Presentación General Desayuno Agosto 2013

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Transcript Presentación General Desayuno Agosto 2013

AFILIACIÓN FONDO
PENSIONES
TRABAJADORES
INDEPENDIENTES
Ricardo Herrera Vásquez
SUMARIO:
 Indicadores sistemas pensiones.
 ¿Es
constitucional
afiliación
obligatoria
trabajadores
independientes
a
fondos
pensiones?
 Concepto trabajador independiente.
 Pautas afiliación.
 Pautas aportes.
INDICADORES SISTEMAS
PENSIONES (2013):
Indicadores
SNP
AFP
Afiliados
2’930,615
5’401,384
Aportantes
1’137,415
2’446,692
Relación PEA
19.3%
36%
Ing./cartera
S/. 678.8 MM
S/. 95,724 MM
Pensionistas
477,249
65,452
Pensión prom.
S/. 571.36
S/. 754
Sueldo prom.
S/. 1,204
S/. 2,359
Fuentes: SBS, ONP, AFP, ESAN
OBLIGAT. AFILIACIÓN (I):
 Origen seguridad social: Ley Goces 1850 hasta SNP.
SPP no es seguridad social, capitalización individual
incompatible con principios unidad y solidaridad en
sistema reparto.
 Art. 10 Const.: Estado reconoce derecho universal y
progresivo toda persona seguridad social, para su
protección frente contingencias que precise ley.
 Art. 11 Const.: Estado garantiza libre acceso
pensiones a través entidades públicas, privadas o
mixtas.
OBLIGAT. AFILIACIÓN (II):
 Convenio 102 OIT: personas
asalariados o 20% PEA.
protegidas
50%
 Comisión
Expertos
Aplicación
Convenios
y
Recomendaciones OIT, Informe 2007 sobre SPP:
aportes también deben ser pagados por empleadores,
carga muy onerosa para personas escasos recursos.
Prohibición asegurados asuman íntegramente costos
administrativos.
 TC: contenido esencial derecho pensión: acceso
pensión, no ser privado arbitrariamente ella y pensión
mínima vital.
OBLIGAT. AFILIACIÓN (III):
 Es
constitucional
independientes.
afiliación
obligatoria
 Deben acceder a libre afiliación SNP o SPP,
incluyendo
beneficios
para
trabajadores
dependientes como pensión mínima, estar cubiertos
por SCTR, en SPP remuneración máxima asegurable
(8,036).
OBLIGAT. AFILIACIÓN (IV):
 ¿Cuántos
independientes
están
activos
económicamente? Según SUNAT a marzo 2013:
a) Persona natural sin empresa: 4’586,400
b) Persona natural con empresa: 1’272,100
c) EIRL: 115,400
d) SA: 195,100
 Estimado afiliaciones: 500,000. Afiliados AFP al
31.06.13: 5’401,384.
Afiliados SNP a marzo 13:
2’930,615.
CONCEPTO TRABAJADOR
INDEPENDIENTE:
 Concepto para SPP: sujeto que percibe ingresos
considerados rentas 4° y/o 5° categoría (Ley 29903),
quedando
excluidos
trabajadores
que
simultáneamente generen rentas trabajo dependiente
e independiente (D.S. 068-2013-EF).
 Concepto para SNP: sujeto que percibe ingresos
considerados rentas 4° y/o 5° categoría (D.S. 1662013-EF).
PAUTAS AFILIACIÓN:
 Afiliación facultativa: 40 años o más al 01.08.13
(nacido antes 01.08.73).
 Afiliación obligatoria: menor 40 años al 01.08.13
(nacido a partir 01.08.73) debe optar por SNP o SPP
como máximo fecha percepción renta. Si no opta,
se afiliará o agente retención lo afiliará AFP Habitat,
que tiene monopolio afiliados del 01.02.13 al
31.01.15.
 ¿Por qué frontera 40 años?
PAUTAS APORTES (I):
 En AFP:
a) Ingresos hasta 1.5 RMV (1,125): tasa aportación 5%
en 2013 y 2014, 8% en 2015 y 10% desde 2016.
b) Ingresos más 1.5 RMV: tasa aportación 10%.
 En SNP:
a) Ingresos hasta 1.5 RMV: 7% en 2014, 10% en 2105
y 13% desde 2016.
b) Ingresos más 1.5 RMV: tasa aportación 13%.
 No hay obligación aportar por ingresos < 1 RMV.
PAUTAS APORTES (II):
 Empresas, entidades o personas obligadas a llevar
contabilidad (ingresos anuales 150 UIT) son agentes
retención aportes cuando paguen o acrediten rentas
4º y/o 5º categorías. Recibo honorarios debe
discriminar monto aportes, comisión AFP y primas
seguros, y adjuntar copia “Documento Registro
SPP” o copia contrato afiliación con recibo (AFP) o
Constancia de Afiliación (SNP).
 Retención, declaración y pago dentro 5 días hábiles
mes siguiente presentación recibo o devengue
ingresos, en base a planillas portal AFPnet.
PAUTAS APORTES (III):
 Caso trabajador dependiente e independiente a la
vez afiliado AFP:
a) si no percibe renta 4° o ésta < RMV, sólo aporta
por ingresos 5° en planilla.
b) si renta 4° = o > RMV, aporta por ingresos 5° en
planilla y además por renta 4° así:
b.1) ingresos < RMV, tasa gradual.
b.2) ingresos = o > RMV, tasa 10%.
PAUTAS APORTES (IV):
c) si renta 4° + 4°-5° < RMV, sólo aporta 4°-5° más 5°
en planilla.
d) si renta 4° + 4°-5° = o > RMV, tasa gradual por 4°
hasta 1,125 y en adelante tasa 10% , al igual que
4°-5° más 5° en planilla.
 Caso trabajador dependiente e independiente a la
vez afiliado SNP: si ingresos por rentas 4° o 4°-5° <
RMV, no aporta por éstas. Pero, si ingresos por
rentas 4° o 4°-5° = o > RMV, aporta por éstas con tasa
correspondiente. En ambos casos renta 5° aporta
como siempre.
PAUTAS APORTES (V):
 Si independiente emite 2 o + recibos:
a) a mismo agente retención, éste suma montos y
aplica pautas.
b) a diferentes agentes retención, c/u hace lo mismo.
 Independiente no sujeto a retención, debe pagar
aportes directamente. Lo mismo independiente
sujeto a retención que no fue sujeto ésta.
 Agente retenedor solidariamente responsable por
aportes no pagados.
PAUTAS APORTES (VI):
 Afiliados potestativos continuarán o se integrarán
AFP según pautas SBS, sin que se les aplique tasa
gradual aportes.
Desayuno Ejecutivo
Coyuntura Tributaria
Guillermo Ruiz Secada
Socio Senior
Modificaciones sobre comprobantes
de pago
• Las facturas, boletas de venta, liquidaciones de
compras, carta de porte aéreo nacional y
boletos de viaje, deben contener como
requisito impreso la dirección del domicilio
fiscal, adicional a la dirección del
establecimiento donde se emiten.
Base legal: RS 156-2013-SUNAT vigente desde el 1 de junio de 2013
Modificaciones sobre comprobantes
de pago
• Las facturas, boletas de venta, liquidaciones de
compra, carta de porte aéreo nacional y
boletos aéreos impresos y/o importados cuya
fecha de impresión sea anterior al 1 de junio y
cumplan con los requisitos establecidos en el
RCP podrán utilizarse hasta agotarse.
Base legal: RS 156-2013-SUNAT vigente desde el 1 de junio de 2013
Modificaciones sobre comprobantes
de pago
• Los Recibos por Honorarios deben contener como
requisitos NO IMPRESOS el monto discriminado
de:
Los tributos que graven la operación, indicando la tasa
de retención, y
El aporte obligatorio al Sistema Nacional de Pensiones
(SNP) o al Sistema Privado de Pensiones (SPP) de ser
el caso, indicando la tasa del aporte correspondiente.
Base legal: RS 230-2013-SUNAT vigente desde el 1 de agosto de 2013
Modificaciones sobre comprobantes
de pago
RTF 9882-9-2013
“Las facturas, recibos por honorarios, boletas de ventas,
liquidaciones de compra y tickets o cintas emitidas por
máquinas registradoras deben contener, entre otros
requisitos, como información impresa, la dirección
completa del establecimiento en el cual se emiten, esto es,
incluyendo el distrito y la provincia”.
Publicada el 1 de julio de 2013
Modificaciones sobre comprobantes
de pago
• Momento 1 a partir de la publicación de
la RTF 9882-9-2013:
 Los CP deben contener el distrito y la provincia de la
dirección del establecimiento en el cual se emiten.
 Si los CP carecen de esa información no reúnen los
requisitos para ser considerados como tales, por lo que
no podrían ser empleados para sustentar gastos y/o
costos para efectos del IR, ni para ejercer el derecho al
crédito fiscal vinculado.
Modificaciones sobre comprobantes de
pago
 El distrito y la provincia de la dirección del
establecimiento en donde se emiten los CP no
pueden ser insertados mediante sello o medio
similar.
Modificaciones sobre comprobantes
de pago
• Momento 2 desde la emisión de la RTF 98829-2013:
 Los CP impresos hasta el 15 de agosto serán
considerados como tales, siempre que se consigne el
distrito y la provincia de la dirección del establecimiento
donde son emitidos, mediante algún medio mecanizado o
computarizado. (SELLO)
 A partir del 15 de agosto, la impresión de los CP debe
contener la dirección del domicilio fiscal y del
establecimiento donde son emitidos, la cual puede no
incluir la provincia.
Modificaciones sobre comprobantes de
pago
 En cuanto a los tickets y cintas emitidos por
máquinas registradoras, la información del
establecimiento en el cual se emiten relativa al
distrito podrá consignarse de manera
abreviada, que permita su plena identificación.
RS 245-2013-SUNAT vigente desde el 16 de agosto de 2013
Modificaciones sobre comprobantes
de pago
• Conclusiones
 Las facturas, boletas de venta y liquidaciones de compra, carta
de porte aéreo nacional y boletos de venta, deben contener
el distrito y la provincia del domicilio fiscal y la dirección del
establecimiento donde son emitidos desde el 1 de junio del
2013.
 Los CP y guías de remisión para ser considerados como tales
hasta el 15 de agosto deben contener el distrito y la provincia
del domicilio fiscal y de la dirección del establecimiento en
donde son emitidos, lo cual puede ser incluido mediante un
SELLO.
Modificaciones sobre los comprobante de
pago
 A partir del 15 de agosto la dirección del domicilio fiscal
y del establecimiento donde son emitidos los CP pueden
no contener la provincia.
 Los Recibos por Honorarios deben contener como
requisito no impreso el aporte obligatorio al Sistema
Nacional de Pensiones (SNP) o al Sistema Privado de
Pensiones (SPP) de ser el caso, indicando la tasa del
aporte correspondiente a partir del 1 de agosto de 2013.
Desayuno Estudio Muñiz
Enrique Díaz Tong
Lima, 22 de Agosto 2013
Contenido
1.- Marco Conceptual
2.- Obligaciones Formales
3.- Dec. Jurada Inf de Precios de Transf. (Oct2013) y Ajustes
4.- Conclusiones
28
Algunas de nuestras
publicaciones…
Nº
1
Revista o Diario
INFORMATIVO CABALLERO BUSTAMANTE
Revista de Asesoría Especializada
Titulo
Autor
Acreditación de los Gastos de Elaboración de una Iniciativa
Leonardo Trinidad ÁLVAREZ
Privada
Fecha
Julio de 2013
“Colomboia: Further Legislation on Transfer Pricing”
(En inglés)
4
INTERNATIONAL BUREAU OF FISCAL
DOCUMENTATION (IBFD) – INTERNATIONAL
TRANSFER PRICING JOURNAL
CONEXIÓN EMPRESARIAL
INFORMATIVO CABALLERO BUSTAMANTE
Revista de Asesoría Especializada
Cultura por Impuestos: Una Propuesta para la Modificación
Enrique Díaz Tong
de la Ley N° 29230
Setiembre de 2012
5
REVISTA ECUADOR Y SUS FLORES (ECUADOR)
Presentación de Servicios
Karilin Arenas Alvarado
Agosto de 2012
6
INFORMATIVO CABALLERO BUSTAMANTE
Revista de Asesoría Especializada
Préstamos Intercompañía:
Algunas Observaciones desde la Perspectiva de Precios de
Transferencia
Marcos Rivera Montoya y
Diego García Cánepa
Febrero de 2011
ARTICULO “Implicancias en Precios de
Transferencia del Compensatory Stock Options
Americano para empresas peruanas, cuyas
matrices se encuentren en los Estados Unidos
de Norteamérica”
Las Presunciones y Rentas Ficticias: Aspectos
Constitucionales y Tributario en el Impuesto a la Renta.
Enrique Díaz Tong y otros
2010
INFORMATIVO CABALLERO BUSTAMANTE
Revista de Asesoría Especializada
Ley de Obras por Impuestos: Oportunidad de Optimizar el
Pago del Impuesto a la Renta (Empresarial).
(En español
2
3
7
8
9
INTERNATIONAL BUREAU OF FISCAL
DOCUMENTATION (IBFD) – INTERNATIONAL
TRANSFER PRICING JOURNAL
ORGANIZACIÓN PARA LA COOPERACIÓN Y EL
10
DESARROLLO ECONÓMICO (OCDE)
11 REVISTA ANÁLISIS TRIBUTARIO
INTERNATIONAL BUREAU OF FISCAL
12 DOCUMENTATION (IBFD) – INTERNATIONAL
TRANSFER PRICING JOURNAL
13
IBDF - INTERNATIONAL TRANSFER PRICING
JOURNAL
Inversiones de los Gobiernos Regionales
“Ecuador: New Transfer Pricing Regulations”
(En inglés)
Enrique Díaz Tong y Karilin
Arenas Alvarado
Enero - Febrero 2013
Alex Albujar Cruz
Enero de 2013
Enrique Díaz Tong
Junio 2010 - Lima - Perú
Enrique Díaz Tong y Karilin
Arenas Alvarado
Mayo - Junio 2010
Enrique Díaz, Marcos Rivera,
Maribel Leguía, Mauro
Castillo y Karilin Arenas
Enero de 2010
Edwar Salazar Valle
Agosto de 2009
“Transfer Pricing: Review and Future Prospects”(En ingles)
Enrique Díaz Tong y Sophia
Castro Jurado
Enero - Febrero 2009
"Colombia: Transfer Pricing: Review And Future Prospects"
Enrique Díaz Tong
Enero/ Febrero 2009 (Ámsterdam Holanda)
Comments on Proposed Revision of Chapters I-III of the
Transfer Pricing Guidelines for Multinational Enterprises
and Tax Administrations” como parte de los comentarios
públicos a pedido del Comité de Asuntos Fiscales de la
OCDE. (En inglés)
“Precios de Transferencia y sus Implicancias Tributarias en
el Perú (En español)
Para descargar artículos: www.tpconsulting-group.com
29
Métodos de Valoración
SUNAT, SRI y DIAN
Lineamientos OCDE
Métodos Utilizados (Art. 32 A)
Métodos Transaccionales Tradicionales
1. Método del Precio Comparable No Controlado
1. Precio Comparable No Controlado - Comparable Uncontrolled Price
2. Método del Precio de Reventa
2. Precio de Reventa - Resale Price Method
3. Método del Costo Incrementado
3. Costo Incrementado - Cost Plus Method
4. Método de Distribución de Utilidades
Métodos Basados en las Utilidades
5. Método Residual de Distribución de Utilidades
4. Partición de Utilidades - Profit Split Method
6. Método de Márgenes Transaccionales de Utilidad
5. Margen Neto Transaccional - Transactional Net Margin Method
SUNAT: Superintendencia Nacional de Administración Tributaria (Perú)
SRI: Servicio de Rentas Internas (Ecuador)
DIAN: Dirección de Impuestos y Aduanas Nacionales
30
Contenido
1.- Marco Conceptual
2. Obligaciones Formales
3.- Dec. Jurada Inf de Precios de Transf. (Oct2013) y Ajustes
4.- Conclusiones
31
MARCO NORMATIVO PERUANO
2001
2003
2004
Ley 1: Ley 27356
Reglamento
De fondo
M étodos EPT
Dec. Jurada
PT (PDT)
De forma
EPT
2006…
B
A
Ley
2005
Ley 2: Decreto Legislativo 945
Reg 1: Decreto Supremo 045-2001-EF
Principio de arm's length - "M étodos"
No existe
No existe. Solo métodos
Faltaba reglamentar
Documentación Sustentatoria
32
MARCO NORMATIVO
PERUANO
…2005
2006
2007
2008
2009
2010
C
D
Ley
Ley 2: Decreto Legislativo 945
Reglamento
Reg 2: Decreto Supremo 190-2005-EF
De fondo
M étodos -
2012…
E
Principio de arm's length - EPT
EPT
Dec. Jurada No Domiciliadas: M ás detalle.
De forma
2011
PT (PDT)
Domiciliadas: M enos detalle.
EPT
¿Excluyo domiciliadas?
Todas las vinculadas (Domiciliadas y No Domiciliadas)
Operaciones con Territorios de baja o nula
imposición
Documentación Sustentatoria
33
MARCO NORMATIVO
PERUANO
E
D
Ley
Ley 2: Decreto Legislativo 945
Reglamento
De fondo
M étodos - EPT
Dec. Jurada PT
(PDT)
2014…
2013
2012
…2011
Reg 2: Decreto Supremo 1902005-EF
Ley 3: Decreto Legislativo 1112, 1120 y
1124
Reg 3: Decreto Supremo 258-2012-EF
Principio de arm's length -
Principio de arm´s length - "Sexto
EPT
M étodo"
a) Comprende tanto operaciones con partes vinculadas como las
realizadas con sujetos residentes en territorios o países de baja o
nula imposición
b) Enajenación de bienes a sus partes vinculadas y/o desde, hacia o a
De forma
EPT
traves de paises de baja o nula imposición cuyo valor de mercado sea
inferior a su costo computable.
Documentación Sustentatoria
34
OBLIGACIONES FORMALES DE
PT
R.S. 167-2006-SUNAT (14 / Oct. /2006)
R.S. 008-2007-SUNAT (7/ Ene /2007)
Monto de operaciones con
vinculadas > S/. 200,000 (*)
Por
Ingresos devengados > S/. 6
: millones
y
monto
de
operaciones con vinculadas
> S/. 1 millón
Por transacción desde, hacia o a
través de paraíso fiscal (**)
DECLARACIÓN
JURADA PDT
3560
EPT 06 y 07
EPT 08 en
adelante
a
X
X
a
a
a
El S/. 1 millón aplica
para vinculadas no
domiciliadas
El S/. 1 millón aplica
para todas las
vinculadas
a
a
a
(*) Si se encuentra en alguno de los supuestos que causa perjuicio fiscal, debe hacerlo (numerales 1,2 y 3 del
inciso a) art. 32-A LIR)
(**) OJO : Con Resolución 178-2009-SUNAT/2B0000
35
R.S. 167-2006-SUNAT (14 / Oct. /2006)
R.S. 008-2007-SUNAT (7/ Ene /2007)
Monto
de
operaciones
vinculadas > $ 73,140 (*)
Por:
con
Ingresos
devengados
>
US$2´194,185
y
monto
de
operaciones con vinculadas > US$
365,698
Por transacción desde, hacia o a través de
paraíso fiscal (**)
DECLARACIÓN
JURADA PDT
3560
EPT 06 y 07
EPT 08 en
adelante
a
X
X
a
a
a
Los US$ 365,698
aplica para
vinculadas no
domiciliadas
a
a
Los US$ 365,698
aplica para todas las
vinculadas
a
(*) Si se encuentra en alguno de los supuestos que causa perjuicio fiscal, debe hacerlo (numerales 1,2 y 3 del inciso a) art. 32-A LIR)
(**) OJO : Con Resolución 178-2009-SUNAT/2B0000
Tipo de cambio Bolsa de Valores de Lima – Septiembre 2011: S/. 2.7345
36
¿Qué implica el 6to método?
X Perú
B
D
:
P
e
r
ú
Producto Y: PU = 10
B
D
:
E
x
t
X USA
Varios
terceros
37
Base de datos: London Bullion Market
Association (LBMA)
38
Base de datos: Banco Central de
Reserva del Perú (BCRP)
39
Método i)
• Según el día del término del embarque o desembarque
de la mercadería, tenemos que el precio a pagar:
LBMA (US$/oz) BCRP (US$/oz)*
Embarque (05/09/11)
1,896.50
1,898.85
Desembarque (21/09/11)
1,810.25
1,797.60
* Basado en datos recogidos de Bloomberg
40
Método i)
41
Método i)
42
Método ii)
• Obteniendo el promedio de cotizaciones de un periodo
comprendido entre 120 días antes del embarque y 120 días
después del desembarque, tenemos que el precio a pagar:
LBMA (US$/oz) BCRP (US$/oz)*
Promedio
1,653.26
1,651.77
LBMA
Coeficiente
variación
Coeficiente
6.63%
Valor mínimo Cuartil inferior
1,487.75
BCRP
1,543.38
variación
Mediana
1,650.25
Cuartil superior Valor máximo
1,738.25
1,896.50
6.57%
Valor mínimo Cuartil inferior
1,474.95
1,546.10
Mediana
1,638.50
Cuartil superior Valor máximo
1,738.50
1,898.85
* Basado en datos recogidos de Bloomberg
43
Método ii)
Coeficiente
variación
6.63%
Valor mínimo Cuartil inferior
1,487.75
1,543.38
Mediana
1,650.25
Cuartil superior Valor máximo
1,738.25
1,896.50
44
Método ii)
Coeficiente
variación
6.57%
Valor mínimo Cuartil inferior
1,474.95
1,546.10
Mediana
1,638.50
Cuartil superior Valor máximo
1,738.50
1,898.85
45
Método iii)
• Según la fecha de suscripción del contrato, tenemos que el
precio a pagar:
LBMA (US$/oz) BCRP (US$/oz)*
Fecha contrato (26/08/11)
1,787.00
1,778.90
46
Método iii)
47
Método iii)
48
Método iv)

Obteniendo el promedio de cotizaciones de un periodo
comprendido desde el día posterior a la suscripción del
contrato hasta 30 días calendarios posteriores, tenemos
que el precio a pagar:
LBMA (US$/oz) BCRP (US$/oz)*
Promedio
LBM
3.73%
variación
AMediana
Valor mínimo Cuartil inferior
1,804.15
Coeficiente
1,615.00
1,791.00
1,815.50
Coeficiente
variación
Cuartil superior Valor máximo
1,843.00
1,896.50
1,800.31
4.12%
Valor mínimo Cuartil inferior
1,604.35
1,788.90
BC
RP
Mediana
1,824.10
Cuartil superior Valor máximo
1,832.74
1,898.85
49
Método iv)
Coeficiente
variación
3.73%
Valor mínimo Cuartil inferior
1,615.00
1,791.00
Mediana
1,815.50
Cuartil superior Valor máximo
1,843.00
1,896.50
50
Método iv)
Coeficiente
variación
4.12%
Valor mínimo Cuartil inferior
1,604.35
1,788.90
Mediana
1,824.10
Cuartil superior Valor máximo
1,832.74
1,898.85
51
Todos los métodos
Mét. i) Rojo. Emb /Des.
Mét. ii) Verde. 120 ante y después des.
Mét iii) Negro. Contrato
Mét iv) Naranja. 30 después del cto.
52
Todos los métodos
Mét. i) Rojo. Emb /Des.
Mét. ii) Verde. 120 ante y después des.
Mét iii) Azul. Contrato
Mét iv) Naranja. 30 después del cto.
53
Contenido
1.- Marco Conceptual
2.- Obligaciones Formales
3.- Dec. Jurada Inf de Precios de Transf. (Oct2013) y
Ajustes
4.- Conclusiones
54
Declaración Anual Informativa
de Precios de Transferencia
55
 3 áreas bien
definidas:
1. Sin Estudio
Técnico?
2. (Con) Métodos
tradicionales
3. (Con) Otros
métodos
 Ajustes
 Ajustes
bilaterales...
¿qué significa
esto???
56
57
58
Declaración Anual Informativa de
Precios de Transferencia Ejercicio fiscal
2012( Versión 1.3)
59
 3 puntos a tener
en cuenta:
1. Ejercicio 2012
2. Tomar en
cuenta las
obligaciones
referidas en la
resolución Nº
175-2013
3. Archivo adjunto
PDF
60
61
62
Tengamos en cuenta los nuevos
requerimientos de SUNAT
63
detalle…
64
Búsqueda de Comparables
(internacionales y nacionales)
65
66
67
¿Qué implica el MNT?
OM
16.00%
14.00%
12.00%
Supuesto 1
11.90% 13.39%
9.87%
Compañía Y
(Co lo mbia)
7.90%
10.00%
Compañía A
(Hong Kong)
8.00%
6.00%
4.00%
2.00%
A: Venta de
fertilizante
B: Compra de
insumos
0.00%
Compañía
X
Cuartil
Inferior
Mediana
Cuartil
Superior
Exterior
Ec uador
Compañía X
OM
16.00%
13.39%
11.90%
14.00%
12.00%
7.90%
10.00%
8.00%
Supuesto 2
6.00%
4.00%
3.39%
2.00%
Compañía W
0.00%
Compañía
X
21 de agosto de 2013
C1: Servicio de alquiler
C2: Servicios
administrativos
D: Reembolso de gastos
Cuartil
Inferior
Mediana
Cuartil
Superior
68
Contenido
1.- Marco Conceptual
2.- Obligaciones Formales
3.- Dec. Jurada Inf de Precios de Transf. (Oct2013) y
Ajustes
4.- Conclusiones
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Conclusiones
1.- 2012 y 2013.
2.- Fiscalizaciones de PT
3.- DJ Renta 2013. Meta: Abril 2014.
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