Ponencia Laura Carrasco - Seminario Importancia del Peritaje

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Transcript Ponencia Laura Carrasco - Seminario Importancia del Peritaje

Laura Carrasco
Asistente Social / Consejera Técnica del 4°
Juzgado de Familia de Santiago
Peritaje Social
Informe social es un instrumento técnico de investigación social,
documento que elabora y firma con carácter exclusivo el Trabajador
Social o Asistente Social, quien es el profesional competente para
evaluar en esta materia.
El Peritaje Social Judicial es una forma de diagnóstico social
requerido como medio de prueba en el Tribunal.
El contenido se deriva del estudio social, obtenido a través de la
observación, entrevistas, visitas domiciliarias, de donde se recopilan
antecedentes personales, de salud, de educación, de la historia y
dinámica familiar, de la situación económica, habitacional, del entorno de
las redes de apoyo, así como otros que sean relevantes, para describir y
acreditar la situación actual de un grupo familiar en particular,
utilizándose las técnicas de evaluación propias del trabajo social, que
permiten reflejar la situación objeto de estudio.
Juzgado de Menores
 Informe que emitía la asistente social a petición





del Juez.
Consistía en la visita a terreno, entrevistas y
análisis de documentos, para determinar los
aspectos económicos de las partes
Énfasis en los puntos de prueba fijados por el
Tribunal.
Apreciación en conciencia (Juez).
Observaciones u objeciones de las partes
Por escrito
Juzgados de Familia
 Consejeros Técnicos No emiten informes




( regla general) que no generan prueba (acta 932005)
Excepcionalmente se podría decretar por el tribunal
que emitan algún informe para asuntos específicos.
La labor del Consejo Técnico se desarrolla en
audiencia , asesorando al Tribunal en la cuestión
debatida( Art. 64 inc.6° de la Ley 19.968 de la prueba
rendida), tiene opinión respecto de la prueba
incorporada en el juicio.
Consejero técnico antes de la audiencia evalúa
posibilidad de acuerdo.
Solicitud del Juez.
Prueba Pericial
 OFRECIMIENTO DE LAS PARTES
 PERITOS del listado de la Corte de Apelaciones, Centros especializados o
profesionales o particulares que no están en el listado de la Corte.
 Las personas que gozan de privilegio de pobreza, los peritajes socioeconómicos se solicitan a las DIDECO de las comunas respectivas .
 Los informes psicosociales, habilidades parentales, por el DAM.
 Instituto Medico Legal informes psicológicos y psiquiátricos de facultades
mentales .
 No hay posibilidades de inhabilidad.
 SE REQUIERE ACREDITAR IDONEIDAD PROFESIONAL (estudios), para ser
designado en el cargo, y al momento de incorporar la pericia, el perito
debe informar su experticia en la materia.
 INFORME POR ESCRITO ( regla general) antes de la audiencia para que las
partes tomen conocimiento previo
 INFORME VERBAL: se incorpora en la audiencia de juicio
 EXCEPCIÓN: Solo informe por escrito, requiere acuerdo de las partes;
facultades del Juez de eximir al perito
 VALORACIÓN – TRIBUNAL: Sana Crítica.
Desformalización
 Partes – observaciones a la prueba
 Alegatos de clausura.
Estructura del informe
 Metodología
 Recopilación de antecedentes.( importante:




descripción causas judiciales de las partes).
Documentación tenida a la vista.( antecedentes
de salud, habitacionales, económicos).
Situación social
Situación económica.
Opinión profesional.
Puntos de prueba y objeto del
juicio
 DETERMINARAN EL ENFASIS DEL INFORME PERICIAL.
Puntos de prueba: Alimentos
 CAPACIDAD ECONOMICA DE LAS PARTES:
 Ingresos: ( remuneraciones, utilidades, y rentas) y




egresos( gastos y deudas)
Presunción: Art. 3 ley 14.908, se construye a partir del
dato conocido que pueden ser sus egresos o su nivel
de vida.
CIRCUNSTANCIAS DOMESTICAS:
Nivel de vida: bienes y satisfacción de necesidades, de
acuerdo a los componentes del nivel de vida.
Grupo familiar.
Puntos de prueba: Alimentos
 NECESIDADES ECONOMICAS DE LOS ALIMENTARIOS:
 Solo las necesidades susceptibles de apreciación
pecuniaria( porque se trata de un D° patrimonial)
 De acuerdo a los componentes del nivel de vida y en
relación al nivel social.
 CARGAS DE FAMILIA QUE SOPORTAN LAS PARTES:
 Las que sustenta conforme a la ley.
Puntos de prueba: Rebaja o Aumento
de Alimentos
 VARIACION DE LAS CIRCUNSTANCIAS QUE SE
TUVIERON EN VISTA PARA FIJAR LA PENSION
ALIMENTICIA VIGENTE:
Problemas en caso de transacción, conciliación o
avenimiento previo, en que no es posible comparar
parámetros previos de variación.
Puntos de prueba: Cese de Pensión
 SI LOS DEMANDADOS MANTIENEN SU CALIDAD DE
TAL (ES) RESPECTO DEL ALIMENTANTE.
Puntos de prueba: Si los demandados
son los abuelos
 INSUFICIENCIA DEL TITULO PREFERENTE:
Se agregan los puntos ya señalados en causa de
regulación de pensión alimenticia.
Puntos de prueba: Cuidado personal
 ATRIBUCION LEGAL DEL CUIDADO PERSONAL
 Hijo de filiación determinada respecto de ambos





padres.
Hijo de filiación determinada respecto de uno de sus
padres.
PRELACION:
Madre
Padre
Tercero competente
Puntos de prueba: Cuidado personal
 CAUSALES DE INHABILIDAD QUE AFECTAN A LAS
PARTES PARA EJERCER EL CUIDADO PERSONAL DE
SUS HIJOS.
 BENEFICIO QUE REPORTA AL NIÑO ENTREGAR SU
CUIDADO PERSONAL A UNO DE SUS PADRES.
 COMPETENCIA O INCOMPETENCIA DEL DEMANDANTE
O DEMANDADO, ( cuando no es padre , ni madre)
PARA DETENTAR O EJERCER EL CUIDADO PERSONAL
DEL NIÑO.
Puntos de prueba: Nuevo juicio de
Cuidado personal
 VARIACION DE LAS CIRCUNSTANCIAS TENIDAS A LA
VISTA AL OTORGARSE EL CUIDADO PERSONAL EN
ACTUAL EJERCICIO.
Puntos de prueba: Relación directa y
regular
 CONVENIENCIA PARA EL MENOR DE REGULAR EL
REGIMEN COMUNICACIONAL SOLICITADO POR LA
PARTE DEMANDANTE.
 FUNDAMENTO DE LA OPOSICION FORMULADA.
 LUGAR Y FRECUENCIA MAS APROPIADOS PARA LOS
NIÑOS, DEL REGIMEN COMUNICACIONAL A REGULAR.
Puntos de prueba: Modificación de
Relación directa y regular
 VARIACION
DE
LAS
CIRCUNSTANCIAS
QUE
MOTIVARON
LA
REGULACION
DEL
REGIMEN
COMUNICACIONAL
VIGENTE
Y
QUE
HARIAN
PROCEDENTE SU MODIFICACION.
 CONVENIENCIA PARA LOS NIÑOS DE REGULAR UN
REGIMEN DE RELACION DIRECTA Y REGULAR DE
ACUERDO A LA MODIFICACION SOLICITADA.
 FUNDAMENTOS DE LA OPOSICION
Puntos de prueba: Autorización para
salir del país
 SI SE JUSTIFICA Y ES BENEFICIOSO PARA EL NIÑO
AUTORIZAR SU SALIDA DEL PAIS.
 EXISTENCIA
OPOSICION.
DE
MOTIVO
PLAUSIBLE
PARA
LA
PARA CONCLUIR, EN UN PERITAJE.

DESTACAR LO PRINCIPAL DE LA HISTORIA FAMILIAR
( UNA BREVE RESEÑA DE LA SITUACIÓN ACTUAL)

ENFATISAR EN LOS HECHOS A PROBAR LOS PUNTOS DE PRUEBA POR MATERIA.

EN EL INFORME NO SE DEBEN EMITIR JUICIOS DE VALOR POR PARTE DEL
PROFESIONAL, ESTE DEBE SER OBJETIVO E IMPARCIAL.

NO PERDER EL PRINCIPIO RECTOR DE LOS DERECHOS DEL NIÑO.


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FIN DE LA PRESENTACION