audiencia_preparatoria

Download Report

Transcript audiencia_preparatoria

PROCEDIMIENTO DE
APLICACIÓN GENERAL
AUDIENCIA PREPARATORIA
ESTRUCTURA DEL PROCEDIMIENTO
NOTIFIC
.15 ds.
antes
Audiencia
Preparaoria:
-CONTESTACIÓN
demanda
Respuesta:
-Oficios
- Informe de
peritos
Juez cita
audiencia
conciliación:
35 ds
-EXCEPCIONES
-RECONVENCION
5 ds. Antes
al menos
-Resumen juez
-traslado excep. y/o
reconvención
-conciliación.
-auto prueba
-ofrecimiento prueba
-declración pertinencia
-citación a audiencia de
juicio (30 ds.)
Audiencia de
Juicio:
-rendición pruebas
3 ds. antes
15 ds.
- eventualmente:
dictación sentencia
sentencia
CITACION AUDIENCIA




Admisión demanda
35 días siguientes fecha resolución
Entre la notificación y su citación y la audiencia : 15
días
Dejarse constancia:
 Que audiencia se celebrará con la parte que asista,
 Todas las resoluciones dictadas le afectarán sin
necesidad de otra notificación
 Deberán señalar todos los medios que pretendan
hacer valer en la audiencia oral de juicio
 Deberán requerir las diligencias atinentes a sus
alegaciones para examen de admisibilidad.
Comparecencia en juicio.




431 inciso final: Defensas orales: SOLO
ABOGADOS HABILITADOS.
434.- Las partes deberán comparecer con
patrocinio de abogado y representadas por persona
habilitada para actuar en juicio.
426 inc.2: mandatario puede concurrir a las
audiencias, de pleno derecho tiene facultades para
transigir, pudiendo asistir además, sus apoderados
y abogados.(Monitorio debe otorgarse
expresamente estas facultades)
Accion de reclamación, se puede hacer
personalmente
Reconvención




sólo cuando tribunal sea competente para
conocer de ella como demanda (¿monitorio?)
estar íntimamente ligada a la demanda.
Contener menciones del artículo 446
se tramita conjuntamente con la demanda.
PLAZOS






435.- fatales, salvo actuaciones propias del
tribunal.
Se cumplen por el solo ministerio de la ley.
Se resuelve sin necesidad de certificado previo.
435.- días hábiles.
No rige feriado de vacaciones establecido en el
313 del C.O.T. (ley 18.510)
No se aplica tabla de emplazamiento.
Acumulación.- (448 y 449)
Trabajador: todas las acciones contra un
mismo demandado
 Acciones con procedimientos distintos: no
hay acumulación.
 Si una acción depende de otra: no corre plazo
hasta que aquella quede ejecutoriada (¿489
inc.final?)
 Tribunal o partes: varias demandas, mismo
demandado, acciones idénticas, actores
distintos:
 mismo estado y
 no retarde tramitación.
TRAMITACION

traslado por 3 días
contestado o no, juez resuelve

El Juez puede siempre desacumular

Condiciones para que opere acumulación





Deben estar sometido a un mismo procedimiento.
(95 C.P.C. y 448 inc.2)
El más moderno se acumula al más antiguo (97
C.P.C.)
Se puede solicitar en cualquier estado (98 C.P.C.)
Si uno está más avanzado deberá suspender hasta
que lleguen a un mismo estado (97 no podría
aplicarse, debe estar en un mismo estado)
Resolución que recaiga en acumulación apelable
(100 C.P.C., no aplicable a laboral)
Acumulación Proc. Tutela





No se puede acumular con acciones de otra
naturaleza
No se puede acumular con otras acciones con
idéntica pretensión basada en fundamentos
diversos (487)
Un mismo hecho emana 2 o más acciones de
naturaleza laboral y solo una es de tutela (se
ejercen conjuntamente)
2 o mas acciones misma naturaleza laboral con
despido, subsidiariamente (pierde preferencia)
No ejercer acciones en forma conjunta o
subsidiaria importa renuncia.
Audiencia Preparatoria. Inicio

Relación somera del juez de contenidos demanda,
contestación, reconvención y excepciones (453 N°1)

Traslado a reconvención y excepciones (453 n°1,2 y
4)
Resolución inmediata:
 Incompetencia,
 falta de capacidad o personería,
 ineptitud del libelo,
 caducidad,
 prescripción o
 aquella excepción que reclame del procedimiento.
Resolución fundada (acoge): incompetencia, caducidad,
prescripción. Recurso ambos efectos, en la audiencia. En
cuenta.


Código Procesal penal
Artículo 275.- Convenciones probatorias.
Durante la audiencia, el fiscal, el querellante, si lo hubiere,
y el imputado podrán solicitar en conjunto al juez de
garantía que de por acreditados ciertos hechos, que no
podrán ser discutidos en el juicio oral. El juez de garantía
podrá formular proposiciones a los intervinientes sobre la
materia.
Si la solicitud no mereciere reparos, por conformarse a las
alegaciones que hubieren hecho los intervinientes, el juez
de garantía indicará en el auto de apertura del juicio oral
los hechos que se dieren por acreditados, a los cuales
deberá estarse durante el juicio oral.
Audiencia Preparatoria. Conciliación




Suspensión audiencia a fin de subsanar defecto u
omisiones por 5 días.
Conciliación. Parcial o total(453 Nº 2, ver tutela 495 inc.2)
Cautelares: (Nº7)
 Se solicitan;
 Se decretan
 Se mantienen
 Apelables.
Allanamiento demandado: 453 Nº1 inc. Final)
¿convenciones probatorias?. Si hay reconocimiento de
pago ¿sentencia? ¿avenimiento?
Audiencia Preparatoria . Hechos
a probar



Si no hay hechos controvertidos: dicta
sentencia (453 N°3 inc. Final en relación
con 459 inc.2)
Si los hay: se fijan los hechos a probar.
Reposición en el acto (453 N°3)
Fijación hechos. ¿detalle de cada uno?
Desarrollo temático? Problema para las
partes. Rendición de prueba.
AUDIENCIA PREPARATORIA.
Ofrecimiento y admisibilidad prueba
 Se ofrece prueba documental (451 inc.final
y 453 Nº4).
 Admisibilidad y declaración pertinencia
(directa y necesaria)
 Pueden ofrecer cualquier elemento de
convicción (453 N° 4)
 Prueba ilícita y que implique violación
derechos fundamentales. 453 N°4).
 Juez puede decretar pruebas no ofrecidas
por las partes
AUDIENCIA PREPARATORIA.
Ofrecimiento y admisibilidad prueba




Impugnación documentos: en la audiencia preparatoria o
de juicio. (453 N°2)
Regulación actuaciones no contempladas o formas de
rendir pruebas no reguladas: el Juez lo determina (432 y
454 N°6). Juez puede decretar diligencias (Nº9)
Se despachan oficios, citaciones (testigos por carta
certificada) o requerimientos para audiencia de
juicio.(cualquier medio idóneo)
El tribunal fija la audiencia de juicio 30 días y las partes
se entienden citadas por el ministerio de la ley.- (453
N°6)
Exclusion de prueba
Por impertinente
 Dilatoria
 Inconducente
 Sobreabundante
 Innecesaria
 Prueba común?
 Ilícita :




Doctrina fuente independiente (no es fruto de la ilicitud)
Descubrimiento inevitable (igual se obtendría información)
Principio vínculo atenuado (reconocimiento parte)
Contenido acta (453 Nº 10)







indicación del lugar, fecha y tribunal,
Individualización comparecientes
hora de inicio y término audiencia,
resolución que recae sobre las excepciones
opuestas,
hechos que deberán acreditarse
individualización de los testigos que depondrán
respecto a ésos,(¿ y hechos sobre los que
declararán?)
Cuando corresponda, la resolución cuando ha
habido allanamiento (453 Nº1 inc.final) o
conciliación (453 Nº 2)