidades públicas, privadas y mixtas
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Rol del Estado
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Control y fiscalización del sistema.
Rol de los actores sociales
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Participación social en la definición de las políticas
de seguridad social.
Participación en la gestión.
Experiencia vigente: Comisión de Usuarios del
Sistema de Pensiones.
PENSIÓN POR INVALIDEZ (1)
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Invalidez, e irrecuperabilidad
Parcial, total y gran invalidez.
Declaración de invalidez.
PENSIÓN POR INVALIDEZ (2)
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Invalidez: Pérdida de capacidad general y/o
especifica para el trabajo.
Declaración de invalidez y término de la
relación laboral.
Cuantía de la pensión.
PENSIÓN DE SOBREVIVENCIA (1)
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Concepto: Prestación mensual temporal o vitalicia a favor de
las cargas de familia.
Beneficiarios: cónyuge, hijos cargas de familia, padre o madre
de hijos no matrimoniales que vivan a expensas.
Situación de los fondos de no existir titulares: masa
hereditaria.
Prestaciones por muerte: cuota mortuoria y asignación por
fallecimiento.
PENSIÓN DE SOBREVIVENCIA (2)
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Compatibilidad de pensiones
Cuantía de la pensión del beneficiario.
Cuantía de la pensión con más de un
beneficiario.
Concurrencia de beneficiarios.
Pérdida de la calidad de titular de pensión de
sobrevivencia.
Excepciones de cotizar en Chile
Extranjeros que pueden exceptuarse de los regímenes de
pensiones y salud:
 Técnicos y profesionales
 Trabajador dependiente: “empresas”.
 Afiliado a un régimen que contemple prestaciones por
vejez, invalidez, muerte y enfermedad en el extranjero.
 Riesgos del trabajo y Cesantía.
 Declaración de mantener su régimen nacional en el
contrato de trabajo.
 Oportunidad para hacer efectiva la excepción.
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Fuente: Ley 18.156, de 1982.
CONVENIOS DE SEG. SOCIAL.
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Pactos suscritos por los Estados comprometidos que
permiten a los trabajadores migrantes mantener la
protección de la seguridad social.
Dichos convenios incorporan principios como la
igualdad de trato, la totalización de períodos de seguro, la
exportación de pensiones, la mantención de afiliación, la
suma períodos de seguro, los buenos oficios.
CAMPO DE APLICACIÓN
• Cobertura: personas que estén o hayan
estado sujetas a la legislación de uno o
varios
Estados
Parte,
incluidos
familiares y derecho habientes.
• Prestaciones incorporadas: pensiones
por vejez, invalidez y supervivencia, y
prestaciones económicas derivadas de
los riesgos del trabajo.
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REGLAS ESPECIALES




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Prestaciones médicas
Regímenes contributivos y otros
exceptuados
Regímenes no contributivos
Ampliación a otros regímenes
DETERMINACIÓN DE
LEGISLACIÓN APLICABLE


-
-
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Territorialidad de la ley de seguridad social:
lugar de residencia
Excepciones:
Traslados temporales
Funcionarios diplomáticos y públicos
Seguro voluntario
IGUALDAD DE TRATO Y
TOTALIZACIÓN DE PERIODOS
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
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Las personas se sujetan a la Ley del Eº en
que prestan servicios, con excepciones.
Para acceder a prestaciones que requieran
acreditar tiempo de afiliación o computable,
pueden sumar los reunidos en otros Eº
partes.
Trabajador residente en un tercer Eº Parte y
pago de prestaciones en el extranjero.
Revalorización de pensiones.
PENSIONES (1)
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-
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Períodos de seguro, cotización o empleo en
uno cualquiera de los Estados Parte, se
considerarán para pensiones VIS:
Cumplimiento de requisitos en un sólo país.
Totalización de períodos y prorrata temporis.
Calidad de imponente activo, períodos
mínimos de afiliación, etc.
PENSIONES (2)
-
-
Base de cálculo de la prorrata.
Pensión y calidad de activo.
Períodos inferiores a un año.
Períodos de seguro voluntario, totalización y
superposición.
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CONVENIOS BILATERALES Y
MULTILATERALES



32
Norma más favorable
Registro de convenios vigentes y normas
más favorables
CMISS
REGÍMENES BASADOS EN
CAPITALIZACIÓN
1.
2.
3.
4.
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Pensión se financia con el saldo en AFP.
La totalización de períodos y prorrata
temporis se aplica para pensión mínima.
Calidad de aportante voluntario y de cumplir
ley del país de acogida.
Transferencia de fondos.
ACCIDENTES DEL TRABAJO Y
ENFERMEDADES PROFESIONALES
Las prestaciones correspondientes se
determinarán de acuerdo con la legislación
del Estado Parte a la que el trabajador se
hallase sujeto en la fecha de producirse el
accidente o contraerse la enfermedad.
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VIGENCIA EN EL TIEMPO DEL
CONVENIO Y PRESTACIONES



Se concede cobertura por contingencias
acaecidas con anterioridad y se puede
revisar denegaciones previas.
Se considera períodos de seguros previos a
la vigencia del convenio
Fecha de pago de prestaciones periódicas.
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COOPERACIÓN ADMINISTRATIVA
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Reconocimientos médicos
Intercambio de información
Solicitudes de documentos
Exenciones
COMITÉ TÉCNICO
ADMINISTRATIVO
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Integrado por representante de cada Estado
Facilita la aplicación del Convenio
Resuelve cuestiones administrativas o de
interpretación
Promueve y desarrolla colaboración entre
Estados
Fomento de uso de nuevas tecnologías, etc.
ASPECTOS ADMINISTRATIVOS
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Acuerdo de Aplicación Reglamento
Conferencia de las Partes
Solución de controversias
Firma, ratificación, aceptación, aprobación y
adhesión, vigencia
Enmiendas, denuncia e idiomas
Depositario
MUCHAS GRACIAS
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