NOM-019-STPS-2004 Comisiones de seguridad e higiene

Download Report

Transcript NOM-019-STPS-2004 Comisiones de seguridad e higiene

Procedimiento de Inspección de
las Condiciones Generales de
Seguridad e Higiene y de
Capacitación y Adiestramiento
para la Industria de la
Construcción.
Septiembre 2010
Secretaría del Trabajo y Previsión Social
Es una Secretaría de Estado a la
que de acuerdo a la Ley Orgánica
de la Administración Pública Federal
le corresponde:
Vigilar las disposiciones contenidas en el art. 123 Constitucional,
en la Ley Federal del Trabajo y en las Normas Oficiales Mexicanas.
Estructura orgánica
Secretario
Órgano Interno
de Control
PROFEDET
Comité Nacional Mixto
de Protección al
Salario
JFCA
Subsecretaría
del Trabajo
Subsecretaría de
Empleo y
Productividad
Unidad de
Funcionarios
Conciliadores
Coordinación Gral. del
Servicio Nacional de
de Empleo
Dirección General de
Inspección Federal del
Trabajo
Dirección General de
Investigación y
Estadísticas del
Trabajo
Dirección General
para la Innovación
Laboral
Dirección General de
Programación y
Presupuesto
Dirección General de
Comunicación Social
Dirección General de
Registro de
Asociaciones
Dirección General de
Productividad Laboral
Dirección General
para la Igualdad
Laboral
Dirección General de
Recursos Materiales y
Servicios Generales
Dirección General de
Planeación,
Evaluación y Política
Sectorial
Dirección General de
Asuntos Jurídicos
Dirección General de
Fomento de la
Empleabilidad
Dirección General de
Capacitación
Dirección General de
Tecnologías de la
Información
Dirección General de
Seguridad y Salud en
el Trabajo
Subsecretaría
de Inclusión Laboral
Ofíciala
Mayor
Dirección General de
Recursos Humanos
Unidad de
Delegaciones
Federales del Trabajo
32 Delegaciones
Federales del Trabajo
Unidad de Asuntos
Internacionales
Trabajador
Un trabajador es aquella persona que con la
edad legal suficiente, y que de forma voluntaria
establece través de un contrato de trabajo
prestar sus servicios dentro del ámbito de una
organización, bajo la dirección de otra persona
física o moral; y cuyos servicios prestados le
deben ser retribuidos mediante el pago de una
remuneración o salario adecuado, en caso
contrario se considera esclavitud.
Patrón
Un patrón es la persona física o moral que utiliza los servicios de uno o varios
trabajadores
Si el trabajador, conforme a lo pactado a la costumbre, utiliza los servicios de
otros trabajadores, el patrón de aquél, también lo será de éstos.
El patrón esta obligado a respetar los derechos de los trabajadores y
garantizarles un trabajo decente y en condiciones de seguridad y salud en su
desempeño.
Se ha considerado que entre las obligaciones básicas de un patrón se
encuentran:
-
No recurrir al trabajo infantil.
-
No utilizar el trabajo forzado.
-
No discriminar al trabajador.
Objetivo
Vigilar el cumplimiento de las normas
en materia de seguridad e higiene en el
trabajo
y
de
capacitación
y
adiestramiento, contenidas en la
Constitución Política de los Estados
Unidos Mexicanos, en la Ley Federal
del Trabajo, sus Reglamentos y
Normas Oficiales Mexicanas, aplicables
a las empresas de la industria de la
construcción.
Objetivo de las inspecciones
en la industria de la construcción
Vigilar que se cumplan con las condiciones mínimas de seguridad e
higiene, así como de capacitación y adiestramiento para
los
trabajadores.
Equipo de protección personal.
Servicios al personal.
Funcionamiento de las Comisiones de Seguridad e Higiene y
Capacitación y Adiestramiento.
Protección al trabajo de mujeres y menores de edad.
Funcionamiento de maquinaria y equipo.
Introducción
Los accidentes que llegan a presentarse en las
empresas por ausencias de medidas de seguridad e
higiene, han causado graves daños a los trabajadores
y a la industria lesionando también a la economía
familiar.
De acuerdo a la estadística de accidentes de trabajo
del IMSS durante el año 2009 la industria de la
construcción ocupó uno de los primeros lugares en
accidentes de trabajo.
Cultura de la prevención
Los accidentes cuestan mucho y se pueden lograr
ahorros evitándolos.
Pero, después de todo ¿Qué precio puede dársele a la vida e
integridad física de una persona?.
Normas Oficiales Mexicanas
Normas Oficiales a vigilar
NOM-001-STPS-2008,
NOM-021-STPS-1994
NOM-006-STPS-2000,
NOM-024-STPS-2001
NOM-009-STPS-1999
NOM-026-STPS-2008
NOM-011-STPS-2001
NOM-027-STPS-2008
NOM-017-STPS-2008
NOM-030-STPS-2009
NOM-019-STPS-2004
NOM-001-STPS-2008
Edificios, locales, instalaciones
Establece las condiciones de seguridad de los edificios, locales, instalaciones y áreas en los
centros de trabajo para su adecuado funcionamiento y conservación, con la finalidad de prevenir
riesgos a los trabajadores.
• Mantener los pisos llanos en las
zonas para el tránsito de las
personas.
NOM-006-STPS-2000
Manejo y almacenamiento de materiales
Establece las condiciones y procedimientos de
seguridad para evitar riesgos de trabajo,
ocasionados por el manejo de materiales en
forma manual y mediante el uso de maquinaria.
• Listado actualizado de los trabajadores autorizados y
capacitados para la instalación, operación y mantenimiento
de la maquinaria, utilizada para el manejo de materiales y
almacenamiento.
• Procedimientos de seguridad e higiene para la instalación,
operación y mantenimiento de la maquinaria en idioma
español.
• Registro de la vigilancia a la salud de los trabajadores que
realizan actividades de levantamiento y transporte de carga
manual.
NOM-009-STPS-1999
Equipo suspendido de acceso
Establece las condiciones de seguridad con
que deben contar para su instalación,
operación y mantenimiento, los equipos
suspendidos de acceso para realizar
trabajos
en
alturas
tales
como,
mantenimiento de edificios, realización de
obras
de
construcción,
instalación,
demolición, reparación y limpieza entre
otros, para evitar riesgo a los trabajadores.
NOM-009-STPS-1999
Equipo suspendido de acceso
• Manuales para la para la instalación, operación y mantenimiento del equipo suspendido
de acceso.
• Documento que acredite que se informó a todos los trabajadores de los riesgos de
caída de altura y de caídas de materiales a que se exponen durante la instalación,
operación y mantenimiento del equipo suspendido de acceso.
• Listado actualizado de los trabajadores autorizados y capacitados para la realización
de actividades de instalación, operación y mantenimiento del equipo suspendido de
acceso.
• Programa de mantenimiento preventivo, en el que se establezcan las condiciones de
operación segura de todos lo componentes del equipo suspendido de acceso, de
acuerdo con las instrucciones del manual de mantenimiento y las recomendaciones del
fabricante.
• Registro de las revisiones establecidas en el programa, así como a las inspecciones
que sugiere el fabricante en sus manuales para el equipo suspendido de acceso.
• Que los terceros o contratistas que presten sus servicios en el centro de trabajo para la
instalación, operación y mantenimiento del equipo suspendido de acceso, cumplan con
todas la condiciones de seguridad.
NOM-011-STPS-2001
Condiciones de SH donde se genere ruido
Establece las condiciones de seguridad e
higiene en los centros de trabajo donde se
genere ruido que por sus características,
niveles y tiempo de acción, sea capaz de
alterar la salud de los trabajadores; los niveles
máximos y los tiempos máximos permisibles de
exposición por jornada de trabajo, su
correlación, y la
implementación de un
programa de conservación de la audición.
• Dotar de protección auditiva a los trabajadores que manejen maquinaria y equipo
que genera ruido a niveles sonoros iguales o superiores a 85 decibeles
• Informar y orientar a la comisión de seguridad e higiene del centro de trabajo sobre
las posibles alteraciones a la salud de los trabajadores por la exposición a ruido y
sobre la forma de evitaras o atenuarlas
NOM-017-STPS-2008
Equipo de protección personal
Establece los requisitos mínimos para que
el patrón seleccione, adquiera y proporcione
a sus trabajadores, el equipo de protección
personal correspondiente para protegerlos
de los agentes del medio ambiente de
trabajo que puedan dañar su integridad
física y su salud.
• Análisis de los riesgos a los que se exponen los trabajadores
por cada puesto de trabajo y área del centro de trabajo.
• Documento que acredite que se comunicó a los trabajadores
del centro de trabajo de los riesgos de trabajo a los que están
expuestos tomando como base el resultado del análisis de
riesgos.
• Documento que acredite que se comunica al contratista de los
riesgos y las reglas de seguridad del área en donde se
desarrollan sus actividades.
NOM-019-STPS-2004
Comisiones de seguridad e higiene
Establece los lineamientos para la constitución, organización y
funcionamiento de las comisiones de seguridad de higiene en los
centros de trabajo.
•Acta de integración de la comisión de seguridad e
higiene que contenga como mínimo lo establecido
en el apéndice “A” de la NOM.
•Actas de las verificaciones periódicas y
extraordinarias de los últimos 12 meses.
NOM-019-STPS-2004
Comisiones de seguridad e higiene
Cada centro de trabajo está obligado a integrar
una Comisión de Seguridad e Higiene, formada por
representantes del patrón y de los trabajadores.
La Comisión de Seguridad e Higiene debe
integrarse en el centro de trabajo, en un plazo no
mayor de treinta días hábiles, a partir de la fecha
de iniciación de actividades.
•DATOS DE LA COMISIÓN:
 Nombres de los integrantes: coordinador, secretario y vocales.
 Número de centros de trabajo en los que rige la comisión
(Domicilio, registro patronal del IMSS).
 Fecha de integración (día, mes, año).
 Nombre y firma del representante del patrón, y
 Nombre y firma del representante de los trabajadores.
NOM-021-STPS-1994
Informes de los riesgos de trabajo
Establece
los
requerimientos
y
características de informes de los riesgos
de trabajo que ocurran, para que las
autoridades del trabajo lleven una
estadística nacional de los mismos.
• Presentar los avisos de los accidentes y enfermedades de
trabajo del centro laboral, dentro de las 72 hrs. Siguientes
de la ocurrencia de algún accidente o de la notificación en
caso de enfermedad de trabajo.
• Avisos de los accidentes de ocurridos y las enfermedades
detectadas a la comisión de seguridad e higiene.
NOM-024-STPS-2001
Vibraciones
Establece los límites máximos
permisibles de exposición y las
condiciones
mínimas
de
seguridad e higiene en los centros
de trabajo donde se generen
vibraciones
que,
por
sus
características y tiempo de
exposición, sean capaces de
alterar
la
salud
de
los
trabajadores.
• Programa para la prevención de alteraciones a la salud del personal
ocupacionalmente expuesto..
NOM-026-STPS-2008
Colores y señales de seguridad e higiene
Establece los requerimientos en cuanto a
los colores y señales de seguridad e
higiene y la identificación de riesgos por
fluidos conducidos en tuberías.
• Constancias de habilidades de los trabajadores sobre la
correcta interpretación de los elementos de señalización.
NOM-027-STPS-2008
Actividades de soldadura y corte
Establece condiciones de seguridad e higiene en
los centros de trabajo para prevenir riesgos de
trabajo durante las actividades de soldadura y
corte.
• Análisis de riesgos potenciales para las actividades de soldadura y corte que
se desarrollen en el centro de trabajo.
• Programa para las actividades de soldadura y corte.
• Procedimientos de seguridad e higiene que deben ser aplicados por los
trabajadores que desarrollan actividades de soldadura y corte.
• Autorizaciones por escrito de los trabajadores que realizan actividades de
soldadura y corte en áreas de riesgo como en espacios confinados altura,
sótanos, subterráneos, áreas controladas con sustancias inflamables o
explosivas y aquéllas no designadas específicamente para esta actividad.
NOM-030-STPS-2009
Servicios preventivos de seguridad y salud
Establece las funciones y actividades que deberán realizar los servicios
preventivos de seguridad y salud en el trabajo para prevenir accidentes y
enfermedades de trabajo.
• El patrón debe designar a un responsable de la
seguridad y salud.
• Elaborar un diagnostico integral o por área de las
condiciones de seguridad y salud del centro de
trabajo.
• Contar con un programa de seguridad y salud y
actualizarlo al menos una vez al año.
• Contar con una relación de acciones preventivas y
correctivas en materia de seguridad y salud en el
centro de trabajo.
• Contar con las constancias de habilidades laborales
del personal que forma parte de los servicios
preventivos de seguridad y salud.
Obligaciones Patronales en materia de
Capacitación y Adiestramiento
Tener integradas las Comisiones
Mixtas
de
Capacitación
y
Adiestramiento. (acuerdo por el que se
actualizan los criterios generales y los formatos
para la realización de trámites administrativos
en materia de capacitación y adiestramiento de
los trabajadores DOF. 30/12/2004).
Formato DC-1.
Obligaciones Patronales en materia de
Capacitación y Adiestramiento
Planes y programas y su acuse
de recibo foliado ante la STPS.
(registros internos de las actividades de la
comisión mixta en los últimos 12 meses).
(formato DC-2) .
Obligaciones Patronales en materia de
Capacitación y Adiestramiento
Constancias de habilidades laborales y
su acuse de recibo.
(formato DC-3) .
Listas de constancias de habilidades
laborales y su acuse de recibo.
(formato DC-4) .
Se deben considerar cláusulas de
capacitación y adiestramiento en cada
tipo de contratación.
Identificación y orden de comisión
El inspector debe:
1.
Identificarse
autorizada.
con
credencial
2.
Hacer entrega de la orden de
comisión al representante de la
empresa.
3.
Hacer entrega de la guía de los
principales derechos y obligaciones
del inspeccionado.
4.
Desahogar la visita con base en el
listado de documentos a requerir al
patrón.
5.
Efectuar recorridos e interrogatorios.
6.
Levantar acta circunstanciada.
Participantes
• Representante Legal o Patronal.
• Secretario General del Sindicato ó
Representante Legal del Secretario del Sindicato.
• Representantes de las comisiones de
Seguridad e Higiene, y de capacitación y
adiestramiento.
• 2 Testigos de Asistencia.
Nueva filosofía de la Inspección
Modelo anterior
Modelo actual
Inspección-sanción.
Inspección-mejora.
Cumplimiento espontáneo de
medidas técnicas
Antes
Inicio del acta
Después
Antes del cierre del acta
Plazos en la instauración del PAS
1 – 3 días
5 días
Realizar:
Ofrecer:
Inspección
Pruebas
Analizar:
Emitir:
Dar plazo:
Resolución
Pruebas
Emplazamiento
jurídico
15 días como
máximo
-Absolutoria,
-Multa
Elaborar:
Emplazamiento de
medidas técnicas
Notificar:
Dar Plazo:
Programar:
Emplazamiento de
medidas técnicas
Para cumplimiento
de medidas
Inspección
72 hrs
15 días*
Prioridades de cumplimiento
Aplicación inmediata
24 hrs
* Previa justificación técnico-financiero